Devolución de Fondos AFP: Explicación y Mitos

La devolución de fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) en Chile es un tema de constante debate y genera numerosas dudas, especialmente entre trabajadores independientes y extranjeros. Este artículo aborda las complejidades asociadas a las devoluciones de fondos, las razones detrás de montos menores a lo esperado, y desmiente información falsa que circula en redes sociales.

Devoluciones para Trabajadores a Honorarios y Errores Comunes

Con el inicio de la Operación Renta, muchos trabajadores a honorarios en Chile se enfrentan a devoluciones más bajas de lo esperado, o incluso a la ausencia total de reembolsos. La reducción de los montos devueltos está directamente ligada al incremento progresivo de las cotizaciones obligatorias. Un error frecuente es asumir que la devolución será equivalente a lo retenido, lo cual no siempre es así. No siempre la ausencia de reembolso se debe a las cotizaciones.

Es fundamental revisar la propuesta del Servicio de Impuestos Internos (SII) antes de aceptarla, ya que muchas veces contiene inconsistencias o información incompleta que puede perjudicar al contribuyente. Aunque pueda generar frustración, el dinero destinado a cotizaciones financia la protección social de los trabajadores.

Cotización obligatoria de trabajadores independientes

Impacto de los Retiros de Fondos AFP en la Rentabilidad

El sistema previsional ha sido objeto de intenso debate en el Congreso, en particular, la solicitud recurrente de devolución de fondos a través de redes sociales, apoyando el retiro del 100%. Un análisis de la Asociación de AFP señala que retirar de forma anticipada una parte del ahorro no solo disminuye el fondo en el monto girado, sino que también disminuye la capitalización, es decir, la aplicación de intereses sobre intereses en largos períodos de tiempo.

Ejemplos Concretos de Pérdida de Capitalización

En el caso de las mujeres, si se considera un saldo inicial de $15 millones, de no haber hecho los tres retiros, tendrían un saldo $5,1 millones superior de haber optado por el Fondo A; $4,8 millones en el Fondo B, y $4,4 millones en el Fondo C.

Aspectos Clave sobre el Proceso de Retiro de Fondos

El retiro de fondos de pensiones en Chile ha generado diversas preguntas sobre su implementación y efectos. A continuación, se detallan aspectos relevantes:

¿Quiénes Pueden Realizar Retiros?

  • Quienes poseen una cuenta de capitalización individual de afiliado voluntario.
  • Los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado.

Proceso y Plazos para la Solicitud y Pago

  1. Una vez que la administradora entrega el comprobante de solicitud de retiro al afiliado o beneficiario, desde esa fecha (incluida) comienza a regir el plazo para el pago de los fondos, que es de hasta 10 días hábiles.
  2. Si la solicitud fue aprobada, la AFP tiene el resto de los días hasta el décimo día hábil para pagar el retiro de los fondos.

¿Dónde se Depositan los Fondos Retirados?

  • Transferencia a la cuenta de ahorro voluntario (Cuenta 2) en la AFP donde se está efectuando el retiro. Si no tiene una, se creará una automáticamente en la administradora en la que está realizando la solicitud.
  • Depósito en una cuenta bancaria de la cual el afiliado sea el titular como cuenta corriente, vista o de ahorro. También a cuentas de instituciones financieras como cooperativas de ahorro y crédito. El solicitante del retiro deberá informar el N° de cuenta, tipo de cuenta y nombre de la entidad.
  • Depósito en una cuenta de provisión de fondos en cajas de compensación.

¿Qué Hacer si la Solicitud es Rechazada?

Cuando la solicitud de retiro de fondos es rechazada, la AFP debe explicar claramente al afiliado o beneficiario las razones del rechazo. De esta manera, la persona podrá corregir los errores o datos entregados, pero deberá ingresar una nueva solicitud.

Posibilidad de Retractación

En este proceso existe la posibilidad de retractarse, pero el afiliado o beneficiario debe comunicarlo a su AFP antes de recibir el primer pago.

Cálculo del Monto a Retirar

Al momento de la solicitud de retiro, la AFP deberá calcular el monto correspondiente al 10% del saldo y expresarlo en cuotas. El valor cuota experimentará las variaciones propias del mercado. El monto máximo de retiro tiene un tope de 150 UF (unos $ 4.300.000) y un mínimo de 35 UF (unos $ 1.000.000).

Costos y Beneficios

  • El retiro de los fondos no está afecto a ningún tipo de comisión o descuento.
  • El beneficio del retiro de fondos de pensiones de la cuenta de capitalización individual obligatoria no excluye de otros beneficios previsionales.
  • El derecho a retiro de los fondos de la cuenta de ahorro obligatorio no excluye de solicitar los beneficios del Sistema de Pensiones Solidarias (SPS) como, por ejemplo, la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS).
  • Los fondos retirados se considerarán inembargables para todo efecto legal.
  • El retiro de los fondos de pensiones no afectará el número de períodos cotizados para el cálculo de pensión bajo la legislación chilena.

Pensionados y Retiro de Fondos

  • Los beneficiarios de pensión de sobrevivencia bajo la modalidad de renta temporal o retiro programado podrán efectuar el retiro.
  • El valor de la pensión a través de la modalidad de retiro programado depende, entre otras variables, de los fondos acumulados en la cuenta individual de cotizaciones obligatorias y de la tasa para el recalculo de la pensión.
  • Si el saldo se agota antes por efecto del retiro de fondos, la Garantía Estatal se otorgará antes.
  • Los pensionados de Capredena y Dipreca, afiliados al D.L., pueden retirar fondos.
  • Quienes están pensionados por renta vitalicia no podrán hacer retiro.
  • Si se recibe una renta vitalicia, pero se tiene saldo en la AFP que paga como pensión adicional en la modalidad retiro programado, sí se puede retirar.
  • El monto del retiro se calculará sobre el monto acumulado en su cuenta individual de cotizaciones obligatorias.
  • La solicitud de retiro de fondos se calcula sobre el total de los fondos acumulados en la cuenta individual de cotizaciones obligatorias, sin hacer diferencia o excepción alguna.
  • Las personas pensionadas por invalidez en retiro programado y que, además, reciben APSI, al retirar saldo de su cuenta verán que el porcentaje que ellos financian con su saldo disminuirá.
  • Se pueden retirar los fondos del bono por hijo.
  • Los pensionados en retiro programado que se encuentran en el extranjero acogidos a convenio de seguridad social, podrán retirar fondos.
  • Si se solicita el retiro de fondos y la solicitud de desafiliación es aprobada, el saldo total de la cuenta individual de cotizaciones obligatorias que se transferirá al IPS podría disminuir.

Desinformación sobre Retiros de AFP y Migrantes

Captura de pantalla de publicaciones virales falsas sobre AFP y migrantes

En redes sociales, ha circulado información falsa, a menudo generada con inteligencia artificial, sobre propuestas relacionadas con la devolución de fondos de las AFP a migrantes irregulares. Estas publicaciones atribuyen declaraciones a figuras políticas como José Antonio Kast, Gabriel Boric y Donald Trump, las cuales carecen de fundamento.

Análisis de Afirmaciones Falsas

  • José Antonio Kast y Migrantes Irregulares: Se viralizó una imagen con una supuesta declaración de Kast proponiendo la devolución de aportes de AFP a extranjeros irregulares para que regresen a sus países. Esta información es falsa; no existen registros de dicha propuesta en sus sitios oficiales ni en medios de prensa. La imagen de prensa utilizada data de junio de 2025, cuando Kast se refirió a otro tema. Quien sí propuso algo similar fue la diputada Pamela Jiles, pero no habló de migrantes en situación irregular, sino que sugirió devolver fondos a extranjeros para incentivar una salida ordenada.
  • Acuerdo entre Boric y Kast: Se difundió que el presidente Gabriel Boric y José Antonio Kast habrían acordado la devolución de fondos de AFP a inmigrantes irregulares como parte de una "política migratoria más ordenada". Presidencia desmintió este anuncio, y no hay registros de tal acuerdo tras la última reunión entre ambos en enero. La imagen que acompañaba la publicación fue generada con inteligencia artificial.
  • Advertencia de Donald Trump: Circuló un post donde Donald Trump supuestamente habría exigido a Chile la devolución de fondos a migrantes irregulares, amenazando con "el peso de su mano". No hay evidencia de que Trump haya emitido tales declaraciones o se haya referido a retiros de fondos de pensiones en Chile.

Es importante señalar que las publicaciones verificadas con estas afirmaciones falsas a menudo incluyen un aviso indicando que el "contenido fue generado por IA", lo que significa que las imágenes fueron sintéticas o manipuladas.

Regulación del Retiro de Fondos para Migrantes

El retiro de fondos de pensiones por parte de la población migrante en Chile está regulado por la Ley 18.156, la cual autoriza la devolución de cotizaciones si la persona está afiliada a un régimen de previsión fuera de Chile o si se realiza un traspaso de fondos entre administradoras chilenas y peruanas (Convenio de Seguridad Social entre Chile y Perú).

Además, la Superintendencia de Pensiones explica que un migrante sin cédula de identidad (RUT) puede cotizar en el sistema bajo una "cuenta individual con identificación provisoria", debiendo regularizar su información una vez obtenga su documento de identidad.

Precedentes Legales: Reembolso de Fondos a Extranjeros

La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dictaminó que la AFP PlanVital debe reembolsar todos los fondos a una persona extranjera que trabajó en Chile y regresó a su país de origen. A pesar de que la persona quiso eximirse de cotizaciones, se le descontaron AFP, salud y seguro de cesantía. Tras renunciar y solicitar la devolución del dinero, la Administradora argumentó que su plan de salud no era válido bajo las exigencias de la norma. Sin embargo, el Tribunal sentenció que la ley no hace distinciones entre sistemas públicos o privados, siempre que ofrezcan prestaciones mínimas, como las del plan de la demandante.

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