Guía para la Transferencia de Jubilaciones al Exterior

Realizar trámites previsionales desde el extranjero puede parecer complejo, pero existen mecanismos establecidos para facilitar este proceso a los ciudadanos chilenos residentes fuera del país, así como a extranjeros con rentas en Chile. Esta guía detalla los pasos, requisitos y consideraciones importantes para la transferencia de jubilaciones al exterior.

Trámites Previsionales para Chilenos en el Exterior

Los chilenos que viven en el exterior pueden gestionar sus trámites previsionales. Si usted es pensionado del Instituto de Previsión Social (IPS) y reside en el extranjero, debe realizar anualmente la certificación de supervivencia.

Certificación de Supervivencia

La certificación de supervivencia es un requisito fundamental. Puede acudir a una notaría para efectuar una Fe de Vida Notarial, documento que posteriormente se debe apostillar para que sea legalmente válido en Chile. Alternativamente, este trámite se puede realizar a través de la sucursal virtual de IPS, en su sitio web.

Modificación de Forma de Pago

Es posible modificar su forma de pago durante todo el año. Este trámite se puede realizar en el sitio de trámites del Ministerio de Relaciones Exteriores y en el consulado chileno correspondiente a su lugar de residencia.

Importante: Los beneficiarios residentes en Argentina y Suecia podrán prescindir de la presentación del certificado bancario y formulario de antecedentes bancarios, y solicitar el pago a través de la empresa Western Unión. Esta solicitud debe presentarla ante el consulado correspondiente o al momento de efectuar el trámite en línea.

Asistencia en Trámites Previsionales

El usuario puede solicitar a la red consular intervención sobre su trámite previsional de acuerdo a convenio cuando, transcurrido un plazo de seis meses, el organismo de enlace chileno no haya dado respuesta al requerimiento de su contraparte.

Esquema de flujo de trámites previsionales en el extranjero

Transferencia de Rentas al Exterior para Extranjeros

Las personas extranjeras que cuenten con rentas constantes derivadas de la explotación de bienes raíces o activos financieros pueden solicitar permiso para la transferencia de estas rentas al exterior.

Requisitos para la Solicitud

Para esta solicitud, se requerirá:

  • Certificado emitido por el organismo competente que dé cuenta de la titularidad del dominio del solicitante respecto del o los bienes de que se trate, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda.
  • Certificado emitido por el organismo competente que dé cuenta de la titularidad del dominio del solicitante respecto de los activos financieros, debidamente legalizado o apostillado, según corresponda.

Al momento de analizar su solicitud, el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG) puede pedir que los documentos presentados estén vigentes.

Procedimiento de Solicitud

Debe ingresar al sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores y completar el formulario. Es importante destacar que el trámite no tiene costo. Sin embargo, los costos asociados a cobros por transferencia internacional o cambios de moneda de cada entidad bancaria intermediaria (nacional o internacional) son de cargo del titular de la cuenta y pensión.

Guía para la declaración de impuestos por transferencia de dominio ( Compra-Venta)

Preguntas Frecuentes

¿Dónde realizar trámites previsionales si resido en el extranjero?

Debe realizarlo en Chile, directamente con el organismo previsional correspondiente. Debe consultar la posibilidad de delegar a un apoderado en Chile para que lo represente ante ese organismo. En el extranjero, debe dirigirse al organismo de enlace del país de residencia con el cual Chile suscribió el Convenio de Seguridad Social.

¿Es posible solicitar la Pensión Garantizada Universal (PGU) desde el extranjero?

No, ya que uno de los requisitos es acreditar residencia por 20 años en Chile (a partir de los 20 años de edad) y un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años anteriores a la fecha de postulación.

¿Los servicios consulares intervienen en el cobro de la pensión en el extranjero?

No, es de exclusiva responsabilidad del titular; los servicios consulares no intervienen.

¿Aún se puede solicitar el Aporte Familiar Permanente (ex Bono Marzo)?

Es un beneficio que fue pagado por única vez desde el año 2015, de acuerdo a la Ley N° 20.874, y se pagó a la gran mayoría de las personas que cumplían los requisitos. Actualmente, la solicitud se encuentra vigente únicamente para las personas que nunca han solicitado el beneficio y que cumplen los requisitos según lo establecido en esa Ley.

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