Conocer el valor de los beneficios pensionales es fundamental para una planificación financiera adecuada en la etapa de retiro. En Chile, existen diversos aportes y bonos que complementan la pensión, como el Beneficio por Años Cotizados (BAC) y el Bono de Invierno, cada uno con sus propias reglas de cálculo y requisitos de elegibilidad.

Beneficio por Años Cotizados (BAC): Cálculo y Condiciones
El Beneficio por Años Cotizados (BAC) es una compensación que se suma directamente a la pensión que las personas ya reciben, reconociendo el esfuerzo de sus años de cotización.
Cálculo del Valor del BAC
El monto de este beneficio se calcula considerando las cotizaciones realizadas por el trabajador.
Monto y Tope del BAC
El monto corresponde a 0,1 UF por cada 12 meses cotizados. Este beneficio tiene un tope de 2,5 UF mensuales, lo que equivale a un máximo de 25 años de cotizaciones reconocidas para su cálculo.
Consideraciones para el Cálculo de Cotizaciones
Para el cálculo del BAC, es importante tener en cuenta varias condiciones sobre las cotizaciones:
- No se contarán para el cálculo los meses que excedan el tope máximo de 300 cotizaciones (25 años). Estos meses se reducirán gradualmente desde febrero de 2046.
- Tampoco se contarán los meses en que exista más de una cotización por jornada completa.
- Los meses en que el empleador no haya pagado completamente las cotizaciones o aquellos que solo estén declarados y no pagados, no serán considerados hasta que el pago se regularice.
En el caso de las mujeres, el requisito de cotizaciones irá aumentando de manera gradual. A partir de enero de 2028, se exigirá un mínimo de 132 meses cotizados (11 años) para acceder al beneficio.
Fechas Clave para el Pago del BAC
Las fechas de pago y el cálculo del BAC varían según la situación de la persona respecto a su pensión y la fecha límite del 31 de julio de 2025.
Para Pensionados al 31 de julio de 2025
Para las personas que ya estén pensionadas al 31 de julio de 2025, el cálculo del Beneficio por Años Cotizados (BAC) considerará las cotizaciones pagadas en su cuenta individual hasta esa fecha. El pago comenzará en enero de 2026, siempre que tengan 65 años o más.
Para No Pensionados con 65 años o más al 31 de julio de 2025
Para quienes aún no estén pensionados, pero tengan 65 años o más al 31 de julio de 2025, se aplicará el mismo cálculo que para los ya pensionados a esa fecha.
Para Quienes se Pensionen a partir del 1 de agosto de 2025
Si la persona se pensiona a contar del 1 de agosto de 2025, el BAC se calculará considerando primero las cotizaciones que su empleador haya realizado al Seguro Social desde agosto de 2025, si corresponden.
Pago Diferido para Pensionados desde Diciembre de 2025
Para quienes se pensionen a partir de diciembre de 2025, el beneficio se pagará de forma diferida: comenzará a entregarse una vez que reciban su primera pensión e incluirá el retroactivo en el caso de que corresponda.
Extinción del BAC y su Impacto en la Garantía Estatal
El Beneficio por Años Cotizados (BAC) puede extinguirse en caso de fallecimiento del beneficiario.
Además, es importante considerar su impacto en otros beneficios: si al sumar esta compensación y otros beneficios a su pensión, el monto total alcanza o supera la pensión mínima garantizada, el beneficiario dejará de recibir la Garantía Estatal. Esto se debe a que se otorga el beneficio de mayor monto, ya que la Garantía Estatal es un aporte que se recibe cuando los ahorros previsionales no son suficientes.
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Bono de Invierno: Requisitos y Beneficiarios
Además del BAC, existe el Bono de Invierno, otro beneficio que busca apoyar a los pensionados durante los meses más fríos del año.
Beneficiarios Elegibles del Bono de Invierno
Pueden ser beneficiarios del Bono de Invierno los pensionados o pensionadas de diversas instituciones, tales como:
- Instituto de Previsión Social (IPS)
- Instituto de Seguridad Laboral (ISL)
- Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena)
- Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca)
- Mutualidades de empleadores
Condiciones para Pensiones Múltiples
Es importante destacar que si un pensionado recibe más de una pensión contributiva junto con la PGU (Pensión Garantizada Universal), APSV (Aporte Previsional Solidario de Vejez) o pensión de reparación, según sea el caso, tendrá derecho a Bono de Invierno solo si la suma de las pensiones contributivas (excluido el monto del APSV, PGU o pensión de reparación) no supera la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más.
Si se cumplen los requisitos para cualquiera de estos beneficios, los usuarios suelen recibir una notificación por correo electrónico y/o en su CasillaÚnica.