Actualización de la Pensión de Alimentos con el IPC en España

La pensión de alimentos es una cuantía monetaria esencial para cubrir los gastos básicos diarios de los hijos e hijas de padres divorciados o separados. Esta se fija por un Juez durante el proceso de divorcio y es obligatoria para quien tiene que pagarla. A pesar de lo común del tema, siempre está rodeado de dudas, ya bien sea sobre cómo calcularla, cuándo o de qué manera hacer las actualizaciones. Es crucial que estas pensiones se actualicen anualmente para garantizar que no pierdan su poder adquisitivo frente al coste de la vida.

Esquema de las partes involucradas en una pensión de alimentos

¿Qué es la Pensión de Alimentos?

Una pensión alimenticia es una cuantía monetaria que ha de ser percibida por los hijos de padres divorciados o separados. Se fija por un Juez durante el proceso de divorcio y su importe debe cubrir todos los gastos básicos del día a día que pueda tener el hijo menor de esta pareja que se divorcia. Legalmente, la pensión de alimentos no puede ser inferior al 40% de un ingreso mínimo remuneracional cuando el alimentante tiene solo un hijo, y de un 30% cuando hay dos o más hijos. Esta obligación se mantiene hasta que los hijos e hijas cumplan 21 años, salvo que estén estudiando.

La Obligatoriedad y Frecuencia de la Actualización

Todas las pensiones de alimentos se actualizan anualmente, y en la mayoría de ocasiones, esta actualización se realiza a principios de año, aunque algunas lo hacen en el mes en que se cumplen años desde que se establecieron. Actualizar la pensión de alimentos es obligatorio para quien tiene que pagar la renta, que debería hacerlo sin que nadie se lo recordara. No hay que acudir al Juzgado para actualizarla, ya que esta obligación ya viene impuesta en la sentencia que fijó la pensión. La actualización es automática y no tiene que declararse judicialmente cada año, pues la Sentencia o el Convenio Regulador ya establecieron los criterios para su actualización.

Son cada vez más los Juzgados y abogados que para no generar confusión introducen en sus resoluciones y convenios, respectivamente, la indicación de que "las pensiones se actualizarán según la variación al alza del Índice de Precios al Consumo" (IPC).

Cómo Actualizar la Pensión de Alimentos: Guía Paso a Paso

Para actualizar la pensión de alimentos, es fundamental revisar la sentencia o el convenio donde se fijó la pensión y comprobar si dice que se actualizará anualmente o con efectos del primero de enero.

Primeros Pasos para la Actualización

  1. Verificar la Sentencia o Convenio: Lo primero es consultar tu sentencia o convenio para saber la fecha de fijación de la pensión y la modalidad de actualización (anual o a principios de enero).
  2. Tipo de Actualización:
    • Actualización anual (sin fecha específica): En este caso, debes esperar al mes siguiente al de su fijación. Por ejemplo, si la sentencia se dictó en abril de 2024, cuando acabe abril de 2025, tienes que actualizar para que en mayo de 2025 ya se abone la pensión actualizada.
    • Actualizar la Pensión a primeros de enero: Si la resolución indica que la pensión se actualizará con efectos del primero de enero, el proceso es idéntico al anterior, pero los meses que se deben considerar cambian.

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Uso de la Calculadora del INE

La herramienta habitual para actualizar la pensión de alimentos es el Índice de Precios al Consumo (IPC) que fija el Instituto Nacional de Estadística (INE). Puedes utilizar la Calculadora de Pensión de Alimentos del INE.

Pasos para usar la calculadora:

  1. Entra en la página del INE “EL IPC EN UN CLIC”.
  2. Indica el periodo que actualizas:
    • Si la sentencia fijó la pensión en el mes de abril de 2023, tendrás que poner que quieres actualizar de abril de 2023 a abril de 2024.
    • Si la resolución dice que se actualizará con efectos de primero de enero, indica que el periodo a actualizar es de diciembre de 2023 a diciembre de 2024.
  3. Incluye el importe de la pensión:
    • Si es el primer año que actualizas, será la que fijó el Juzgado.
    • Si ya la has actualizado anteriormente, deberás indicar la que esté en vigor el año que termina.
  4. Haz clic en "calcular". Obtendrás la pensión actualizada. Por ejemplo, el IPC de 2024 es del 2,8%, lo que significa que para actualizar las pensiones en 2025 hay que incrementar en un 2,8% la pensión vigente en 2024.
Captura de pantalla de la calculadora del IPC del INE

Ejemplo Práctico de Actualización

Imaginemos que la sentencia se dictó en diciembre de 2022, con una cuantía de pensión de alimentos de 300 euros. Hasta diciembre de 2023 no habrá que actualizar la pensión de alimentos, ya que el primer año se abonará conforme a la cuantía inicialmente fijada.

Para la actualización desde diciembre de 2023:

  • Entra en la web del Instituto Nacional de Estadística.
  • Introduce el mes en que se dicta la sentencia (diciembre) y el año que debes actualizar. Siguiendo con el ejemplo, ponemos 2022 como fecha inicial (cuando se dictó la sentencia) y 2023 como fecha final (momento en que se actualiza).
  • En la renta, pondrás la cuantía de la pensión (300 euros).
  • A continuación, aparecerá el porcentaje de actualización y el importe exacto que ha de abonarse a partir de ese momento. Por ejemplo, desde diciembre de 2023 hasta diciembre de 2024 se debe abonar una pensión de alimentos de 309,30 euros al mes.
  • Cuando vaya a actualizarse desde diciembre de 2024, la renta inicial será de 309,30 euros, y así sucesivamente.

Cómo Actualizar la Pensión de Alimentos Acumulada

Si llevas varios años sin actualizar, puedes acumularlos poniendo como primer año el primero que no actualizaste y como último el año en curso, y en una única operación tendrás la pensión actualizada.

Comunicación y Reclamación de Actualizaciones Impagadas

Una vez actualizada la pensión, es recomendable hacérselo saber a la expareja (utiliza WhatsApp o correo electrónico para poder probar que se lo has dicho). Si no se paga la actualización, se puede reclamar judicialmente todo lo que no se esté abonando. Se pueden reclamar todas las cantidades no abonadas en los últimos cinco años, sean por pensiones o por actualizaciones. Las actualizaciones de hace más de cinco años, al igual que las pensiones, no pueden reclamarse porque han prescrito.

El procedimiento para reclamar las actualizaciones no satisfechas es muy rápido, y dado que se produce siempre por culpa del obligado al pago, que debió actualizar y no lo hizo, los gastos de dicha reclamación son a cargo del mismo.

Reclamación de Atrasos

Si tu expareja no ha actualizado la pensión de alimentos, puedes reclamarla:

  • Extrajudicialmente: No es obligatorio pero sí conveniente. Se remite una comunicación fehaciente (burofax, correo electrónico, etc.), donde se indica la necesidad de actualización y la cantidad que se debe abonar desde ese momento. Esto puede evitar un procedimiento judicial.
  • Judicialmente: Si no hay respuesta positiva y tu expareja no abona la pensión actualizada, puedes solicitar la ejecución de la pensión de alimentos reclamando el IPC. Esta ejecución de sentencia supone la condena en costas del ejecutado, a menos que demuestre que lo ha abonado o que no lo adeuda. La consecuencia para el obligado al pago que no ha abonado los atrasos es el embargo preventivo de sus bienes, comenzando con la nómina, para hacer frente al pago de la pensión. La pensión de alimentos es un crédito preferente, por lo que, aunque tenga otros embargos, esta ejecución tiene preferencia (artículo 608 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Es importante recordar que la falta de actualización puede parecer insignificante a corto plazo, pero a la larga, si no se actualiza, la pensión se queda obsoleta.

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