La Pensión de Invalidez es una prestación a la que pueden acceder los afiliados que han experimentado una pérdida significativa de su capacidad de trabajo, ya sea por enfermedad o por un debilitamiento de sus facultades físicas o intelectuales. Para iniciar el trámite, no es un requisito disponer de exámenes médicos, solo se necesita el carné de identidad según lo estipulado por la ley.

Requisitos para Obtener la Pensión de Invalidez
Para calificar a una pensión de invalidez, es crucial cumplir con una serie de requisitos fundamentales:
Grado de Invalidez
- El grado de invalidez debe resultar en una pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior al 50%.
Afiliación
- Estar afiliado a una AFP y no estar pensionado en este sistema.
Edad
- Tener menos de 65 años de edad, tanto para hombres como para mujeres. En el caso de las mujeres, deben haber optado por seguir cotizando el seguro de invalidez y sobrevivencia.
Origen de la Discapacidad
- La incapacidad no debe ser consecuencia de un accidente o enfermedad laboral.
Tipos y Grados de Invalidez
La Comisión Médica, un organismo independiente de la AFP y dependiente de la Superintendencia de Pensiones, es la encargada de determinar el grado de invalidez. Existen diferentes grados:
Invalidez Total
- Se determina una pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior al 66%.
- El dictamen tiene carácter definitivo, sin necesidad de reevaluaciones futuras.
Invalidez Parcial
- Se establece una pérdida de la capacidad de trabajo igual o mayor al 50% y menor al 66%.
- Este dictamen es transitorio por 3 años. Tras este periodo, la Comisión Médica realiza una reevaluación para determinar si la invalidez es definitiva y su grado correspondiente.
- Si la persona es declarada Inválida Parcial, recibirá durante 3 años una Pensión mensual equivalente al 50% de su ingreso base. Si es pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y trabaja, cotiza como trabajador activo.
Rechazo de la Solicitud
- Ocurre cuando la pérdida de la capacidad para trabajar es inferior al 50%.
Pensión de Gran Invalidez
- Se aplica cuando la incapacidad es igual o mayor al 70% y el trabajador requiere de la ayuda de terceras personas para realizar los actos elementales de su vida diaria.
¿Cómo se evalúa una Pensión de Invalidez? PATRICIO BERNAL ASESOR PREVISIONAL
Rol del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) juega un papel fundamental en el financiamiento de las pensiones de invalidez:
- Financia las pensiones transitorias durante los 3 años para aquellos calificados con "invalidez parcial transitoria".
- Cuando se dictamina la "invalidez definitiva", el SIS complementa los ahorros individuales con un aporte a la cuenta individual del afiliado, cubriendo tanto la pérdida total como parcial de la capacidad de trabajo.
- Cuando la invalidez es definitiva, el SIS realiza un aporte en la cuenta individual equivalente al capital necesario para financiar las pensiones futuras.
- Si el afiliado tiene cobertura SIS, la pensión es pagada por la AFP con cargo a la Compañía de Seguros que contrató con este fin. Los costos de los exámenes e interconsultas también son cubiertos por el SIS.
Trámite y Documentación Necesaria
Para tramitar la pensión de invalidez, se requiere la siguiente documentación:
Documentos Generales
- Copia de las liquidaciones de sueldo de los seis meses anteriores a la fecha del accidente laboral o del diagnóstico de la enfermedad profesional.
- Historia laboral del trabajador (si no se entregó previamente con la denuncia de enfermedad profesional - DIEP).
- Antecedentes que acrediten historia laboral (contratos, finiquitos, avisos de cesación de servicios y/o certificados de empleadores desde el 1 de mayo de 1968 o desde la fecha de inicio de la actividad laboral).
- Certificado de rentas emitido por el empleador para el funcionario, correspondientes a los últimos seis meses anteriores a la fecha en que se decreta la enfermedad o acontece el accidente laboral, debidamente desglosadas.
- Datos de los beneficiarios: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento.
- Formulario Solicitud de Pensión de Sobrevivencia (en caso de corresponder).
- Declaración Jurada Simple Previsional.
- Declaración Jurada Beneficios Anteriores suscrita por Trabajador Social o Ejecutivo ACHS.
- Certificado de afiliación ISAPRE o FONASA (del beneficiario en caso de pensión de sobrevivencia).
Documentos Específicos
- Funcionarios públicos: deben presentar un certificado que los acredite como tales.
Los documentos pueden ser entregados en cualquier centro ACHS o en el Hospital del Trabajador de forma presencial. También es posible iniciar la solicitud por videollamada con la ayuda de un ejecutivo.
Proceso de Evaluación por la Comisión Médica Regional (CMR)
El proceso de evaluación por la CMR implica varios pasos:
- La CMR solicita a un médico del Registro Público de Asesores que revise los antecedentes y determine si la solicitud de pensión de invalidez es fundada.
- Si la solicitud se considera fundada, la CMR designa a un médico para asesorar al afiliado en el proceso de evaluación y calificación de invalidez, sin costo para la persona.
- La CMR cita al solicitante a una entrevista preliminar y le entrega órdenes para exámenes e interconsultas médicas de las especialidades pertinentes.
- Una vez recibidos los resultados de los exámenes e interconsultas, la CMR determina si el impedimento o enfermedad es objetivo, demostrable, si las terapias médicas o quirúrgicas accesibles se han agotado y si se ha cumplido el período de observación post-tratamiento.
- Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una pensión de invalidez, que puede ser total o parcial.

Cálculo del Monto de la Pensión de Invalidez
Los montos de las pensiones de invalidez pueden variar según el tipo y grado:
- Pensión por incapacidad permanente parcial: Se otorga con una incapacidad permanente igual o superior al 40% e inferior al 70%. Esta pensión es igual al 35% de su sueldo base.
- Pensión por incapacidad permanente total: Se otorga con una incapacidad permanente total, es decir, igual o superior al 70% de incapacidad.
- Los montos de las pensiones de invalidez se aumentarán en un 5% por cada hijo que cause Asignación Familiar al pensionado, a partir del tercer hijo autorizado como carga familiar.
Si la pensión es mayor que la Básica Solidaria, el afiliado puede solicitar ofertas al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión). En 8 días hábiles, se recibirá un "Certificado de Ofertas" con los montos de Pensión, teniendo la opción de no aceptar ninguna oferta.
Aspectos Adicionales y Reevaluación
- Si el primer dictamen de Pensión de Invalidez es de carácter transitorio, dura 3 años. Al finalizar este periodo, se efectúa una reevaluación de la invalidez.
- En la reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos y, en un nuevo dictamen, resolverá si confirma o rechaza la invalidez.
- Si en la reevaluación se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado pasa a ser activo.
- Si se acepta la invalidez en forma total o parcial, la AFP entregará al pensionado el Certificado de Saldo para que ejerza su derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez.
- Si una persona es declarada Inválido Parcial o Total, no hay inconveniente para continuar trabajando.
- La pensión se entrega hasta que el trabajador cumpla con la edad legal de jubilación.
- Es posible tramitar y recibir la pensión en el extranjero si el país de residencia tiene un Convenio Bilateral con Chile.
Recursos y Apelaciones
- Las personas pueden presentar un reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro de un plazo de 15 días hábiles desde la notificación del dictamen. La CMC debe pronunciarse en un plazo de 10 días hábiles.
- El plazo para presentar la apelación ante la CMC es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen.
- El Instituto de Previsión Social (IPS) interviene en el caso de las personas solicitantes de pensión básica solidaria de invalidez (PBSI), cubriendo los exámenes en las proporciones correspondientes.