La pensión de invalidez permite a las personas beneficiarias del sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) solicitar un apoyo económico cuando se encuentran incapacitadas física o mentalmente para desarrollar su trabajo. Este trámite es completamente gratuito y busca asegurar que quienes cumplan los requisitos puedan acceder a una protección social.
¿Quiénes pueden solicitar la pensión de invalidez?
La pensión de invalidez está dirigida a trabajadores y trabajadoras que, debido a una condición física o mental, ven mermada su capacidad laboral. Si eres declarado inválido por la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones, puedes iniciar el proceso para solicitar tu pensión.
¿Dónde y cómo iniciar el trámite?
Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados. Puedes revisar en qué AFP estás a través de Mi ChileAtiende. El trámite se puede realizar durante todo el año en las sucursales de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y oficinas ChileAtiende.
Para iniciar el proceso de solicitud de pensión y calificación de invalidez, se recomienda agendar una videollamada con un asesor o acudir a cualquiera de las sucursales de la AFP.
Requisitos iniciales
- Cédula de identidad vigente.
- Poder notarial en caso de que el trámite lo realice un tercero.
- Datos de tus beneficiarios: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento (si aplica).
- Para empleados públicos, deben presentar un certificado que lo acredite.
- Si tu cobertura del SIS (Seguro de Invalidez y Sobrevivencia) está en riesgo, es crucial hacer tu solicitud con urgencia.
Proceso de Calificación de Invalidez
Paso 1: Suscripción de solicitud de pensión y calificación de invalidez
La AFP, una vez recibida la solicitud, enviará la información a la Comisión Médica para la tramitación de la Solicitud de Invalidez. Este paso tomará entre 1 y 5 días hábiles.

Paso 2: Evaluación por la Comisión Médica
La Comisión Médica te contactará para informarte el día, la hora y el lugar al que deberás asistir para evaluar tu invalidez. Este paso tomará entre 5 a 30 días aproximadamente. Es importante revisar la información de las distintas Comisiones Médicas a lo largo del país.
Paso 3: Emisión del dictamen de invalidez
La Comisión Médica emitirá el dictamen con la resolución de tu caso. Los posibles resultados son que se te califique con invalidez parcial, total o que se rechace la solicitud. Esta resolución tomará aproximadamente 60 días hábiles. Al recibir el dictamen, deberás continuar tu trámite de acuerdo con lo que este indique.
Tipos de Invalidez y sus Implicaciones
Invalidez Parcial
Se considera Invalidez Parcial si la pérdida en la capacidad de trabajo es igual o mayor a 50% y menor a 66%. Este dictamen tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años. Si se te asigna una pensión de invalidez parcial, tendrás que ser reevaluado/a luego de tres años. Si este proceso determina que presentas una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, perderás el derecho a la pensión y pasarás a ser activo/a. En este caso, tendrás un plazo de tres meses para pedir la reevaluación de la invalidez parcial. Si eres declarado Inválido Parcial, recibirás durante 3 años una pensión mensual equivalente al 50% de tu ingreso base.
Invalidez Total o Absoluta
Las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez, total o absoluta, no requieren ser reevaluados por la comisión.
Financiamiento de la Pensión de Invalidez
Las personas afiliadas con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) recibirán su pensión pagada por la AFP, con cargo a la compañía de seguros que contrató con este fin. En estos casos, el costo de los exámenes e interconsultas lo cubre este seguro.
Si la invalidez es parcial y no se cuenta con cobertura del SIS, el beneficiario recibirá pensiones mensuales de los ahorros de su cuenta individual.

Pasos Posteriores a la Calificación Favorable
Paso 4: Retiro del Certificado de Saldo
Si la invalidez es aprobada y definitiva, se emitirá un Certificado de Saldo. Este certificado mostrará todo el ahorro que acumulaste a lo largo de tu vida laboral, más la rentabilidad que generaron. El Certificado de Saldo tiene una validez de 35 días y será enviado por correo electrónico para su descarga desde el sitio web de la AFP. Para descargarlo, generalmente se ingresa con el RUT y Clave de Acceso al sitio privado de la AFP, donde se despliega un listado de documentos para identificar y descargar el certificado.
Es importante tener la cédula de identidad vigente y el certificado de saldo si se acude a realizar el siguiente paso otro día, o un poder notarial en caso de que lo realice un tercero.
Paso 5: Solicitud de ofertas al SCOMP y Asesoría
Luego de revisar tu Certificado de Saldo, podrás pedir, a través de una videollamada con asesores de tu AFP, las opciones que tienes para pensionarte y que te entrega el Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP). La AFP envía la información al SCOMP para este propósito.
Debes solicitar al SCOMP las ofertas y los montos de pensión, con el propósito de tomar tu decisión de manera informada, por medio de la AFP, compañía de seguros o asesor previsional. En esta etapa tienes varias opciones:
- Puedes aceptar alguna de las propuestas que aparecen en el Certificado de Ofertas ya sea por la AFP o por las Compañías de Seguro.
- Puedes solicitar a las Compañías de Seguro que ofertaron, una Oferta Externa para que la evalúe. Esto podría permitir acceder a una mejor pensión que las entregadas por el SCOMP.
- Si el certificado de saldo sigue vigente, puedes ingresar una nueva solicitud al Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP).
- Finalmente, puedes desistir del trámite, no estás obligado a seleccionar una oferta.
Para este paso, necesitarás tu cédula de identidad vigente, un poder notarial en caso de que lo realice un tercero y el certificado oficial de ofertas SCOMP.
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Comienzo del Pago de la Pensión
Una vez aceptada una oferta, comenzarás a recibir tu pago de pensión en aproximadamente 10 días hábiles. La persona beneficiaria recibirá la pensión hasta el último día del mes en que cumpla 65 años.
Aspectos Adicionales de la Pensión de Invalidez
Trabajar siendo pensionado por invalidez
Si eres declarado Inválido Parcial o Total, no existe ningún inconveniente para continuar trabajando. Si eres pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y trabajas, cotizas como trabajador activo.
Pensión de Sobrevivencia
Si mueres antes de la edad legal de pensión o estando pensionado, generarás una Pensión de Sobrevivencia en el caso de que tengas beneficiarios de Pensión.
Tramitación y recepción en el extranjero
Sí, puedes tramitar y recibir tu Pensión en el extranjero siempre y cuando el país en el que vivas tenga un Convenio Bilateral con Chile.
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