El presente documento detalla los aspectos relevantes de una licitación pública convocada por el Servicio Nacional de Menores (Sename) para la contratación de servicios en el ámbito de la niñez y adolescencia. Se abordarán los requisitos de participación, la documentación necesaria, los criterios de evaluación y los aspectos legales y administrativos vinculados al proceso. Esta guía también considera el contexto del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, "Mejor Niñez", que reemplazó al Sename en 2021.
Contexto y Objetivos de las Licitaciones
La licitación busca proveer servicios para la atención de niños, niñas y adolescentes en el marco de los programas y modalidades establecidos por el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, "Mejor Niñez". El proceso abarca diversas líneas de acción, incluyendo programas de protección especializados y oficinas de protección de derechos. Se han realizado diversos concursos públicos a lo largo de los años para la línea de Centros Residenciales y otros programas.
Por ejemplo, se ha publicado la Resolución Exenta N° 1703, de fecha 27.05.2019, que autoriza el 1° concurso de Centros Residenciales. Adicionalmente, se han emitido resoluciones que declaran desierto parcialmente concursos en diversas regiones, como la Región de Valparaíso (Resolución Exenta N° 039, de fecha 13.01.2020), la Región de Los Ríos (Resolución Exenta 3505, de fecha 03.10.19), la Región de La Araucanía (Resolución Exenta 3444, de fecha 02.10.19), la Región Metropolitana (Resolución Exenta 3421, de fecha 10.10.19), la Región de Arica y Parinacota (Resolución Exenta N° 3403, de fecha 30.09.19), y en las regiones XV, XIV, X, IX, VIII, VII, VI, V, IV, III, II y I, todas ellas con resoluciones emitidas en agosto de 2019. En algunos casos, ninguno de los proveedores participantes cumplió con las bases de la licitación, lo que resalta la importancia de adherirse estrictamente a los requisitos.

Programas y Modalidades de Licitación
Estas licitaciones están orientadas a la Línea de acción Programas, con diversas modalidades, y a la Línea de acción Oficinas de Protección de Derechos del Niño, Niña y Adolescente (OPD), de conformidad con la Ley Nº 20.032, que establece el Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia a través de la red de colaboradores del SENAME.
Programas de Protección Especializados
- Programas de Intervención Integral Especializada (PIE)
- Programas para Niños, Niñas y Adolescentes en Situación de Calle (PEC)
- Programas de Explotación Sexual Comercial Infantil y Adolescente (PEE)
- Programas de Reinserción Educativa (PDE)
- Programas en Maltrato y Abuso Sexual Grave (PRM)
- Programas para Niños, Niñas y Adolescentes con Consumo Problemático de Alcohol y/u Otras Drogas (PDC)
- Programas en Atención con Adolescentes que Presentan Conductas Abusivas de Carácter Sexual (PAS)
Programas de Protección en General
- Programas de Prevención Focalizada (PPF)
- Programas de Protección Ambulatoria para Niños y Niñas con Discapacidad Grave o Profunda (PAD)
- Programas de Familias de Acogida Especializada con Programa de Protección Especializado (FAE-PRO)
Se mencionan dos residencias familiares específicas: Residencia Familiar Entre Silos, ubicada en Av. 10 y Residencia Familiar Alborada, ubicada en calle Arturo Pérez Canto N° 02164, comuna de Temuco, Región de la Araucanía.
Proceso de Presentación de Ofertas y Documentación
El proceso de licitación exige una presentación rigurosa de documentos, tanto electrónicos como, en ciertos casos, físicos.
Formatos y Canales de Recepción
Generalmente, solo se recibirán documentos electrónicos. Es responsabilidad del oferente la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formato PDF, Excel, JPG, Proyect o Word), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el sistema informático. Ningún formato o anexo podrá ser alterado o modificado por los proponentes.
Sin embargo, la garantía de seriedad de la oferta, en caso de haberse solicitado, podrá ser presentada tanto en formato físico (boletas, depósitos a la vista, vales vista, etc.) como electrónica (pólizas y certificados de fianza). En el caso de las garantías electrónicas, deberán ser enviadas a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, hasta el día de cierre de recepción de ofertas, en el horario que determine el portal.
Uso de la plataforma Mercado Publico
Requisitos Generales de Documentación
Los interesados que se encuentren inscritos en el Registro de Proveedores (www.chileproveedores.cl) deberán adjuntar solo aquellos Documentos Administrativos que no se encuentren debidamente digitalizados, vigentes o que no consten en el Registro. Se deja constancia que los interesados que no se encuentren inscritos en el señalado Registro de Proveedores, deberán igualmente adjuntar todos los Documentos Administrativos requeridos a través del portal www.mercadopublico.cl.
La documentación específica requerida incluye:
- Garantía de seriedad de la oferta, en los términos establecidos en las bases de licitación.
- Copia simple de certificado de vigencia de la entidad proponente de una antigüedad no superior a 60 días. En todo caso, se aceptará el comprobante de solicitud de dicho documento, siempre que el original se acompañe en la firma del contrato.
Requisitos Específicos para Personas Jurídicas Extranjeras
A las personas jurídicas extranjeras se les exigirán los mismos requisitos que a las personas jurídicas nacionales, o los equivalentes conforme a la legislación y reglamentación vigente en el país de origen. En el caso de agencias chilenas de sociedades anónimas extranjeras, deberán presentar:
- Documentos que acrediten su constitución en Chile, de conformidad con los artículos 121, 122, 123 y 124 de la Ley N° 18.046 de Sociedades Anónimas y sus modificaciones.
- Certificaciones de vigencia de la sociedad matriz, de la agencia y de los poderes del agente, todas emitidas con una antigüedad no mayor a 2 (dos) meses.
- Garantía de seriedad de la oferta, en los términos establecidos en las bases de licitación.
Particularidades de las Uniones Temporales de Proveedores (UTP)
Los integrantes de la UTP deberán acordar en dicho documento cuál será la forma de pago, nombrando a uno de ellos para que facture y reciba los respectivos pagos, así como también establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con SENAME. Cabe hacer presente que las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. La UTP no podrá ocultar información relevante para la ejecución del contrato, que afecte a algunos de sus integrantes.
Acreditación de Experiencia
Se requieren Certificados de Experiencia en servicios iguales o similares. Solo se considerarán documentos que indiquen explícitamente los trabajos realizados. Se debe adjuntar copia simple del contrato suscrito de cada experiencia, firmado por ambas partes y fechado, coincidiendo la información con la licitación. La no presentación de uno o ambos documentos implicará que la experiencia no sea contabilizada. No se considerarán como servicios iguales o similares la ejecución de contratos de mantención de sistemas de tecnovigilancia.
En el caso de personas jurídicas extranjeras, la experiencia adquirida en el extranjero debe ser certificada por organismos gubernamentales y/o privados, traducida al español y debidamente legalizada.
Requisitos Técnicos Específicos
Para la presentación de ofertas, se exigirán:
- Certificado OS-10 extendido por Carabineros de Chile, vigente al momento de presentar la oferta, que acredite la calidad de empresa prestadora de servicios en materias de seguridad privada en el área de “Recursos Técnicos”. Su no presentación desestimará la oferta.
- Libro de asistencia para registrar a los profesionales que desarrollen labores en cada una de las residencias durante la ejecución del contrato.
Criterios de Evaluación y Aspectos Económicos
La evaluación de las propuestas considera tanto la viabilidad económica como la capacidad financiera del oferente.
Propuesta Económica
El formato de la propuesta económica debe ser de Carta Gantt e incluir la totalidad de las partidas consideradas en el presupuesto desglosado. No se aceptarán modificaciones en las etapas o partidas, y el monto de la oferta prevalecerá sobre cualquier discrepancia en otros formatos.
Capacidad Económica
El oferente deberá completar el Formato N° 6 con datos verídicos sobre su capacidad económica, incluyendo todos los contratos vigentes con instituciones públicas y privadas. La información incompleta o inconsistente resultará en un puntaje cero (0) en este subfactor.
Se debe adjuntar Certificado de Patrimonio emitido por una institución financiera, con no más de 30 días corridos de antigüedad respecto a la fecha de apertura de la propuesta. El patrimonio a comprobar corresponderá al semestre tributario anterior a la publicación de la licitación.
Causales de Inhabilidad y Deudas Tributarias
Se establecen causales de inhabilidad relacionadas con deudas tributarias:
- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año.
- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin convenio de pago vigente.
Adicionalmente, se requiere una Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto a ciertas normativas según lo establecido en las bases de licitación.
Adjudicación, Subsanación y Pacto de Integridad
Proceso de Adjudicación
La Comisión de Evaluación o quien corresponda, propondrá al Director Regional, a más tardar, dentro de los siete días hábiles siguientes a la apertura de las propuestas, las ofertas que técnicamente sean las más convenientes para el Servicio, quien adjudicará y ordenará la celebración del contrato correspondiente.
En esa oportunidad, en la Dirección Regional del Servicio Nacional de Menores (por ejemplo, Valparaíso), se efectuará el estudio de la documentación presentada por los oferentes en el portal www.chileproveedores.cl, específicamente la solicitada en el acápite IX “Antecedentes Administrativos, Documentos Anexos y Formatos” y en su ficha del portal. Posteriormente, se publicará el acta de apertura, firmada por el operador del portal de www.mercadopublico.cl.
Devolución de Garantías de Seriedad de la Oferta
La devolución de las garantías para oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas se efectuará dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la publicación de la Resolución de adjudicación en www.mercadopublico.cl. La garantía será devuelta una vez vencido su plazo de vigencia y bajo solicitud del contratista al área de gestión de Centros, sin perjuicio de lo señalado en las bases.
Criterios de Desempate
En caso de empate en las ofertas, se aplicarán los siguientes criterios:
- Se resolverá por el proveedor que haya obtenido mejor puntaje en el criterio “Experiencia en ejecución en servicios iguales o similares”.
- Si persiste la igualdad, se preferirá aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en el criterio “Plazo de ejecución”.
Subsanación de Errores y Omisiones
Para errores u omisiones formales en propuestas técnica y económica, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes que los salven dentro de un plazo fatal de dos días hábiles. Esto solo será permitido si las rectificaciones no otorgan una situación de privilegio respecto a otros competidores y no afectan los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes (aplica dictamen N° E76652, de fecha 12 de febrero de 2021, de la Contraloría General de la República). La solicitud se realizará a través del foro inverso del portal www.mercadopublico.cl.
Para subsanar omisiones en los documentos requeridos (como los del acápite 9.1 de las bases), se otorgará un plazo fatal de dos días hábiles, contados desde que la Comisión Evaluadora tenga los antecedentes. La notificación se realizará a través de www.mercadopublico.cl, conforme al artículo 6 del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Esto aplica siempre que no se altere la igualdad de trato ni se vulneren aspectos esenciales de la licitación.
La Comisión Evaluadora tendrá amplias facultades para verificar la idoneidad de las propuestas, pudiendo corroborar la veracidad de los documentos presentados.
Pacto de Integridad y Derechos Laborales
El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo.
El Servicio Nacional de Menores exigirá que los pagos se realicen, y el contratista deberá entregar los comprobantes, planillas o documentos que demuestren el cumplimiento de la obligación. El incumplimiento dará derecho a poner término al contrato. La obligación del contratista y subcontratista de acreditar el cumplimiento de estas disposiciones debe ser demostrada mediante certificados emitidos por la respectiva Dirección del Trabajo.
Anexos y Consideraciones Éticas (Conflicto de Intereses)
Anexos de la Licitación
Las licitaciones suelen incluir varios anexos que complementan las bases, tales como:
- Anexo N°2: “Formulario de Presentación de Proyectos para cada una de las modalidades”.
- Anexo N°4: “Formato de delegación de poder para firmar el Formulario de Presentación de Proyectos”.
- Anexo N°8: “Declaración jurada de trabajadores”.
- Anexo Nº9: “Estándares mínimos de calidad para la atención residencial 2012 (con notas aclaratorias)”.
- Anexo Nº10: “Documento de Apoyo Técnico para la inclusión de niños, niñas y adolescentes con necesidades especiales en los Centros Residenciales, año 2012”.
Prohibición de Conflicto de Intereses (Ley 21.140)
La Ley 21.140, promulgada en 2019, prohíbe que una misma entidad ejecutora de programas de diagnóstico y, al mismo tiempo, de protección. Esta norma busca evitar que se incremente artificialmente el número de niños enviados a un programa de protección solo para aumentar los pagos, ya que se entrega una subvención por cada menor atendido. Sin embargo, en 2016, un niño de 13 años, residente de un hogar de la red del Servicio Nacional de Menores (Sename) ubicado en el sector surponiente de Santiago, denunció abusos sexuales y maltratos, lo que resalta el valor de los programas de diagnóstico, como lo demuestra la historia de 16 niños rescatados del abuso. Pese al valor que tienen estos programas, también encierran el peligro del conflicto de interés.
Actualmente, de las ocho instituciones que hacen diagnósticos, al menos cuatro tienen en sus directorios a personas que se repiten en cargos de otras entidades que ejecutan programas de protección. Un ex director del Sename y dos juezas de Familia lo califican como “gravísimo”. La información sobre la reiteración de los mismos nombres en dos entidades diferentes se obtuvo comparando las nóminas de directores de todas las instituciones que se adjudicaron programas de diagnóstico en el séptimo concurso para programas DAM del Sename, revisando los certificados de directorio de cada organización disponibles en el Registro Civil.
Los programas DAM son los encargados de evaluar y realizar peritajes a niños, niñas y adolescentes (NNA) que podrían estar sufriendo una vulneración de sus derechos. En la última licitación de programas DAM, 38 de 74 fueron asignados a cuatro instituciones en cuyos directorios se repiten nombres que también cumplen labores importantes en organismos que desarrollan proyectos de Protección. El caso que más llama la atención es el de la Región Metropolitana, donde Fundación Pares, inscrita en el Registro Civil en septiembre de 2019, se adjudicó 16 de los 17 programas DAM. Además, Pares ganó otros siete programas en otras zonas del país. La jueza del Segundo Juzgado de Familia de Santiago, Mónica Jeldres, afirma que esta situación “infringe el espíritu de la Ley 21.140”. Desde la oficina de comunicaciones del Sename explicaron que ellos solo fiscalizan que una misma institución acreditada no desarrolle ambas líneas de acción.
El caso de la Fundación Pares con Corporación Acogida no es una excepción. La Fundación Prodere, creada en 2017, se adjudicó nueve programas DAM a nivel nacional: dos en la Región de Tarapacá, cuatro en la Región de Atacama, uno en la Región de O’Higgins, uno en la Región del Maule, y otro en la Región de Los Lagos. Al 26 de abril de este año, dos meses después de adjudicadas las licitaciones, el directorio de Prodere era presidido por Marina Bustos, quien a su vez es directora ejecutiva de Corporación Prodel. Otro de los organismos que se adjudicó programas de Diagnóstico Ambulatorio es la Fundación Trabajo con Sentido, inscrita en diciembre de 2019. Esta institución ganó cinco DAM: uno en la Región de Atacama, tres en la Región de O’Higgins y uno en la Región Metropolitana, por lo que podría recibir hasta $522 millones como pago global anual. El presidente del directorio de Trabajo con Sentido es Jorge Ormeño, quien a su vez ejerce como secretario en León Bloy. En cuarto lugar está la Fundación Cordefam, inscrita en noviembre de 2019. Esta entidad se adjudicó un programa DAM en la Región de Arica y Parinacota, lo que puede implicar un pago anual de $203 millones desde el Estado. La presidenta de Cordefam, Priscilla Sabando, es también directora de un programa Ambulatorio Intensivo Adolescente de Corfal en Arica.
Consultado sobre quiénes integran el supuesto nuevo directorio de Pares, Briones no quiso entregar esa información y tampoco quiso referirse a si él seguía trabajando en Corporación Acogida, aduciendo que esa es información privada. Esta actitud poco transparente no fue bien vista por la jueza de Familia Pamela Lobos: “No hay razón para no entregar esa información.” Desde Fundación Prodere no negaron los vínculos con Corporación Prodel. La presidenta de Prodere y directora ejecutiva de Prodel, Marina Bustos, admitió que la norma los obligó a actuar así: “Sename hace dos años sacó una normativa interna, de modo que es un tema no nuestro, es un tema del mandante.” Bustos explicó que los programas deben ser realizados por organismos con trayectoria en proyectos de diagnóstico: “Nada mejor que gente con experiencia.” Desde la fundación Trabajo con Sentido confirmaron que la institución fue fundada y creada por la Fundación León Bloy “sin ocultamiento alguno, con absoluta transparencia”. Según el organismo, el ordenamiento jurídico “no prohíbe que la Fundación León Bloy en su calidad de fundadora, constituya una persona jurídica distinta, con estatutos y objetivos propios”. Desde Cordefam señalaron que, al 16 de diciembre del año pasado, y antes de la fecha de postulación a proyecto DAM, Cecilia Fuentes Icarte ya había presentado su renuncia como integrante de directorio de Cordefam por razones personales.
Otras instituciones que colaboran o han colaborado con Sename también criticaron la normativa. “Es una ley imbécil. No hay ninguna posibilidad de que una institución pueda financiar su funcionamiento mínimo, teniendo solo un giro de línea programática.” El abogado Luis Cortés, que se desempeña en causas de Familia, sostuvo que la ley no da espacio a la interpretación: “Hay una norma expresa, en relación a que se deben hacer de forma separada las dos líneas de acción. Obviamente, da para tomar acciones legales contra aquellas organizaciones, independiente de la respuesta o las defensas que puedan hacer.”

Transición al Nuevo Servicio de Protección Especializada "Mejor Niñez"
Desde el 1 de octubre de este año, entra en vigencia el nuevo Servicio de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, que reemplazará al Sename. Esto implicará un cambio radical, sin perjuicio de que los convenios en curso seguirán. Sin embargo, todo colaborador tendrá que volver a acreditarse, dado que los requisitos son mucho más altos y exigentes que antes. En las Organizaciones Colaboradoras Acreditadas (OCAS) no tienen muchas expectativas sobre el nuevo servicio. Para Francis Valverde, “no es nada nuevo”. La reforma, según su perspectiva, tendría que radicar en que se financie a los organismos colaboradores y no se les subvencione, y que se limite el número de programas que puede tener un organismo colaborador. La Comisión Interamericana de DD.HH. ha supervisado estos procesos de transición y mejora.