Introducción y Contexto de la Reforma Previsional
Chile marcó un hito en su historia previsional con la reciente aprobación en la Cámara de Diputados de la idea de legislar la reforma de pensiones. Este proceso representa un cambio estructural que impactará a millones de personas en el país, con un énfasis en mejorar la equidad y sostenibilidad del sistema previsional. La votación, que resultó en 84 votos a favor, 64 en contra y 3 abstenciones, fue un triunfo para el Gobierno en este ámbito.
Expertos como la economista Ingrid Jones de Libertad y Desarrollo, advierten que el gobierno debe hacer una lectura correcta de esta votación y definir claramente el objetivo: ¿cuál es la mejora que se busca en las pensiones actuales y futuras? Se presenta como una oportunidad para identificar el problema y proponer una solución efectiva, que no solo incluya a los ya pensionados, sino que también entregue una solución para los jóvenes, quienes de no hacerse nada, enfrentarían pensiones más bajas que las actuales.

Los 10 Puntos Clave de la Reforma de Pensiones
1. El "Corazón" de la Reforma: La Cotización Adicional y su Distribución
Tras la aprobación de la idea de legislar, se inició el despacho del articulado, aprobándose el número 1 correspondiente a la creación del Seguro Social. En las indicaciones presentadas por el Gobierno, se propuso establecer un aporte adicional de los empleadores del 8,5% con cargo al empleador, que se suma al 10% de cotización individual actual y al cerca de 1,5% que va al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
La distribución de este aporte adicional se estructura de la siguiente manera:
- Un 4,5% iría directamente a las cuentas individuales de los afiliados.
- Un 1,5% financiaría el beneficio por años cotizados y el Aporte con Rentabilidad Protegida, destinado a subir las pensiones de los actuales pensionados.
- Un 2,5% restante financiaría la compensación a las mujeres por mayor expectativa de vida y parte de la cotización adicional del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.
Ingrid Jones de LyD sostiene que pueden evaluarse otros beneficios financiados con recursos fiscales que ayuden a ciertos grupos como mujeres y clase media, mientras que otros expertos, como Munita, aseguran que "el mejor lugar de esos 6 puntos adicionales con cargo al empleador, es la cuenta de cada uno de los trabajadores que cotizan mensualmente".

2. Estructura de la Industria Previsional y los Inversores Previsionales Privados (IPP)
Se aprobaron los "IPP" (Inversores Previsionales Privados), que mantendrán el giro único y se encargarán de todo lo referido al proceso de inversiones de los fondos previsionales. Por otro lado, la creación de un Inversor Previsional estatal (IPE) fue rechazada.
Los expertos señalaron que, tal como estaba estructurado el proyecto, el Estado podría haber concentrado al menos el equivalente al 36% del PIB en tres años, con un gran riesgo de captura política de los fondos y un monopolio en la administración de las cuentas individuales. La reforma, en cambio, promueve la entrada de nuevos operadores para diversificar el mercado y reducir la concentración, fomentando una competencia más justa.
3. Pensión Garantizada Universal (PGU)
La reforma contempla un aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) a $250.000. Este beneficio, considerado el primer piso de la seguridad social, será accesible para personas pensionadas por Leyes de Reparación (Exonerados, Rettig y Valech) y beneficiarios de pensiones de gracia, siempre que cumplan con los requisitos. Si la persona ya recibe la PGU, el ajuste es automático según el calendario establecido.
4. Seguro de Lagunas Previsionales
Uno de los aspectos aprobados es la ampliación del seguro para lagunas previsionales o de cotizaciones, que permitirá cubrir los periodos de cesantía. Los proyectos de reforma de los Presidentes Bachelet (2017) y Piñera (2018) ya proponían ampliar la protección de los meses con seguro y sin cobertura por pensiones de los cesantes bajo la denominación de "seguro de lagunas", correspondiente a toda prestación que se reciba de los fondos de cesantía.
Desde el 1 de mayo de 2025, este nuevo beneficio de la Reforma Previsional permite que todas las personas que reciban el Seguro de Cesantía, sin importar el tipo de fondo (Cuenta Individual o Fondo Solidario), tengan cubiertas sus cotizaciones previsionales mientras estén desempleadas. Anteriormente, solo quienes usaban el Fondo de Cesantía Solidario tenían cotizaciones previsionales cubiertas. Desde mayo a julio de 2025, se cotiza el 10% del pago mensual del Seguro de Cesantía, subiendo a 10,10% desde agosto y a 10,25% en agosto de 2027. Las cotizaciones son financiadas por el Fondo de Cesantía Solidario, sin descontarse del monto del seguro ni de los fondos individuales del trabajador. Se estima que el número de personas beneficiadas se triplicará, pasando de 395 mil a más de 1,4 millones al año, mejorando significativamente la protección previsional.
5. Autopréstamo
Se aprobó la posibilidad de un autopréstamo, que corresponde al 5% de los fondos de ahorro previsional que tenga ahorrado el cotizante. Este préstamo tiene un tope máximo de 30 UF, lo que equivale a aproximadamente $1.100.000.
6. Licitación de un Porcentaje del Stock de Afiliados
La reforma establece que cada dos años se licitará, de manera aleatoria, el 10% de los afiliados no pensionados del sistema. La administradora que oferte la menor comisión ganará la subasta y no podrá incrementar la comisión ofertada durante 5 años. Solo podrán participar las AFP que tengan menos del 25% de los afiliados del sistema, y los afiliados podrán desistir o cambiarse de AFP en cualquier momento.
Además, se centralizará la cobranza previsional, y el Instituto de Previsión Social (IPS) realizará la recaudación a través de un proveedor especializado, a través del cual los empleadores deberán efectuar los pagos.

7. Transición a Fondos Generacionales
Se aprobó el cambio del actual sistema de multifondos por algo llamado Fondos Generacionales, los cuales entrarán en vigencia a partir de abril de 2027. Se establece el fin de los 5 multifondos que operan desde 2002. Estos fondos están pensados para que las personas estén en el fondo acorde a su edad, ya que se adaptan en el tiempo disminuyendo el riesgo a medida que se acerca la fecha de pensión. Cada fondo se diferenciará por nivel de riesgo y retorno, siguiendo un criterio de ciclo de vida, y las cotizaciones obligatorias se depositarán en el Fondo Generacional que corresponda según la edad del afiliado. Los afiliados no podrán cambiarse de fondo con su ahorro obligatorio.

8. Comisiones sobre el Saldo Administrado (Modelo de Comisiones Variables)
La comisión que los trabajadores pagan al gestor de sus ahorros ya no será fija, sino que se obtendrá directamente del fondo y estará vinculada al rendimiento del mismo. Si el fondo genera pérdidas, las comisiones disminuirán un 15%; por el contrario, si el fondo obtiene ganancias, la comisión puede aumentar hasta en un 15%. Esto alinea los incentivos con el bienestar de los afiliados y asegura que las administradoras busquen maximizar el beneficio. Además, se establecen límites cuando las AFP invierten a través de terceros, impidiendo que se paguen con cargo a los fondos comisiones a vehículos de inversión o mandatarios que inviertan más de un 10% en emisores nacionales transables en mercados públicos, a excepción de inversiones de baja o mediana capitalización.
9. Aumento del Tope Imponible
Se aprobó subir el tope imponible, igualándolo al que se usa para el seguro de cesantía. Sin embargo, se rechazó la gradualidad del mismo, según señaló el ministro de Hacienda, Mario Marcel.
10. Pasos Siguientes y Cronograma de Implementación
La implementación de la reforma contempla varios hitos importantes:
- Desde las remuneraciones de agosto de 2025, los empleadores comenzarán a pagar un 1% adicional en la cotización, el cual se irá incrementando gradualmente hasta alcanzar un 7% total con cargo al empleador.
- Luego de 90 días de publicada la norma, se ingresará un proyecto de ley para regular los aspectos operativos.
- A partir de enero de 2026, se entregará de forma automática, a quienes cumplan los requisitos, una compensación mensual en su pensión a las mujeres para cubrir la diferencia por concepto de mayor expectativa de vida en relación con la de los hombres. La mínima compensación será de 0,25 UF mensual.
- A partir de agosto de 2027, iniciará el pago de los beneficios del nuevo Seguro Social, incluyendo la Compensación por Años Cotizados y el Bono a mujeres por expectativas de vida. También, el 1,5% que aporta el empleador para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) pasará a ser una de las prestaciones del Seguro Social.
- La normativa indica que los empleadores deben cotizar al Seguro Social Previsional (SSP) por todos sus trabajadores, incluyendo aquellos que laboran en jornadas parciales o part time. El empleador o entidad pagadora de subsidios debe declarar y pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente a aquel en que se devengaron las remuneraciones, o se autorizó la licencia médica. Si el pago se realiza por medio electrónico, el plazo se extiende hasta el día 13 de cada mes.
Trabajadores, pensionados y empleadores tendrán un rol clave en este proceso, ya que este cambio impactará directamente en la forma en que se financian y administran las jubilaciones en Chile.