El sistema de pensiones en Chile ha experimentado importantes transformaciones a lo largo del tiempo, buscando asegurar una mayor cobertura y mejores montos para la población más vulnerable. Desde la Reforma Previsional de 2008 hasta la implementación de la Pensión Garantizada Universal (PGU) en 2022, el Estado ha jugado un rol crucial en el complemento de las jubilaciones.
Origen y Evolución del Pilar Solidario
La Reforma Previsional de 2008
El Pilar Solidario comenzó a operar con la Reforma Previsional de 2008, durante el primer gobierno de Michelle Bachelet, y se conoce como la “Reforma Previsional” de 2008 (Ley N° 20.255, del 17 de marzo de 2008). Esta reforma tuvo su origen en el Consejo Asesor Presidencial para la Reforma del Sistema Previsional, más conocido como Comisión Marcel, cuyo informe fue la base para la elaboración del proyecto por un comité interministerial. Allí se creó el Bono por Hijo, y también dos instrumentos para la población más vulnerable: la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS).
El Pilar Solidario fue destinado a incrementar las pensiones de las personas más vulnerables. La cobertura creció desde el 40% al 60% de la población de menores ingresos. La PBS beneficiaba a las personas que nunca cotizaron en una AFP, entregándose a aquellas personas que por diversas razones no tienen derecho a recibir una pensión tanto como titular o como beneficiario de pensión de sobrevivencia, pero que sí reúnen ciertos requisitos de edad, focalización socioeconómica y residencia señalados en la Ley N° 20.255 para acceder al beneficio. El APS era un complemento para quienes sí cotizaron alguna vez en una AFP, pero cuyas jubilaciones eran muy bajas. A las personas que tienen una pensión menor a la mínima en el sistema de AFP o en el sistema previsional antiguo, el Estado les aporta un complemento en dinero a través del Pilar Solidario.
Tanto la PBS como el APS tenían una versión de vejez (hombres y mujeres que cumplan 65 años con PBSV y APSV) y una versión para quienes deben jubilarse antes por invalidez (PBSI y APSI). El Pilar Solidario para los pensionados apuntaba a quienes no tenían derecho a jubilación en ningún régimen previsional (PBS) o quienes no tenían suficiente ahorro (APS). Quedaban excluidos los beneficiarios del sistema de las Fuerzas Armadas (Capredena) o de orden (Dipreca). La reforma previsional de 2008 tuvo un enfoque de género y el Pilar Solidario estableció el Bono por Hijo, que aumenta la pensión de las mujeres que han tenido al menos un hijo, tanto nacido vivo, adoptado o dado en adopción.
Instrumentos del Pilar Solidario
- Pensión Básica Solidaria (PBS) de Vejez e Invalidez: La PBS de vejez y de invalidez se entrega a aquellas personas que por diversas razones no tienen derecho a recibir una pensión tanto como titular o como beneficiario de pensión de sobrevivencia, pero que sí reúnen ciertos requisitos de edad, focalización socioeconómica y residencia señalados en la Ley N° 20.255 para acceder al beneficio. La Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) es un beneficio para personas que tienen entre 18 años y menos de 65 años y que, entre otros requisitos, hayan sido declaradas con invalidez por una Comisión Médica y no tengan derecho a pensión en algún régimen previsional, ya sea como titulares o beneficiarias de una pensión de sobrevivencia.
- Aporte Previsional Solidario (APS) de Vejez e Invalidez: Este beneficio monetario mensual, te permitía aumentar tu pensión si cumplías con los requisitos establecidos en la Ley N° 20.255. El Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) es un complemento monetario financiado completamente con recursos fiscales y se agrega a las pensiones autofinanciadas de las personas, es decir, aquellas pensiones que se generan sólo como resultado de las cotizaciones obligatorias que han realizado durante su vida laboral activa y la rentabilidad de esos fondos.
- Asignación por Muerte: Es un beneficio que busca reembolsar a quien ha pagado los gastos funerarios de una persona fallecida que fue pensionada del sistema previsional antiguo o beneficiaria del Pilar Solidario. Es importante tener presente que no habrá derecho al beneficio de cuota mortuoria cuando el Instituto de Previsión Social (IPS) o la AFP tenga conocimiento de que, en vida, la o el afiliado contrató y pagó, de manera anticipada, los servicios funerarios.
- Bono por Hijo nacido vivo: Es una forma de reconocer a las mujeres la maternidad, ya que muchas dejan el trabajo remunerado para dedicarse a la crianza de los hijos, generando una disminución de la capacidad para generar ahorros previsionales.
Administración del Pilar Solidario
El IPS (Instituto de Previsión Social) es la entidad pública a cargo de administrar el Sistema de Pensiones Solidarias. Las PBS y APS de invalidez se recibían hasta que la persona cumplía los 65 años de edad. A partir de entonces se transformaban en beneficiarios de PBS y APS Vejez, según el sistema que existía hasta inicios de 2022.

La Pensión Garantizada Universal (PGU)
Creación y Objetivos
A partir de febrero de 2022, durante el segundo gobierno de Sebastián Piñera, todo pasó a llamarse Pensión Garantizada Universal (PGU). En enero de 2022, al alero de la Ley N° 21.419, se creó la PGU, beneficio para las personas de 65 años y más, quienes, entre otros requisitos, se encuentren pensionadas o no, trabajando o no, y que integren un grupo familiar perteneciente al 90% de menores ingresos de la población total del país.
En enero de 2023, el Congreso aprobó una ley corta, la 21.538, que modificó la ley 21.419 para ampliar su cobertura a 70 mil nuevos beneficiarios. La PGU cubre hoy al 90% más vulnerable de la población sobre 65 años. Es importante tener presente que si bien la PGU no reemplazó los beneficios del Pilar Solidario de Invalidez, sí mejoró su cobertura y montos.
Las personas del sistema antiguo de cajas tenían derecho a APS y, ahora, a la PGU, en caso de que cumplan con los requisitos de edad, monto de pensión, vulnerabilidad y residencia.
Transición del APSV a PGU
Con la Reforma de Pensiones, desde septiembre de 2025 el IPS realiza reevaluaciones para calcular el valor de los beneficios y entregar la alternativa de mayor monto, según la edad que tengas. Si eres una persona beneficiaria de APSV y no recibes una pensión vitalicia, solicita la asesoría durante todo el año en una sucursal ChileAtiende.
Una vez que el IPS haya comparado tu actual pensión final (pensión base más complemento solidario) y la suma de pensiones recibidas, la Pensión Garantizada Universal (PGU) y el bono compensatorio (este último si te corresponde), te notificará si es más favorable que renuncies al APSV y solicites la PGU. El IPS tiene hasta el último día hábil de octubre de 2025, 2026 y 2027 (dependiendo de la edad que tengas) para notificarte que la PGU es más conveniente para que consideres la opción de renunciar al APSV.
Sin embargo, la Ley N° 21.419 estableció que a las pensionadas y los pensionados de AFP con Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) que recibían una pensión final garantizada mayor que la PGU, el Instituto de Previsión Social (IPS) les debía asignar el beneficio de mayor monto entre el valor de la PGU y el valor del APSV.
Tipos de PGU y Beneficiarios
Desde su implementación en 2022, se entregan dos tipos de PGU:
- No Contributiva: Para personas nunca afiliadas a un sistema previsional, similar a PBS.
- Contributiva: Para quienes cotizaron alguna vez o recibían pensión de sobrevivencia, similar a APS.

En 2022 hubo más de 1,7 millones de beneficiados por esa pensión. La mayoría (57%) entre los 65 y 75 años. En 2023 ya hubo cerca de 2 millones de afiliados que contaron con PGU. Del total de PGU, la No Contributiva representó al cierre de 2023 el 24% (470.941 beneficiados), y la PGU Contributiva, el 76% (1,5 millones de personas).
En 2023, el 68% de los beneficiarios hombres recibe una PGU contributiva, y se amplía al 81% si se considera la no contributiva. En el caso de las mujeres, un 58% se beneficia de la contributiva y un 24% de la no contributiva. Si nos centramos solo en esta última, casi tres de cada cuatro (72%) afiliados a PGU no contributiva son mujeres.
Montos y Reajustes de la PGU
Hasta enero de 2021, la PBS era de $176 mil. En febrero de 2022, la nueva PGU partió en $185 mil. A partir de febrero de 2025, el monto de la PGU será de $224.004 y se reajusta en forma anual según la variación del IPC.
Hablemos de Pensión: Pensión Garantizada Universal (PGU) | Capítulo 1
Exención de Cotización de Salud para Beneficiarios de PGU
Las personas beneficiarias de la Pensión Garantizada Universal (PGU) estarán exentas de la cotización obligatoria de salud y tendrán derecho a la correspondiente bonificación solo si integran un grupo familiar perteneciente a los cuatro primeros quintiles de la población de Chile, es decir, el 80% de la población de menores ingresos, conforme al instrumento técnico de focalización (1.876 puntos).
Regulaciones y Entidades Clave
Superintendencia de Pensiones
La Superintendencia de Pensiones es el organismo encargado de fiscalizar el sistema de pensiones en Chile. Cuenta con un Simulador de pensiones para que los afiliados puedan proyectar sus beneficios. Algunas regulaciones importantes incluyen:
- Ley N° 21.314, del 13 de abril de 2021: Establece nuevas exigencias de transparencia y refuerza las responsabilidades de los agentes de los mercados, regula la asesoría previsional, y otras materias que indica.
- Resolución Exenta N° 722, del 28 de marzo de 2022: Deja sin efecto las Resoluciones Exentas N° 802, N° 1.347 y N° 2.276, del 5 de noviembre de 2007, del 3 de octubre de 2008 y del 2 de diciembre de 2009, respectivamente, y aprueba el "Nuevo Procedimiento de Sanciones" asociado al proceso de "Sanciones y Cumplimiento" de la Superintendencia de Pensiones.
- Resolución Exenta N° 77, del 12 de julio de 2022: Fija Puntaje de Focalización Previsional a que se refiere el artículo 26 del Decreto Supremo N° 52, de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y la fórmula matemática de cálculo para obtenerlo.
Instituto de Previsión Social (IPS)
El IPS es la entidad pública a cargo de administrar el Sistema de Pensiones Solidarias. La persona que es beneficiaria de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) recibirá este beneficio hasta el último día del mes en que cumpla 65 años de edad.
Otros Beneficios y Conceptos Relevantes
Tipos de Pensiones en el Sistema Chileno
- Pensión de Vejez Anticipada (antes de los 60 o 65 años): La ley permite anticipar la pensión si el afiliado logra financiar una pensión igual o superior al 70% del promedio de las rentas imponibles de los últimos 10 años de trabajo, o que el monto de la pensión sea igual o superior al 80% de la pensión máxima con aporte solidario (PMAS) vigente a la fecha de la solicitud.
- Pensión de vejez anticipada por trabajos pesados: Es la pensión a la que tiene derecho el trabajador dependiente, regulados por la Ley N° 19.404, que ha desarrollado labores específicas consideradas como trabajos pesados, que le permiten obtener una pensión de vejez con una edad inferior a la exigida (menos de 65 años el hombre o menos de 60 años la mujer).
- Pensión de Invalidez: Derecho al que acceden aquellos trabajadores/as afiliados al Sistema, entre los 18 y 65 años, que no se encuentre pensionados por vejez. Para obtenerla deberán pasar una evaluación médica que los declare como discapacitados por la pérdida de al menos un 50% de sus capacidades físicas o mentales. El monto de la pensión de invalidez será financiado con los recursos previsionales ahorrados por el propio trabajador, junto con el aporte del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
- Pensión de Sobrevivencia: Es el beneficio al cual tienen derecho los componentes del grupo familiar del afiliado fallecido que cumplan los requisitos legales respectivos (cónyuge, madre o padre de hijos de filiación no matrimonial, hijos).
Incentivos al Ahorro y Cotización
- Beneficios tributarios del Pilar Voluntario: Cuenta con diversos mecanismos de ahorro, entre ellos el Ahorro Previsional Voluntario (APV). Mecanismo de ahorro adicional a las cotizaciones obligatorias para que un trabajador se jubile. Esto le permite al trabajador/a, dependiente o independiente, en forma individual o colectiva, aumentar sus fondos y contar con una mejor pensión al momento de su retiro.
- Subsidio a los Trabajadores/as Jóvenes: Dada la importancia que tienen las cotizaciones más tempranas en el monto de la Pensión futura, se crea un Subsidio que busca incentivar la formalidad (contratos de trabajo) de los trabajadores jóvenes (18- 35 años) y aumentar el monto de sus primeras cotizaciones previsionales.
- Seguro de Lagunas Previsionales: Contempla el pago de cotizaciones mientras se esté recibiendo el Seguro de Cesantía, con financiamiento de la Cuenta Individual, está disponible desde el 1 de mayo de 2025, según la ley.
Sistema de Cesantía
El Seguro de Cesantía se financia con el 3% de las remuneraciones imponibles de cada afiliado(a). Es un fondo común, propiedad de todos(as) los(as) afiliados(as) de AFC Chile. Es muy importante que, al momento de tramitar su Seguro de Cesantía, revise si cumple con los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario. Si cumple con los requisitos, solicite su Seguro de Cesantía en la Sucursal Virtual de afiliados.
Se habla de alta cesantía cuando la Tasa Nacional de Desempleo supera en un 1% la tasa promedio de los últimos 4 años. En estos casos, si permanece cesante y ya recibió todos sus pagos del FCS, podría cobrar 2 pagos adicionales.
La Bolsa Nacional de Empleo (BNE) requiere que el usuario tenga activa su cuenta, acepte oportunidades laborales y de capacitación. Una vez que reciba el correo de BNE, active su cuenta dentro de 96 horas. Recibirá ofertas laborales y de capacitación en su correo electrónico o SMS.
tags: #superintendencia #pilar #solidario