En Chile, el reconocimiento y apoyo a las personas que dedican su tiempo al cuidado no remunerado de otras personas es un pilar fundamental del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados “Chile Cuida”. Este sistema busca identificar y visibilizar a quienes asumen esta importante labor. A continuación, se detalla el proceso para obtener la credencial de persona cuidadora y la información relevante asociada.
¿Quiénes pueden ser consideradas Personas Cuidadoras?
Son consideradas personas cuidadoras aquellas mayores de 18 años que dedican su tiempo a labores de cuidado no remunerado. Esto implica que entregan asistencia permanente sin recibir remuneración a:
- Personas con discapacidad.
- Personas con dependencia funcional moderada o severa.
- Personas con necesidades educativas especiales permanentes que forman parte del Programa de Integración Escolar (PIE).
- Personas que están matriculadas en un establecimiento de educación especial.
Tipos de Cuidadores
- Persona cuidadora principal: Aquellas que destinan el mayor número de horas al día a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados.
- Persona cuidadora secundaria: Quienes destinan menos horas al día, en relación con la cuidadora principal, a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados.
Es importante destacar que, si una persona está registrada como cuidadora principal y secundaria de personas distintas, la plataforma reconocerá solo una credencial que la identificará como cuidadora principal.
Requisitos para el Registro y la Credencial
Para acceder a la credencial de persona cuidadora, es necesario cumplir con ciertos requisitos y seguir un proceso específico:
Requisitos Fundamentales
- El primer requisito es que la persona cuidadora y quien requiera cuidados tengan Registro Social de Hogares (RSH).
- La persona que requiere cuidados debe tener registrada dependencia moderada, severa o profunda en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.
- La persona que requiere cuidados debe encontrarse en alguno de los siguientes registros administrativos:
- Registro Nacional de Discapacidad.
- Programa de Integración Escolar (PIE) permanente.
- Matrícula en establecimiento educacional especial.
- Dependencia moderada o severa en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.
Consideraciones Adicionales
- No es necesario tener vínculo familiar ni de consanguinidad con la persona que requiere cuidados.
- Si la persona cuidadora tiene ingresos asociados a pensión o por actividades distintas a la labor de cuidados, puede acceder a la credencial. En cambio, si recibe ingresos por las labores de cuidados, no puede acceder a la credencial, ya que su objetivo es identificar y visibilizar a las personas cuidadoras que no reciben un pago por ello.
- No se considera el tramo del Registro Social de Hogares para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial. La actualización de esta información en el Registro tampoco afecta la calificación socioeconómica o tramo.
Proceso de Registro
Para ser reconocida como persona cuidadora y obtener tu credencial, debes seguir estos pasos:
- Ingresar a tu Registro Social de Hogares a través de la Ventanilla Única Social (VUS) en el sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl.
- En tus datos complementarios, ingresar al módulo de Cuidados y completar el trámite.
La información que ingreses al Registro Social de Hogares a través del trámite de complemento por cuidados es autorreportada y se validará con los registros administrativos disponibles para comprobar que eres una persona cuidadora. No es necesario ir a una notaría para acreditar la calidad de persona cuidadora.
Si cuidas a más de una persona, debes realizar una solicitud por cada una. Actualmente, se pueden ingresar hasta tres personas por cada persona cuidadora.
Identifícate como persona cuidadora en el Registro Social de Hogares
Actualización de Información
Si la persona que requiere cuidados no está en los registros administrativos que reconocen discapacidad, dependencia moderada o severa, o necesidades educativas especiales, debes actualizar el módulo de salud de tu Registro Social de Hogares en el sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl. En esta plataforma, puedes consultar la guía paso a paso que te indica cómo realizarlo. Si no existe registro, no se podrá validar la situación de dependencia o discapacidad y, por lo tanto, no podrás acceder a la credencial.
La evaluación para determinar las necesidades educativas especiales es realizada por los centros educativos y la información es entregada por el Ministerio de Educación al Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
Descarga y Solicitud de la Credencial
Una vez disponible la credencial de persona cuidadora, puedes descargarla en su versión digital o solicitar la credencial física accediendo a tu Registro Social de Hogares en www.ventanillaunicasocial.gob.cl. El botón de solicitud de credencial física estará junto al botón de descarga de cartola RSH y de credencial digital de persona cuidadora.

Beneficios de la Credencial
La credencial de persona cuidadora entrega acceso preferente a sucursales y oficinas de diversas instituciones públicas, entre ellas:
- FONASA (Fondo Nacional de Salud)
- BancoEstado
- SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanismo)
- SENAMA (Servicio Nacional del Adulto Mayor)
- ChileAtiende - IPS
- Registro Civil e Identificación
- SENADIS (Servicio Nacional de la Discapacidad)
- DICREP (Dirección General del Crédito Prendario)
- Correos de Chile
- Oficinas del Registro Social de Hogares en Municipalidades
- SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo)
- SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor)
- Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
- Tesorería General de la República
- FOSIS
Tramitación y Verificación
Una vez ingresada la solicitud con la documentación correspondiente, se derivará al municipio de la comuna donde reside la persona que requiere cuidados y se tramitará la solicitud. En caso de ser necesario, se podrá solicitar la Cartola Hogar a través de un ejecutor (Municipio u oficinas ChileAtiende), presentando un poder legalizado ante notario. En este documento debe quedar explícita la voluntad de la persona mandante para que otro en su nombre y representación pueda realizar la solicitud. El documento notarial tiene una vigencia máxima de 6 meses desde la fecha de emisión.
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