El histórico fallo que obliga a las AFP a revelar su "caja negra"

La Corte de Apelaciones de Santiago ha rechazado un recurso clave que obliga a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) a entregar información detallada sobre el manejo de los ahorros previsionales de los chilenos, conocida como su “caja negra”. Este fallo representa un triunfo significativo para la transparencia, iniciado por el ciudadano Esteban Rodríguez.

Esquema del sistema de pensiones en Chile y flujo de fondos de las AFP

Contexto de la Solicitud: Esteban Rodríguez y la transparencia de las AFP

En marzo de 2017, Esteban Rodríguez, un ciudadano interesado en la situación previsional de sus padres y en la administración de los fondos, solicitó a la Superintendencia de Pensiones (SP) las “notas explicativas del 2002 al 2016 de los informes diarios” de las AFP. Su objetivo era conocer cómo las aseguradoras han administrado los millones de dólares que aportan los trabajadores chilenos.

La importancia de las "notas explicativas"

Las notas explicativas son reportes que las administradoras elaboran diariamente y envían a la autoridad, la cual los fiscaliza para verificar cada movimiento. Se trata de la información que permite cuadrar en detalle el destino de los fondos invertidos por las AFP, incluyendo las comisiones pagadas a intermediarios financieros. Estos reportes diarios contienen datos sobre los movimientos de dinero de los ahorrantes, cuya suma, tras décadas de trabajo, se transforma en jubilaciones.

Actualmente, los trabajadores cotizan el 10% de su salario al fondo previsional y una cotización adicional (cerca del 1.4%) como comisión a las AFP. Sin embargo, también se descuenta un porcentaje directamente de sus ahorros para pagar a traders o gestores de fondos por el servicio de invertir el dinero, principalmente en el extranjero. Este porcentaje, aunque menor al 0.5% del fondo, se estima en alrededor de 600 millones de dólares al año debido al vasto volumen del fondo previsional, que equivale al 70% del PIB nacional.

Las controvertidas "comisiones fantasmas"

La transparencia sobre estas “notas explicativas” es crucial porque podría revelar la existencia de las llamadas “comisiones fantasmas”. Estas son supuestas ganancias desconocidas que, según expertos, podrían alcanzar hasta US$500 millones anuales. La propia expresidenta Michelle Bachelet se comprometió en 2016 a modificar esta práctica, buscando que parte de ellas fuera cargo de las AFP. Sin embargo, su promesa no se concretó, y la reforma de pensiones del gobierno de Piñera tampoco abordó directamente estas comisiones, permitiendo que las AFP continúen administrando no solo el 10% actual sino también el 4% adicional propuesto, aunque con la posibilidad de que otros actores financieros administren esta cotización extra.

La Superintendencia publica trimestralmente un informe sobre el pago de estas comisiones, pero el detalle de cómo se realizan los desembolsos, a quiénes llegan y el retorno en rentabilidad de las inversiones de los traders, no es público. Tampoco lo son otros detalles de las inversiones, el stock, los llamados rebates extranjeros y las negociaciones privadas que las AFP mantienen con cientos de intermediarios financieros, especialmente en el extranjero, donde se determina la ganancia de cada fondo de pensión.

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El camino judicial: De la Superintendencia a la Corte de Apelaciones

Solicitud inicial y negativa de la SP

Tras la solicitud de Esteban Rodríguez en marzo de 2017, la Superintendencia de Pensiones se negó sistemáticamente a entregar la información. La autoridad argumentó ante el Consejo para la Transparencia que la entrega de los datos afectaría los derechos comerciales de las AFP, ya que se conocerían sus estrategias de inversión y terceros podrían acceder a ellas, afectando a los afiliados.

Intervención del Consejo para la Transparencia

Ante la negativa, Rodríguez recurrió de amparo ante el Consejo para la Transparencia (CPLT), organismo que en agosto de 2017 ordenó la entrega de la información. El Consejo constató que la Superintendencia argumentaba la causal de oposición de terceros (las AFP), protegiendo a las administradoras al afirmar que la información financiera solicitada podía develar sus estrategias de inversión. Rodríguez, por su parte, refutó este argumento, señalando que los informes suelen tener cuatro meses de desfase y que la información solicitada era hasta 2016.

El recurso de ilegalidad de la Superintendencia

En lugar de acatar la orden del CPLT, el superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, presentó el 8 de septiembre de 2017 un recurso de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago. La Superintendencia sostuvo que el fallo del Consejo para la Transparencia no había respetado la causal de reserva por afectación a derechos de terceros y, además, agregó un nuevo argumento no expresado previamente ante el CPLT: una supuesta “distracción indebida” para el servicio, afirmando que extraer, sistematizar y entregar la información requeriría más de 1.500 horas/hombre.

Los argumentos de la Superintendencia de Pensiones

Afectación de intereses comerciales de las AFP

La SP alegó que la divulgación de las "notas explicativas" podría afectar los intereses comerciales de las AFP al revelar sus estrategias de inversión. Sin embargo, la Corte de Apelaciones refutó este argumento, indicando que son las propias AFP, y no la autoridad reguladora, quienes deben defender sus posibles daños a intereses comerciales.

La causal de "distracción indebida" y sus inconsistencias

El argumento central de la SP para negar la información fue la “distracción indebida”, estimando que la recopilación de los antecedentes de 2002 a 2016 requeriría 1.512 horas/hombre o el equivalente a 168 días laborales de una persona, y que parte de la información estaba en “cintas magnéticas antiguas” que podrían ser difíciles de leer.

Frente a esto, la Corte señaló que la Superintendencia no había invocado esta causal ante el Consejo para la Transparencia, lo que demostraba una falta de “coherencia procesal”. Además, Esteban Rodríguez logró evidenciar que la Superintendencia había utilizado un cálculo de horas-hombre simplemente multiplicando por dos los cálculos hechos por la División de Informática para una causa anterior y sobre otra materia, sin una justificación técnica real.

Contradicciones internas en la SP

Durante el proceso, surgieron importantes inconsistencias dentro de la propia SP. Un oficio interno de la División de Informática de la Superintendencia, de junio de 2016, ya había recomendado generar la información requerida en “formato para planillas electrónicas, utilizando para ello la opción ‘Informe Diario Listado Balance y NE’, del sistema de carteras”.

Además, en julio de 2017, la División Financiera de la SP, a través de Max Montecino, había respondido a una consulta interna que la entrega de las notas explicativas de los informes diarios D-1 desde 2005 a 2016 estaba disponible, y que para el período 2002-2004 se necesitaría solo “una persona que trabaje medio día (4 horas)”, estimando un total de 72 horas hombre. Esta cifra contrastaba drásticamente con las 1.512 horas/hombre alegadas por el fiscal Andrés Culagovski y el jefe de la DAI, Francisco Yáñez, quienes proveyeron los argumentos para el rechazo de la petición de Rodríguez. La contradicción llevó a la sospecha de que se utilizó un "copy-paste" de cálculos de un caso anterior (6392-2016) donde sí era relevante la información en cintas magnéticas (periodo 1995-2002), pero no para el caso Rodríguez que abarcaba un período posterior con información ya computarizada.

Fallo de la Corte de Apelaciones: Un revés para la SP

La Corte ordena la entrega de información

En un fallo de 13 páginas, la Corte de Apelaciones ordenó al superintendente de Pensiones, Osvaldo Macías, entregar las notas explicativas de los informes diarios de las AFP. El tribunal indicó que “el carácter público de la información que se entrega es absoluto”. Con esta decisión, cualquier ciudadano podría solicitar vía Ley de Transparencia la información de las notas explicativas de los informes diarios, y la SP no podrá negar la información.

Crítica a la defensa de intereses ajenos

La Corte fue particularmente dura con la Superintendencia, señalando que su rol fiscalizador no le permite defender los intereses de las AFP. El fallo, redactado por el ministro Javier Moya, precisa que “al exponer la Superintendencia que la entrega de información afecta a terceros, en este caso a las AFP, son estas quienes deben accionar en el reclamo, precisamente atento su calidad de titulares de la información y en defensa de sus derechos.”

La incoherencia procesal y la distracción indebida

Respecto al argumento de “distracción indebida”, la Corte determinó que “no resulta procedente esgrimir ex post, tan solo en el recurso de ilegalidad, fundamentos que no fueron alegados en su oportunidad”. Esto significa que la Superintendencia no podía introducir nuevas causales de reserva en etapas judiciales si no las había presentado ante el Consejo para la Transparencia, afectando el principio de congruencia procesal.

Implicancias y repercusiones del fallo

¿Fin de la opacidad de la "caja negra"?

Este fallo es un paso crucial hacia la transparencia del sistema de AFP, al obligar a la revelación de la información que detalla cómo las administradoras manejan los más de 200 mil millones de dólares del ahorro previsional de los chilenos. Con la posibilidad de que cualquier ciudadano acceda a esta información, se abre la puerta a una fiscalización más exhaustiva por parte de la ciudadanía y a la posibilidad de entender el destino real de las comisiones y los retornos de inversión.

La situación de Osvaldo Macías y las presiones por su renuncia

La actuación de Osvaldo Macías en este caso ha generado una fuerte presión sobre su gestión. El presidente de la Democracia Cristiana (DC), Fuad Chahín, y el diputado Raúl Soto, ingresaron una solicitud a la Contraloría para que se pronuncie sobre la legalidad de las actuaciones del superintendente, acusándolo de “asumir la representación de los intereses de las entidades sujetas a su fiscalización, en lugar de defender los intereses del afectado”. Soto llegó incluso a solicitar su renuncia, argumentando que Macías actuó de manera “ilegítima e ilegal al defender judicialmente a las empresas a las cuales está llamado a fiscalizar y con recursos públicos”.

Además, se prepara la creación de una comisión investigadora en el Congreso, lo que podría “abrir una caja de pandora” sobre la forma en que la Superintendencia ha actuado en este y otros casos.

Foto del Superintendente de Pensiones Osvaldo Macías

Casos relacionados: El "good will" de Cuprum-Argentum

La defensa de Macías en el caso Rodríguez no es la única controversia que enfrenta. Desde 2016, su gestión ha sido cuestionada, especialmente por su rol en la aprobación de la fusión entre AFP Cuprum y Argentum a fines de 2014, que permitió a Principal (propietaria de Cuprum) obtener un beneficio tributario de 80 mil millones de pesos bajo el concepto de “good will tributario”. Fuad Chahín ha liderado también un recurso de nulidad contra esta autorización de la Superintendencia. En este caso, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) ha asumido la representación de Macías, lo que ha generado preguntas sobre la defensa de los intereses fiscales.

Próximos pasos y futuro de la transparencia

Aunque la Superintendencia de Pensiones podía apelar a la Corte Suprema, indicó que decidió no hacerlo y que está trabajando para cumplir en tiempo y forma con los requerimientos del ciudadano Rodríguez. Este fallo sienta un precedente importante. Fuad Chahín adelantó que su partido realizará un estudio con la información requerida a las AFP para verificar si “efectivamente han actuado apegadas a la ley o no”, con “fundadas sospechas de que no es así”.

La presión para una mayor transparencia en el sistema de pensiones chileno, exacerbada por la discusión de nuevas reformas, se ve ahora fortalecida por una decisión judicial que promete abrir el acceso a una información que ha sido resguardada con celo por años.

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