Iniciar el proceso de jubilación es un momento significativo en la vida de cualquier trabajador. Con el fin de apoyar esta transición, existen diversos beneficios y bonos de incentivo a la jubilación a los que los empleados pueden acceder, siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos y plazos establecidos.
¿Quiénes pueden postular a los beneficios de jubilación?
Los beneficios de jubilación están dirigidos a un amplio espectro de trabajadores que cumplen con ciertos criterios de edad y años de servicio, así como a aquellos en situaciones especiales de salud.
Requisitos Generales de Edad y Servicio
- El Personal que tenga 60 o más años de edad en el caso de las mujeres o 65 o más años de edad en caso de los hombres.
- Además, deben cumplir con los demás requisitos establecidos en cada una de las normas citadas.
- A la fecha de postulación, los solicitantes deben tener veinte o más años de servicio, continuos o discontinuos, en la Administración Central del Estado o en sus antecesores legales.
- También podrán beneficiarse de la legislación quienes al 30 de junio de 2014 cumplan las edades mencionadas.
Casos Especiales de Postulación
Se establecen procedimientos especiales de postulación para ciertas condiciones de salud:
- Enfermedades Terminales o Trastornos Neurocognitivos Mayores: El Personal académico, directivo y profesional no académico de las universidades del Estado, así como otros funcionarios, que tenga 60 o más años de edad (mujeres) o 65 o más años de edad (hombres) y cumplan los demás requisitos, podrá postular en cualquier oportunidad a estos beneficios. Esto aplica si tienen la condición de enfermos terminales, padecen de trastorno neurocognitivo mayor en fase terminal, o tienen una enfermedad grave determinada de acuerdo a la Ley N° 21.375 para persona adulta, debidamente certificada por el médico tratante.
- Licencias Médicas Prolongadas: El personal que tenga 60 o más años de edad (mujeres) o 65 o más años de edad (hombres) y cumpla los demás requisitos, podrá postular en cualquier oportunidad a estos beneficios, siempre que haya tenido licencias médicas de 180 o más días, continuas o discontinuas, durante el año 2024.
¿En qué consisten los beneficios?
Los beneficios y el bono de incentivo están diseñados para reconocer los años de servicio y facilitar la transición a la vida de jubilado.

Bono de Incentivo a la Jubilación
La bonificación adicional se entregará por una sola vez, a los funcionarios de carrera y a contrata.
Monto y Criterios de Cálculo
- Un monto en UF de acuerdo al estamento y a los años de servicios, cumpliendo ciertos requisitos y plazos de postulación.
- Beneficio equivalente a un mes de remuneraciones imponibles por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, con un máximo de once meses.
Proceso y Plazos de Postulación
Es fundamental que los funcionarios conozcan los plazos y el procedimiento para asegurar su acceso a los beneficios.
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Renuncia Voluntaria
Según la ley, los funcionarios deberán renunciar voluntariamente a todos los cargos y al total de horas que sirvan dentro de los plazos establecidos para poder acceder a los beneficios.
Períodos de Postulación
- El período de postulación para el proceso del año 2026 se extenderá desde el 2 de enero de 2026 y hasta el 31 de marzo de 2026.
- La postulación debe realizarse EN LA RESPECTIVA INSTITUCIÓN EMPLEADORA o EN EL SERVICIO AL QUE PERTENEZCA EL FUNCIONARIO O FUNCIONARIA, según corresponda.
Difusión de Información
La información acerca de cómo postular será difundida por los Servicios correspondientes, asegurando que todos los interesados tengan acceso a los detalles necesarios para llevar a cabo el proceso de postulación.
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