Rebaja de Pensión Alimenticia y el Recurso de Apelación en Chile

En Chile, la pensión de alimentos es una obligación legal que tienen los padres de proveer a sus hijos con los recursos necesarios para su subsistencia. Sin embargo, las circunstancias económicas de los padres pueden cambiar con el tiempo, lo que puede dificultar el cumplimiento de esta obligación o hacer que el monto fijado originalmente ya no sea adecuado.

En estos casos, la ley chilena, específicamente el Código Civil y la Ley N° 14.908, permite solicitar una modificación de la pensión de alimentos, ya sea un aumento, una rebaja o un cese. El hecho de existir una sentencia firme en materia de alimentos, no priva a las partes para que en un juicio posterior soliciten aumento o rebaja de la pensión fijada, si han variado las circunstancias que se tuvieron presentes al disponer su monto, por lo que resulta improcedente la excepción de cosa juzgada.

Las rebajas o aumentos en la pensión alimenticia a lo largo del tiempo son una realidad inevitable. Este artículo describe el procedimiento para solicitar una rebaja de la pensión de alimentos en Chile, incluyendo los requisitos, los pasos a seguir y el marco legal, analizando además la jurisprudencia relevante y cómo un recurso de apelación puede modificar el monto de la pensión.

Marco Legal de la Rebaja de Alimentos

La Ley N° 14.908 sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias y el Código Civil son las principales normas que regulan esta materia. Tal como señala el artículo 332 del Código Civil, la pensión de alimentos se debe otorgar en la medida que continúen las condiciones que dieron origen a su fijación. Para que la rebaja de pensión alimenticia proceda, es fundamental acreditar cómo han cambiado en el tiempo aquellas condiciones que sirvieron de base para su establecimiento.

La Ley N° 20.152 distingue entre las demandas de aumento de pensiones y las de rebaja o cese. De las primeras, conoce el mismo tribunal que decretó la pensión o el del nuevo domicilio del alimentario, a elección de este; y de las demandas de rebaja o cese, la competencia recae en el juez del domicilio del alimentario.

Sobre el particular, el artículo 330 del Código Civil dispone que "Los alimentos no se deben sino en la parte en que los medios de subsistencia del alimentario no le alcancen para subsistir de un modo correspondiente a su posición social". Esto implica que el derecho a alimentos no tiene por finalidad el lucro del alimentario, y si sus medios aumentan, el monto de la pensión podría rebajarse.

¿Qué es la Rebaja de Pensión de Alimentos?

La rebaja de pensión de alimentos es un procedimiento legal que permite disminuir el monto de la pensión alimenticia que una persona debe pagar mensualmente. Esto se lleva a cabo cuando el alimentante no puede proporcionar el monto completo de los alimentos debido a un cambio en sus circunstancias financieras o las del alimentario.

Para disponer la rebaja -o aumento- de una pensión de alimentos, la doctrina y jurisprudencia han sostenido que se deben ponderar dos elementos esenciales: la capacidad económica de quienes deben contribuir a la manutención de los alimentarios, y el cambio de circunstancias que se invoca para proceder en este caso a la rebaja de la pensión de alimentos vigente.

Requisitos para Solicitar la Rebaja de Alimentos en Chile

Para solicitar una rebaja de la pensión de alimentos, el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:

Certificado de Mediación Frustrada

Se debe acreditar que se ha intentado llegar a un acuerdo a través de la mediación familiar sin éxito. Este es un paso previo obligatorio al juicio.

Cambio en la Capacidad Económica del Alimentante

Las circunstancias que justifican una disminución de la pensión de alimentos pueden incluir:

  • Cesantía.
  • Nuevo trabajo con menor salario.
  • Nacimiento de otro hijo.
  • Enfermedad que le impida trabajar.
  • Aumento de gastos indispensables (tratamientos médicos, reparaciones del hogar, etc.).

Uno de los supuestos de rebaja de gran importancia es el cambio en la situación laboral del alimentante. Si la pensión de alimentos se fijó en atención a circunstancias laborales concretas y estas cambian temporalmente (desempleo) o de manera permanente (nuevo empleo, pero con un ingreso mucho menor), es de toda justicia que el monto de la pensión de alimentos se ajuste a la nueva realidad del alimentante que ya no puede contribuir de la misma manera que antes.

Si usted está obligado al pago de una pensión y ha quedado sin trabajo o ha formado una nueva familia, tiene el derecho a concurrir a los tribunales para que se modifique el monto del dinero que, por concepto de alimentos, actualmente está obligado a dar.

Cambio en la Situación Económica del Alimentario

Las necesidades del alimentario (la persona a la que se le deben pagar alimentos) también pueden variar, justificando una rebaja si:

  • Tenga más de 21 años y no estudie.
  • Esté trabajando.
  • Reciba una herencia.
  • Reciba algún tipo de renta.

Si los medios del alimentario aumentan, es lógico y justo que el monto de la pensión de alimentos se rebaje hasta completar el requisito legal. La cuota del alimentante debe rebajarse cuando los hijos tienen cubiertas suficientemente sus necesidades de subsistencia acorde con su nivel social.

No Estar Inscrito en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos

A partir de mayo de 2023, el tribunal debe declarar inadmisibles las demandas de rebaja o cese de pensión de alimentos si el deudor se encuentra en este registro. Las consecuencias de estar en este registro incluyen restricciones para obtener créditos, renovar la licencia de conducir, salir del país, y la retención de parte de la devolución de impuestos.

Documentos de Respaldo

Para respaldar la solicitud, se deben presentar documentos como:

  • Declaración jurada de ingresos y gastos del alimentante.
  • Estado patrimonial del alimentante.
  • Declaración de circunstancias familiares del alimentante.
  • Recibos de pago de alimentos anteriores.
  • Certificado de nacimiento de nuevos hijos (si corresponde).
  • Certificado médico que acredite una enfermedad grave (si corresponde).
infografía sobre los requisitos para solicitar rebaja de pensión de alimentos en Chile

Pasos para Solicitar la Rebaja de Alimentos en Chile

Si se cumplen los requisitos mencionados, el procedimiento para solicitar la rebaja de la pensión de alimentos en Chile se inicia con la mediación familiar. Solo si esta fracasa, se puede iniciar un juicio de rebaja de pensión.

1. Mediación Familiar Obligatoria

La ley exige que ambos padres se sometan a una mediación familiar antes de iniciar un juicio. Este trámite es obligatorio. Si las partes llegan a un acuerdo, se pone fin al problema y el mediador remitirá las bases del acuerdo al tribunal de familia para que dicte una nueva resolución que lo formalice. El acuerdo alcanzado en mediación tiene la misma validez que una sentencia judicial.

En caso de no llegar a un acuerdo, se emite un acta de mediación frustrada, necesaria para iniciar un juicio. Para solicitar una mediación, se debe agendar una hora en un Centro de Mediación. En esta etapa, es posible prescindir de un abogado si las partes llegan a un acuerdo. Si las dos partes están de acuerdo en la rebaja de pensión de alimentos, es posible suscribir un acuerdo extrajudicial. Este debe ser escriturado y firmado por ambos, autorizado ante Notario o el Jefe de la Corporación de Asistencia Judicial. Este acuerdo se denomina transacción y deberá presentarse ante el Juzgado de Familia.

2. Juicio de Rebaja de Pensión

Si la mediación familiar no tiene éxito, se puede iniciar un juicio de rebaja de pensión. Para esto, se necesita el acta de mediación frustrada y el patrocinio de un abogado para que interponga la demanda ante el Tribunal de Familia. El juicio consta de las siguientes etapas:

Presentación de la Demanda

El abogado presenta la demanda ante el tribunal, incluyendo los documentos que acrediten el cambio de circunstancias que justifican la rebaja.

Rebaja Provisoria de la Pensión de Alimentos

En la demanda, se puede solicitar una "rebaja provisoria" de la pensión de alimentos, que es una reducción temporal del monto mientras dure el juicio. El juez puede concederla si considera que existen antecedentes suficientes. Quien ha sido demandado siempre podrá oponerse a la rebaja provisoria. El demandado tendrá el plazo de cinco días para oponerse al monto provisorio decretado; si no existe oposición en dicho término, la resolución que fija los alimentos provisorios causará ejecutoria.

Audiencia Preparatoria

En esta audiencia, se presentan los documentos y pruebas, y se intenta llegar a un acuerdo entre las partes con la ayuda de un consejero técnico, quien facilita la comunicación y busca soluciones que beneficien a ambas partes, especialmente a los niños.

Audiencia de Juicio

Si no se llega a un acuerdo en la audiencia preparatoria, se procede a la audiencia de juicio, donde se presentan las pruebas y alegatos. Finalmente, el juez dicta sentencia.

PRUEBAS ÚTILES PARA UN JUICIO DE PENSIÓN ALIMENTICIA

El Recurso de Apelación en el Contexto de la Rebaja de Alimentos

Una vez dictada una sentencia de primera instancia que establezca o modifique el monto de la pensión alimenticia, las partes tienen el derecho a interponer un recurso de apelación si consideran que la resolución les causa un agravio o no se ajusta a derecho.

La apelación debe contener el agravio que le produce a la parte, el rechazo y los fundamentos de derecho en que se apoya. A través de este recurso, es posible que una instancia superior (la Corte de Apelaciones) revise la decisión del juez de familia y, de encontrar mérito, modifique la sentencia de primera instancia, lo que podría incluir la reducción o el cese de la pensión.

La rebaja provisoria de pensión de alimentos también puede ser objeto de oposición y, en su caso, de apelación, como lo demuestra un caso donde el recurrente no ejerció el derecho de oposición directa, sino que recurrió de reposición y apelación subsidiaria contra el monto provisorio. Un motivo común para apelar es la acusación de vulneración en la valoración de la prueba, alegando que, a pesar de los antecedentes probatorios aportados, se fijó un monto que excede las facultades económicas del alimentante.

diagrama de flujo del proceso de apelación de una sentencia de alimentos en Chile

Jurisprudencia Relevante sobre la Modificación y Apelación de Alimentos

Existen diversos casos judiciales que ilustran la aplicación y los resultados de los recursos de apelación en materia de alimentos:

  • En un juicio de aumento de alimentos, la Corte Suprema rechazó un recurso de casación en el fondo interpuesto por un padre demandado, quien alegaba que la pensión fijada excedía el 50% de sus rentas. Aunque la casación no prosperó, la apelación previa en este tipo de casos busca precisamente evitar o reducir aumentos, o incluso lograr una rebaja.
  • Respecto al cese de pensión, la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en una causa de cese provisorio de pensión solicitada por Don Esteban contra sus hijos mayores de edad e independientes, confirmó el cese. Los demandados habían apelado alegando la existencia de una deuda vigente. La Corte concluyó que la deuda alimenticia pasada no impide el cese provisorio cuando los hijos son adultos e independientes, valorando la inactividad de la madre por veinte años. Este caso demuestra cómo una apelación puede ratificar una rebaja a cero (cese).
  • También se han presentado recursos de apelación contra sentencias que conceden demandas de alimentos mayores, argumentando la no acreditación del estado de necesidad del alimentario y la falta de facultades económicas del alimentante, buscando así una denegación o disminución de la pensión.
  • Un caso relevante fue la apelación interpuesta por un alimentante contra una resolución que fijó alimentos provisorios. La parte recurrente solicitó la revisión del monto fundándose en su edad (84 años) y su situación económica y de salud. Aunque la Corte de Apelaciones de Concepción en un caso similar rechazó la solicitud de alimentos provisorios, este tipo de apelaciones subraya la posibilidad de intentar modificar estos montos mediante una instancia superior.

Plazos y Sanciones

Plazos del Proceso

No existe un plazo determinado para solicitar la rebaja de la pensión de alimentos. Se puede solicitar en cualquier momento siempre y cuando se dé la circunstancia económica desfavorable que la justifique. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el proceso judicial puede tomar tiempo. En promedio, una demanda por rebaja de pensión alimenticia suele durar entre 4 a 8 meses.

Sanciones por Incumplimiento

Es importante destacar que el incumplimiento del pago de la pensión de alimentos puede acarrear sanciones, como:

  • Retención de parte del sueldo del alimentante.
  • Suspensión de la licencia de conducir.
  • Arresto nocturno o arresto completo.
  • Inclusión en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

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