Subsidio Protege: Apoyo Económico para Cuidadores de Niños Menores de 2 Años

El Subsidio Protege es una iniciativa económica destinada a apoyar a trabajadores y trabajadoras en el cuidado de niños y niñas menores de dos años. Este beneficio, anunciado por el Presidente de la República, Sebastián Piñera, se suma como una tercera línea al Subsidio al Empleo, complementando las ayudas de Contrata y Regresa.

Objetivo y Alcance del Subsidio Protege

El objetivo principal del Subsidio Protege es brindar un respaldo económico a aquellos trabajadores y trabajadoras que no cuentan con el derecho a sala cuna garantizado por su empleador. Según explicó el Mandatario, este subsidio beneficiará a más de 35 mil mujeres trabajadoras, tanto dependientes como independientes, que se encuentran en esta situación.

El monto del beneficio es de $200.000 mensuales, los cuales se entregarán directamente a las madres trabajadoras. Este estipendio se recibirá desde el mismo mes de la fecha de su concesión y se extenderá mientras se cumplan los requisitos establecidos y exista disponibilidad económica en las leyes de presupuestos del sector público de los años respectivos, lo cual será verificado por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

infografía explicativa del Subsidio Protege: monto, beneficiarios y duración

Requisitos de Acceso al Subsidio

Podrán acceder al Subsidio Protege:

  • Madres trabajadoras, dependientes o independientes, que tengan a su cargo el cuidado de un niño o niña menor de dos años.
  • Alternativamente, padres trabajadores, dependientes o independientes, que tengan el cuidado personal exclusivo de un niño o niña menor de dos años, o a quienes se les haya otorgado legalmente el cuidado personal de uno.

Requisitos Específicos para Trabajadores Dependientes

Las trabajadoras dependientes deben cumplir con:

  • Tener cuatro cotizaciones (Salud y AFP) pagadas en los últimos 12 meses previos a la postulación.
  • Una de estas cuatro cotizaciones debe corresponder al mes previo a la postulación.

Es importante destacar que no existe un sueldo mínimo o máximo para postular al beneficio.

Duración y Renovación del Beneficio

Inicialmente, el Subsidio Protege se otorgará por un período de 3 meses. Sin embargo, existe la posibilidad de renovación mensual por un lapso de hasta 6 meses, siempre y cuando se mantengan vigentes las condiciones sanitarias que originaron el estado de catástrofe por el Covid-19. Esta renovación será sujeta a la verificación de las condiciones por parte del Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

El Presidente Piñera, junto a la Primera Dama, Cecilia Morel, y los ministros del Trabajo, Hacienda y Mujer y Equidad de Género, enfatizó la importancia de compatibilizar el mundo laboral con el familiar, destacando la necesidad de la pronta aprobación del proyecto de sala cuna universal.

Proceso de Postulación

La postulación al Subsidio Protege debe ser realizada directamente por la madre trabajadora en la página web del SENCE: www.subsidioalempleo.cl. En este sitio se verificará el cumplimiento de los requisitos de acceso mediante las bases de datos en línea del Servicio.

El programa no es imponible ni constituye una renta. La postulación es realizada por el equipo médico del centro de atención primaria de salud de la persona con discapacidad, y la clasificación socioeconómica del causante se basa en el Registro Social de Hogares.

Postula al Subsidio al Empleo

Programa "Chile Cuida" y la Credencial de Persona Cuidadora

Paralelamente al Subsidio Protege, se menciona la iniciativa del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados "Chile Cuida". Para ser reconocida como persona cuidadora y obtener su credencial, los interesados deben:

  • Ingresar a su Registro Social de Hogares a través de la Ventanilla Única Social (VUS).
  • Completar el módulo de Cuidados.

Esta información es crucial para el diseño e implementación del sistema "Chile Cuida". Una vez disponible, la credencial de persona cuidadora puede ser descargada en versión digital o solicitada en formato físico a través de www.ventanillaunicasocial.gob.cl.

¿Quiénes son consideradas Personas Cuidadoras?

Se consideran personas cuidadoras aquellas mayores de 18 años que dedican su tiempo a labores de cuidado no remunerado, brindando asistencia permanente sin pago a:

  • Personas con discapacidad.
  • Personas con dependencia funcional moderada o severa.
  • Personas con necesidades educativas especiales permanentes que forman parte del Programa de Integración Escolar (PIE).
  • Personas matriculadas en un establecimiento de educación especial.

Tipos de Personas Cuidadoras

  • Persona cuidadora principal: Quienes destinan la mayor cantidad de horas diarias a la asistencia de cuidados.
  • Persona cuidadora secundaria: Quienes destinan menos horas diarias en comparación con la cuidadora principal.

La información ingresada en el Registro Social de Hogares es autorreportada y se validará con registros administrativos disponibles. No es necesario acudir a una notaría para acreditar la calidad de persona cuidadora.

Requisitos para la Credencial de Persona Cuidadora

  • Tener Registro Social de Hogares (RSH) tanto la persona cuidadora como quien requiere cuidados.
  • Que la persona que requiere cuidados presente dependencia moderada, severa o profunda registrada en el módulo de salud del RSH.
  • La persona cuidadora puede tener ingresos por pensión o actividades distintas a los cuidados; sin embargo, si recibe ingresos por las labores de cuidados, no podrá acceder a la credencial, ya que esta busca identificar a quienes no reciben pago por dicha labor.

Es necesario realizar una solicitud por cada persona que se cuida, pudiendo ingresar hasta tres personas por cada cuidador. No se requiere vínculo familiar o de consanguinidad con la persona que requiere cuidados.

Validación de la Situación de Dependencia o Discapacidad

Para acceder a la credencial, es indispensable que la persona que requiere cuidados esté registrada en:

  • Registro Nacional de Discapacidad.
  • Programa de Integración Escolar (PIE) permanente.
  • Matrícula en establecimiento educacional especial.
  • Dependencia moderada o severa en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.

Si no existe registro en estas instancias, se deberá actualizar el módulo de salud del Registro Social de Hogares en www.ventanillaunicasocial.gob.cl, siguiendo la guía paso a paso. La falta de registro impedirá la validación de la situación y el acceso a la credencial.

diagrama de flujo para obtener la credencial de persona cuidadora

Beneficios de la Credencial de Persona Cuidadora

La credencial de persona cuidadora otorga acceso preferente en sucursales y oficinas de diversas instituciones públicas, entre las que se incluyen:

  • FONASA (Fondo Nacional de Salud)
  • BancoEstado
  • SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanismo)
  • SENAMA (Servicio Nacional del Adulto Mayor)
  • ChileAtiende - IPS
  • Registro Civil e Identificación
  • SENADIS (Servicio Nacional de la Discapacidad)
  • DICREP (Dirección General del Crédito Prendario)
  • Correos de Chile
  • Oficinas del Registro Social de Hogares en Municipalidades
  • SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo)
  • SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor)
  • Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
  • Tesorería General de la República
  • FOSIS

Una vez disponible la credencial digital, se podrá solicitar la versión física en el sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl. La plataforma mostrará la opción de solicitud junto a la descarga de la cartola RSH y la credencial digital.

Es importante notar que no se considera el tramo del Registro Social de Hogares para ser reconocida como persona cuidadora, ni para la actualización de esta información. La actualización de datos en el RSH no afecta la calificación socioeconómica o tramo.

Solicitud a Través de Terceros

En caso de que la persona que requiere cuidados no pueda realizar la solicitud por sí misma, se podrá solicitar la Cartola Hogar a través de un ejecutor (Municipio u oficinas ChileAtiende) presentando un poder legalizado ante notario. Este documento debe especificar la voluntad de la persona mandante para que otro actúe en su representación y tiene una vigencia máxima de 6 meses.

La Primera Dama, Cecilia Morel, señaló que "Las mujeres que somos madres sabemos lo difícil que es el período de vida de los niños entre que nacen y los 2 años de vida. Muchas trabajadoras no tienen derecho a sala cuna y no cuentan con redes de apoyo, por lo tanto, este subsidio apoya y contribuye a la reinserción al mundo laboral; pero que además que las trabajadoras puedan estar con la tranquilidad que sus niños menores de 2 años van a estar bien cuidados."

El beneficio es compatible con el Subsidio al Empleo en sus líneas Contrata y Regresa, y con casos en que el trabajador se haya acogido a reducción de jornada laboral.

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