Introducción a la Accesibilidad y Discapacidad
La noción de deficiencia presupone una variedad de conceptos que se establecen desde el plano técnico hasta el existencial, tales como defecto, enfermedad, incapacidad, limitación, exclusión y sufrimiento, dificultando así su determinación exacta. El Decreto 3.298, del 20 de diciembre de 1999, describe la deficiencia como la pérdida o anormalidad de una estructura o función psicológica, fisiológica o anatómica que puede generar incapacidad o dificultad para el desempeño de una actividad, dentro del padrón considerado normal para el ser humano.
Es común en personas con deficiencia (PD) el enfrentar limitaciones en su vida diaria. Esas limitaciones están relacionadas, por ejemplo, con problemas de accesibilidad, es decir, las condiciones que permitan el ejercicio de la autonomía y la participación social del individuo, pudiendo interferir o perjudicar su desarrollo ocupacional, cognitivo y psicológico, lo que acaba contribuyendo a su exclusión social.
De acuerdo con la Ley 10.098, de 19 de diciembre de 2000, accesibilidad es definida como la posibilidad y condición de alcance para utilización, con seguridad y autonomía, de los espacios, mobiliarios y equipamientos urbanos, de las edificaciones, de los transportes y de los sistemas y medios de comunicación, por persona con deficiencia o con movilidad reducida.
El derecho a la accesibilidad de las personas con discapacidad se fundamenta en los derechos humanos y de ciudadanía. Como el equipo de enfermería es responsable de la salud de las personas, también responde de las acciones organizativas y de administración de recursos para prestación de cuidados a los usuarios. De esta forma, debe desarrollar acciones preventivas de accidentes en el ambiente de trabajo, buscando, con otros profesionales de la institución, soluciones para mejorar el acceso de las personas con discapacidad, obedeciendo a las normas técnicas.
Marco Legal y Normativo de la Accesibilidad
La accesibilidad es un principio básico al abordar temáticas relacionadas a la discapacidad. Desde la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el concepto ha sido incluido en las políticas, incorporándose en 2006 como uno de los fundamentos básicos de los derechos de las personas con discapacidad.
El marco jurídico de la accesibilidad está dado inicialmente por la Carta Internacional de los Derechos Humanos, formada por tres documentos básicos: la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966).
A nivel nacional, el derecho a la accesibilidad está reglamentado en Brasil por la Norma Brasileña (NBR) 9050 de la Asociación Brasileña de Normas Técnicas (ABNT). Este derecho es universal, alcanzado en el derecho constitucional de igualdad, representando una efectividad de los objetivos y principios trazados por Constituciones, Declaraciones y Conferencias de varios estados y naciones, incluyendo el Estado Brasileño y la Constitución de 1988.
En otros contextos, como en Chile, en el año 2008 se ratificó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de las Naciones Unidas de 2006, para, posteriormente, proclamar en el 2010 la Ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social, asegurando el disfrute de sus derechos y la eliminación de cualquier forma de discriminación. Esta ley inspiró una política pública implementada a través del Plan Nacional de Discapacidad 2013-2020, entre cuyas temáticas se encuentra la accesibilidad universal. A pesar de los avances normativos, se presentan fallas en el proceso de materialización para garantizar todos estos derechos de manera efectiva.

Estudio de Caso: Accesibilidad en Hospitales Públicos de João Pessoa, Brasil
Debido a las numerosas barreras que dificultan el acceso de las personas con discapacidad a los servicios de salud y considerando la importancia de esta problemática, se realizó un estudio cuyo objetivo fue investigar las instalaciones físicas de los hospitales públicos de João Pessoa-PB con miras al acceso de las personas con deficiencia.
Objetivo
El objetivo de la investigación fue verificar las instalaciones físicas de los hospitales públicos de la ciudad de João Pessoa, Paraíba, Brasil, con el fin de mejorar el acceso de las personas con discapacidad.
Metodología
Se trató de un estudio de naturaleza descriptiva exploratoria, con enfoque cuantitativo. El estudio fue desarrollado en cuatro hospitales públicos municipales, localizados en el municipio de João Pessoa, Paraíba, Brasil. Cabe resaltar que uno de los hospitales presenta estructura con solo planta baja.
Los datos fueron recogidos por medio de la técnica de observación sistemática, realizada en condiciones controladas para responder a propósitos previamente definidos. Se utilizó un instrumento estructurado, elaborado a partir de las informaciones contenidas en la NBR 9050 de la ABNT con relación a la estructura física de las vías públicas próximas a los hospitales, del acceso al predio y a las condiciones de circulación en el interior, así como a los equipamientos, al mobiliario y a las instalaciones sanitarias.
Fue posible evaluar el espacio físico de las dependencias de los hospitales. Sin embargo, no fue verificada la accesibilidad en la Unidad de Cuidados Intensivos, Centro Quirúrgico y sala de recuperación postanestésica, pues son áreas restringidas cuya recolección de datos no fue autorizada. Para el análisis de los datos se utilizó el software SPSS (Statistical Package for the Social Sciences), versión 11.0, que es un paquete estadístico para las ciencias sociales de apoyo a la toma de decisión que incluye aplicación analítica y estadística que transforman los datos en informaciones importantes, realizando un análisis por frecuencia simple.
Este estudio fue aprobado por el Comité de Ética en Investigación del Hospital Universitario, bajo el número de Opinión 357.897. Para la ejecución de esta investigación, se tuvo en consideración los principios básicos de la bioética, postulados en la Resolución 466/12 del Consejo Nacional de Salud, a saber, autonomía, beneficencia, no maleficencia, justicia y equidad.
Resultados
Los resultados obtenidos mostraron irregularidades de los hospitales en relación con la estructura física recomendada por la ABNT NBR 9.050/2004. La aplicación del instrumento de recolección permitió investigar las condiciones generales de las avenidas próximas a las instituciones de salud, del acceso al interior de esas instituciones, más allá de las facilidades y dificultades para la movilidad en su interior. Los resultados señalaron un ambiente inadecuado en lo que se refiere a la seguridad física de las personas con deficiencia.

Discusión de Hallazgos
Estudios sobre accesibilidad de las personas con deficiencia todavía son escasos. Sin embargo, la mayoría evidencia la dificultad de acceso de esas personas a los servicios de salud debido a las barreras arquitectónicas existentes. La presencia de escaleras, escalones altos, baños no adaptados y pozos en las vías públicas constituyen parte de los muchos ejemplos de esas barreras. Por tanto, se percibe que el compromiso del acceso a bienes y servicios de salud muestra la falta de valorización o de la demanda espontánea de cuidados curativos o preventivos, lo que contribuye a la ocurrencia de complicaciones en el estado de salud de esas personas.
Acceso Urbano y Vías Públicas
En el estudio de João Pessoa, todas las avenidas próximas a los hospitales poseen carril peatonal y todas las aceras tienen un ancho mínimo de 1,5m, sin embargo, estas no están libres de obstáculos como escombros y pozos. Solo dos instituciones tienen reducción de aceras en puntos estratégicos, y las avenidas están libres de pozos. En la proximidad de dos de los hospitales, hay semáforos, pero todos están en desacuerdo con la norma, ya que deberían tener botoneras con caracteres tipo braille y señal sonora. Además, solo un hospital tiene disponibilidad de un lugar de estacionamiento para personas con discapacidad debidamente demarcado con el Símbolo Internacional de Acceso (SIA).
Vías públicas mal conservadas, con presencia de pozos, desniveles, escombros y depósitos de basura en las aceras atentan contra el libre tránsito y la seguridad de las personas que transitan por allí, dificultando la locomoción de personas obesas, ancianas y principalmente de quienes utilizan auxiliares de locomoción, como sillas de ruedas, muletas, bastones y andadores.
Los espacios de acceso para peatones necesitan estar organizados de manera que no dificulten o impidan la circulación en el trayecto casa/institución de salud. Los rebajes en las aceras deben localizarse en las esquinas, en bordillos de las calles y en los canteros que dividen las pistas, independiente de esos locales tener, o no, carriles peatonales o semáforos, pues la falta de ellos pone en riesgo la integridad física de las personas y dificulta la movilidad de las personas con discapacidad.
El SIA debe indicar la accesibilidad a los servicios que no poseen barreras arquitectónicas, identificando espacios, edificaciones, mobiliarios y equipamientos urbanos donde existen elementos accesibles o utilizables por personas con discapacidad o con movilidad reducida. Esta señalización debe ser fijada en lugar visible al público, siendo utilizada principalmente en las entradas, áreas y plazas de estacionamiento de vehículos, áreas accesibles de embarque/desembarque y sanitarios.
¿Cuál es la Importancia de la señalización?
Acceso al Interior del Edificio y Mobiliario
Según los hallazgos, el acceso al interior del edificio en dos hospitales se realiza a través de escaleras y rampa de acceso; uno, a través de elevadores; y el otro por medio de ambos accesos. En las cuatro instituciones, las puertas de las áreas de circulación poseen un ancho mínimo de 0,8m; el piso posee una superficie regular, estable, firme y antideslizante, y las áreas de circulación colectiva poseen un ancho mínimo de 1,2m. Sin embargo, en una de esas instituciones, esas áreas de circulación no están libres de obstáculos, como recomienda la norma.
En cuanto a las rampas, en las cuatro instituciones los pisos son antideslizantes, pero no poseen acabado diferenciado en el inicio y término de la rampa; y solo en un hospital hay pasamanos a ambos lados de la rampa. Las escaleras fijas, por su parte, cumplen lo recomendado por la norma.
De las instituciones que poseen elevadores, todos están situados en locales accesibles; poseen cabinas con dimensión mínima de 1,1m de ancho por 1,4m de largo; las puertas tienen espacio libre de 0,8m; hay pasamanos en la parte interna y posterior de la cabina y están dotados de botoneras las cuales son instaladas a una altura entre 0,8 y 1,2m.
Equipamientos como escaleras, rampas y elevadores debidamente señalizados son importantes en el acceso de las personas que presentan dificultades de locomoción. Sin embargo, lo que se percibe es que las edificaciones, los servicios, los profesionales y las organizaciones de salud son excluyentes, principalmente por no cumplir la legislación en vigor. Esta exclusión, objeto de debates, es considerada un fenómeno social, económico e institucional, de forma que las desigualdades en la sociedad brasileña se tornan incompatibles con la democratización.
En relación al mobiliario, en las cuatro instituciones los mostradores y escritorios tienen, en su parte superior, la altura de 0,8m del piso; solo en un hospital, los lavabos están instalados a una altura superior a 0,9m. Solo una institución tiene teléfono público instalado en sus dependencias, pero se encuentra a una altura superior a 1,0m, cuando la norma determina que la altura debe estar comprendida entre 0,8m y 1,2m.
Desafíos y la Necesidad de Políticas de Inclusión
A pesar de la existencia de normas que disponen los derechos de las personas con discapacidad, como la accesibilidad a las instituciones, no se ha superado la problemática sobre cómo y qué hacer para garantizar estos derechos. Se presentan fallas en el proceso de materialización para garantizar todos estos derechos de manera efectiva.
La problemática de la accesibilidad va más allá de la simple consagración normativa y el análisis de las relaciones entre discapacidad y la accesibilidad a la atención en salud es fundamental. Para avanzar en esta línea, es necesario contemplar los itinerarios terapéuticos de las personas con discapacidad y los marcos interpretativos de las acciones y políticas impulsadas en el tema.
Se debe promover políticas acordes al enfoque de derechos de la Convención Internacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad. Con esto se pretende llegar a las instituciones gubernamentales para que den seguimiento a las políticas públicas y favorezcan la estabilidad de las personas con discapacidad, garantizando su seguridad, autonomía y bienestar.
Por lo tanto, se sugiere que las instituciones de salud se adapten a las mejoras en materia de accesibilidad para que las personas con discapacidad física puedan ejercer sus derechos como ciudadanos, garantizando la seguridad, la autonomía y el bienestar.
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