La reforma al sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) contempla una serie de modificaciones significativas destinadas a mejorar las condiciones de las pensiones y la estructura del sistema previsional.

Aumento de la Cotización Previsional Obligatoria
Se propone un aumento del 7% en la cotización, el cual será con cargo al empleador. Este incremento se suma al 10% de cotización individual actual y al cerca de 1,5% que se destina al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). La distribución de este nuevo 7% se ha planificado de la siguiente manera:
- Un 1,5% se destinará al Aporte con Rentabilidad Protegida, cuyo objetivo principal es subir las pensiones de los actuales pensionados(as).
- Un 2,5% se contemplará para el Seguro Social Permanente. Este componente permitirá financiar el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, así como abordar el diferencial de expectativas de vida entre hombres y mujeres.
Una vez publicada la normativa, se ingresará un proyecto de ley para regular los aspectos operativos de estas medidas en un plazo de 90 días.
Compensación por Expectativa de Vida para Mujeres
A partir de enero de 2026, y de forma automática, las mujeres que cumplan con los requisitos establecidos recibirán una compensación mensual en su pensión. El propósito de esta compensación es cubrir la diferencia que exista por concepto de mayor expectativa de vida en relación con la de los hombres. La compensación mínima definida será de 0,25 UF mensual (equivalentes a $9.596 al 31 de enero de 2025).

Nuevos Actores y Licitación del Stock de Afiliados
La reforma también contempla la entrada de nuevos actores al sistema y la implementación de un mecanismo de licitación periódica para el stock de afiliados.
Licitación del Stock
Cada dos años, se licitará, de manera aleatoria, el 10% de los afiliados(as) no pensionados(as) del sistema. La administradora que oferte la menor comisión será la ganadora de la subasta, y no podrá incrementar la comisión ofertada durante un período de 5 años. Sin embargo, para fomentar la competencia, solo podrán participar en esta licitación las AFP que tengan menos del 25% del total de afiliados(as) del sistema. Es importante destacar que los afiliados(as) conservarán la facultad de desistir o cambiarse de AFP en cualquier momento, lo que otorga flexibilidad y poder de decisión al cotizante.
Transformación de los Multifondos: Creación de Fondos Generacionales
La reforma introduce un cambio fundamental en la estructura de inversión, estableciendo el fin de los 5 multifondos que han operado desde 2002. Estos serán reemplazados por la creación de fondos generacionales, cuya vigencia se iniciará a partir de abril de 2027.
Los fondos generacionales están diseñados para que las personas estén en el fondo que mejor se adapte a su edad, ya que se ajustan automáticamente en el tiempo. Su característica principal es que disminuyen el riesgo de inversión a medida que el afiliado se acerca a la fecha de su pensión. Una particularidad de este nuevo esquema es que los afiliados(as) no podrán cambiarse de fondo con su ahorro obligatorio, garantizando una gestión del riesgo más homogénea y acorde al ciclo de vida laboral.