La pensión representa el sustento económico de muchas personas una vez que han alcanzado la edad de jubilación, por lo que elegir la modalidad que más se ajuste a las necesidades de cada persona es muy importante. Para dar inicio al proceso de pensión, existe un requisito legal de edad de 60 años para las mujeres y 65 para los hombres. La duración total aproximada del trámite es de 3 meses si no se tiene bono de reconocimiento y 4 meses en caso de tenerlo. El trámite de pensión es completamente gratuito.

¿Qué es el Certificado de Saldo?
El Certificado de Saldo detalla la totalidad de los montos acumulados en las cuentas Obligatoria y Voluntaria de ahorro para la pensión del afiliado, más la rentabilidad que generaron. Es un documento fundamental que muestra todo el ahorro acumulado a lo largo de la vida laboral. Lo anterior implica que los ítems que no tengan valor no deberán incluirse en el documento, ya que si se indican con monto cero confunden al afiliado. Por ejemplo, si el afiliado no tiene depósitos convenidos, este ítem no debe ser incorporado al certificado.
Plazos de Emisión y Vigencia
- Luego de 10 días hábiles de ingresada la solicitud de pensión, la AFP emitirá el Certificado de Saldo.
- Este Certificado tiene una validez de 35 días desde su emisión, la cual está señalada en el documento (dd/mm/aaaa).
Para su conversión se utilizará el valor cuota del fondo respectivo y de U.F. Este ítem informará solo aquella parte del saldo de la cuenta de capitalización individual por cotizaciones voluntarias, destinadas a pensión por el afiliado. Cuando se trate de un afiliado extranjero que no cuente con un número de RUN nacional, la AFP le asignará un código único de identificación.
En el caso de pensiones de vejez de afiliados afectos a la Ley 18.675, si al vencimiento del plazo antes señalado no se hubiese recepcionado el aporte correspondiente, el certificado de saldo deberá emitirse a más tardar dentro de los 12 días siguientes a su recepción. Esta regulación se determina por la Ley 19.934 de 2004 y fue modificada por la Norma de Carácter General Nº 27, de fecha 7 de noviembre de 2011.
Cómo Obtener y Descargar el Certificado de Saldo
Si se está tramitando la Pensión o se desea cambiar la modalidad actual, se puede descargar el Certificado de Saldo. Puedes completar el formulario o agendar una videollamada con la ayuda de un ejecutivo para solicitarlo. En algunas AFPs, como ejemplo, para descargar el Certificado de Saldo, se puede ingresar a su sitio web con el RUT y Clave de Acceso. Luego, en la sección de Detalle, presionar "Ver" y se desplegará un listado de documentos y solicitudes para identificar el Certificado de Saldo y descargarlo haciendo clic en "Detalles".
Proceso Detallado para Pensionarse
Cuando se piensa en pensionarse, es normal tener muchas preguntas y dudas sobre el proceso. Es fundamental conocer los pasos del trámite de pensión, los plazos y qué cosas hay que tener en consideración. A continuación, se detallan los pasos:
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Paso 1: Ingresar la Solicitud de Pensión
Se puede agendar una videollamada a través de un Centro de Atención Virtual o ir a la sucursal más cercana para que un asesor atienda de manera digital o presencial para ingresar la solicitud de pensión. Se solicitará el RUT, fecha de nacimiento, número de contacto y datos bancarios. Si se ingresa la solicitud en nombre del afiliado, se debe indicar en el formulario. En algunos casos, se necesitará más información y un ejecutivo contactará en un plazo de 1 a 5 días hábiles. Por seguridad, el objetivo principal será validar la identidad del solicitante.
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Paso 2: Bono de Reconocimiento (si aplica)
Si se cotizó en el Sistema Previsional antiguo y se cumplen los requisitos para obtener el bono de reconocimiento, este se enviará a liquidar un mes antes de cumplir la edad legal. Si aún no se ha solicitado, se puede agendar una videollamada o acercarse a la sucursal más cercana para solicitarlo, solo se necesita la Cédula de Identidad vigente y el certificado de las imposiciones que se puede solicitar directamente en el IPS.
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Paso 3: Recibir el Certificado de Saldo
Luego de 10 días hábiles de ingresada la solicitud de pensión, la AFP emitirá el Certificado de Saldo y lo enviará por correo electrónico para su descarga. Un ejecutivo se contactará en máximo 3 días hábiles para validar la identidad, explicar el certificado y orientar sobre los próximos pasos.
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Paso 4: Solicitar las Ofertas de Pensión a través del SCOMP
Luego de revisar el Certificado de Saldo, se podrán pedir, a través de una videollamada con asesores, las opciones disponibles para pensionarse que entrega el Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). Para recibir ofertas de montos y modalidades de otras AFP y aseguradoras, los datos deben estar en el listado público del SCOMP. También se preguntará cómo se desea solicitar las ofertas de Pensión: con la AFP directamente o a través de un Asesor Previsional.
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Paso 5: Recepción de Ofertas de Pensión
El Certificado de Saldo es enviado electrónicamente al SCOMP. Luego de esta solicitud, las AFPs y Compañías de Seguros de Vida realizan sus respectivas ofertas de pensión, que son compiladas en el denominado Certificado de Ofertas SCOMP. El SCOMP es una institución externa que reúne las alternativas de pensión ofrecidas por Compañías de Seguros y las AFP. Cuatro días después de haber solicitado las ofertas de pensión, el SCOMP las enviará al correo electrónico. Estas ofertas tienen una vigencia de 12 días hábiles contados desde el momento de su emisión.
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Paso 6: Asesoría y Aceptación de una Oferta
Para seleccionar una de las opciones disponibles, se puede agendar otra videollamada para recibir asesoría. Luego, si así se prefiere, se podrá elegir la opción y modalidad de pensión que más se acomode. Se podrá aceptar alguna de las ofertas para pensionarse o rechazarlas. Si no se toma una decisión, se puede hacerlo en otro momento, siempre y cuando las ofertas de pensión sigan vigentes. Una vez aceptada, se recibirá el pago de pensión en 10 días hábiles.
LOS 3 DOCUMENTOS QUE TE DEBEN DE ENTREGAR TRAMITE DE PENSION
Modalidades de Pensión
Los potenciales pensionados deben analizar con atención el Certificado de Oferta del SCOMP, que puede ser bastante extenso dadas las opciones que ofrece, bajo las distintas modalidades. De esta manera, el afiliado podrá determinar cuál opción le conviene más dependiendo de sus necesidades. Las ofertas de Renta Vitalicia se muestran de mayor a menor monto de pensión. No te aceleres al tomar la decisión.
Las principales modalidades de pensión son:
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Retiro Programado
A través del Retiro Programado, la AFP paga una pensión mensual en UF con cargo a la cuenta del afiliado, cuyo monto se recalcula una vez al año, considerando los ahorros disponibles. Una vez pensionado se recibirá la Liquidación de Pensión cada mes, donde se verá el saldo que va quedando en la cuenta después de cada pago de Pensión.
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Renta Vitalicia Inmediata
Con la Renta Vitalicia, el pensionado cede la propiedad de los ahorros a una Compañía de Seguros, a cambio de un monto mensual fijo de pensión durante toda la vida. El requisito para tener una Renta Vitalicia es que los fondos del afiliado sean tales que financien una pensión de, al menos, 3 UF, es decir, aproximadamente $109.386.
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Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida
Esta es una combinación de las dos anteriores. Con esta opción, una parte de los ahorros previsionales del afiliado se transfiere a una Compañía de Seguros, la que se compromete a pagar, en una fecha futura, una Renta Vitalicia.
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Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado
Con esta modalidad se obtienen las dos anteriores al mismo tiempo: con una parte de sus ahorros, se recibe una Renta Vitalicia Inmediata pagada por una Compañía de Seguros y con los ahorros restantes se pensiona bajo la modalidad de Retiro Programado.

Consideraciones Adicionales y Preguntas Frecuentes
¿Se puede acceder a ofertas externas al sistema?
Sí, se pueden solicitar a las compañías que participaron ofertas externas al sistema. Estas deben ser mayores a las presentadas internamente en el Certificado SCOMP.
¿La AFP se quedará con el dinero ahorrado?
No. De acuerdo con la ley, solo se podrá retirar el dinero ahorrado a través de pagos mensuales de Pensión cuando se jubile. En algunos casos, se podría acceder al Excedente de Libre Disposición. Si se pensionó en una AFP, sus ahorros se pagarán a sus beneficiarios como Pensión de Sobrevivencia. Si no los tiene, se entregarán en un solo pago a sus herederos, y en último caso si no los tiene, se pagarán al estado, como último heredero de todos los chilenos, según indica la ley. La AFP nunca se quedará con el dinero.
¿Cómo se cobra la pensión?
Se puede elegir cómo cobrar la Pensión. Se sugiere recibirla en una cuenta bancaria a nombre del pensionado para mayor comodidad y seguridad.
¿Qué factores influyen en el monto de la pensión?
Dependerá de varios factores, como los ahorros acumulados, la edad en que se decide pensionarse y si se tienen beneficiarios.
Pensión Garantizada Universal (PGU)
También existe la posibilidad de acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU). Los requisitos son tener 65 años o más, sin necesidad de estar pensionados, y pertenecer al 90% con menores ingresos del país. En caso de estar pensionado, se debe tener una pensión menor a $789.139. Por otro lado, quienes tienen ingresos entre $789.139 y $1.252.602 tienen la posibilidad de acceder a una PGU de monto variable.