Bono de Invierno: Requisitos, Monto y Exclusiones para Pensionados

¿Qué es el Bono de Invierno?

El Bono de Invierno es un aporte económico diseñado para apoyar a las personas pensionadas del país que perciben bajas pensiones. Su objetivo es que puedan enfrentar de mejor manera los gastos adicionales que surgen durante la época invernal.

Esquema explicativo del propósito del Bono de Invierno para pensionados

Monto y Vigencia

El monto del bono establecido para el año 2026 es de $81.257, el cual se entrega de forma adicional a la pensión.

¿Quiénes pueden acceder al Bono de Invierno?

Para ser beneficiario de este aporte, es indispensable cumplir con el requisito de edad y uno de los siguientes criterios relacionados con la pensión:

  • Debe tener 65 años cumplidos al 1 de mayo.
  • Recibir una pensión inferior o igual al valor de la Pensión Mínima de Vejez vigente para mayores de 75 años, que asciende a $231.440 (sin incluir el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o Pensión Garantizada Universal (PGU), si los hubiere).
  • Recibir una pensión de alguna de las siguientes instituciones:
    • Instituto de Previsión Social (IPS).
    • Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
    • Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
    • Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
    • Mutualidades de Empleadores/as.
  • Estar pensionada o pensionado del sistema de AFP y compañías de seguro que reciban pensiones mínimas con garantía estatal o Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV).
Infografía con los requisitos de edad y monto de pensión para el Bono de Invierno

Casos de Exclusión

No se puede acceder al beneficio en los siguientes casos:

  • Ser Titular del Subsidio de Discapacidad, ya que no está expresamente contemplado en la ley que regula este bono y no cumple con el requisito de edad, dado que el Subsidio de Discapacidad Mental está dirigido a personas menores de 18 años.
  • Ser Titular de indemnización del carbón, por no estar contemplado en la ley que rige el Bono de Invierno.

Consideraciones para Pensiones Múltiples

Es importante destacar que si una persona recibe más de una pensión contributiva junto con la PGU, APSV o pensión de reparación, según sea el caso, tendrá derecho al Bono de Invierno solo si la suma de las pensiones contributivas, excluido el monto del APSV, PGU o pensión de reparación, no supera la pensión mínima de vejez para personas de 75 años o más.

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