Guía legal: Cómo demandar el incumplimiento del pago de pensión alimenticia

La pensión alimenticia es una obligación legal esencial que garantiza el bienestar de los hijos, niñas y adolescentes. Esta prestación no se limita únicamente a la alimentación, sino que abarca conceptos fundamentales para el desarrollo integral, tales como vestimenta, salud, vivienda, recreación, enseñanza básica y media, además del aprendizaje de alguna profesión u oficio.

Cuando esta obligación no se cumple, el sistema judicial ofrece mecanismos específicos para exigir el pago. A continuación, se detalla el proceso legal para enfrentar el incumplimiento.

1. Procedimiento ante el incumplimiento de pago

Para poner fin al incumplimiento, el primer paso es realizar la liquidación de la pensión alimenticia. La persona a cuyo nombre está la libreta debe solicitar la liquidación en el tribunal de familia o directamente desde la Oficina Judicial Virtual con su Clave Única.

Una vez realizada la liquidación, el tribunal enviará una notificación a quien está incumpliendo para que haga valer sus derechos. Frente al impago persistente (posterior a la liquidación y su notificación), se inicia una nueva causa: un juicio ejecutivo para cobrar las pensiones adeudadas.

Esquema del flujo legal: Solicitud de liquidación -> Notificación al deudor -> Inicio de juicio ejecutivo -> Aplicación de medidas de apremio.

2. Medidas de apremio y sanciones

El legislador establece los apremios como métodos para proteger y garantizar el pago de la pensión. Ante el incumplimiento, el juez puede decretar diversas medidas, entre las que destacan:

  • Apremio nocturno: Se aplica cuando no se cumple con la pensión pactada o si se adeudan una o más cuotas.
  • Caución: El juez exige al deudor una garantía si existen motivos fundados para pensar que podría ausentarse del país.
  • Retención de devolución de impuestos: Solicitada al juez para retener el dinero de la devolución anual del impuesto a la renta.
  • Retención en operaciones de crédito: Medida adicional para asegurar el pago.

3. Responsabilidad Parental y Pago Efectivo (Ley N° 21.484)

Desde mayo de 2023, la Ley N° 21.484 entrega a los tribunales de familia facultades reforzadas para investigar el patrimonio del deudor a través de sistemas de interconexión con la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el Servicio de Impuestos Internos (SII) y otros servicios del Estado.

Investigación de activos y retención de fondos

Cuando el deudor no cuenta con recursos bancarios suficientes, el tribunal puede consultar directamente a las AFP para acceder a los ahorros previsionales. El procedimiento incluye:

  1. Investigación reservada del patrimonio activo del deudor.
  2. Decreto de medidas cautelares sobre cuentas bancarias, instrumentos financieros o ahorro previsional voluntario.
  3. Si existen fondos, la AFP debe realizar los pagos según el orden de las notificaciones judiciales.

Como subir escrito a la oficina virtual del poder judicial (Solicitud de liquidación de pensión)

4. Consideraciones sobre la vigencia de la pensión

La obligación de pagar pensión alimenticia se debe cumplir hasta que el hijo o hija cumpla 21 años. Sin embargo, puede extenderse hasta los 28 años si el alimentario se encuentra estudiando una profesión u oficio. Esta obligación persiste si el alimentario está afectado por una enfermedad que le impide subsistir por sí mismo.

Es importante destacar que la pensión es esencialmente modificable. Tanto el alimentario puede solicitar un aumento por nuevas necesidades económicas, como el alimentante puede pedir una rebaja o cese si las circunstancias cambian. En estos casos, la mediación obligatoria es un requisito previo indispensable antes de acudir a un juicio.

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