Boletas de Honorarios para Adultos Mayores Jubilados en Chile: Guía Completa

Los adultos mayores jubilados que deciden seguir activos laboralmente emitiendo boletas de honorarios se encuentran sujetos a normativas específicas en Chile. Es fundamental comprender el sistema de cotizaciones obligatorias, los beneficios a los que pueden acceder, como la exención de contribuciones, y los procedimientos para la declaración de impuestos ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Cotizaciones Obligatorias para Trabajadores a Honorarios

El sistema de cotizaciones para trabajadores a honorarios garantiza acceso a prestaciones de seguridad social. El pago de estas cotizaciones se realiza de forma anual en la Declaración de Impuesto a la Renta ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) durante el mes de abril de cada año. Una vez pagadas, las cotizaciones entregan derecho a prestaciones futuras desde julio a junio del año siguiente.

infografía sobre el sistema de cotizaciones para honorarios en Chile

Período de Implementación Gradual y Opciones de Cobertura

Hasta el año 2028, la Ley se encuentra en un período de implementación gradual. Esto significa que, al momento de hacer la declaración anual de impuestos, los trabajadores pueden elegir si prefieren cotizar para obtener cobertura parcial o total en salud y pensiones.

Cobertura Total o Completa

Quienes opten por la Cobertura Total o Completa destinan el 100% de su retención de impuestos para el pago de cotizaciones. Así, por ejemplo, obtendrán el pago de las licencias médicas considerando el total de su renta y no verán mermados sus ingresos durante sus períodos de incapacidad laboral.

Impuestos: ¿Cobertura Parcial o Total? Descubre las Opciones y su Impacto

Cobertura Parcial

Por otra parte, con la Cobertura Parcial, los trabajadores a honorarios cotizan para pensiones y salud por una renta imponible menor, que varía año a año hasta 2028. En ese caso, las licencias médicas se entregan en base al porcentaje de la renta imponible por el cual se cotizó, es decir, en caso de tener licencia médica se genera una baja en los ingresos. En esta cobertura parcial, además, se podrá acceder a una parte de la devolución de las retenciones, pero disminuye la cobertura en salud. Para obtener más información y una referencia de lo que se tendría que pagar obligatoriamente, se puede acceder al simulador de cotización.

Tipos de Coberturas Sociales y Entidades Receptoras

Las cotizaciones obligatorias para trabajadores a honorarios incluyen diversas coberturas, pagaderas a distintas instituciones:

  • Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP): Este seguro cubre respecto de accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, incluyendo prestaciones preventivas, atención médica gratuita, rehabilitación, órdenes de reposo/licencias médicas, subsidios por incapacidad laboral, indemnizaciones, y pensiones de invalidez y de sobrevivencia. Se paga al Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o Mutual de empleadores, dependiendo de la afiliación.
  • Seguro de Acompañamiento de Niños y Niñas (Seguro SANNA): Permite al padre, madre o tutor legal acompañar y cuidar a sus hijos e hijas menores de edad que se encuentren en riesgo vital o con una condición grave de salud, para poder ausentarse justificadamente del trabajo por un tiempo determinado. Se paga al ISL o Mutual de empleadores, dependiendo de la adhesión.
  • Reconocimiento y autorización de cargas para Asignación Familiar y Maternal: Permite acceder a los beneficios de asignación familiar.
  • Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): Esta cotización se paga en la AFP donde el trabajador está afiliado.
  • Salud: Se paga a Fonasa o Isapre, según la afiliación.
  • Pensiones: Se paga en la AFP donde el trabajador se encuentra afiliado o afiliada. El pago de las cotizaciones para pensiones se realiza en el último lugar, por lo tanto, se cotiza solo lo que se alcanza a pagar con las retenciones anuales.

Casos Especiales y Topes Imponibles

Trabajadores Dependientes y a Honorarios

Quienes trabajen de manera dependiente y además emitan boletas de honorarios deberán cotizar mensualmente sobre su ingreso dependiente y de manera anual sobre los ingresos a honorarios. Ambas cotizaciones se suman siempre que se mantengan bajo el tope imponible. Si las cotizaciones superan el límite de cotización legal del 7% o el valor del plan de salud pactado con la ISAPRE, los excedentes serán devueltos por cada una de estas instituciones.

Cálculo de Cotizaciones con Tope Imponible

El cálculo de las cotizaciones se realizará considerando el 80% de los honorarios percibidos. Por ejemplo, los ingresos anuales imponibles de Rolando son de $9.000.000. Como ese monto es menor al tope imponible, Rolando cotizará por el total de sus ingresos imponibles por honorarios, es decir, por el 80%, que en este caso corresponde a $7.200.000. Si la suma de sus ingresos hubiese sido superior al tope imponible, cotizaría solo la diferencia.

En el caso de Catalina, sus ingresos anuales imponibles son de $32.000.000. Como ese monto es superior al tope imponible anual de $30.347.112 (979,2 UF al año), Catalina cotizará por la diferencia entre el tope imponible anual y la suma de sus ingresos por trabajo dependiente. Es decir, en este caso, por $30.347.112 (tope imponible anual) - $30.000.000 (ingresos anuales trabajo dependiente), resultando en $347.112.

Retención de Impuestos y Tasas

Desde el 1 de enero de 2026, la retención es de 15,25% cuando se emite una boleta de honorarios.

Beneficios para Adultos Mayores: Exención de Contribuciones

Los pensionados, entendidos como aquellos que actualmente no están activos laboralmente y tienen un beneficio de pensión de vejez por cumplir los requisitos para jubilarse, pueden acceder a la exención o rebaja del pago de contribuciones para bienes raíces. Para acceder a este beneficio, se deben cumplir los siguientes requisitos:

mapa conceptual de requisitos para la exención de contribuciones para adultos mayores
  • Si eres mujer, debes tener 60 años o más.
  • Si eres hombre, debes tener 65 años o más.
  • Tener una propiedad a tu nombre cuyo valor total no exceda los $225 millones de pesos. Esta propiedad debe ser destinada para vivir.
  • Si eres propietario de varios inmuebles, la suma de sus valores no debe ser mayor a los $300 millones de pesos.
  • La propiedad debe estar inscrita a tu nombre (si eres la persona beneficiaria) o en conjunto con tu cónyuge. En caso de que tu cónyuge haya fallecido, tus hijos/as pueden reemplazarle. Esto debe estar registrado en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
  • Para eximirte 100% del pago de contribuciones, debes tener ingresos anuales menores a 13,5 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

Si cumples con que la o las propiedades están a tu nombre y con el resto de requisitos, el acceso a este beneficio es de manera automática. Si la exención o la rebaja no se ha hecho efectiva en la boleta de pago, debes solicitar la aclaración en la oficina del Servicio de Impuestos Internos (SII) más cercana o en línea en la página web del SII.

Trámites y Rectificaciones ante el SII

Comprobante de Pago de Cotizaciones

Para obtener el comprobante de pago de cotizaciones, ingresa al sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) con tu Clave Tributaria o ClaveÚnica.

Presentación y Corrección de Declaración de Renta

  1. Ingresa al sitio web del SII, menú Renta, opción Declaración y corrección de Renta, desde la cual podrás presentar o corregir tu declaración de Renta.
  2. Si usted no efectuó Declaración de Renta estando obligado a hacerlo, será notificado para que concurra a la Unidad del SII correspondiente. Para regularizar esta situación, debe presentar su declaración anual de impuesto a la renta a través de Internet. Puede seguir las instrucciones contenidas en el sitio web del SII, menú Ayuda, opción ¿Cómo se hace para...?, sección Infracciones, Pago de giros y Condonaciones, donde se encuentra la guía paso a paso del trámite.
captura de pantalla del sitio web del SII para declaración de renta

Rectificación por Errores u Omisiones

Si la diferencia en tu declaración se produce por algún error u omisión, usted debe rectificar su declaración de renta.

Notificaciones por Diferencias de Impuesto

Respecto a las diferencias de Impuesto detectadas por el SII, estas se notifican mediante los documentos denominados Citación y Liquidación de impuestos. La Citación da cuenta de las observaciones que determina el SII a partir de los antecedentes que ha tenido a la vista y que el contribuyente puede desvirtuar. De no hacerlo, estas diferencias se consolidan en la Liquidación de impuestos, sin perjuicio del derecho a interponer reclamo.

Solicitud de Condonaciones y Plazos

La normativa general sobre Condonaciones dispone que se soliciten condonaciones de las multas e intereses que contienen los Giros de impuestos notificados por el Servicio de Impuestos Internos. El plazo para hacer la solicitud a la Tesorería y pagar giros de impuestos con condonación rige desde el primer día del mes subsiguiente al mes de emisión del giro y hasta el último día hábil del décimo primer mes siguiente al mes de emisión del giro.

Revisión de la Actuación Fiscalizadora

La solicitud de Revisión de la Actuación Fiscalizadora se efectúa independientemente a la presentación del reclamo, y este ya no se entenderá presentado en subsidio a la solicitud de revisión administrativa.

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