El Caso de Yancarla y las Fallas Profundas del Sistema Sename en Chile

La historia de Yancarla Muñoz Díaz, una niña que falleció a los 16 años tras años de deambular por el Servicio Nacional de Menores (Sename) sin recibir la atención adecuada, se ha convertido en un símbolo de las profundas deficiencias y vulneraciones que enfrentan los niños, niñas y adolescentes bajo la tutela del Estado chileno. Su caso, junto con el de muchos otros, ha puesto en evidencia un sistema de protección infantil marcado por abusos, negligencia y la incapacidad de garantizar los derechos fundamentales de los más vulnerables.

Un Sistema Bajo Escrutinio: Abusos, Muertes y Negligencia en el Sename

La repartición entregó información en respuesta a un oficio de la diputada Karla Rubilar, quien solicitaría en la comisión investigadora que el Sename incluyera los antecedentes en la instancia. Según la información oficial entregada por el servicio, entre 2014 y 2016 se registraron un total de 283 denuncias por abusos sexuales en los diferentes centros del Sename. De ellos, 79 ocurrieron en residencias de administración directa del Estado, mientras que 179 sucedieron en organismos colaboradores, es decir, administrados por privados. "Al triste récord de una gran cantidad de niños y niñas fallecidas en manos del Sename ahora le sumamos más de 280 niños que denuncian haber sido abusados sexualmente", señaló la diputada.

Casos como los de Yancarla, James Gaete, Daniela Vargas (que no fue trasplantada por su precaria situación social), Lissette Villa y Benjamín Morales son mencionados por la Fundación Sofini como ejemplos que se suman a la larga lista de tragedias que evidencian la vulnerabilidad de los menores bajo la custodia del Sename.

El Trágico Recorrido de Yancarla Muñoz Díaz

El fiscal Marcos Emilfork, a cargo de investigar las muertes ocurridas en centros del Sename en la última década, abrió una nueva línea indagatoria, aceptando el caso de Yancarla Muñoz Díaz, fallecida a los 16 años el 30 de junio de 2012, ocho días después de dejar el Centro de Diagnóstico y Tránsito de Pudahuel. Se argumentó que, pese a no haber muerto dentro del Sename, la revisión de su historial mostraba que la mala experiencia vivida por ella en esa institución se vinculaba con su muerte.

Desde los 11 a los 16 años, Yancarla deambuló en el Sename, de centro en centro, sin recibir jamás atención adecuada. La historia de Yancarla fue difundida por primera vez por CIPER en 2010 (identificada solo con la inicial G) cuando la niña aún estaba viva. En esos momentos, sus necesidades de tratamiento (le hicieron tres trasplantes del hígado y padecía una profunda depresión) ya habían desbordado las posibilidades de atención del Sename. La nota describía: “G. ha ingerido hasta veneno para ratas. También se ha cortado las venas. Y cada vez que puede huye de los hogares donde ha sido internada. Ya en la calle, tiene sexo con desconocidos y se droga”.

La jueza que siguió su historia desde que llegó al tribunal a sus 11 años, dijo que "G. tiene los ojos más tristes que haya visto en una niña". Sobre la falta de atención adecuada para Yancarla, el reportaje consignaba: “La jueza y todos los especialistas por los que ha pasado en estos años G., saben que lo que ella requiere, y con urgencia, es un centro psiquiátrico donde pueda, además de curar su depresión, recibir atención para su hígado. Pero algo así no existe en el sistema público.”

La parte final de esta historia fue publicada en otro reportaje de CIPER en 2013, casi un año después de la muerte de Yancarla. Allí se constató que la falta de acceso a tratamiento adecuado continuó hasta el final de sus días: “Las juezas debían ‘mendigar’ un cupo en hogares que, a medida que ella caía más hondo, eran más incapaces de contenerla (…) Yancarla pasó por una veintena de magistrados, los cuales dictaron un sinfín de medidas sin llegar a nada concreto”. El reportaje daba cuenta también que esta historia fue puesta en conocimiento del entonces ministro de Justicia, Felipe Bulnes, junto con otra veintena de casos de niños en muy malas condiciones cuyas necesidades excedían los recursos con que contaban las instituciones a las que iban a parar. A medida que pasaban los años Yancarla se volvía "más incontrolable, algunos operadores opinaban que solo cuando muriera, el sistema reaccionaría y cambiaría en algo". Yancarla murió el 30 de junio de 2012, en Purén, a los 16 años, y "nunca vio ni un solo cambio en su situación".

Una jueza de familia que conoció su caso indirectamente, recordó a Yancarla en una columna, pues cree que ella "resume la historia de tantos niños a quienes el Estado no ha sido -y no es- capaz de brindar protección real". Yancarla ingresó a un hogar de la red Sename con un cuadro de vulneración más bien moderado, pero "con el pasar de los años su diagnóstico se fue agudizando hasta convertirse en crónico, a la par que los organismos encargados de protegerla no lograban encontrar solución a sus problemas". Fue separada de su familia y desarraigada de su lugar de nacimiento. Le hicieron tres trasplantes de hígado y "nunca pudo ser reinsertada en una familia que le brindara afecto".

Casos Emblema de la Crisis en el Sename

Esquema: Ruta de atención y obstáculos en casos de alta complejidad en el Sename

James Gaete Tamayo: Discriminación y Negligencia Médica

James Gaete Tamayo es otro de los casos emblemáticos. Según el informe del Sename, fue uno de los 18 niños que murió en la Casa Nacional del Niño. Ana María Tamayo, su madre, recordó perfectamente su situación, narrando que "la directora de la Casa Nacional me señaló que al niño no lo dejaban de candidato para trasplante". Aunque la directora regional María José Montero "realizó muchas gestiones con el Hospital Calvo Mackenna para que quedara como candidato, no había respuesta". "Si un niño o niña está en el Sename es susceptible de ser discriminado incluso ante la salud pública", explicó.

Apenas James nació, sus padres supieron que el futuro sería clínico debido a problemas en el hígado. Para su recuperación, el Juzgado de Familia de Antofagasta impuso a los padres la condición de dejar las drogas. La intervención fue a destiempo y no provocó su mejoría, siendo un trasplante de hígado la única esperanza. Meses más tarde, en una querella por la muerte del pequeño, sus padres dirían que el médico tratante les dijo que la operación no había funcionado porque "se había hecho demasiado tarde".

Mientras el niño se quedaba en un hogar del Sename, el 7 de junio de 2015, recibió el hígado que necesitaba, pero sus padres "se tuvieron que esforzar por que lo enlistaran". Paralelamente, Ana María y su esposo, Jaime, intentaban dejar las drogas para recuperar a sus cuatro hijos. Fue el mismo Sename el que contrató los cuidados de una empresa externa, Home Quality Care (HQC), para darle los cuidados diarios a James.

Sus padres contarían en la querella que todos los días martes James era trasladado a sus controles médicos con la doctora tratante Bessie Hunter. La doctora fue "categórica en señalarnos que ella no estaba dispuesta a perder otro órgano en nuestro hijo, porque nosotros no teníamos las condiciones para cuidarlo". Después de dos semanas internado en la UCI del hospital, el 29 de junio del año pasado, James murió. El 13 de julio de 2016, Ana María y Jaime, ayudados por la Corporación Sofini, intentaron perseguir responsables por medio de una querella.

En septiembre del año pasado, la doctora Hunter efectuó una declaración voluntaria donde explicó que le resultaba "extraño que un paciente inmunosuprimido, tal como otros pacientes que había atendido, haya tenido tantas hospitalizaciones por cuadros agudos". La especialista también dejó en claro que nunca los trató mal por ser drogadictos ni fue despectiva con ellos o sus cuidadores, aunque sí señaló que a James "nunca se le hubiese practicado un trasplante si no hubiera existido una orden del Tribunal de Familia", porque no reunía las condiciones “socioculturales de su familia para otorgarle un tratamiento y cuidado de tan alto riesgo como es un trasplante hepático”.

Ana María y su esposo llevan ya más de un año sin consumir drogas, pero la enfermedad y muerte de su hijo James les dejó en claro que "para el sistema era importante recalcar su condición de padres drogadictos". Rodrigo Paz, psiquiatra de la fundación Sofini, les ayudó a seguir adelante, incluso con una denuncia por la “Ley Zamudio” porque "las fichas y los boletines señalaban como si fuera una condición inmanente del niño el que sus padres fueran drogadictos".

Lissette Villa: Muerte por Sofocación en un Centro del Sename

Durante esta jornada se formalizará a los 8 imputados por la muerte de Lissette Villa

A cinco años de su fallecimiento, el 11 de abril de 2016, comenzó el juicio por la muerte de Lissette Villa, una menor de 11 años que murió al interior del centro Cread Galvarino del Sename. El Ministerio Público ha formalizado a cuatro funcionarias del centro. A dos de ellas, Conne Fritz y Thiare Oyarce, quienes ese día estaban a cargo de los menores, se les acusa por apremios ilegítimos y la fiscalía pide siete años de cárcel. Las otras dos funcionarias son Jéssica Figueroa, coordinadora de turno, y Mónica Monje, ex directora del Cread Galvarino, a quienes se les acusa de no haber evitado la muerte de Lissette, pidiéndose 3 años y un día de presidio para ellas.

De acuerdo al Servicio Médico Legal, la menor murió por “asfixia por sofocación producto de compresión mecánica externa”. La investigación ha contado con expedientes de más de 9 mil páginas, 106 declaraciones de testigos, 135 oficios para recopilar información y más de 200 diligencias. En noviembre de 2019, el Cread Galvarino, ubicado en la comuna de Estación Central, fue cerrado y sus menores trasladados hasta otros hogares.

Durante la audiencia, la jueza Patricia Brundl Riumalló leyó la acusación del Ministerio Público, donde se señala que las cuidadoras actuaron en “represalia” a supuestos actos de desorden de la niña. En respuesta, Thiare Oyarce habría reducido a Villa sujetando sus extremidades inferiores, causándole lesiones. Por su parte, Conne Fritz, "quien la fecha de los hechos pesaba cerca de 90 kilos, se subió sobre la niña y con su cuerpo presionó fuertemente la espalda y tórax de Lissette contra el suelo. Con sus manos le sujetaba sus extremidades superiores para mantenerla inmovilizada”.

Las cuidadoras continuaron ejecutando estas acciones incluso cuando Lissette “les gritaba que la soltaran. Que se iba a portar bien, que se estaba ahogando y que quería orinar. No obstante, aún percatándose de la situación de sufrimiento de la niña, las acusadas no la soltaron, se mofaron y persistieron en su actuar durante varios minutos, conducta imprudente que las acusadas mantuvieron hasta que la niña dejó de moverse, falleciendo”. La fiscal Erika Vargas detalló que la investigación identificó seis casos, incluido el de Lissette Villa, donde niños sufrieron apremios ilegítimos entre 2015 y 2016 en ese mismo centro del Sename, acusando a otros cuatro funcionarios.

Sergio Micco, director del Instituto de Derechos Humanos, se refirió al inicio del juicio, valorando que "gracias a esta investigación se avanzó en el proceso legal y administrativo de dos cuestiones positivas: la separación del área de protección de los niños del área de responsabilidad penal adolescente, proceso que aún está en curso. En segundo lugar, los Cread han sido paulatinamente reemplazados por residencias familiares". Micco afirmó: "Han pasado cinco años y estamos cada vez más cerca de alcanzar la verdad y justicia para Lissette Villa y su familia, pero aún debemos avanzar en la reparación y en contención de garantías de no repetición”.

Benjamín Morales: La Fatal Consecuencia de Evaluaciones Deficientes

El caso de Benjamín Morales, un niño de tres años que murió el 20 de julio de 2009, tres días después de que su madre lo golpeara hasta fracturarle el cráneo, también ilustra las fallas del sistema. Su muerte se vincula a los problemas de la red Sename, pues fue una institución dependiente de esta entidad pública la que estimó que Benjamín, que había sido separado de su familia por malos tratos, podía volver con su madre.

El crimen de Benjamín Morales fue reportado por CIPER en 2010. Había sido abusado por la pareja de su abuela y abandonado en el Sename junto a sus hermanos por su madre. Su padre estaba preso por robo. En 2008 el padre recuperó la libertad y junto a la madre comenzaron a visitar a sus hijos. Una institución colaboradora, la Corporación Chasqui, trabajó con la madre para potenciar sus habilidades parentales, avalando su regreso al hogar. Sin embargo, ninguna de las instituciones detectó la violencia a la que era sometido Benjamín, una agresión tan extrema que la doctora que lo recibió en urgencias lo graficó: "Es como si al niño le hubiera pasado un camión por encima".

El entonces ex director del Sename, Francisco Estrada, explicó a CIPER que la investigación interna reveló que la persona encargada de evaluar a la familia de Benjamín "no tenía los conocimientos necesarios". Estrada señaló que el Sename paga a organismos como Chasqui, "alrededor de $40 mil mensuales por niño atendido en este tipo de programas", lo que impide contar con "gente calificada, con postítulo, sino recién egresados". Una minuta del caso elaborada por el servicio consignó los errores más graves: ninguna institución estudió rigurosamente las causales iniciales de ingreso del menor (maltrato, negligencia y abuso sexual), ni se examinó la historia de vida de la madre. Además, "no queda claro quién sugirió al tribunal el egreso del niño con la familia y menos la profundidad técnica con que se tomó la decisión". La minuta también consigna la participación en esta tragedia de otra institución, la Corporación Opción.

La Controvertida Cifra de Fallecidos en el Sistema de Protección

Infografía: Cifras de muertes y denuncias por abusos en centros Sename (2005-2016)

La aparición de estos casos de Yancarla y Benjamín abre un espacio de incertidumbre respecto de las cifras de casos fatales informadas por el Sename. Si bien estas muertes no ocurrieron físicamente en recintos de la institución, puede argumentarse que sucedieron debido a malas decisiones o malos tratamientos brindados por el organismo o entidades de su dependencia. La incapacidad del Estado en esta materia ha quedado en evidencia en los últimos años, lo que ha llevado al Sename y a los tribunales a una compleja tarea de cuantificar cuántos niños están bajo protección y cuántos han muerto.

La información oficial del Sename, después de un par de enmiendas, es que en los últimos 11 años han muerto 1.313 personas, cifra que incluye adultos (atendidos, por ejemplo, en el Pequeño Cottolengo) y jóvenes en programas ambulatorios (un grupo amplio que incluye menores que pueden haber muerto en un accidente de tránsito). Yancarla, confirmó el propio Sename a CIPER, no está entre los 1.313 muertos, pues figura como egresada del sistema y el requerimiento de la investigación de la Fiscalía era la cifra de menores que al momento de fallecer estaban en centros de atención, justicia juvenil o programas ambulatorios. Por el mismo motivo, según explicó Francisco Estrada, Benjamín tampoco aparecía en esa lista. Sin embargo, la jefa de Comunicaciones del Sename, Ariella Olivares, envió una nota a CIPER en la que aseguró que Benjamín sí estaba en la nómina: "Aunque él no estaba en un centro (residencial), sí estaba en un programa ambulatorio, por lo tanto está incluido en el informe entregado al Ministerio Público. El egreso de un niño de una residencia o de un programa ambulatorio siempre es decisión de un tribunal de Familia y no es atribución de Sename ni de sus organismos colaboradores".

Rodrigo Paz, de la fundación Sofini, repara en un punto crucial: "Nunca hemos pensado que vamos a obtener justicia, por una razón muy simple: son muertes en custodia, en las cuales los responsables son funcionarios de los mismos órganos que investigan las muertes de esos niños”. La Fiscalía ha insistido en que dentro de su radio de acción para investigar solo están los casos en custodia y no aquellos ambulatorios. Paz dice que los casos de James y Daniela no son los únicos donde el Estado ha negado trasplantes a niños o les ha negado el cuidado postrasplante, y menciona la situación de Yancarla, "una niña que necesitó tres trasplantes y que también tenía una condición psiquiátrica de cuidado". El tercer trasplante solo fue posible después que el servicio de psiquiatría del Calvo Mackenna intercediera por ella, porque el problema de la niña era que abandonaba el tratamiento posterior.

Un Sistema que No Responde: Barreras para la Atención Especializada

Quienes forman parte del sistema de protección se enfrentan a menudo con niños que requieren un tipo de atención especializada que el aparato público no provee, y que sí se encuentra en el sistema privado. Por ejemplo, atenciones de salud urgentes que por la lista de espera de los servicios públicos ponen en riesgo la vida del niño, o una intervención psiquiátrica especializada en niños con perfil complejo cuando hay consumo de drogas y algún trastorno mental de base que exige internación especializada cuya oferta no existe. Normalmente los operadores del sistema asumen que solo cabe usar los recursos que hay, pero los jueces no pueden ofrecer una “ilusión de protección”. Su rol es hacer que los derechos de los niños se cumplan efectivamente.

Este dilema está permanentemente presente en el trabajo de todos los operadores del sistema. En 2012, un grupo de juezas recorrió Chile haciendo un diagnóstico sobre los niños en el sistema residencial y se reunió en mesas de trabajo con actores relevantes en materia de protección de la infancia, constatando la problemática. Quienes creen que el juez no debe ir más allá de la oferta existente, estiman que este carece de facultades expresas para hacerlo, limitándose a comunicar al director nacional de Sename la falta de oferta. En los hechos, esta facultad carece de desarrollo para forzar la creación de una oferta, lo que puede traducirse en que mes tras mes el juez constate, por ejemplo, que no hay psiquiatras en una región, sin que eso genere un cambio.

En el caso de Yancarla, ella debía estar en una residencia en que se le entregara atención psiquiátrica, psicológica, que se atendiera su recuperación tras los sucesivos trasplantes porque requería de cuidados estrictos; también necesitaba que su familia fuera incorporada a la intervención con el objeto de habilitarlos para recibir a su hija nuevamente. Es decir, un conjunto de prestaciones que el sistema público no brinda ni asegura. "Hoy sabemos a qué final conduce el conformarnos con los recursos que hay". Lo que sí sabemos, no es irrelevante desde el punto de vista de las políticas públicas: "sabemos que no hicimos todo lo que podríamos haber hecho, y que lo que los estándares internacionales nos exigen".

Incumplimiento de Deberes del Estado y Llamado a la Acción

El argumento de la falta de facultades judiciales parece débil cuando se toman en cuenta los deberes de prestación que tiene el Estado, y que se derivan de los compromisos que adquirió Chile al ratificar instrumentos de protección internacional. "Hoy Chile está incumpliendo sus deberes con la protección de los derechos humanos de los niños y niñas que están en este sistema". En esa misma línea, la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos viene recalcando desde hace tiempo y a través de casos emblemáticos que los Estados tienen deberes concretos para con los niños que se encuentran a su cuidado. Los jueces, desde esta perspectiva, tienen la potestad de hacer cumplir sus resoluciones, incluso utilizando medidas coercitivas en contra de quien niegue o retarde el cumplimiento de una resolución que imponga prestaciones a favor de un niño cuando la falta de atención puede poner en peligro su vida. Excepcionalmente se han conocido casos en que se ha decretado el arresto en contra de algún director de servicio por no cumplir con la creación de oferta específica. Sin embargo, se estima que "esa debe ser una solución de último recurso".

Este deber de protección especial aparece integrado también en el artículo 5° de la Constitución, cuando dispone que “El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.

Para cambiar esta situación es necesario, por supuesto, más recursos. Pero el énfasis es que se requiere también "asumir una decisión política clara en cuanto a la protección de los derechos de la infancia". Los niños separados de sus familias deben tener el mejor cuidado porque están bajo la tutela del Estado. Esta mirada debió estar presente en el proyecto de ley que establece las garantías de la infancia, por el que se ha esperado años, pero no lo está. Uno de los problemas de esa normativa es que "en más de diez ocasiones, con distintas redacciones, se expresa una fuerte limitación presupuestaria como límite para el aseguramiento de los derechos que esa futura norma quiere consagrar". Esto significa que el proyecto "solo tiene la apariencia de un estatuto de protección de derechos porque hace ilusoria toda garantía para hacerlos exigibles, al señalar que tal o cual derecho solo es reclamable en la medida que la disponibilidad presupuestaria lo permita".

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