Certificado de Pensionado por Invalidez: Información Detallada

Obtener un certificado de pensionado por invalidez es un proceso fundamental para aquellas personas que han sufrido una pérdida significativa en su capacidad de trabajo. Este documento acredita la condición de invalidez y permite acceder a los beneficios y pensiones correspondientes. A continuación, se detalla la información relevante sobre este proceso.

Requisitos para la Pensión de Invalidez

Para ser elegible a una pensión de invalidez, los afiliados deben cumplir con ciertos requisitos relacionados con la pérdida de su capacidad laboral. Se establecen dos categorías principales:

  • Invalidez Parcial: Corresponde a una pérdida de la capacidad de trabajo igual o superior al 50% e inferior a dos tercios (aproximadamente 66%).
  • Invalidez Total: Se aplica a personas afiliadas con una pérdida de, al menos, dos tercios de su capacidad de trabajo. En este caso, la invalidez se considera definitiva.

Estas condiciones aplican a hombres y mujeres afiliados menores de 65 años. Para las mujeres, es requisito haber optado por continuar cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

infografía comparativa de los porcentajes de pérdida de capacidad laboral para invalidez parcial y total

Proceso de Evaluación de la Invalidez

El proceso para determinar la invalidez se lleva a cabo a través de las Comisiones Médicas. Los pasos generales son los siguientes:

  1. Solicitud y Cita: Si cumples con los requisitos, puedes ingresar tu solicitud. La Comisión Médica te contactará para informarte el día, la hora y el lugar donde serás evaluado. Si tu cobertura del SIS está en riesgo, debes hacer tu solicitud con urgencia.
  2. Evaluación Médica: Un Médico Asignado realizará una evaluación exhaustiva. El objetivo es obtener información clave sobre las enfermedades o afecciones del solicitante, su evolución y los tratamientos recibidos.
  3. Determinación del Grado de Invalidez: La calificación del grado de invalidez se determina en una sesión, basándose en la evaluación médica previa y los impedimentos declarados por el solicitante.

Para agilizar el trámite, si cuentas con antecedentes médicos relevantes, puedes enviarlos directamente al correo electrónico de la comisión médica correspondiente a tu domicilio para que sean evaluados.

Proceso de calificación y valoración de una enfermedad laboral

Dictámenes de Invalidez y sus Implicaciones

Los dictámenes emitidos por las Comisiones Médicas definen la condición de invalidez y sus consecuencias:

Invalidez Parcial Transitoria

El primer dictamen de Pensión de Invalidez Parcial es de carácter transitorio y tiene una duración de 3 años. Durante este período, la persona declarada Inválido Parcial recibirá una pensión mensual equivalente al 50% de su ingreso base. Al finalizar este periodo, se efectúa una reevaluación de la invalidez. Si en esta reevaluación se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado pasa a ser activo nuevamente.

Invalidez Aprobada y Definitiva

Si la invalidez es aprobada y se considera definitiva (en el caso de Invalidez Total o tras reevaluación de una parcial), se emitirá un Certificado de Saldo. La Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) entregará este certificado al pensionado para que pueda ejercer su derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez, suscribiendo la Selección de Modalidad.

diagrama de flujo mostrando las posibles evoluciones de un dictamen de invalidez parcial transitoria a definitiva o retorno a la condición de activo

Financiamiento de la Pensión de Invalidez

El financiamiento de la pensión de invalidez depende de si el afiliado tiene cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS):

  • Con cobertura del SIS: El costo de los exámenes e interconsultas médicas, así como el pago de la pensión, son cubiertos por el seguro. La pensión es pagada por la AFP, con cargo a la Compañía de Seguros que contrató con este fin.
  • Sin cobertura del SIS: En este caso, el afiliado recibirá pensiones mensuales provenientes de los ahorros de su cuenta individual.

Opciones y Beneficios Adicionales

Una vez dictaminada la invalidez, existen diversas opciones y beneficios:

  • Continuar trabajando: Si eres declarado Inválido Parcial o Total, no existe ningún inconveniente para continuar trabajando. Si eres pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y trabajas, cotizas como trabajador activo.
  • Certificado de Ofertas: En un plazo de 8 días hábiles, recibirás un "Certificado de Ofertas" con los montos de pensión. Tienes la opción de no aceptar ninguna oferta.
  • Pensión de Sobrevivencia: Si mueres antes de la edad legal de pensión o estando pensionado, generarás una Pensión de Sobrevivencia en el caso de que tengas beneficiarios de Pensión designados.
  • Pensión en el Extranjero: Sí, puedes tramitar y recibir tu pensión en el extranjero siempre y cuando el país en el que vivas tenga un Convenio Bilateral con Chile.
  • PBSI (Pensión Básica Solidaria de Invalidez): Puedes solicitar la PBSI en el sitio web, por videoatención y en las sucursales ChileAtiende. Para solicitarla, no necesitas tener declarada tu invalidez ante una comisión médica. Los y las titulares de PBSI pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan los requisitos para ser causantes del sistema. Recibirás la pensión hasta el último día del mes en que cumplas 65 años.
  • Ofertas al SCOMP: Si tu pensión es superior a la Básica Solidaria, puedes solicitar ofertas al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP).

Apelación de la Solicitud de Pensión de Invalidez

En caso de que tu solicitud de pensión de invalidez sea rechazada, tienes el derecho de apelar. La apelación se puede realizar por escrito, presentándola presencialmente en la Comisión Médica o a través del sitio web apeleaciones.comisionesmedicas.cl. Tienes un plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la fecha de notificación del dictamen, para interponer la apelación. El pronunciamiento emitido por la Comisión Médica Central respecto de la apelación al dictamen de invalidez es la instancia final de apelación.

Contacto y Soporte

Si tienes dudas o necesitas más información, puedes contactarte a través de los siguientes canales:

  • Call center ChileAtiende: 101
  • Teléfono desde el extranjero: +56 4 4236 20 00

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