Información sobre la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) y la Invalidez Temporal

La COMPIN, sigla de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, es una entidad fundamental dentro del Ministerio de Salud de Chile, operando a través de la Subsecretaría de Salud Pública. Su presencia se extiende por todo el territorio nacional gracias a la colaboración de las SEREMIS de Salud. Esta comisión funciona como una unidad técnica, administrativa, médica y fiscalizadora, integrada por equipos multidisciplinarios de profesionales.

El objetivo primordial de la COMPIN es constatar, evaluar, declarar o certificar el estado de salud de las personas, determinando su capacidad laboral y la posibilidad de recuperación de su estado patológico.

Esquema organizacional de la COMPIN y su relación con el Ministerio de Salud y las SEREMIS de Salud.

Tipos de Pérdida de Capacidad Laboral

La COMPIN evalúa distintos grados de pérdida de capacidad laboral, los cuales son determinantes para la calificación de invalidez:

  • Pérdida de capacidad de trabajo igual o superior al 50% e inferior a dos tercios: Este rango indica una afectación significativa de la capacidad laboral del individuo.
  • Pérdida de capacidad de trabajo de, al menos, dos tercios: Representa una pérdida de capacidad laboral severa, que limita sustancialmente el desempeño de funciones.

Proceso de Evaluación y Calificación de Invalidez

El proceso para obtener una calificación de invalidez por parte de la COMPIN involucra varios pasos:

  1. Solicitud de Certificación: Se puede solicitar la certificación durante todo el año a través del sitio web de la COMPIN.
  2. Recepción de Información: El solicitante recibirá la fecha, hora y dirección de la Comisión Médica asignada.
  3. Evaluación Médica: Un médico asignado realizará una evaluación exhaustiva para recopilar información clave sobre las enfermedades o afecciones del solicitante, su evolución y los tratamientos recibidos.
  4. Informe Biomédico Funcional: Es necesario presentar un informe biomédico funcional completado por un médico de la red pública o privada de salud. Adicionalmente, este informe puede ser complementado por un psicólogo, fonoaudiólogo, terapeuta ocupacional o kinesiólogo, adjuntando los certificados, exámenes e informes médicos que respalden los diagnósticos.
Flujograma detallado del proceso de evaluación de invalidez en la COMPIN.

Importante: Para realizar este trámite, es indispensable que la persona que solicita la certificación cuente con la ClaveÚnica.

La calificación del grado de invalidez se determina en una sesión específica, basándose en la evaluación médica previa y los impedimentos declarados por el solicitante.

Apelación de Dictámenes de Invalidez

En caso de que la solicitud de pensión de invalidez sea rechazada, el solicitante tiene derecho a apelar. La apelación puede realizarse por escrito, de forma presencial en la Comisión Médica, o a través del sitio web apeleaciones.comisionesmedicas.cl. El plazo máximo para presentar la apelación es de 15 días hábiles, contados desde la fecha de notificación del dictamen.

La apelación corresponde al pronunciamiento emitido por la Comisión Médica Central, respecto del dictamen de invalidez original.

Certificación de Salud Irrecuperable para Funcionarios Públicos

La COMPIN también interviene en la evaluación de la salud irrecuperable de funcionarios públicos, un proceso regulado por el DFL 29 del 2004 del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido de la Ley 18.834 sobre Estatuto Administrativo. La Ley 21.050, promulgada el 7 de diciembre de 2017, introduce un inciso tercero al artículo 151, estableciendo la obligatoriedad de este trámite en la COMPIN previo a declarar la incompatibilidad del funcionario con su cargo y la eventual vacancia del mismo.

Proceso de Solicitud para Funcionarios Públicos

El proceso para solicitar la certificación de salud irrecuperable para un funcionario público implica los siguientes pasos:

  1. Ingreso de Solicitud: Se debe ingresar la información del funcionario a evaluar en el formulario correspondiente, seleccionando la Región y subcomisión pertinente. Este trámite está dirigido exclusivamente a la administración pública del Estado.
  2. Datos del Funcionario: Es necesario ingresar el correo personal del funcionario para la notificación. Se recomienda crear un correo institucional genérico en la institución para la recepción de notificaciones, el cual debe ser revisado permanentemente.
  3. Adjuntar Documentos: Se deben adjuntar los siguientes documentos:
    • Ordinario de solicitud de evaluación de salud irrecuperable, firmado por el Jefe Superior del Servicio o quien tenga la facultad delegada.
    • Copia de Cédula de Identidad del funcionario (opcional).
    • Resumen del periodo de licencias médicas Tipo 1 aprobadas que sumen 180 días en los últimos dos años, continuos o discontinuos. Se excluyen licencias por embarazo, pre y post natal, cáncer, enfermedad grave de hijo menor de un año, accidente de trabajo o trayecto, enfermedad profesional, licencias COVID-19, Longcovid, preventiva parental y Ley SANNA.
Infografía que detalla los documentos necesarios para la solicitud de evaluación de salud irrecuperable de un funcionario público.

Notificación y Resolución

La notificación de la solicitud se envía al Jefe Superior del Servicio y al funcionario evaluado al correo electrónico registrado. Si la solicitud no cumple con los criterios de ingreso, la COMPIN notificará a la institución requirente para corrección vía correo electrónico. Si cumple los requisitos, la COMPIN evaluará la recuperabilidad de la salud del funcionario y dictará una resolución, la cual será notificada a la institución y al funcionario.

Resultados de la Evaluación y Consecuencias

  • Salud Recuperable: Si la evaluación declara que la salud es recuperable, el Jefe Superior del Servicio puede declarar salud incompatible con el cargo, según la normativa vigente.
  • Salud Irrecuperable: Si la evaluación declara que la salud es irrecuperable, el funcionario puede acceder al beneficio estatutario de seis meses de mantenimiento de su remuneración sin obligación de trabajar. Durante este periodo, deberá iniciar los trámites para una pensión de invalidez en su AFP y retirarse de su cargo al finalizar los seis meses. De no hacerlo, se procederá a la declaración de vacancia del cargo.

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