La reciente publicación del caso de una persona mayor que permanece hospitalizada durante meses, pese a tener el alta médica, no debiera ser leída como una historia triste más. En sociedades que envejecen aceleradamente, el abandono en la vejez no puede seguir tratándose como un problema privado o familiar. Lo que hoy se presenta como un caso excepcional es, en realidad, una señal de alerta sobre una falla estructural. El hospital, en este contexto, no es el lugar donde empieza el abandono, sino el lugar donde el abandono se vuelve visible.
La Configuración de una Sociedad Envejecida
En las últimas décadas, los países de América Latina y el Caribe han experimentado profundos cambios demográficos, entre los cuales destacan la reducción de la fecundidad y la mortalidad, así como el aumento de la esperanza de vida. Como resultado de estas transformaciones, la estructura poblacional se ha modificado de una forma radical y se proyecta que en menos de 20 años la cantidad de personas mayores se duplicará (Huenchuan, 2012). Chile, por ejemplo, ha envejecido rápidamente, pero sus políticas no han avanzado al mismo ritmo.
Hoy en día, la población es cada vez más longeva gracias a los avances científicos, médicos y tecnológicos, llevando a que más personas superen los ochenta años. Esta etapa de la vida puede traer consigo la aparición de enfermedades crónicas, condiciones psicológicas, o discapacidades motoras y sensoriales, lo que a menudo resulta en aislamiento social y una posible alimentación deficiente. Estos factores no solo agravan problemas de salud existentes, sino que también pueden generar nuevos desafíos. A partir de los ochenta años, muchos adultos mayores encuentran dificultades para realizar actividades básicas de forma autónoma, lo que puede llevarlos a abandonar pasatiempos o el ejercicio físico, afectando su bienestar y calidad de vida.
Según datos del Censo, los hogares conformados por personas de 65 años o más aumentaron desde 4,3% en 1992 a 11,6% en 2024. Se proyecta que un número significativo de estos podría corresponder a viviendas unipersonales habitadas por este segmento de la población, incrementando los riesgos de soledad y abandono.

¿Qué Implica el Abandono de Personas Mayores?
El término abandono de ancianos se refiere a la negligencia o desatención hacia las personas mayores que requieren cuidados específicos debido a su edad avanzada y, en muchos casos, a condiciones de salud asociadas. Se define como la falta de provisión de cuidados básicos por parte de los responsables legales, familiares o cuidadores. Esta omisión puede incluir el descuido en aspectos como la higiene, alimentación, medicación, compañía y asistencia emocional. La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores establece que cuando una persona mayor permanece hospitalizada por falta de alternativas de cuidado, se infringe su derecho a la dignidad, al cuidado, a la autonomía y a vivir con seguridad.
Desde una perspectiva jurídica, el abandono alude al desamparo de un adulto mayor que, necesitando cuidados, no recibe la ayuda esencial en alimentación, vivienda y salud. Este abandono se configura cuando cualquier persona o institución no asume la responsabilidad de cuidado o, habiéndola asumido, desampara voluntariamente al adulto mayor. Esto aplica tanto a familiares como a asilos, instituciones de salud o cualquier entidad con dicha responsabilidad. Es importante recalcar que abandonar a una persona mayor es una forma de ejercer violencia sobre ella.
El abandono social, por su parte, es una realidad cuyas consecuencias se manifiestan en la ausencia del reconocimiento que todos los seres humanos necesitan para desarrollarse plenamente. La salida a la calle y el consecuente rompimiento con el entorno familiar obedecen a un conjunto de factores multicausales, incluyendo violencia, maltrato, abuso sexual, pobreza, insuficiencia de recursos materiales, aburrimiento y sobrecarga de tareas en el hogar (Makowski, 2010). Las personas que viven en la calle a menudo tienen historias personales de abandono familiar, maltrato y privación afectiva, habiendo carecido de un lugar en la familia o en los afectos.

El Abandono en Establecimientos de Larga Estadía para Personas Mayores (ELEAM)
Existe un sector crucial de Establecimientos de Larga Estadía para Personas Mayores (ELEAM) -incorrectamente denominados «hogares» o «asilos de ancianos»- cuyas múltiples crisis afectan de manera directa a cerca de medio millón de personas mayores en Chile (RLG 2023). El abandono de ancianos no se limita al entorno familiar; en muchas ocasiones, puede ocurrir en instituciones como residencias geriátricas, donde el personal no proporciona los cuidados necesarios debido a la sobrecarga laboral, la falta de capacitación o recursos insuficientes.
La demanda de servicios de cuidado para adultos mayores es alta y en gran parte insatisfecha. En Chile, el Estado invierte en nuevas plazas, pero su trabajo es insuficiente, llegando con algún tipo de subsidio solo a un tercio de los residentes. Los recintos estatales tienen un 20% de lista de espera (MEDEL 2016). En el país, tanto en los sectores privados como públicos, solo hay 24.178 plazas disponibles para atender a un total de 288.346 personas mayores que sufren de dependencia severa. Esta enorme brecha de atención es una de las principales causas del abandono. Además, el alto costo de una residencia de mediano estándar, que no baja de 1.2 o 1.3 millones de pesos chilenos, limita severamente el acceso a la clase media, dejando cupos mayormente para personas sin recursos o de sectores acomodados.
Desafíos Regulatorios y Fiscalización: El Caso de Chile
En Chile, las normativas que rigen a los ELEAM han demostrado ser obsoletas e ineficaces. El Decreto 14, tras catorce años de aplicación, contradice otras normativas vigentes, creando un círculo de ineficacia y sanciones muy difíciles de cumplir por cientos de residencias que operan en la precariedad. Estos cierres se explican por diversas razones, incluyendo problemas financieros y el cumplimiento de regulaciones desfasadas. La fiscalización actual se concentra en los ELEAM formalizados, mientras que muchas personas mayores residen en establecimientos sin supervisión estatal alguna, a pesar de que las autoridades conocen su existencia y ubicación (Ministerio de Desarrollo Social y Familia 2021).
El Decreto 20, promulgado por la administración anterior y el presidente Boric, intentó sustituir al obsoleto Decreto 14, pero ha generado enormes y transversales críticas por sus medidas poco realistas y amenazantes para la continuidad del sector. Por ejemplo, exigir a una residencia rural con menos de diez personas mayores que invierta en un ascensor, o que un gran operador de beneficencia deba dejar al 25% de sus residentes sin techo para cumplir con nuevas ratios de habitabilidad, son exigencias que impactan negativamente a los pequeños operadores y exacerbando la vulnerabilidad de los residentes y sus cuidadores.
Como consecuencia de la entrada en vigencia del Decreto 20, el Hogar de Cristo anunció el cierre de algunos de sus establecimientos, dejando a quinientas personas sin techo, una acción que CONAPRAM también replicará en sus residencias regionales. Ambas instituciones subsistían con recursos fiscales, que son cada día más escasos. Ante esta situación, la decisión del presidente Boric de pausar la implementación del Decreto 20 y convocar a una mesa de expertos fue un paso importante, aunque la instancia resultó apresurada (dos semanas) y limitada a la modificación de solo siete artículos, con una sobrerrepresentación de fundaciones y beneficencias que constituyen una minoría en el sector. Es urgente modificar el Decreto 20 antes de su entrada en vigencia, no solo corrigiendo artículos desmedidos sino también introduciendo una perspectiva basada en la experiencia e incentivos.
Uno de los grandes problemas en los decretos es que, si bien se abordan aspectos de infraestructura y funcionamiento, no se menciona ni se fiscaliza el trato que reciben los residentes. Los entes fiscalizadores, como el SEREMI, se rigen estrictamente por lo que el decreto estipula, ignorando otros aspectos cruciales. Algunos ELEAM han operado con niveles de maltrato que bordeaban la tortura. Mientras no se exijan profesionales y personal capacitado con sueldos acordes, amparados en un modelo de salud centrado en la persona y con enfoque de derechos, la calidad del cuidado seguirá comprometida.
Marcos Legales y Derechos de las Personas Mayores
La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores es un instrumento vinculante que obliga a los estados a priorizar y proteger a este colectivo. Cuando una persona mayor permanece hospitalizada por falta de alternativas de cuidado, no estamos solo ante un problema sanitario o social, sino ante una posible infracción a derechos fundamentales como la dignidad, el cuidado, la autonomía y la seguridad. Es crucial que los requisitos de infraestructura, como los relacionados con la accesibilidad universal, se cumplan según normativas urbanísticas y no solo sanitarias, para garantizar un hospedaje adecuado y digno.
En Chile, el proyecto de ley "Hijito Corazón" surge como una iniciativa que busca dar respuesta a la problemática del abandono, inspirada en la "Ley Papito Corazón". Este proyecto pretende responsabilizar legalmente a los hijos en el cuidado de sus padres mayores de 80 años que se encuentren en situación de vulnerabilidad. Su objetivo es reducir los casos de desamparo, asegurando apoyo en aspectos básicos como alimentación, vivienda y salud, y estableciendo sanciones para los casos de incumplimiento, fortaleciendo así la protección jurídica de las personas mayores.
A nivel regional, existen ejemplos de marcos legales, como la Ley del Adulto Mayor promulgada en el Estado de México en 2008. Esta ley busca otorgar derechos a los adultos mayores, estableciendo en su artículo 5 que deben ser sujetos de programas de asistencia social en caso de desempleo, discapacidad o pérdida de medios de subsistencia, así como tener acceso a casas hogar o albergues si se encuentran en situación de riesgo. Además, el Código Civil del Estado de México (Art. 4.131) subraya la obligación de los hijos de proporcionar alimentos a sus padres, incluyendo sustento, habitación, vestido y atención médica y hospitalaria. En el ámbito penal, el abandono de ascendientes sin recursos, cuando se está obligado por ley, conlleva consecuencias legales.
A pesar de la existencia de ordenamientos legales, en la práctica, los derechos de las personas mayores suelen verse transgredidos por quienes tienen la obligación o el resguardo. Muchas veces, los ancianos se niegan a denunciar por temor a las consecuencias o debido a la relación sentimental con el agresor (Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, 2014). Además, los estudios han demostrado que la gran mayoría de los adultos mayores no conocen cuáles son sus derechos, lo que limita su exigibilidad y propicia actos de discriminación, abandono y maltrato.

Consecuencias del Abandono y la Indigencia en la Vejez
El abandono y la soledad en la vejez tienen consecuencias graves en la salud física y mental. Esta realidad eleva los riesgos en seguridad social, exposición a delitos y daño en la salud mental al vivir en soledad. El deterioro mental y la depresión pueden llegar a provocar suicidios en personas mayores, una relación que estudios recientes han demostrado.
Casos recientes evidencian este panorama, como el fallecimiento de un adulto mayor de 94 años en Independencia, Chile, cuyos restos en estado de abandono fueron hallados en su casa con una data de muerte proyectada de 12 meses. Otro caso es el de una mujer de 87 años encontrada en El Quisco, Chile, en una habitación rodeada de basura y con indicios de desnutrición.
La indigencia es una manifestación social caracterizada por el desarraigo y la estigmatización de adultos que viven y satisfacen sus necesidades en las calles. Este fenómeno multicausal es una realidad a la vista de todos, pero que a menudo parece no ser responsabilidad de nadie. Las personas mayores en situación de indigencia se ven obligadas a crear una nueva forma de vida en la calle, expuestas a un entorno discriminatorio. El abandono social y la exclusión se alimentan de la estigmatización, señalando a estas personas como "peligrosas" o "improductivas", lo que justifica acciones de represión y exclusión social (Goffman, 1963). El Estado, en muchas ocasiones, no cumple con su rol de protección para este grupo vulnerable, que carece de apoyo alimenticio, de salud y económico.
Hacia un Futuro de Cuidado y Respeto
Para abordar el problema del abandono en la vejez, no basta con la indignación pública o reaccionar solo cuando los casos aparecen en la prensa. La experiencia internacional muestra que este problema puede abordarse con anticipación, sistemas de alerta, redes comunitarias, servicios domiciliarios, apoyo a cuidadores y una institucionalidad capaz de actuar antes de que la situación se vuelva extrema. Denunciar estos casos y exigir el cumplimiento de las convenciones de derechos no es confrontar al Estado, sino demandar su responsabilidad.
Una solución integral implica avances legislativos en los sectores público y privado que enfrenten el abandono de adultos mayores, agravado por la pandemia y el aislamiento. La prevención del abandono requiere un enfoque multidisciplinar que incluya la participación activa de profesionales de la salud, familiares y la comunidad.
Es fundamental cambiar nuestro propio comportamiento con las personas mayores, comenzando por el entorno familiar, para convertirnos en un ejemplo de empatía, constancia, tolerancia y calidez humana. Podemos ayudar escuchando sus necesidades, asegurando una atención médica adecuada, evitando su aislamiento y facilitando su contacto con otras personas. Si se está al tanto de una situación de gravedad, es crucial comunicarse con las autoridades competentes para realizar una denuncia. Así, se pueden explorar modelos alternativos como el Cohousing Senior para personas de +55 años, que se implementa en Europa y Estados Unidos, ofreciendo un entorno familiar y activo, promotor de bienestar, al margen de las obsoletas leyes actuales. La vejez es una etapa de la vida por la que todos transitaremos; es nuestra responsabilidad construir una sociedad que garantice una vejez digna y segura.
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