La Pensión Alimenticia: Principios y Aplicación

El pago de la pensión de alimentos busca cubrir las necesidades básicas de los hijos. Hay que tener en cuenta que ambos padres tienen el deber de mantener a sus hijos, lo que fundamenta la existencia de esta obligación legal.

La Pensión Alimenticia y su Carácter No Retroactivo

La pensión alimenticia, una vez establecida, ya sea a través de mediación o demanda en un tribunal familiar, se convierte en una responsabilidad legal. No obstante, es primordial entender que la ley chilena NO permite solicitar el cobro de pensiones de alimentos de forma retroactiva para periodos anteriores a la demanda. Esto quiere decir que no es retroactiva en el sentido de que no se puede exigir por el tiempo previo a que se inicie el proceso legal.

Por ejemplo, si una madre solicita una pensión de alimentos para su hijo de ocho años, legalmente no tiene derecho a demandar al padre por las pensiones correspondientes a los siete primeros años de vida del niño. Este periodo previo no puede ser considerado una deuda de pensión de alimentos.

Es esencial iniciar el proceso de demanda de pensión alimenticia lo más pronto posible para garantizar los derechos del niño, dado que la obligación se genera desde la formalización de la misma.

Infografía: Proceso de fijación de pensión alimenticia

Interpretación del Artículo 331 del Código Civil

El artículo 331 del Código Civil establece que: "Los alimentos se deben desde la primera demanda, y se pagarán por mesadas anticipadas."

Esta disposición es fundamental para comprender el alcance temporal de la obligación. Significa que, si bien no se puede exigir retroactivamente por años anteriores a la presentación de la demanda, una vez interpuesta la demanda, los alimentos se deben desde esa fecha, y no desde la sentencia definitiva.

En este contexto, algunos jueces de Familia aplican dicha norma como fundamento legal para dar efecto retroactivo a la pensión alimenticia decretada en la sentencia definitiva, entendiendo que el pago es exigible desde la fecha de la primera demanda, aunque la sentencia se dicte con posterioridad. Esto no contradice el principio de no retroactividad para periodos previos a la acción judicial, sino que define el inicio de la obligación dentro del marco del proceso.

Por otra parte, se ha señalado la necesidad de adecuar el actual inciso final de esta disposición sobre pensiones de alimentos. El funcionario al que se refiere, el Secretario del Tribunal, desapareció como funcionario en la actual organización de los tribunales de familia, dando lugar al llamado "administrador del Tribunal". Además, resulta engorroso y dilatador en un procedimiento eficaz que la reliquidación deba ser realizada a requerimiento del alimentario, como lo expresa actualmente el artículo 7° de la citada ley.

Establecimiento y Modificación de la Pensión

Si la pensión de alimentos fue fijada judicialmente, ya sea en un acuerdo de Mediación o en Tribunales de Familia, el monto estipulado debe respetarse y pagarse en forma íntegra. No puede ser alterado sin la autorización previa de un Tribunal. Si bien a la hora de fijar la pensión de alimentos se consideran las necesidades de los hijos y la capacidad económica de los padres, existen ciertos límites.

Hoy las pensiones de alimentos se fijan en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), siendo una obligación del deudor hacer el reajuste correspondiente mes a mes, conforme a las cifras oficiales del Servicio de Impuestos Internos.

Si un alimentante enfrenta complicaciones financieras, como la pérdida del empleo, y está pensando en pedir una rebaja porque no le es posible cumplir con el total del pago, deberá informarlo al Tribunal. Solo podrá justificarse si se logra comprobar que existe un cambio de circunstancias significativo.

Tabla comparativa: Factores para fijar pensión alimenticia

Incumplimiento y Mecanismos de Cobro

Una vez que la pensión de alimentos está formalmente regulada, reviste el carácter de legalmente obligatoria. En caso de incumplimiento, se acumulará una deuda y el infractor podrá enfrentar sanciones judiciales.

Mantener una deuda por pensión de alimentos es, lamentablemente, una situación muy recurrente. Más allá de las razones del incumplimiento, en la mayoría de los casos existe desconocimiento legal. Para exigir el pago, existen diversos instrumentos legales:

  • En caso de incumplimiento en el pago de la pensión alimenticia, se puede solicitar una medida de retención.
  • Si se producen tres incumplimientos parciales o totales, se pueden utilizar los instrumentos legales para exigir el pago.

Uno de los trámites más solicitados en causas de pensión de alimentos es el extracto de liquidación, ya que permite conocer oficialmente, a través del tribunal, las fechas y montos de todos los pagos y abonos, junto con los períodos impagos.

¿Demandarás por pensión alimenticia? A esto te puedes enfrentar

Consideraciones Finales

En resumen, la pensión alimenticia, una vez establecida, es una obligación legal cuyo pago busca cubrir las necesidades básicas de los hijos. Aunque no se aplica de forma retroactiva para periodos anteriores a la demanda, la obligación de pagar se cuenta desde la primera presentación judicial. En caso de incumplimiento, existen mecanismos legales para exigir el pago, y es fundamental actuar lo antes posible para formalizar la pensión y proteger los derechos del niño.

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