La devolución o retiro de fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) es un proceso que permite a los afiliados acceder a parte o la totalidad de sus ahorros previsionales bajo ciertas condiciones. Este derecho se ha ampliado en diversas ocasiones, ofreciendo mecanismos para la jubilación, la compra de inmuebles o retiros extraordinarios.
Retiro extraordinario de fondos de AFP en Perú (2025)
En el año 2025, el Gobierno peruano ha promulgado una ley que permite el retiro voluntario de fondos a todos los afiliados sin excepción. Este mecanismo extraordinario establece que los afiliados podrán iniciar el trámite desde el 21 de octubre de 2025, con un plazo de 90 días para presentar su solicitud. Se han previsto mecanismos especiales para facilitar la solicitud en caso de afiliados en el extranjero o con impedimentos físicos.
El monto del retiro se calculará sobre el monto acumulado en la cuenta individual de cotizaciones obligatorias. La solicitud de retiro de fondos se calcula sobre el total de los fondos acumulados en la cuenta individual de cotizaciones obligatorias, sin hacer diferencia o excepción alguna.
Otras formas de retirar fondos de AFP
Además del retiro extraordinario, existen otras vías para acceder a los fondos de la AFP:
- Jubilación a los 65 años: Una vez alcanzada la edad de jubilación, se podrá elegir si se desea acceder al 95.5% de los fondos.
- Jubilación anticipada: Existe la opción de acceder a los fondos antes de la edad de jubilación, bajo la figura de la jubilación anticipada.
- Retiro para la compra de un inmueble: Se puede retirar hasta el 25% del fondo (la cuarta parte de los ahorros) para el pago de la cuota inicial de la compra de un primer inmueble. La cifra total dependerá de la cantidad de dinero aportado, pero lo que sí es seguro es que ese dinero solo podrá ser destinado a este fin.
Requisitos para la devolución de fondos para trabajadores extranjeros (Ley N° 18.156)
Los trabajadores extranjeros pueden solicitar la devolución de los ahorros previsionales, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en la Ley N° 18.156. El trabajador extranjero debe llenar en la AFP el formulario "Solicitud de devolución de fondos previsionales Ley Nº 18.156" y acreditar los siguientes puntos:
Documentos y criterios necesarios:
- Ser extranjero: Este requisito se puede acreditar mediante la presentación del pasaporte o cédula nacional de extranjero. No procede la devolución cuando el trabajador tiene doble nacionalidad (chilena). Para los extranjeros nacionalizados chilenos, deberán presentar un certificado en el cual se indique la fecha de nacionalización. Para los chilenos nacionalizados extranjeros, deberán presentar un certificado en el cual se indique la fecha de nacionalización.
- Calidad de profesional o técnico: Acreditar su calidad de profesional o técnico con documentos de estudios especializados o profesionales, legalizados y, cuando corresponda, traducidos oficialmente por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile. Se entiende que son técnicos los trabajadores que poseen conocimientos de una ciencia o arte, adquiridos en un proceso educativo formal, estructurado y entregado en forma sistemática, conducente a la obtención de un título profesional o técnico.
- Afiliación a régimen de seguridad social extranjero: Presentar un certificado emitido por la institución de seguridad social de su país a la que se encuentra afiliado, donde conste su obligación de otorgar prestaciones en caso de enfermedad, invalidez, vejez y muerte. La afiliación referida deberá acreditarse mediante certificación de la institución de seguridad social extranjera correspondiente, debidamente legalizada, y traducida en su caso, en la que conste su obligación de otorgar las prestaciones indicadas.
- Contrato de trabajo: Presentar una copia de su contrato de trabajo en el que se exprese su voluntad de mantener la afiliación al régimen previsional extranjero.
- Certificado de no nacionalizado: Adicionalmente, la AFP podrá exigir el certificado de NO Nacionalizado emitido por el Servicio Nacional de Migraciones, el que podrá ser descargado en su sitio web.
- Pensionado en régimen previsional extranjero: Si está pensionado en algún régimen previsional extranjero, debe presentar un certificado emitido por dicha entidad en que se acredite su calidad de pensionado.

¿Quiénes pueden solicitar el retiro de fondos de AFP?
En general, los trabajadores y pensionados afiliados al sistema de pensiones y que registren fondos en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias podrán solicitar el retiro de sus fondos. También podrán efectuar el retiro los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado. La reforma constitucional estableció que podrán solicitar el retiro de fondos quienes estén recibiendo pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado.
Categorías específicas que pueden solicitarlo:
- Los trabajadores y pensionados afiliados al actual sistema de pensiones y que registren fondos en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias.
- Quienes poseen una cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario.
- Los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado.
- Los pensionados de Capredena y Dipreca, afiliados al D.L.
- Los pensionados en retiro programado que se encuentran en el extranjero acogidos a convenio de seguridad social.
- Las personas pensionadas por invalidez en retiro programado y que, además, reciben APSI (Aporte Previsional Solidario de Invalidez).
- Quienes reciben una renta vitalicia, pero tienen saldo en la AFP que les paga como pensión adicional en la modalidad retiro programado.
- Se pueden retirar los fondos del bono por hijo.
¿Quiénes NO pueden solicitar el retiro de fondos?
- Quienes están pensionados por renta vitalicia no podrán hacer retiro.
Aspectos clave del proceso de retiro de fondos
Cálculo del monto de retiro
Al momento de la solicitud de retiro, la AFP deberá calcular el monto correspondiente al 10% del saldo y expresarlo en cuotas. El valor cuota experimentará las variaciones propias del mercado. El monto máximo de retiro tiene un tope de 150 UF (unos $4.300.000) y un mínimo de 35 UF (unos $1.000.000).
Plazos y pagos
Una vez que la administradora entrega el comprobante de solicitud de retiro al afiliado o beneficiario, desde esa fecha (incluida) comienza a regir el plazo para el pago de los fondos, que es de hasta 10 días hábiles. Si la solicitud fue aprobada, la AFP tiene el resto de los días hasta el décimo día hábil para pagar el retiro de los fondos.
Comisiones y descuentos
El retiro de los fondos no está afecto a ningún tipo de comisión o descuento. No se aplicará deducción.
Medios de pago disponibles
El solicitante del retiro deberá informar el número, tipo de cuenta y nombre de la entidad para el depósito de los fondos. Las opciones incluyen:
- Transferencia a la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) en la AFP donde se está efectuando el retiro. Si no se tiene una, se creará automáticamente.
- Depósito en una cuenta bancaria de la cual el afiliado sea el titular, como cuenta corriente, vista o de ahorro.
- Cuentas de instituciones financieras como cooperativas de ahorro y crédito.
- Depósito en una cuenta de provisión de fondos en cajas de compensación.
Para clientes de BBVA, si no se tiene una cuenta en una entidad financiera, se puede abrir una cuenta en 3 minutos. Al recibir la solicitud de retiro, se abrirá al cliente una Cuenta Independencia BBVA, que permite realizar 20 depósitos en cajeros BBVA sin costo a nivel nacional y no cobra mantenimiento si se mantiene un saldo promedio mensual mayor o igual a S/100 o $30. Una vez que la AFP realice el abono de los fondos, se podrá ver a través de los canales digitales las 24 horas del día, los 7 días de la semana, en cualquiera de los cajeros automáticos a nivel nacional o en la oficina BBVA más cercana.
Posibilidad de retractarse
En este proceso existe la posibilidad de retractarse, pero el afiliado o beneficiario debe comunicarlo a su AFP antes de recibir el primer pago.
Solicitudes rechazadas
Cuando la solicitud de retiro de fondos es rechazada, la AFP debe explicar claramente al afiliado o beneficiario las razones del rechazo. De esta manera, la persona podrá corregir los errores o datos entregados, pero deberá ingresar una nueva solicitud.
Tutorial Retiro AFP 2025 |Presenta así tu solicitud de retiro de AFP de hasta 4 UIT
Efectos del retiro de fondos en otros beneficios y sistemas
Impacto en la pensión
El retiro de los fondos de pensiones no afectará el número de períodos cotizados para el cálculo de pensión bajo la legislación chilena. Si el saldo se agota antes por efecto del retiro de fondos, la Garantía Estatal se otorgará antes. Si su solicitud de desafiliación es aprobada, el saldo total de su cuenta individual de cotizaciones obligatorias que se transferirá al IPS podría disminuir.
El valor de la pensión a través de la modalidad de retiro programado depende, entre otras variables, de los fondos acumulados en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias y de la tasa para el recálculo de la pensión.
Beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias (SPS)
El derecho a retiro de los fondos de la cuenta de ahorro obligatorio no excluye de solicitar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) como es, por ejemplo, la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS).
Inembargabilidad de los fondos retirados
La reforma constitucional establece que los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal.
Efecto en el Sistema de Seguros de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
El derecho al aporte adicional está relacionado con la tenencia de la cobertura del SIS. Las personas pensionadas por invalidez en retiro programado y que, además, reciben APSI, al retirar saldo de su cuenta verán que el porcentaje que ellos financian con su saldo disminuirá.
Consideraciones y recomendaciones
Junto al retiro de AFP, se mantiene habilitada la opción de disponer de la CTS (Compensación por Tiempo de Servicios). El depósito correspondiente a noviembre se realiza dentro de los primeros 15 días del mes y puede ser retirado total o parcialmente por el titular hasta el 31 de diciembre de 2026.
Desde BBVA, también se recomienda retirar los fondos solo si es estrictamente necesario o si se tiene una urgencia. Los especialistas de la entidad recomiendan optar por opciones de inversión como los Depósitos a Plazo o Fondos Mutuos. Por ejemplo, un Depósito a Plazo Fijo es una forma de inversión sencilla y 100% segura. La principal ventaja es que da la seguridad de saber cuánto dinero se recibirá al final del tiempo que se decida ahorrar. Los clientes deciden si los intereses se depositan cada mes en la cuenta asociada o al vencimiento del plazo. Actualmente, los clientes pueden abrir su Depósito a Plazo desde S/500 y elegir el plazo que mejor le convenga: 6 o 9 meses y 1, 2, o 3 años.
Proceso de solicitud presencial o virtual
Si usted cumple con los requisitos para retirar sus fondos, puede realizar el trámite de manera fácil y sin ingresar documentación en la Sucursal Virtual de afiliados y de manera presencial en cualquiera de nuestras sucursales. Al elegir su método de pago, se le pedirá reconocimiento facial y que tenga a mano su cédula de identidad.
Si tiene una pensión distinta a AFP (IPS, Capredena o Dipreca), se le informará que puede ingresar un requerimiento en la sección “Mis trámites”. Puede hacerlo en cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país.
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