Los adultos mayores en Chile tienen acceso a diversos programas y beneficios diseñados para mejorar su calidad de vida, promover su participación social y brindar apoyo en distintas áreas. Estos programas abarcan desde iniciativas de turismo hasta apoyos para personas cuidadoras y acceso preferente a servicios públicos.
Programa Vacaciones Tercera Edad
El programa Vacaciones Tercera Edad permite a las personas mayores recorrer Chile de norte a sur y de mar a cordillera. Este programa está disponible para ciudadanos chilenos o extranjeros mayores de 18 años con cédula de identidad chilena que estén jubilados, pensionados o montepiados de cualquier sistema previsional. También pueden acceder ciudadanos chilenos o extranjeros mayores de 18 años con cédula de identidad chilena que presenten una situación de discapacidad. Estas personas podrán viajar individualmente o acompañadas por una persona que les facilite el acceso a todas las actividades del viaje y del diario vivir.
El programa ha desarrollado tres alternativas para satisfacer las necesidades de la industria turística y de las personas mayores:
- Clásico: "¡Con Vacaciones Tercera Edad, descubrirás que los clásicos nunca pasan de moda!"
- Escapadas: Son paquetes turísticos desarrollados dentro de la región de origen o contiguas, en formato todo incluido para personas mayores de 60 años.
Existen cupos regulares para las modalidades Clásico y Escapadas. Este tipo de paquetes turísticos son comercializados directamente a través de agencias de viajes participantes del programa. Para acceder a ellos, las personas interesadas deben dirigirse a las agencias de viajes que comercializan el programa. Sernatur trabaja para brindar una experiencia de viaje inolvidable a todas las personas interesadas en este programa.

Programa Vínculos: Apoyo y Participación Social
El programa Vínculos forma parte de las políticas públicas orientadas a las personas adultas mayores del país, promoviendo el ejercicio de sus derechos y su participación activa en redes, reforzando la valorización de esta etapa de su vida. Su objetivo es la generación de condiciones que permitan a los adultos mayores alcanzar mejores condiciones de vida mediante el acceso a prestaciones sociales e integración a la red comunitaria de promoción y protección social, promoviendo su autonomía y participación social. El programa consiste en brindar apoyo especializado a personas adultas mayores.
Como todos los programas de Chile Seguridades y Oportunidades, Vínculos no es un programa al que se postule, sino al que se invita a participar. Para este efecto, en el caso de aquellos adultos mayores que cumplan con los requisitos del programa, un/a profesional de la Secretaría Regional Ministerial de Desarrollo Social o un monitor comunitario de su Municipalidad, concurrirá a su domicilio para contactarlos e invitarles a participar.
Adultos Mayores (Programa Vínculos)
Registro y Credencial de Persona Cuidadora
Es un beneficio diseñado para reconocer a las personas que dedican su tiempo a labores de cuidado no remunerado. Son personas mayores de 18 años que entregan asistencia permanente sin remuneración a personas con discapacidad, dependencia funcional moderada o severa, también a personas con necesidades educativas especiales permanentes que forman parte del Programa de Integración Escolar (PIE), o personas que están matriculadas en un establecimiento de educación especial.
Tipos de Cuidadores
- Persona cuidadora principal: Quienes destinan el mayor número de horas al día a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados.
- Persona cuidadora secundaria: Quienes destinan menos horas al día, en relación con la cuidadora principal, a entregar asistencia de cuidados o apoyo permanente a personas que requieren cuidados.
Cómo Obtener la Credencial de Persona Cuidadora
- Registro Social de Hogares (RSH): Para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial, debes ingresar a tu Registro Social de Hogares a través de la Ventanilla Única Social (VUS) y completar el módulo de Cuidados.
- Ingreso de Información: La información que ingreses al Registro Social de Hogares a través del trámite de complemento por cuidados es autorreportada y se validará con los registros administrativos disponibles para comprobar que eres una persona cuidadora. No es necesario ir a una notaría para acreditar la calidad de persona cuidadora.
- Requisitos para la Persona Cuidadora:
- La persona cuidadora y quien requiera cuidados deben tener Registro Social de Hogares (RSH).
- Si la persona cuidadora tiene ingresos asociados a pensión o por actividades distintas a la labor de cuidados, puede acceder a la credencial. En cambio, si recibe ingresos por las labores de cuidados, no puede acceder a la credencial, ya que su objetivo es identificar y visibilizar a las personas cuidadoras que no reciben un pago por ello.
- No se considera el tramo del Registro Social de Hogares para ser reconocida como persona cuidadora y obtener la credencial. La actualización de esta información en el Registro tampoco afecta la calificación socioeconómica o tramo.
- Requisitos para la Persona que Requiere Cuidados: Es necesario que la persona que requiere cuidados se encuentre en alguno de estos registros administrativos:
- Registro Nacional de Discapacidad.
- Programa de Integración Escolar (PIE) permanente.
- Matrícula en establecimiento educacional especial.
- Dependencia moderada, severa o profunda en el módulo de salud del Registro Social de Hogares.
- Actualización del Módulo Salud: Si la persona que requiere cuidados no está en los registros administrativos que reconocen discapacidad, dependencia moderada o severa o necesidades educativas especiales, se debe actualizar el módulo salud del Registro Social de Hogares en el sitio web www.ventanillaunicasocial.gob.cl, donde se puede consultar una guía paso a paso. Si no existe registro, no se podrá validar la situación de dependencia o discapacidad y no se podrá acceder a la credencial.
- Evaluación de Necesidades Educativas Especiales: La evaluación para determinar las necesidades educativas especiales es realizada por los centros educativos y la información es entregada por el Ministerio de Educación al Ministerio de Desarrollo Social y Familia.
- Múltiples Cuidados: Sí, se debe realizar una solicitud por cada persona que se cuida. Actualmente, se pueden ingresar tres personas por cada persona cuidadora.
- Vínculo Familiar: No es necesario tener vínculo familiar ni de consanguinidad con la persona que requiere cuidados.

Beneficios de la Credencial de Persona Cuidadora
La credencial entrega acceso preferente a sucursales y oficinas de diversas instituciones públicas, lo que facilita la realización de trámites y gestiones. Algunas de estas instituciones incluyen:
- FONASA (Fondo Nacional de Salud)
- BancoEstado
- SERVIU (Servicio de Vivienda y Urbanismo)
- SENAMA (Servicio Nacional del Adulto Mayor)
- ChileAtiende - IPS
- Registro Civil e Identificación
- SENADIS (Servicio Nacional de la Discapacidad)
- DICREP (Dirección General del Crédito Prendario)
- Correos de Chile
- Oficinas del Registro Social de Hogares en Municipalidades
- SENCE (Servicio Nacional de Capacitación y Empleo)
- SERNAC (Servicio Nacional del Consumidor)
- Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
- Tesorería General de la República
- FOSIS
Descarga de la Credencial
Una vez disponible la credencial de persona cuidadora, se puede descargar en su versión digital o solicitar la credencial física accediendo al Registro Social de Hogares en www.ventanillaunicasocial.gob.cl. El botón de solicitud de credencial física estará junto al botón de descarga de cartola RSH y de credencial digital de persona cuidadora.
Si se está registrada como persona cuidadora principal y secundaria de personas distintas, en la plataforma se encontrará solo una credencial que la reconocerá como cuidadora principal.
Solicitud de Cartola Hogar
La Cartola Hogar se podrá solicitar a través de un ejecutor (Municipio u oficinas ChileAtiende), presentando un poder legalizado ante notario. En este documento debe quedar explícita la voluntad de la persona mandante para que otro en su nombre y representación pueda realizar la solicitud. El documento notarial tiene una vigencia máxima de 6 meses desde la fecha de emisión.