Información y Cambios en las Modalidades de Pago de Pensión en Cuprum

Cuprum AFP proporciona diversas opciones y servicios para gestionar las pensiones, incluyendo trámites en línea, información sobre los cambios en el pago de la Pensión Garantizada Universal (PGU) y detalles sobre la nueva Reforma de Pensiones. Mantenerse informado sobre estos aspectos es crucial para los afiliados y beneficiarios.

Trámites en Línea de Cuprum Relacionados con Pensiones

Cuprum ofrece la posibilidad de realizar diversos trámites en línea, lo que permite a los afiliados gestionar sus solicitudes sin necesidad de acudir a una sucursal.

ilustracion de personas realizando tramites en linea con dispositivos digitales

Solicitud de Pensión por Edad Legal

Los afiliados pueden ingresar a su cuenta con su Rut y clave, y dentro del menú "pensiones", seleccionar "trámite de pensión" para realizar su solicitud de pensión por edad legal en línea, cuándo y dónde quieran. Alternativamente, es posible agendar una videollamada con uno de los asesores de Cuprum para iniciar el trámite de pensión, seleccionando el día y la hora que más le acomode al usuario.

Solicitud Pago Cuota Mortuoria

Si se desea solicitar este beneficio, se puede ingresar la solicitud de pago de forma rápida y sencilla a través de los canales en línea.

Acreditación Alumno Regular

Si eres beneficiario de pensión y necesitas acreditar que te encuentras estudiando para regularizar el pago de tu pensión, puedes realizar este trámite en línea.

Mandato para Pago Pensión

En caso de que un tercero necesite recibir el pago de pensión de un cliente Cuprum, se puede gestionar un mandato a través de las plataformas digitales.

Pensión de Sobrevivencia

La Pensión de Sobrevivencia es un beneficio previsional al que tienen derecho familiares (bajo ciertos requisitos) de un afiliado a la AFP que ha fallecido. Cuprum facilita la gestión de la solicitud.

Solicitud y Pago de Herencia

Si el afiliado ha fallecido antes de jubilar o durante su jubilación y quedan montos a entregar mediante el pago de pensión de Retiro Programado o saldos en sus productos voluntarios, y no existiendo beneficiarios de pensión, estos fondos se suman y se entregan como un pago a los herederos del afiliado fallecido. Si ya se ha realizado la solicitud de herencia y se cuenta con la documentación necesaria, se puede realizar la suscripción del Pago de Herencia.

Cambios en el Pago de la Pensión Garantizada Universal (PGU)

A partir de junio de 2022, se implementaron importantes cambios en la forma de pago de la Pensión Garantizada Universal (PGU).

Gestión de Pagos: IPS y Cuprum

El Instituto de Previsión Social (IPS) es el organismo encargado de pagar el monto correspondiente a la Pensión Garantizada Universal (PGU). Por su parte, Cuprum AFP paga solo el monto de pensión financiado por los ahorros de sus afiliados, si ese fuera el caso.

Beneficiarios que reciben PGU en cuenta bancaria

Desde junio de 2022, si se recibe el pago de la PGU y, además, el monto de pensión autofinanciada, se tendrán dos pagos en la misma fecha. Uno provendrá del IPS, que pagará el monto correspondiente a la PGU, y otro de Cuprum AFP, que pagará la pensión correspondiente a los ahorros de los afiliados (pensión autofinanciada). Ambos pagos continuarán siendo en la misma cuenta, banco y fecha que todos los meses. Si se recibe solo el pago de PGU, será el IPS directamente quien continuará pagando la pensión en la misma cuenta, banco y fecha, todos los meses.

Beneficiarios que reciben PGU en Servipag

Actualmente, el IPS no cuenta con Servipag como forma de pago. Por lo tanto, a partir de junio de 2022, tanto la pensión autofinanciada (si este fuera el caso) como la PGU se pagarán en la misma fecha y lugar, el cual será a través de las cajas de cualquier Banco Estado. Al ir a cobrar la pensión al Banco Estado, si se tiene pensión proveniente de los ahorros, además de PGU, se sugiere solicitar claramente que se quieren cobrar ambos pagos, tanto PGU como pensión, dado que son instituciones distintas las que los realizan.

Aumento Gradual de la PGU a $250.000

La Pensión Garantizada Universal (PGU) aumentará gradualmente a $250.000 según la edad del afiliado y de acuerdo con los siguientes plazos:

  • En septiembre de 2025: para los que tienen 82 años o más.
  • En septiembre de 2026: para los que tienen 75 años o más.
  • En septiembre de 2027: para todos los que tienen 65 años o más.

Además, este monto se reajustará cada año según la inflación. Si actualmente se reciben $231.732 de PGU, se recibirán $250.000 desde la fecha que corresponda según la edad, más el reajuste por IPC correspondiente. Si se recibe un monto proporcional de la PGU, este también aumentará de forma proporcional.

Para confirmar cuándo corresponde el aumento en la PGU, se puede ingresar al sitio web del Instituto de Previsión Social (IPS) con el Rut y fecha de nacimiento. Esto también abarca a los beneficiarios de leyes de reparación y de gracia (pensiones de las leyes 18.056, 19.123, 19.234, 19.980 y 19.992 numeral 4). En el caso de aquellos que ya reciben la PGU, el monto se reajustará de manera automática en la fecha que corresponda de acuerdo con su edad. Aquellos que no reciben la PGU podrán ingresar su solicitud en junio del año que les correspondería el aumento de la PGU según su edad y empezarían a recibirla desde septiembre de ese año. A partir del 1 de septiembre de 2027, quienes sean titulares de pensiones de montepío de Dipreca y Capredena que no reciban ninguna otra pensión en cualquier régimen previsional y cuyo monto de pensión sea inferior al valor de la PGU, podrán acceder a este beneficio recibiendo un complemento que les permita alcanzar dicho valor.

Aumento PGU: AFP Capital en Buenos Días a Todos

Actualización de Datos Bancarios y Opciones de Pago

Para garantizar un pago seguro y cómodo de la pensión, es fundamental mantener los datos bancarios actualizados y conocer las diferentes opciones disponibles.

Sugerencias para un Pago Seguro y Cómodo

Si se desea cambiar la forma de pago para recibir la pensión de una manera más segura y cómoda, Cuprum sugiere algunas opciones:

  1. Cuenta Vista BCI sin costo: Si no se tiene una cuenta bancaria, se puede solicitar una Cuenta Vista BCI sin ningún costo. Esta cuenta es exclusiva para el pago de pensión y el banco no puede cargar a ella ninguna deuda que se pudiera tener en esa institución.

¿Cómo Actualizar tus Datos Bancarios?

Es importante tener los datos bancarios actualizados para que el IPS, que es el organismo que otorga el beneficio, pueda pagarlo.

Para pensionados por Retiro Programado

Si se es pensionado por retiro programado y el saldo es mayor a cero, o si el saldo es cero y no se recibe la PGU puesto que no se cumplen los requisitos, la actualización de los datos bancarios se puede realizar a través de estas opciones:

  • Llamando al 600 228 7786, donde un asesor actualizará los datos bancarios por teléfono.
  • Ingresando a Cuprum.cl con el Rut y Clave de Acceso, dirigiéndose a la opción "Ayuda" y haciendo clic en "Ingreso de Solicitud", donde se deberán indicar los datos de la cuenta bancaria.
  • Visitando la sucursal más cercana para actualizar los datos de manera presencial.

Para pensionados por Renta Vitalicia

En caso de ser pensionado por renta vitalicia, la actualización del medio de pago debe hacerse directamente en la Compañía de Seguro donde se contrató dicha renta vitalicia.

La Nueva Reforma de Pensiones y Sus Beneficios

La nueva Reforma de Pensiones introduce una serie de cambios al sistema previsional con el objetivo de modificar aspectos relacionados con las pensiones en Chile.

Beneficio por Años Cotizados

Este beneficio tiene como objetivo recompensar a los trabajadores que han contribuido al sistema de pensiones durante un período de tiempo significativo. Se pagará automáticamente para quienes cumplan los requisitos, sin necesidad de realizar trámites.

Requisitos para el Beneficio por Años Cotizados

  • Tener 65 años o más.
  • Estar pensionado(a) por edad legal, de manera anticipada o por invalidez (parcial transitoria, parcial definitiva, total definitiva o único dictamen de acuerdo con lo dispuesto en el D.L. N° 3.500, de 1980), ya sea por Retiro Programado o Renta Vitalicia.
  • Haber cotizado en la cuenta obligatoria por al menos 20 años en el caso de hombres y 10 años en mujeres. Después de enero de 2028, el requisito de años cotizados para las mujeres aumentará gradualmente hasta llegar a 15 años en el año 2036.

Cálculo del Monto

El monto a recibir considerará como máximo 25 años cotizados y se calculará como 0,1 x UF x años cotizados, es decir, 2,5 UF ($99.320 al 31 de diciembre de 2025). Este beneficio se suma directamente a la pensión que ya se recibe.

El beneficio se pagará junto con la pensión autofinanciada y considerará descuentos por impuestos y cotizaciones de salud. Podría dejar de pagarse si la persona fallece, pierde su condición de invalidez transitoria u obtiene una pensión de retiro como titular de Dipreca o Capredena (solo en el caso del beneficio por años cotizados). Además, el pago se suspenderá en caso de que la persona permanezca fuera del país por más de 180 días, continuos o no, dentro de un mismo año calendario, pero se podrá solicitar que se reanude el pago si se acredita la residencia en el territorio de la República de Chile por un lapso no inferior a 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.

Compensación a Mujeres por Diferencias de Expectativa de Vida

Desde enero de 2026, las mujeres ya pensionadas y las que se jubilen en el futuro, recibirán un aporte extra en su pensión para equilibrar la diferencia en pensión que existe por concepto de mayor expectativa de vida en relación con la de los hombres. Esto significa que, a mismo saldo, grupo familiar y edad, habrá la misma pensión entre hombre y mujer en base a su ahorro obligatorio, lo que podría aumentar la pensión de las mujeres hasta aproximadamente un 14% en caso de no tener beneficiarios.

infografia explicando la compensacion por expectativa de vida en mujeres

Requisitos para la Compensación

  • Tener 65 años o más.
  • Estar pensionada por edad legal a partir de los 60 años o invalidez transitoria o definitiva no cubierta por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), ya sea por Retiro Programado o Renta Vitalicia.
  • Haberse incorporado al Seguro Social Previsional: si una persona se afilia al sistema antes de agosto de 2025 se considerará que está incorporada al Seguro Social. En el caso de afiliarse después, deberá contar con, al menos, una cotización en el Fondo Autónomo de Protección Previsional antes de cumplir 50 años de edad.

Si una mujer se pensiona después de los 65 años por vejez, recibirá la compensación a partir del mes en que obtuvo la respectiva pensión. En caso de pensionarse por invalidez, recibirá a partir de los 65 años el 100% del monto de compensación, independiente de la edad que tenía al momento de pensionarse. Las mujeres que se pensionen por vejez de manera anticipada, es decir, antes de los 60 años, no tendrán derecho a este beneficio.

El beneficio se pagará junto con la pensión autofinanciada y considerará descuentos por impuestos y cotizaciones de salud. A su vez, podría dejar de pagarse si la persona fallece o pierde su condición de invalidez transitoria. Además, el pago se suspenderá en caso de que la persona permanezca fuera del país por más de 180 días, continuos o no, dentro de un mismo año calendario, pero se podrá solicitar que se reanude el pago si se acredita la residencia en el territorio de la República de Chile por el lapso no inferior a 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.

Ejemplos y Cálculo del Aumento de Pensión

El pago mínimo que se podrá recibir por este beneficio será de 0,25 UF mensual (equivalentes a $9.932 al 31 de diciembre de 2025). Sin embargo, el cálculo de esta compensación se hará considerando como máximo una pensión de 18 UF (equivalentes a $715.103 al 31 de diciembre de 2025), lo que corresponde a una compensación aproximada de $100.067 en caso de no tener beneficiarios y de $61.717 si tuviera un cónyuge de la misma edad como beneficiario.

Por ejemplo, una mujer de 65 años con un saldo de $100 millones en su cuenta obligatoria sin beneficiarios (es decir, sin cónyuge ni hijos o si estos tienen más de 24 años), tendría actualmente una pensión de $474.325 (cálculo al 31 de diciembre del 2025 por medio de una renta vitalicia inmediata). Para estimar la compensación adicional, se calculará la pensión para un hombre también de 65 años sin beneficiarios y con saldo de $100 millones, cuya pensión es de $540.698. La compensación a la mujer sería de $540.698 - $474.325 = $66.374, lo que representa un aumento del 14% en su pensión, que se sumaría mensualmente.

El aumento de la pensión disminuye si la persona tiene beneficiarios. Por ejemplo, si esta mujer tuviera un cónyuge de la misma edad como beneficiario, el monto recibido bajaría a $38.656.

Consideremos una mujer de 65 años sin beneficiarios con una pensión de $800.000. Aquí la compensación se calculará considerando la pensión tope de 18 UF ($715.103 al 31 de diciembre de 2025). Una pensión de $715.103 para una mujer con estas características se obtiene con un saldo de $150.762.413. Con este mismo saldo, un hombre de 65 años sin beneficiarios recibiría una pensión de $815.170. La compensación por mayor expectativa de vida sería la diferencia, lo que aumentaría su pensión de $800.000 a $900.067 todos los meses. Nuevamente, el aumento disminuye con beneficiarios (por ejemplo, a $61.717 si tuviera un cónyuge de la misma edad).

Si una mujer de 60 años con un cónyuge de la misma edad está pensando en pensionarse: si lo hace ahora, podría obtener una pensión de $800.000 con su saldo acumulado y recibiría a partir de los 65 años $9.932 por el beneficio de mayor expectativa de vida. En cambio, si se pensiona a los 65 años, accedería al 100% del monto del beneficio, es decir, $61.717. Esta diferencia se explica porque el porcentaje del beneficio aumenta dependiendo del año en que se jubile. Además, este aumento mensual se mantiene durante toda la jubilación, lo que puede representar una mejora importante. Al retrasar su jubilación hasta los 65 años, no solo accederá al 100% del beneficio por mayor expectativa de vida, sino que también podrá acceder a una pensión mayor por la rentabilidad ganada en estos cinco años, pasando de una pensión de $800.000 a $1.105.419.

Fondos Generacionales: Una Nueva Estrategia de Inversión

Actualmente, los afiliados deben elegir en qué Multifondo invertir (del A al E) su ahorro obligatorio, una decisión que depende del perfil de riesgo y del tiempo restante para la jubilación. Con la nueva reforma, se introducirán los Fondos Generacionales.

grafico tipo

Simplificación y Adaptación

Con los Fondos Generacionales, la elección se simplificará: el sistema asignará automáticamente el ahorro obligatorio al fondo que corresponde de acuerdo con los años que quedan para jubilar, asegurando que el afiliado se encuentre en todo momento en el fondo apropiado según su edad. El fondo se adaptará al afiliado; no será estático como los actuales. A medida que pasen los años, el fondo ajustará su estrategia de inversión, bajando gradualmente el riesgo a medida que el afiliado se acerca a la edad de pensión. Al principio, los fondos tendrán una mayor exposición a instrumentos de riesgo para maximizar el crecimiento esperado de los ahorros y, con el tiempo, empezarán a disminuir este nivel de riesgo para proteger los ahorros a medida que se acerca el momento del retiro.

En resumen, los nuevos Fondos Generacionales serán más simples, eficientes y personalizados que los actuales fondos, asegurando que el ahorro obligatorio se encuentre en el fondo correcto en cada momento. Los ahorros voluntarios no tienen cambios con la reforma, siguen siendo propiedad del afiliado, con todos sus beneficios.

La Experiencia de Cuprum y Principal

Cuprum ha impulsado los Fondos Generacionales en Chile por más de 10 años, siendo pioneros al proponer este modelo en la Comisión Bravo en 2015. Cuentan con el respaldo y experiencia de Principal, grupo al que pertenecen, que fue uno de los primeros en implementarlos en Estados Unidos a inicios de los 2000 y participó en la transición de Multifondos a Fondos Generacionales en México, manejando estos fondos también en Malasia, Emiratos Árabes y Corea.

Aumento PGU: AFP Capital en Buenos Días a Todos

Regulación y Definición

De acuerdo con la Ley N° 21.735, se establecerán al menos 10 fondos generacionales. La Superintendencia de Pensiones, con la autorización del Consejo Técnico de Inversiones, serán los organismos encargados de definir el nuevo régimen de inversiones, donde se determinará el número de fondos generacionales que se utilizarán en el sistema de pensiones, las carteras de referencia de cada fondo y los márgenes de desviación que se podrán tener respecto a estos.

El propósito del gráfico de "glide path" es ilustrar de manera referencial cómo se puede ajustar una estrategia de inversión a lo largo del tiempo, disminuyendo gradualmente el nivel de riesgo a medida que se acerca la edad de jubilación. Las proporciones y clases de activos mostradas no corresponden necesariamente a las que se utilizarán en Chile. La estructura definitiva que Cuprum implemente puede diferir, debido a diferencias en los sistemas de pensiones, trayectorias de ingresos, tasas de ahorro y regulaciones locales.

Modalidades de Pensión en Cuprum

Existen varias alternativas a las que se puede optar para pensionarse. Es importante entender las diferencias entre ellas para elegir de forma informada.

Retiro Programado

En esta modalidad, los fondos se mantienen en la AFP, quien entrega una pensión mensual que se recalcula año a año. Los ahorros siguen siendo propiedad del afiliado y son heredables.

Renta Vitalicia

La Compañía de Seguros se compromete a entregar un monto de pensión fijo en UF. Los ahorros son traspasados a la Compañía de Seguros que se elija y no son heredables, a menos que se opte por una Renta Vitalicia Garantizada.

Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida

Esta modalidad se divide en dos etapas. Primero, se recibe, por un tiempo definido, una Renta Temporal desde la AFP, y luego se pasa a Renta Vitalicia con una Compañía de Seguros. El monto de pensión en Renta Temporal puede ser hasta 2 veces el monto de la Renta Vitalicia.

Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado

En esta opción, se reciben ambas modalidades simultáneamente. El saldo se divide en dos partes: con una se contrata una Renta Vitalicia de por vida y con el resto se toma Retiro Programado.

Para conocer más acerca de las modalidades de pensión, se invita a visitar la sección AFPedia de Cuprum.

Comparativa: Retiro Programado vs. Renta Vitalicia

La decisión sobre qué modalidad de pensión es mejor depende de las características individuales de cada persona. A continuación, se presenta una comparativa de las dos principales modalidades de pensión, Retiro Programado y Renta Vitalicia:

Característica Retiro Programado Renta Vitalicia
Propiedad de los ahorros Sigues siendo dueño de tus ahorros, por lo que sigues obteniendo rentabilidad de los multifondos. Los ahorros pasan a ser de la Compañía de Seguros.
Monto de Pensión Es variable y se recalcula cada año. Es fijo y en UF, no puede ser menor a 2 UF.
Beneficiarios y Herencia Los ahorros mantenidos en la AFP serán destinados a la pensión de tus beneficiarios. En caso de que no existan beneficiarios, los ahorros pasan a constituir herencia en su totalidad. Se puede garantizar una pensión para beneficiarios por un período de tiempo, sin embargo, los ahorros no se heredan.
Cambio de Modalidad de Pensión Puedes cambiar la modalidad de pensión cuando quieras. Una vez tomada esta modalidad, no puedes cambiar de decisión.
Costos Es claro y conocido, comisión Cuprum, 1,25% pensión mensual. Si optas por usar un asesor previsional externo, el costo asociado puede ser de hasta 1,2% del saldo destinado a pensión con un tope de 36 UF. Existe un costo implícito dentro del cálculo de la Renta Vitalicia. Si optas por usar un asesor previsional externo el costo asociado puede ser de hasta un 1,5% del saldo destinado a pensión con un tope de 60 UF.
Excedente de libre disposición Se podrá solicitar y recalcular cuando se necesite, cumpliendo con los requisitos normados. Solo se podrá retirar al momento de optar por Renta Vitalicia.

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