Los Convenios de Seguridad Social son acuerdos bilaterales o multilaterales entre países que tienen como objetivo principal proteger los derechos de seguridad social de las personas que han trabajado en uno o ambos países signatarios.
¿Qué es un Convenio de Seguridad Social?
Estos convenios buscan atender las necesidades relacionadas con el ámbito de la Seguridad Social de los individuos que han desarrollado su actividad laboral en alguna de las naciones participantes. En la actualidad, Chile mantiene vigentes 25 Convenios de Seguridad Social, además del Convenio Iberoamericano de Seguridad Social.
¿Quiénes se benefician de los Convenios de Seguridad Social?
Los beneficiarios de estos acuerdos son diversos:
- Chilenos y ciudadanos del otro país que presten o hayan prestado servicios en uno o ambos países.
- Trabajadores de cualquier otra nacionalidad que presten o hayan prestado servicios en uno o varios Estados Partes.
- Personas que, de acuerdo con los términos del convenio específico, tengan derecho a pensión de sobrevivencia.
Principales Beneficios de los Convenios de Seguridad Social
La adhesión a estos convenios ofrece una serie de ventajas significativas:
- Derecho a pensionarse por vejez, invalidez y sobrevivencia en cualquiera de los países convenio. En el caso de Chile, esto aplica tanto al Sistema de AFP como al IPS.
- Continuidad previsional y evitación de la doble cotización internacional. Algunos convenios facilitan el desplazamiento temporal de trabajadores, permitiéndoles permanecer bajo la legislación de su país de origen por un período determinado (promedio de 3 años), con posibilidad de prórroga previa conformidad de la autoridad competente del país receptor.
- Totalización de períodos de seguro, lo que permite sumar años de cotización de diferentes países para cumplir con los requisitos de pensión.
- Protección de salud para pensionados que residen en otro Estado, en igualdad de condiciones que los pensionados locales.
- Realización de exámenes médicos en el país de residencia para poder pensionarse por invalidez en el Estado contratante.
Acceso a los Beneficios de los Convenios de Seguridad Social
El procedimiento para acceder a estos beneficios varía según la residencia del solicitante:
Trabajadores que residen en Chile y solicitan beneficios en el extranjero:
- Afiliados a una AFP deben suscribir los formularios en su administradora, quienes los enviarán a la Superintendencia de Pensiones para su remisión al Organismo de Enlace del Estado correspondiente.
- Imponentes del IPS deben realizar la solicitud en una agencia del IPS para su tramitación en el Estado requerido.
- Personas sin cotizaciones previas en Chile deben acudir a la Superintendencia de Pensiones para completar los formularios y enviarlos al país de destino.
Trabajadores que residen en el extranjero y solicitan beneficios en Chile:
Deben dirigirse a la institución competente u Organismo de Enlace del país extranjero, según el convenio aplicable.
Información Relevante sobre Nueva Zelanda y la Seguridad Social
Si bien el texto proporcionado aborda extensamente los convenios de seguridad social, también incluye información sobre la gestión de la pandemia de COVID-19 en Nueva Zelanda y una controversia reciente relacionada con la participación de personas transgénero en el deporte.
Gestión de la Pandemia de COVID-19 en Nueva Zelanda
En un evento particular, los teléfonos móviles de Nueva Zelanda emitieron una alarma gubernamental debido a la detección de casos positivos de COVID-19 en la región de Auckland. La Primera Ministra Jacinda Ardern anunció un confinamiento inmediato de la ciudad y sus alrededores, afectando a más de 1,66 millones de personas. Esta medida buscaba prevenir un brote, especialmente tras un período de más de 100 días sin casos comunitarios. Se observaron escenas de pánico en supermercados, y por primera vez se recomendó el uso de mascarillas cuando no se pudiera mantener la distancia social. La gestión de la pandemia, que hasta ese momento había sido elogiada internacionalmente y había mantenido la transmisión comunitaria eliminada, enfrentó un desafío al no poder explicar cómo el virus escapó de los hoteles de cuarentena, generando críticas de la oposición en el contexto de unas próximas elecciones generales.

Controversia sobre la Inclusión de Personas Transgénero en el Deporte
Recientemente, el gobierno de Nueva Zelanda ordenó la eliminación de directrices emitidas por Sport NZ en 2022 que promovían la inclusión de personas transgénero en competiciones deportivas. El Ministro de Relaciones Exteriores, Winston Peters, declaró que "los hombres biológicos no deben participar en el deporte femenino", calificando las directrices anteriores como "ideologías woke" y priorizando la seguridad de niñas y mujeres. Las directrices eliminadas buscaban prevenir la discriminación, promover el bienestar y ofrecer espacios seguros, permitiendo la participación de personas transgénero según su identidad de género. Esta decisión se alinea con medidas similares tomadas por otras entidades deportivas internacionales. Históricamente, Nueva Zelanda fue considerada pionera en la inclusión de atletas transgénero, como el caso de la halterófila Laurel Hubbard. La Asociación Profesional para la Salud de las Personas Transgénero de Aotearoa expresó su decepción, considerando que la medida agrava un entorno excluyente.

Biblioteca de Marco Normativo
La legislación chilena relacionada con la seguridad social es amplia y abarca diversas normativas:
- Código del Trabajo, D.F.L. Núm. 1 (2002): Regula materias laborales, seguridad laboral, y seguridad y salud en el trabajo.
- Decreto Ley 3.500 (1980): Texto actualizado que incluye modificaciones de la Ley N° 20.720 sobre reorganización y liquidación de empresas y personas.
- Reglamento del D. L 3.500 (Decreto N° 57, 1990): Actualizado a octubre de 2012.
- Ley N° 20.531 (2011): Exime de cotización para salud a ciertos pensionados.
- Ley N° 20.459 (2010): Facilita el acceso a pensiones básicas solidarias.
- Ley N° 20.366 (2009): Adelanta la transición del Sistema de pensiones solidarias.
- Ley N° 20.255 (2008): Establece la Reforma Previsional y el pilar solidario de pensiones.
- D.F.L. N°101 (1980): Estatuto orgánico de la Superintendencia de Administradoras de fondos de pensiones.
- Ley N° 16.744 (1968): Aprueba el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- Decreto Supremo Nº 109 (1968): Aprueba el reglamento para la calificación y evaluación de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
- Ley 20773 (2014): Modifica el Código del Trabajo y la ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales en materia de trabajo portuario.