Los afiliados a una de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) que operan en el país tienen una cuenta individual en la que se depositan sus cotizaciones previsionales. Estas cotizaciones van generando rentabilidad gracias a las inversiones a cargo de las gestoras de fondos.
Las AFP son instituciones financieras privadas encargadas de recaudar, administrar e invertir los ahorros de los trabajadores con el objetivo de hacerlos crecer para su futura jubilación. Operan como Sociedades Anónimas en el mercado de valores. Es importante destacar que el patrimonio económico de estas sociedades anónimas es independiente del fondo de pensión, lo que significa que en caso de quiebra, los aportes se transfieren a otra AFP y los afiliados no quedan en situación de desamparo.
Cada persona es libre de afiliarse a su AFP de preferencia, lo que permite cambiarse de entidad si se está disconforme con el servicio, la rentabilidad o por cualquier otro motivo que estime necesario.

¿Qué son las AFP y cómo funcionan?
Las AFP cobran comisiones mensuales a sus afiliados. Estas comisiones están destinadas a cubrir los gastos de recaudación de cotizaciones, la inversión de los fondos y la gestión de las operaciones pertinentes sobre la administración de los fondos previsionales. Actualmente, estas comisiones suelen oscilar entre 0,69% y 2% o más de la renta imponible, y se cobran solamente si el afiliado está cotizando. Para conocer en detalle las comisiones vigentes, se recomienda revisar la página oficial de la Superintendencia de Pensiones.
Históricamente, antes del sistema de AFP, existía en Chile un sistema de reparto con un fondo común y cajas de previsión.
Los Multifondos de las AFP
Desde agosto de 2002, el ahorro obligatorio y voluntario es administrado a través de los multifondos. Estos fondos se ponen a disposición de los trabajadores para que puedan elegir según sus preferencias en relación al riesgo y la rentabilidad de cada uno. Por ejemplo, los jóvenes a menudo optan por un fondo con mayor nivel de riesgo para intentar aumentar el valor esperado de su pensión a largo plazo, mientras que las personas mayores o pensionados pueden preferir un fondo de mínimo riesgo para reducir las variaciones en el valor de su pensión.

Existen cinco tipos de fondos para las pensiones, categorizados por su nivel de riesgo y rentabilidad:
| Tipo de Fondo | Límite máximo permitido | Límite Mínimo Obligatorio |
|---|---|---|
| Fondo A - Más riesgoso | 80% | 40% |
| Fondo B - Riesgoso | 60% | 25% |
| Fondo C - Intermedio | 40% | 15% |
| Fondo D - Conservador | 20% | 5% |
| Fondo E - Más conservador | 5% | 0% |
| Fuente: Chile Atiende. | ||
¿Quiénes pueden cambiarse de AFP y cuándo?
Requisitos de Elegibilidad
Puedes cambiarte de AFP si llevas más de 24 meses en tu AFP actual. Esta regla aplica especialmente a los trabajadores nuevos que fueron asignados automáticamente a una AFP al comenzar a cotizar. Una vez cumplido este plazo, puedes cambiarte las veces que desees, sin límite, siempre y cuando hayas finalizado el traspaso anterior antes de iniciar uno nuevo.
Pueden suscribir una orden de traspaso los siguientes grupos de personas:
- Trabajadores activos, sean dependientes (con contrato o cesantes) o independientes.
- Afiliados pensionados en la AFP, que estén recibiendo Retiro Programado o que aún tengan saldo en su Cuenta Individual.
- Trabajadores que solo tienen una Cuenta de Indemnización en la AFP, sin pertenecer a dicho sistema previsional para otros efectos.
- Afiliados voluntarios que tienen una cuenta vigente en el sistema de AFP.
Es importante saber que existen cuatro grupos de personas que pueden afiliarse al sistema de pensiones y, por ende, cotizar en una AFP:
- Trabajadores y trabajadoras que hayan registrado boletas de honorarios ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) por montos superiores o iguales a $1.632.500.
- Trabajadoras y trabajadores nuevos con dependencia de un contrato.
- Personas que, aunque no tengan trabajo, son menores de 35 años o desean ahorrar voluntariamente en una AFP.
Restricciones para el Traspaso
Existen ciertas situaciones en las que no podrás suscribir una Orden de Traspaso:
- Si has iniciado los trámites para pensionarte. Solo podrás hacerlo una vez que te encuentres percibiendo el pago de la pensión definitiva. Sin embargo, si has cumplido la edad legal para pensionarte pero no has presentado la solicitud correspondiente, puedes suscribir la Orden de Traspaso si dispones de saldo en tu Cuenta Obligatoria de Capitalización Individual y/o Cuenta de Afiliado Voluntario.
- Si existe un reclamo normativo que te afecta por problemas de afiliación, multi afiliación, falsificación de firma o regularización de saldos. En estos casos, deberás esperar que el reclamo se encuentre totalmente resuelto para poder suscribir una Orden de Traspaso, de lo contrario, el traspaso no será válido.
- Si solicitaste tu desafiliación al sistema, no podrás realizar un traspaso mientras la resolución de la solicitud esté en proceso. Si la resolución rechaza la solicitud, podrás suscribir una Orden de Traspaso, ya que continuarás afiliado a la AFP.
- Como se mencionó anteriormente, no puedes cambiarte sin haber cumplido los 2 años de iniciar tus primeras cotizaciones previsionales.
Proceso de Cambio de AFP: Guía Paso a Paso
¿CAMBIOS en tu AFP? 😦 | TODO lo que tienes que SABER - AFP 2024
Antes de iniciar el Trámite
Antes de decidir cambiarte, es fundamental que te tomes el tiempo necesario para comparar los costos, el servicio, la calidad y la rentabilidad que ofrecen las distintas AFP que operan en Chile. La Superintendencia de Pensiones ofrece un sitio web donde puedes revisar en detalle esta información.
Para iniciar el traspaso, primero necesitas saber a qué institución perteneces actualmente como afiliado. Puedes solicitar el Certificado de Afiliación a una AFP, un documento gratuito que emite la Superintendencia de Pensiones e incluye tu nombre, RUT, la AFP a la que estás afiliado y la fecha de tu afiliación. Para generarlo, debes ingresar tu RUT, nombre, correo electrónico y teléfono, y podrás descargarlo en tu dispositivo.
La Orden de Traspaso Irrevocable (OTI)
La Orden de Traspaso Irrevocable (OTI) es el documento mediante el cual un afiliado manifiesta su voluntad de traspasar los fondos de sus cuentas vigentes a una AFP distinta. Este formulario autoriza el traspaso de saldos de la Cuenta Obligatoria y/o voluntarias, y si tienes una Cuenta de Indemnización, también se traspasa conjuntamente a la nueva AFP.
Asimismo, si lo deseas, puedes transferir los fondos correspondientes a tu Cuenta 2, Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario (APV) y Cuenta de Depósitos Convenidos, indicando esta opción en el formulario al momento de suscribir.
Los documentos e información requeridos para la suscripción de la OTI son:
- Cédula de Identidad vigente, de la cual se tomarán tus datos personales y se hará una copia con la leyenda “Uso exclusivo AFP” para respaldar tu identificación.
- Un documento informativo sobre el costo de administración de la AFP.
- Una declaración jurada sobre la prohibición de compensación económica.
- La razón social, RUT y domicilio de tu empleador.
Previo a la suscripción de la OTI, los trabajadores deben ser informados sobre las comisiones que cobran las AFP a través de la entrega de un documento informativo (Anexo Nro. 9), cuya copia debidamente firmada deberá adjuntarse al ejemplar de la OTI destinado a la AFP antigua.
Modalidades para Realizar el Traspaso
El cambio de AFP es un trámite gratuito y puedes realizarlo de dos maneras principales:
1. Vía Online (Internet)
La mayoría de las AFP ofrecen un proceso 100% online. Desde ChileAtiende se informa que es posible suscribir el formulario de la OTI a través del sitio web de la entidad a la que deseas cambiarte. Los pasos suelen ser los siguientes:
- Entra al sitio web de la nueva AFP: Busca la sección "Cámbiate a nosotros" o "Traspaso".
- Valida tu identidad: Necesitarás tu RUT, número de documento del carnet y una forma de verificación, como Clave Única, reconocimiento facial (selfie) o la clave de seguridad que te entrega tu AFP actual.
- Completa el formulario ("Orden de Traspaso"): Revisa tus datos personales, laborales y confirma qué cuentas deseas traspasar. Debes ingresar tus datos personales y los de tu empleador, y si aplica, indicar la clave de seguridad adicional de tu AFP actual.
- Firma electrónicamente: Pon tu firma electrónica en la orden de traspaso.
- Adjunta documentos: Proporciona una fotocopia legible de tu carné de identidad vigente en un archivo.
- Guarda tu comprobante: Al terminar, recibirás un correo con el comprobante de traspaso. Guárdalo para futuras consultas.
2. En Persona (Presencial)
Si prefieres no hacerlo online, puedes dirigirte personalmente a una sucursal de la AFP a la que deseas cambiarte. Llevando tu carné de identidad vigente, un ejecutivo te ayudará a completar el formulario sin costo alguno. La OTI debe ser realizada en persona frente a un representante de la nueva AFP. Se requerirá tu firma y la impresión de tu huella dactilar del pulgar derecho, además de la firma del representante de la AFP, todo esto registrado en el mismo acto y en presencia del otro.
Al firmar el traspaso, se te entregará una copia de la orden, junto con una clave de seguridad que te permitirá realizar transacciones a través de internet y el correspondiente contrato (si no lo tienes). También recibirás un documento con las indicaciones de activación y uso de tu clave de seguridad.
Cronología y Consecuencias del Traspaso
¿Cuándo se Concreta el Cambio?
Una vez realizado el trámite, la afiliación a la nueva AFP tiene lugar el primer día del mes siguiente a la fecha de la suscripción de la orden de traspaso. Por ejemplo, si firmas en septiembre, quedarás incorporado a la nueva AFP a contar del primer día de octubre.
El traspaso efectivo de tus fondos se produce el primer día hábil del mes siguiente (si suscribes la Orden de Traspaso entre el 1 y el 15), o el día 15 del mes siguiente (si suscribes la Orden de Traspaso entre el 16 y el último día del mes).
Impacto en Cotizaciones y Retiros
El empleador debe aplicar el descuento de la nueva AFP el mes siguiente a la fecha de suscripción de la Orden de Traspaso aceptada. La primera cotización se debe pagar en la nueva AFP dentro de los primeros 10 días del tercer mes, contando como mes primero aquel en que se firmó la Orden de Traspaso. Por ejemplo: si firmaste en septiembre, el pago en la nueva AFP se debe hacer en noviembre, sobre las remuneraciones de octubre.
La nueva AFP informará a tu empleador, mediante el envío de una carta al domicilio consignado en la Orden de Traspaso, de tu cambio de AFP. Este aviso se comunicará dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha en que la Orden de Traspaso haya sido aceptada, e indicará el mes en que debe pagar las cotizaciones, depósitos y aportes previsionales en la nueva AFP.
Durante el proceso de traspaso de los fondos (desde la fecha de aceptación del traspaso y hasta el tercer día hábil siguiente a la acreditación de los fondos en la nueva AFP), quedarás inhabilitado para efectuar retiros de indemnización o cobrar Excedente de Libre Disposición. Si en la OTI has optado por transferir tus saldos de ahorro voluntario, cotizaciones voluntarias o depósitos convenidos, también quedarás afecto a estas restricciones.
La administradora antigua deberá despachar una cartola resumida de cierre con los cargos, acreditaciones o acciones de regularización que haya afectado la cuenta que se traspasará hacia la AFP nueva, considerando el período entre la última cartola cuatrimestral y el último movimiento correspondiente al cargo por traspaso de fondos.
Duración del Trámite
El proceso de completar la solicitud online es rápido (aproximadamente 5 minutos). Sin embargo, el traspaso de los fondos puede demorar aproximadamente 30 días (o entre 15 y 30 días hábiles) hasta que el dinero llegue a la nueva AFP. Durante este periodo, no podrás realizar trámites ni en tu AFP anterior ni en la nueva. Al finalizar, recibirás un correo confirmando que tus fondos llegaron a la nueva AFP.
Aspectos Clave a Considerar
Costo del Cambio
Cambiarse de AFP es un trámite completamente gratuito. Tus ahorros se traspasan íntegramente a la nueva AFP, sin que se descuente ni un peso. Las AFP no pueden cobrar por el traspaso de saldos de ninguna de tus cuentas.
Prohibición de Incentivos
Es ilegal que las AFP ofrezcan incentivos económicos o materiales para atraer afiliados. Nadie puede prometerte regalos o beneficios para que te cambies de administradora; esta debe ser una decisión tomada libremente por ti, basada en la comparación de servicios y rentabilidad.
Anulación de la Orden de Traspaso
Una Orden de Traspaso puede ser anulada por diversas causales, como consecuencia de un proceso de revisión donde se detecten antecedentes erróneos o faltantes (por ejemplo, la omisión del tipo de fondo de pensiones en la nueva AFP). También se anulará si a la fecha de notificación a la nueva AFP, se encuentra pendiente la materialización de un cambio de fondo. Además, si firmas una solicitud de pensión dentro del mismo mes de suscripción de la Orden de Traspaso, este último documento será anulado por la AFP.
El rechazo de la OTI o su aceptación, así como la fecha de incorporación en la nueva AFP, te será informada por la AFP seleccionada al domicilio o correo electrónico consignado en el formulario.
Frecuencia de los Cambios
Puedes cambiarte de AFP las veces que quieras, siempre y cuando hayas cumplido el plazo mínimo de 24 meses en tu AFP actual (si te afiliaste por primera vez). Solo debes esperar a que termine el traspaso anterior para iniciar uno nuevo.
Ahorro Previsional Voluntario (APV)
Si estás buscando elevar tu capacidad de ahorro y, con ello, incrementar el monto de tu pensión, las AFP en Chile ofrecen alternativas como el Ahorro Previsional Voluntario (APV). El APV es un método de ahorro que permite a un afiliado a una AFP disponer de otra cuenta adicional a la cuenta individual obligatoria. Para realizar cotizaciones voluntarias en una AFP, el trabajador debe manifestar su voluntad al hacer la suscripción en la administradora que escoja, pudiendo realizar depósitos directos a la AFP.