La Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos (CJPER) es una entidad fundamental para el sistema previsional de la provincia. Su funcionamiento y sustentabilidad son temas de constante análisis y debate, impactando directamente en la vida de miles de trabajadores activos, jubilados y pensionados. A continuación, se presenta información relevante sobre su marco legal, los desafíos actuales y las novedades para sus beneficiarios.

Marco Legal y Estructura de la CJPER
El mandato de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos se instrumenta a través de la Ley Nº 8.732, que instituye el Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones y organiza la Caja como entidad autárquica con individualidad financiera.
La Ley Nº 8.732: Régimen Provincial de Jubilaciones y Pensiones
La norma define aspectos cruciales del sistema previsional, incluyendo:
- a) quiénes están obligatoriamente afiliados,
- b) cómo se financia el sistema,
- c) qué se entiende por remuneración sujeta a aportes,
- d) cuáles son los requisitos para acceder a los beneficios,
- e) cómo se calcula el haber jubilatorio (82 % del promedio salarial conforme art. 63),
- f) cómo se determina y cubre el déficit (arts. 14 y 15) y
- g) cómo opera la movilidad (art.).
Desafíos y Debates sobre la Reforma Previsional
La sustentabilidad del sistema previsional en Entre Ríos ha sido objeto de diversas discusiones, lo que ha llevado a propuestas de reforma y análisis detallados de su situación financiera y constitucional.
Propuestas para la Reforma de la Ley 8732
Durante el último Consejo Directivo de la Federación de Jubilados y Pensionados Provinciales, realizado recientemente, fue ratificado por unanimidad un documento que la institución elaboró como propuesta acerca de la Reforma de la Ley 8732. Esta propuesta fue elaborada en una comisión especial que trabaja sobre la Reforma Previsional.
Autoridades de la Federación de Jubilados y Pensionados Provinciales solicitaron una audiencia y se reunieron con el presidente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, Gastón Bagnat, para requerir información acerca de la posible reforma jubilatoria ante las diferentes versiones que trascendieron en los medios de comunicación.
En el ámbito político, la candidata a Vocal de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos por la Federación de Jubilados Provinciales, Claudia Vallori, continúa recorriendo diferentes Centros para difundir la propuesta de la FJPPER. Se reunió con jubilados en localidades como Feliciano, Chajarí, Federación, Concordia, San Salvador, Villaguay, Victoria, Gualeguay e Ibicuy.
Sostenibilidad Financiera del Sistema de Reparto
En un sistema de reparto, el equilibrio técnico comienza recién a partir de tres activos por beneficiario. Sin embargo, los números actuales muestran tensiones objetivas: menos de dos activos por jubilado en el promedio general, regímenes con desequilibrios marcados y municipios con relaciones demográficas críticas. Esta realidad no puede negarse.
Las cifras indican que por cada $ 100 que paga el sistema, recauda aproximadamente $ 62. Este promedio oculta diferencias profundas entre reparticiones y municipios, evidenciando realidades muy heterogéneas. Existen escalafones y municipios con niveles razonables de equilibrio, y otros donde la relación es claramente deficitaria. El indicador clave para analizar la sustentabilidad previsional no es solo el haber promedio, sino la relación entre activos y jubilados en cada régimen.

Impacto de Sumas No Remunerativas
Un dato de gran importancia, no solo contable sino constitucional, es que el artículo 82 inciso d) de la Constitución de Entre Ríos establece que “todo incremento salarial… deberá estar sujeto a aportes y contribuciones”. No se trata de una recomendación ni de una regla administrativa, sino de un mandato expreso.
Cuando los aumentos salariales se instrumentan como sumas no remunerativas, se genera un doble efecto perjudicial. Por un lado, disminuye la base sobre la cual se calculan los aportes que financian el sistema, lo que reduce la recaudación de la Caja. Por otro lado, esos montos no se computan para determinar el haber jubilatorio conforme las reglas de la Ley 8.732, lo que significa que el trabajador no incorpora esas sumas al promedio salarial que servirá de base para su 82 % móvil.
En un sistema de reparto, la lógica es sencilla: si parte del sueldo no tributa y si determinados vínculos laborales no generan aportes, la base contributiva efectiva se reduce. En algunos casos, el beneficiario continúa percibiendo su haber previsional y simultáneamente una retribución bajo conceptos tales como gastos de representación, viáticos, o asignaciones jerárquicas o conceptos similares, que no aportan al sistema.

Advertencias Políticas sobre la Reforma
En el plano político, el diputado nacional Guillermo Michel advirtió que la reforma "va a plantear la suba de la edad jubilatoria y afectar el 82 % móvil, que va a afectar fundamentalmente a los policías y a los docentes de nuestra provincia".
A pesar de las tensiones objetivas que describen el problema financiero -una brecha sostenida entre aportes y prestaciones-, desde la oposición, el exgobernador Gustavo Bordet y otros dirigentes cuestionaron ese diagnóstico. Ellos sostienen que la descripción oficial exagera el escenario recibido y que el sistema no se encontraba en riesgo inminente de colapso. La Constitución, por su parte, fija las reglas.
Información para Beneficiarios
La Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos también difunde información relevante para sus beneficiarios, incluyendo la acreditación de certificados escolares y cambios en la atención al público.
Acreditación de Certificaciones Escolares para Asignaciones Familiares
El Directorio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos (CJPER) informa a los beneficiarios titulares que perciben asignaciones familiares bajo código 552 sobre la modalidad de presentación de certificados de alumno regular para el ciclo lectivo 2025. Asimismo, ha informado los detalles y procedimientos para la acreditación de certificaciones escolares correspondientes al ciclo 2024. El Directorio de la CJPER también informó la modalidad y canales de acreditación de certificaciones escolares para el ciclo 2023 para aquellos beneficiarios titulares que perciban asignaciones familiares bajo el mismo código 552.
Calendario de Pagos (Información Histórica)
Se recuerda que el personal activo y los jubilados y pensionados de la administración pública de Entre Ríos han percibido sus salarios en fechas específicas. Por ejemplo, en un cronograma pasado, los pagos se extendieron del sábado 31 de diciembre al viernes 6 de enero, acreditando los haberes de hasta 120.000 pesos el lunes 2 de enero (con fecha de acreditación del sábado 31 de diciembre).
Cambio de Domicilio de la Delegación Concordia
La Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos informa a la comunidad de Concordia y zonas aledañas sobre el cambio de dirección de su delegación local. A partir de ahora, los beneficiarios pueden encontrar la sede en la esquina de Hipólito Yrigoyen y Buenos Aires.

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