El debate sobre el aborto es complejo y multifacético, abarcando desde aspectos éticos y morales hasta conflictos jurídicos, sociales y culturales. En este contexto, ha surgido una discusión menos explorada pero igualmente profunda: la del aborto masculino o la posibilidad de que los hombres puedan renunciar a sus obligaciones parentales sobre un hijo no deseado. Este concepto plantea interrogantes sobre la simetría de derechos y responsabilidades en la reproducción, contrastando con la autonomía reproductiva de la mujer.

Antecedentes Históricos de la Paternidad y su Negación
La discusión sobre la responsabilidad paterna no es nueva. En el siglo XIX, el Código Civil y la ley de Matrimonio Civil en Chile prohibieron la investigación de paternidad. Durante más de 100 años, hasta la Ley de Filiación de 1998, esta legislación permitió a los hombres desentenderse de los hijos que procrearan fuera del matrimonio. Se estima que, a fines del siglo XIX, uno de cada tres niños se encontraba en esta situación. Los legisladores de la época, mayoritariamente masculinos, argumentaban que buscaban proteger el honor del padre, estableciendo de facto un "aborto paterno" que legalmente amparaba la decisión de no reconocer a los hijos nacidos fuera del matrimonio.
El Surgimiento del Concepto de "Aborto Masculino" o "Aborto de Papel"
En países donde el aborto es legal, el debate sobre la participación masculina en estas decisiones ha evolucionado. La idea del "aborto masculino" plantea el derecho de un padre a "abortar" sus obligaciones sobre un hijo no deseado. Esta propuesta implica que, en caso de una concepción no deseada, la decisión sobre el nacimiento recae únicamente en la mujer, pero se busca una vía para que el hombre pueda renunciar a la paternidad. Un ejemplo claro fue la propuesta del Partido Liberal del Oeste de Suecia, que sugirió permitir a los hombres negarse a aceptar la responsabilidad de ser padres dentro de las primeras 18 semanas de embarazo, el mismo plazo que una mujer tiene para abortar en ese país.
Según los proponentes de esta idea, como el presidente de dicho partido, esto implicaría que un hombre renuncia a los derechos y a las obligaciones de la paternidad, promoviendo así la igualdad de géneros. Esta iniciativa, planteada por primera vez en Dinamarca en el año 2000, argumenta que desde una perspectiva igualitaria, mujeres y hombres deberían tener los mismos derechos ante la ley. Se sugiere que esta fórmula jurídica podría dar a las mujeres más libertad y disminuir la tasa de abortos, al evitar que los hombres presionen a las mujeres para abortar si ellas desean la maternidad.
Argumentos a Favor de la Elección Masculina
Los defensores del "aborto masculino" argumentan que, así como las mujeres pueden elegir si desean tener un hijo o no, los hombres también deberían poder elegir si asumir la paternidad o no. Permitir que los hombres tengan la oportunidad de renunciar a la responsabilidad económica, social y legal de un feto durante los primeros tres meses de embarazo, daría a hombres y mujeres una igualdad de oportunidades lo más cercana posible.
Dalton Conley, decano de la Facultad de Sociología de la Universidad de Nueva York, expresó en un artículo de 2005 en The New York Times, "A Man's Right to Choose", que "si queremos hacer relevante el papel de los padres, también necesitan derechos". Él planteó que un hombre está en desventaja si la mujer con quien mantuvo relaciones sexuales consensuadas desea interrumpir su embarazo voluntariamente. "Cuando hombres y mujeres se involucran en relaciones sexuales, ambas partes reconocen el potencial de crear vida. Si los dos participan de manera voluntaria, ¿no deberían tener ambos algo que decir en la posibilidad de tener el bebé resultante?", se preguntó Conley.
¿Por qué existe aún desigualdad entre hombres y mujeres? EP8: El desafío de la Igualdad
La Perspectiva Femenina y la Autonomía Reproductiva
Frente a estos planteamientos, la postura dominante en la legislación y los derechos reproductivos reconoce la primacía de la decisión de la mujer, basándose en la realidad biológica del embarazo. La Corte Internacional de Derechos Humanos establece que el derecho a decidir el número e intervalo de hijos, conocido como el derecho a la autonomía reproductiva, está explícitamente reconocido en el artículo 16 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
Según Lieta Vivaldi, académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Alberto Hurtado, si el aborto fuese una opción legal, la decisión de continuar o no con un embarazo corresponde exclusivamente a la mujer. Ella explica que "el hombre tiene solo que apoyar cualquier decisión que la mujer tome y considerar que la autonomía de la mujer debe primar porque es su cuerpo. Por eso se debería respetar la autonomía reproductiva de la mujer para tomar decisiones sobre su cuerpo, y ahí no corresponde al hombre la decisión final". Además, Mónica Roa, directora de Women’s Link Worldwide, señala que "la que corre con todos los gastos biológicos y fisiológicos del embarazo es la mujer. Por esa razón, jurídicamente no se puede condicionar la decisión de abortar o no a lo que opine el hombre".
María Ignacia Veas, psicóloga clínica experta en género, subraya que "el derecho a decidir los hombres ya lo han conquistado y lo ejercen a diario. Las mujeres, en cambio, aún no logramos vivir libremente nuestros derechos sexuales y reproductivos". Ella enfatiza que, aunque un hombre quiera tener un hijo y la mujer no, es ella quien toma la decisión porque es quien gesta en su cuerpo. "Si ambos pudiéramos engendrar, sería distinto, pero no puedo someter a un cuerpo a algo que no quiere, porque ese cuerpo siempre va a estar encarnado en un sujeto". También destaca cómo los estereotipos de género castigan más a las mujeres que deciden dejar a un hijo, lo que les resta libertad en su decisión.
En el caso emblemático de Loreto Correa, quien decidió tener a su hijo a pesar de que el padre le exigía abortar, los comentarios en el debate que se abrió apelaban a la irresponsabilidad del hombre, sugiriendo que "si no quería tener hijos ¿por qué no se hizo la vasectomía para irse a la segura?".
Desafíos Legales y el Interés Superior del Niño
La oposición al "aborto de papel" a menudo se basa en que se ve como una excusa para que los hombres eludan sus responsabilidades como padres. Los críticos argumentan que los hombres deberían usar métodos anticonceptivos o practicar la abstinencia si quieren evitar las responsabilidades financieras y personales de la paternidad. Además, se destaca una diferencia fundamental: el aborto de papel es distinto del aborto femenino, ya que las mujeres siempre se ven obligadas a mantener a sus hijos, aun cuando no hayan deseado tenerlos.
El principal argumento en contra del "aborto masculino" es que el interés superior del niño debe estar por encima de cualquier otro derecho. La abogada Luisa Martínez Cabalin explica que el reconocimiento de un hijo es un acto voluntario, pero si no hay reconocimiento, la madre puede demandar la reclamación de paternidad. La decisión del hombre "tampoco vale, ya que si una mujer decide tener a una hija o hijo, aunque el padre no estuviera de acuerdo con esa decisión, ella tiene el derecho de demandarlo a través de la reclamación de paternidad". Esto se debe a que prevalece el interés superior del niño de tener una filiación determinada.
En el ámbito jurídico, si bien el que está por nacer no es considerado jurídicamente persona, el legislador tiene el deber de velar por su vida. Así lo señala el Código Civil chileno, que ordena al juez tomar las providencias necesarias para proteger la vida del que está por nacer. No es comparable el estatus de un feto no nacido con el de un niño que ya llegó al mundo. Un niño es un sujeto independiente de la madre y del padre y, por tanto, el no hacerse cargo de él o el no pago de una eventual pensión de alimentos redunda en una vulneración de los derechos de ese niño.
La idea de un supuesto derecho de disposición que tendría la madre respecto de su cuerpo también es cuestionada. La vida no es un bien jurídico disponible, ni siquiera para el propio detentador, por lo que difícilmente podría serlo para un tercero respecto de la vida ajena. Esto se evidencia en materia penal (auxilio al suicidio) o en lesiones (no se permite el consentimiento del afectado como causal de justificación).
Casos Relevantes y el Futuro del Debate
En Uruguay, en 2017, un fallo judicial inédito prohibió a una mujer abortar, después de que su expareja presentara un recurso de amparo alegando estar dispuesto a hacerse cargo del hijo solo y tener los medios económicos para ello. La magistrada consideró que no se había cumplido un requisito de la ley que exige registrar "circunstancias derivadas de las condiciones en las que ha sobrevenido la concepción, situaciones de penuria económica, sociales, familiares o etarias que a su criterio le impidan continuar con el embarazo". Aunque la decisión no validó un derecho del padre a decidir sobre el aborto, sí generó un debate sobre la posible consideración del futuro padre como sujeto de derecho en este tema.
A nivel internacional, el "aborto de papel" no ha prosperado en las legislaciones, aunque encuestas en Dinamarca han mostrado un apoyo significativo de la población (alrededor del 70% en 2014) e incluso de algunos grupos feministas. Sin embargo, las mayorías legislativas se han opuesto, reforzando la idea de que la discusión sobre la participación de los hombres en decisiones reproductivas no debe desviar el foco de los derechos de las mujeres. Mientras el embarazo siga ocurriendo en sus cuerpos y con las consecuencias que eso implica -físicas, emocionales, económicas y sociales-, cualquier intento de simetría debe ser observado con cautela, ya que no se trata de quién quiere ser padre, sino de quién puede, quiere y debe transitar un embarazo.