Cotizaciones AFP: Guía Completa sobre Pagos y Beneficios en Chile

Cada Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) dispone de cuentas de capitalización individual, en las cuales se imputan las cotizaciones periódicas de sus afiliados. Estas cotizaciones se invierten por cuenta de los afiliados a objeto de obtener una cierta rentabilidad. Por su labor de administración de Fondos de Pensiones, las AFP están facultadas para cobrar un porcentaje de la remuneración (sueldo bruto) como comisión a sus afiliados. Las comisiones son fijadas libremente y con carácter uniforme para todos sus afiliados, dependiendo de si son trabajadores activos o pasivos (pensionados).

Esquema de las cuentas de capitalización individual de una AFP en Chile

Tipos de Cotizaciones y su Destino

Cotización Obligatoria para Pensiones

Para las afiliadas y los afiliados a una AFP, es obligatorio cotizar el 10% de su remuneración, sueldo o ingreso imponible mensual en una cuenta de capitalización individual en una AFP. Esta cotización obligatoria tiene un tope de 90 Unidades de Fomento (UF). Además, existe una cotización adicional o comisión por depósito de cotizaciones, la que está destinada al financiamiento de la AFP, incluyendo el pago de la prima del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

La remuneración imponible tiene un tope que es informado cada año por la Superintendencia de Pensiones, siendo 111,4 UF para el 2015. Por normativa, el empleador es responsable de realizar el pago de cotizaciones previsionales y de salud de sus trabajadores, ya que este aporte se destina a tener derecho a una Pensión de Vejez para la jubilación.

Recientemente, la Ley N° 21.735 de Reforma Previsional ha creado una cotización de cargo del empleador. Esta comienza con una tasa inicial de 1% y aumentará cada año, por un periodo de nueve años, hasta llegar al 7% de la remuneración del trabajador. Esta nueva cotización se sumará al actual aporte que hace el empleador para financiar el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía es un seguro que se materializa a través de una Cuenta Individual por Cesantía (CIC), que AFC Chile abre para cada afiliado. Su objetivo es financiar los beneficios a los que se tiene derecho mientras se está cesante. Los principales abonos provienen de las cotizaciones obligatorias mensuales aportadas por los trabajadores y/o los empleadores. Los cargos incluyen un 0,6% para el trabajador/a con contrato indefinido y un 2,4% o 3,0% para protección durante el desempleo. Por ley, el período máximo de cotización tiene un tope de 11 años por cada relación laboral.

El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es un fondo común de reparto, conformado por aportes del empleador y del Estado, cuya propiedad no pertenece a ningún trabajador en particular, sino que a todos los trabajadores afiliados.

Cotizaciones de Salud (FONASA)

En Chile, las personas cuentan con un sistema mixto de salud que combina un componente estatal con otro privado. El Sistema de Salud Público es administrado por el Fondo Nacional de Salud (FONASA). Este fondo funciona sobre la base de un esquema solidario, financiado con aportes del Estado más los aportes que realizan los trabajadores a través del pago del 7% de cotización calculado sobre la base de su renta imponible. Tanto trabajadores activos como pensionados (con excepción de quienes puedan estar exentos o puedan rebajar el monto) tienen la obligación de cotizar.

FONASA es responsable de la atención de sus cotizantes, así como de aquellas personas carentes de recursos que no cotizan en el sistema de salud. La modalidad institucional de FONASA requiere un copago que varía de acuerdo con el nivel de ingreso de la persona, quedando exentas de este copago las personas cuyo ingreso es inferior a un nivel mínimo establecido.

A partir del año 2018, fue obligatorio que los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios cotizaran para salud.

Proceso y Plazos de Pago de Cotizaciones

Responsabilidad del Empleador

El empleador es responsable de realizar el pago de las cotizaciones previsionales y de salud de sus trabajadores dentro de los 10 primeros días del mes siguiente al que se devengaron las remuneraciones. Si el empleador está atrasado en el pago de las cotizaciones de sus trabajadores, tiene la obligación de declarar las cotizaciones no pagadas dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente. En caso de que la relación laboral haya terminado y, por tanto, no corresponda el pago de las cotizaciones, el empleador tiene hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar esa situación.

Las cotizaciones previsionales son obligatorias y se deben pagar mensualmente. Estas cotizaciones son un porcentaje del sueldo que se destina a financiar la seguridad social y la salud. Las y los empleadores que tengan deudas previsionales no podrán percibir pagos provenientes de instituciones públicas o con cargo a recursos fiscales de fomento productivo.

Consecuencias del Pago Atrasado

Cuando las cotizaciones previsionales no son pagadas dentro del plazo legal, las sumas adeudadas se reajustarán desde el día 13 del mes siguiente al período de cotización hasta el día del pago efectivo.

Plataformas de Pago: Previred y Alternativas

Previred es la forma más común, fácil, cómoda y segura para pagar las cotizaciones previsionales de los trabajadores. La creación del usuario en el sitio y la creación o modificación de los datos de su trabajador se debe hacer en Previred.com.

Además, Previred permite realizar el pago en la cadena de supermercados Unimarc, orientado a clientes que tienen dificultad para acceder a internet o que no pueden imprimir el cupón de pagos. Este servicio está disponible en locales adheridos a Unimarc (264 locales) con presencia de Iquique a Punta Arenas. El cupón de pago se imprime desde la máquina de autoservicio, que está conectada en línea con Previred. El vencimiento del pago del cupón es el día 10 o hábil siguiente hasta las 22:00 hrs. (cierre del supermercado). Este servicio está orientado al pago de cotizaciones de personas: Trabajador Independiente (TI) y de Casa Particular (TCP).

Captura de pantalla de la interfaz de Previred para el pago de cotizaciones

Cotizaciones para Trabajadores Independientes

Obligatoriedad y Proceso de Pago Anual

La Ley N°21.133 establece que todas y todos los trabajadores independientes que emiten Boletas de Honorarios deben cotizar en forma obligatoria. De esta forma, pueden acceder a todos los beneficios de seguridad social y contar con la misma protección de los trabajadores dependientes. Este pago se realiza obligatoriamente en forma anual a través del proceso de Declaración del Impuesto a la Renta (Operación Renta).

Cualquier pago mensual que hayas realizado se considera como voluntario y adicional a la cotización obligatoria. Las cotizaciones pagadas a través de la Operación Renta 2025 te entregan derecho a las prestaciones de seguridad social desde el 1 de julio de 2025 y hasta junio del año siguiente. Este periodo se renueva automáticamente cuando pagues tus cotizaciones en la siguiente Operación Renta.

En el caso de las cotizaciones para pensión de vejez (AFP), el pago que realizas en esta Operación Renta se abonará a tu cuenta individual y se asignará al año en el que fueron generadas, es decir, al año 2024.

Cobertura Total o Parcial

En la Operación Renta, los trabajadores independientes pueden optar por Cobertura Total o Parcial. Si se elige Cobertura Parcial, el cálculo de las cotizaciones previsionales de Salud y Pensiones se realizará sobre el 70% de tu Renta Imponible. Es importante tener presente que la Renta Imponible corresponde al 80% de tu Renta Bruta. Este porcentaje de cotización parcial se irá incrementando cada año, hasta la Operación Renta 2028, cuando ya no existirá la posibilidad de optar por Cobertura Parcial.

Rol del SII y la Tesorería General de la República

El Servicio de Impuestos Internos (SII) es el encargado de calcular las cotizaciones previsionales con la información entregada por las instituciones previsionales. Luego, la Tesorería General de la República las paga en las Instituciones de Seguridad Social en las que el trabajador se encuentre afiliado al 31 de diciembre del año anterior a su declaración de Renta (en este caso, el 2024), con cargo al monto disponible para su devolución de impuestos. Si el trabajador no está afiliado a ninguna institución previsional, las cotizaciones se pagarán en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL), la AFP licitada (AFP Uno), y FONASA, según corresponda.

Exención de Cotizar para Pensión

El trabajador independiente también tiene la opción de eximirse de cotizar para pensión. Para eso, debe manifestarlo por escrito tanto a su empleadora o empleador, como a la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que se encuentra afiliada.

Cuentas de Ahorro Voluntario

Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario (APV)

Una Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario (APV) puede ser abierta en una AFP, una compañía de seguros de vida (CSV), un banco, una administradora de fondos mutuos, una administradora de fondos de inversión, una administradora de fondos para la vivienda, una administradora general de fondos e intermediarios de valores, siempre que sus planes hayan sido aprobados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2

También conocida como Cuenta 2, es una cuenta de ahorro que se puede abrir en la AFP en que una persona se encuentra afiliada y cuyos recursos pueden ser retirados en cualquier momento (hasta 24 giros en un año).

Información y Asistencia sobre Cotizaciones

Consulta y Certificados

Puedes solicitar el certificado de cotizaciones a través del sitio web de ChileAtiende, por videoatención, en las sucursales o en el Módulo Express ChileAtiende. Para ingresar al sitio web de ChileAtiende, se requiere la ClaveÚnica. Si no aparece información, es posible que existan cotizaciones impagas.

Términos Clave en la Información de Cotizaciones

  • Tasa de cotización: Es el porcentaje de la renta imponible que se destina a este tipo de cotización. Este porcentaje está definido por ley.
  • Destino de la cotización: Indica a qué beneficio del Seguro Social se destina la cotización. El 0,9% inicial, que se pagará por el periodo de las remuneraciones de agosto de 2025 a julio de 2026, se destinará para financiar la Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida (CEV) para las mujeres.
  • Monto pagado: Es el monto en pesos que se pagó ese mes.
  • Fecha de pago: Es el día en que el empleador realizó el pago.

Cómo Descargar tu Historia Laboral de Protección | Guía 2025

Atención al Cliente

Si tienes dudas, puedes llamar al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si estás en el extranjero).

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