Abogado, si va a formular preguntas a un perito psicólogo forense de parte que ha realizado un informe psicológico pericial, y no sabe qué preguntas formular, puede tener en cuenta los siguientes aspectos. Se presentan ejemplos de preguntas, así como de posibles respuestas. Téngase en cuenta que depende mucho si usted es el Abogado del cliente que ha sido peritado o si bien es el Abogado que interroga al perito de parte que no ha evaluado a un cliente suyo.
Si el perito ha evaluado a su cliente, lo idóneo es que prepare con el psicólogo el interrogatorio. Si va a preguntar a un psicólogo forense que no ha evaluado a su cliente, sino a otra u otras personas que forman parte del proceso, puede considerar realizar preguntas como las aquí planteadas.
Preparación Previa al Interrogatorio
Conocimiento del Perito
Resulta muy útil saber quién es el perito privado al que vamos a formular las preguntas. Es necesario e imprescindible consultar aspectos clave de su perfil profesional.
- ¿A quién voy a preguntar? Es fundamental conocer al perito. Es necesario e imprescindible consultar si el perito está colegiado en algún Colegio de Psicólogos.
- ¿Dónde trabaja el perito? Conocer su ámbito laboral proporciona contexto.
- ¿Qué formación y experiencia tiene el perito? Es importante saber qué ha estudiado y dónde, y cuál es su trayectoria profesional.
Respeto Profesional
Las preguntas deben formularse con absoluta educación, sin caer en el desprestigio del profesional al que se va a interrogar. Es muy común la creencia de que los peritos de parte están “de parte de”. Tiene mucho sentido este punto de vista, puesto que solo acudimos a ratificar informes de parte cuando estos son favorables al cliente. Cuando los informes periciales muestran resultados que no son positivos para la defensa del cliente, el Abogado no aconseja que se vayan a defender oralmente, como es lógico.
Centralidad en el Informe Presentado
El perito va a explicar y resolver dudas sobre el informe que ha elaborado. Las preguntas deben centrarse en el contenido y las conclusiones de dicho documento.
- Centralidad en los contenidos del informe presentado. El perito explicará y resolverá dudas sobre el informe que ha elaborado.
- Centralidad en las conclusiones del informe. Los informes forenses deben tener un número de conclusiones que vengan a resumir los análisis y estudios que se han hecho a lo largo de la evaluación con el peritado.

Aspectos Clave del Informe Psicológico Pericial
Pruebas Administradas Durante la Evaluación
Si el forense ha administrado pruebas, podemos preguntarle sobre estas. Lo aconsejable es que las pruebas aparezcan referenciadas de manera correcta, indicando en qué lugar físico se han llevado a cabo, cuándo han sido administradas a la persona peritada y cuánto tiempo ha tardado el evaluado en realizarlas. Se aconseja que estas pruebas, instrumentos, protocolos, cuestionarios, tests, sean fiables y válidos, los últimos y más nuevos en la investigación científica. Un test de 1989 no tiene las mismas propiedades que uno de 2020. La ciencia forense avanza y por supuesto mejora.
- Abogado: ¿Podría indicarnos cuáles son las pruebas que ha administrado y en qué consisten?
- Perito: He administrado las pruebas siguientes (se mencionan y se va explicando qué mide cada una de las pruebas y porqué se ha decidido administrarlas al caso concreto). Por ejemplo, he administrado al peritado el MMPI-2-RF TM Inventario Multifásico de Personalidad de Minnesota-2 Reestructurado que evalúa varios factores o aspectos de la personalidad. Uno de los motivos por el cual lo he aplicado al evaluado es examinar alteraciones en el pensamiento.
- Los tests no pueden ser fotocopias.
Puntuaciones y Perfiles
Es importante que el psicólogo refleje las puntuaciones obtenidas por el evaluado en los diferentes cuestionarios y protocolos. El objetivo es que con las mismas puntuaciones cualquier otro profesional pueda llegar a las mismas afirmaciones dentro del mismo contexto, teniendo en cuenta toda la información analizada en el caso.
Metodología de Evaluación
El psicólogo debe informar cómo ha llevado a cabo su trabajo y de qué manera.
- Abogado: ¿Qué métodos ha llevado a cabo para realizar el informe?
- Perito: La persona evaluada realizó una entrevista semiestructurada forense, donde narró aspectos de su vida en general y aspectos de su vida relacionados con los hechos por los que nos encontramos aquí. Posteriormente, se le administraron 7 cuestionarios y se consultó la información que nos proporcionó y que podíamos consultar, no analizar, ni examinar, ni valorar, solo consultar. Posteriormente se llevó a cabo el informe forense, estableciendo hipótesis tanto favorables como desfavorables a los intereses del evaluado.
Objetivo de la Evaluación Forense
Se puede preguntar al psicólogo qué hipótesis había planteado a lo largo del informe.
- Abogado: ¿Qué hipótesis se ha planteado usted durante el examen de su evaluación?
- Perito: Me he planteado la hipótesis de que la persona peritada no tuviera sintomatología acorde con el hecho de haber sido víctima de violencia psicológica en el ámbito de la familia o que sí la tuviera. Asimismo, me he planteado la hipótesis de que el peritado estuviera simulando sintomatología que realmente no tendría.
Limitaciones de las Conclusiones del Perito
Existen ciertas conclusiones a las que un perito de parte no puede llegar, y es crucial para el Abogado conocerlas para un interrogatorio efectivo.
- No puede establecer conclusiones sobre personas que no haya examinado. Si en algún caso el perito ve muy necesario, por ejemplo, mencionar a otras personas porque considera que otros pueden estar en riesgo, puede realizar aclaraciones, plantear dudas, pero debe reflejar directamente que son impresiones subjetivas y que no son fruto de una evaluación forense. Debe explicar por qué motivo ha decidido escribirlas en su informe y debe argumentar bien este motivo.
- No puede establecer conclusiones sobre las sesiones de terapia. No puede haber realizado terapia al peritado. Es decir, no puede actuar como psicólogo forense de parte tras haber realizado sesiones clínicas con un paciente, pues su imparcialidad queda dañada.
- No puede concluir si ciertos acontecimientos se han producido o no. Solo puede hacer referencia a que cierta sintomatología, por ejemplo, es compatible con el hecho de, por ejemplo, haber vivido directamente en persona un ataque sexual.
- No puede concluir con rotundidad si un testimonio es veraz o no. Cuando se analiza la credibilidad del testimonio en menores, estas cuestiones son necesarias.
Credibilidad del testimonio (CBCA)
Consideraciones Éticas y Financieras
Honorarios del Psicólogo Forense
Esta cuestión puede que sea objeto de una llamada de atención, pero, si el perito decide contestar y le permiten contestar, es beneficioso. Es aconsejable que el perito de parte cobre a sus clientes por adelantado, o por lo menos cobre una parte por adelantado. ¿Cuál es el objetivo de esto? Asegurarse la imparcialidad. Como bien dice una buena compañera forense “a nosotros se nos paga por una evaluación y no por un resultado”. Es decir, si el cliente me paga por adelantado, da igual el resultado del informe, pues ya lo ha pagado. Evidentemente el cliente solo solicitará que ratifiquemos cuando el informe le sea favorable. Un perito que miente o que realiza informes a la carta tendrá “pan para hoy y hambre para mañana”, pues se correrá la voz de que no es imparcial, de que elabora los informes con lo que los clientes le digan que debe reflejar.
- Abogado: ¿Cómo cobra usted sus servicios?
- Perito: Los clientes deben pagar por adelantado el 50% del coste total del servicio y el otro 50% lo deben abonar una vez se ha finalizado el informe forense.
Tasa de Ratificación de Informes
Si el perito decide contestar, y le permiten contestar sin hacer una llamada de atención, pues estupendo. Recordemos que solo el Juez es la persona autorizada para inadmitir la formulación de preguntas y que, si no indica lo contrario, debemos responder.
- Abogado: De todos los informes de parte que usted realiza, ¿cuántos suele ratificar?
- Perito: Aproximadamente solo defiendo en sala un 60% de los informes forenses que elaboro.
Estándares y Componentes del Informe Psicológico
El informe psicológico clínico (IPC) es la comunicación (escrita u oral) confidencial y científica realizada por un Psicólogo a su cliente, representante legal o autoridad legal competente, de los resultados de un proceso de evaluación/intervención psicológica. La comunicación escrita u oral de un IPC es parte imprescindible, no solo del proceso de evaluación psicológica clínica, sino del proceso de intervención en su totalidad. Las siguientes recomendaciones o aspectos clave a considerar en la elaboración de informes psicológicos clínicos (IPC) emanan de la consideración de las leyes, normas, estándares y guías técnicas más actuales. Conocerlos es fundamental para el abogado al interrogar.
Cualificación del Profesional
La elaboración de informes psicológicos debe ser llevada a cabo por Licenciados en Psicología que hayan recibido la formación clínica adecuada y se encuentren colegiados en el Colegio Oficial de Psicólogos (salvo funcionarios públicos y otras excepciones que señala la Ley General de Colegios Profesionales). El reciente reconocimiento de la Psicología Clínica como especialidad sanitaria hace explícita la capacitación del Psicólogo Clínico Especialista para realizar diagnósticos y evaluaciones psicológicas. El Psicólogo debe ser consciente de su nivel de competencia profesional y de sus limitaciones a la hora de emprender la elaboración de cualquier tipo de informe clínico.
Principios Éticos Fundamentales
Existen principios básicos que deben guiar toda la actividad profesional del Psicólogo, especialmente en la elaboración de informes.
- Respetar la dignidad, libertad, autonomía e intimidad del cliente. A la hora de recabar información para la realización de un informe, el Psicólogo está obligado a respetar escrupulosamente la intimidad del paciente y únicamente recabará la información necesaria para desempeñar la labor para la que ha sido requerido. De la misma forma, el informe recogerá únicamente información pertinente del paciente o cliente y se tendrá especial cuidado a la hora de poner por escrito cuestiones de la vida privada de la persona evaluada.
Derecho a la Información del Cliente y Consentimiento
El Psicólogo tiene la obligación de informar verazmente al cliente, siempre y en cualquier circunstancia, de modo adecuado a sus posibilidades de comprensión. Igualmente, existe la obligación formal y legal de hacer informes que recojan las intervenciones clínicas y de cumplimentar los informes pertinentes relacionados con los procesos asistenciales. El cliente tiene derecho a la información asistencial y al acceso a la historia clínica. La Ley del Paciente incluye explícitamente que toda actuación en el ámbito de la sanidad requiere, con carácter general, el previo consentimiento de los clientes y que este consentimiento por regla general será verbal.
Estructura y Contenidos del Informe Psicológico
Como documentos científicos, los informes psicológicos clínicos deben estructurarse de forma lógica y apropiada a sus fines. Deben incluir el nombre del autor, del cliente y del sujeto a quién se presentará o enviará, las fuentes de información, instrumentos, procedimientos y tests utilizados, los pasos y procedimientos utilizados para responder a las demandas del cliente, un resumen con las conclusiones más importantes y una serie de recomendaciones apropiadas.
Uso de Tests y Validez de Datos
Es obligatorio utilizar siempre medios o procedimientos suficientemente contrastados, instrumentos cuya validez y fiabilidad haya sido debidamente establecida y medidas y tests actualizados. Tanto el Código Ético de la APA, como los Estándares de aplicación de las pruebas psicológicas, destacan la importancia que en el IPC debe adjudicarse a la correcta descripción de los distintos pasos del proceso de evaluación y a la forma en que deben plantearse las conclusiones.
El proceso de evaluación debe ser lo suficientemente explícito como para que pueda ser reproducido y valorado, así como para que pueda quedar constancia del mismo. Las conclusiones, reflejadas en el informe, deberán ser justificadas en relación con las demandas del cliente, responderán a las hipótesis planteadas de antemano y se basarán en las opiniones recogidas y en la información y técnicas suficientes para sostener sus descubrimientos. Debe hacerse explícito, además, el nivel de confianza depositado en cada una de las conclusiones, justificando la relación existente entre las conclusiones y los datos, teniendo en cuenta la información contradictoria. Es importante señalar que la integración de los datos debe ser adecuada, suficiente y de utilidad para responder a las demandas del cliente, por lo que es conveniente indicar cualquier limitación significativa de las interpretaciones.
Estilo y Lenguaje Científico
Al redactar el informe, o informar verbalmente de los resultados de una evaluación, el Psicólogo debe considerar unos ciertos requerimientos de estilo que ayuden a entender mejor la información que se quiere transmitir. El Manual de Publicación de la APA, aunque originariamente se refiere a la publicación de textos científicos, se ajusta perfectamente a estas necesidades.
Confidencialidad y Secreto Profesional
Una de las características del ejercicio profesional de la Psicología es la confidencialidad de la información manejada, y por tanto, la necesidad de mantener el secreto profesional como eje fundamental de la relación con el cliente. Nuestras leyes establecen el derecho de todas las personas a la confidencialidad de los datos referentes a su salud, y a que nadie pueda acceder a ellos sin una autorización legal previa. Se recomienda que se informe previamente al cliente y se aclaren todos los puntos relativos a la confidencialidad (por ejemplo, en qué casos se rompería, a quién informará el Psicólogo en caso de necesidad, etc.) al comienzo de la relación profesional.
Evaluaciones en Contextos Institucionales: El Servicio Médico Legal (SML)
El Servicio Médico Legal (SML) realiza exámenes psiquiátricos, psicológicos y sociales a personas involucradas en causas penales, civiles o de familia. Las horas para los exámenes son otorgadas directamente por el tribunal o la fiscalía. Si es el usuario o usuaria quien la solicita, debe portar el oficio correspondiente.
Es importante destacar que las evaluaciones periciales son solicitadas únicamente por estos organismos, y es a ellos a quienes se contesta y dirige el informe pericial. El SML no puede entregar y/o dar a conocer a las personas naturales los informes periciales. Las personas pueden conocerlos en las instancias que corresponda.
Requisitos y Preparación para el Examen
Para la realización de los exámenes, se solicita cédula de identidad o certificado de nacimiento de menores de edad que no tengan su documento o, si está en edad escolar, la Tarjeta Nacional Estudiantil (TNE). Se recomienda asistir con buena salud, haber comido algún alimento o llevar una colación. La persona debe presentarse completamente sobria (sin efecto de consumo de alcohol ni drogas), alimentada (desayuno, almuerzo o colación, según corresponda) y haber tomado los medicamentos habituales prescritos por el médico. Se recomienda consultar previamente con el médico tratante si alguno de los medicamentos altera la conciencia. En el caso de personas adultas, se solicita no asistir con menores de edad.