La discusión sobre las remuneraciones y pensiones en Carabineros de Chile ha cobrado relevancia, especialmente a la luz de recientes investigaciones que revelan inconsistencias en los pagos previsionales y un debate continuo sobre las condiciones salariales de los uniformados. Este artículo explora la estructura de sueldos, el sistema de jubilación, las irregularidades detectadas en la Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca) y los desafíos éticos relacionados con el desempeño de trabajos adicionales por parte del personal.
Irregularidades en el Pago de Pensiones por Dipreca
Durante años, la Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca) ha pagado pensiones a algunas personas jubiladas de Carabineros, Gendarmería y la Policía de Investigaciones, sin tener certeza de si estas estaban vivas o muertas. Esta situación fue confirmada por una investigación de CIPER, cuyos resultados fueron refrendados en una entrevista por el propio director de la institución, Carlos Capurro.
Suspensión de Pagos y Hallazgos
En un esfuerzo por normalizar la situación, en diciembre pasado Dipreca resolvió suspender los pagos de pensiones a 182 beneficiarios que figuraban con más de 100 años y de los cuales la entidad no tenía certeza de su supervivencia. De ellos, se detectó que 44 no registraban un RUT válido y en al menos 11 casos se constató su fallecimiento, sin que hasta ahora se sepa quién cobraba ese dinero. Respecto de otras 18 personas no se ha podido establecer si siguen vivas, entre ellas tres que habrían cumplido 110 años. El director de Dipreca confirmó a CIPER que, hasta el día de hoy, no saben si siguen transfiriendo dinero a nombre de personas que podrían haber fallecido.
Informes de Contraloría y Auditoría Interna
Las primeras señales de alerta surgieron el 29 de diciembre de 2021, cuando la Contraloría General de la República (CGR) emitió su Informe Final 371. Este informe detalló una serie de irregularidades, incluyendo inconsistencias contables entre los rubros de activos, pasivos y patrimonio por $115 millones. A pesar de los compromisos suscritos, la situación no pudo ser resuelta por completo.
Un informe de Auditoría Interna de Dipreca, emitido el 18 de diciembre de 2024 y al que tuvo acceso CIPER, reconoció que a esa fecha aún persistía la falta “de normas y procedimientos en el funcionamiento del proceso [de pagos de pensiones y montepíos]”. Este documento también reveló asimetrías contables sin aclarar en los descuentos aplicados a las personas beneficiadas con pensiones y montepíos.

Obstáculos a la Transparencia y el Concejo para la Transparencia (CPLT)
Ante las múltiples irregularidades, las autoridades de Dipreca decidieron suspender el pago de pensiones a las 182 personas mayores de cien años, mientras revisaban su estado de vida. Se encontró que cuatro tenían su registro de defunción en el Registro Civil y que los RUT de 44 de estas personas no aparecían en el Registro Civil. Frente a una respuesta negativa de Dipreca a una solicitud de información a través de la Ley de Transparencia, el caso fue presentado al Concejo para la Transparencia (CPLT).
El CPLT desestimó los argumentos de Dipreca, que se fundaban en razones de índole comunicacional y de contexto político, y no en las contempladas en la Ley de Transparencia para mantener bajo reserva un documento. El CPLT dio cinco días hábiles a Dipreca para entregar la información, lo que llevó a una entrevista con el director Carlos Capurro, quien admitió la veracidad de las conclusiones de los informes de la Contraloría y de su propia entidad.
Pagos Indebidos y Ausencia de Acciones Legales
Según explicó Capurro, de las 44 personas sin RUT válidos que figuran con más de 100 años, 15 dieron pruebas de vida a solicitud de Dipreca, por lo que se les restituyó el pago de pensión. Sin embargo, otras 18 no pudieron ser contactadas y aún se desconoce si están vivas o muertas. Respecto a las pensiones abonadas en las cuentas bancarias de las personas fallecidas, Capurro reconoció a CIPER: “No sabemos si alguien las retiró o no”.
Sobre estas debilidades de control, el director justificó que “en Chile no hay cómo saber si alguien falleció en el extranjero” y otra persona sigue cobrando los dineros abonados en su cuenta nacional. Además, reconoció que aún no han iniciado querellas para recuperar el dinero que fue mal pagado, planteando el desafío de presentar acciones legales si los eventuales participantes de esta situación están en el extranjero.
Estructura Salarial del Personal Activo de Carabineros
La remuneración de los Carabineros en Chile varía significativamente según su rango, antigüedad y si se encuentran en servicio activo. Aunque el texto se enfoca principalmente en los sueldos del personal en servicio activo, estos datos son fundamentales para comprender la estructura salarial que influye en las jubilaciones.
Remuneraciones Líquidas Mensuales por Rango (2025)
Según la escala de remuneraciones de personal institucional y de nombramiento supremo de Carabineros para el año 2025, un carabinero en Chile puede percibir un sueldo líquido mensual que oscila entre los $828.907 y más de $5 millones de pesos, dependiendo del rango alcanzado.
- Escala de Suboficiales:
- Carabinero (grado 17): $828.907
- Cabo Segundo (grado 16): $1.027.788
- Cabo Primero (grado 15): $1.248.240
- Sargento Segundo (grado 14): $1.673.880
- Sargento Primero (grado 13): $1.874.372
- Suboficial (grado 12): $2.014.317
- Suboficial Mayor (grado 11): $2.266.887
- Escala de Oficiales:
- Subteniente (grado 12): $1.419.293
- Teniente (grado 11): $1.800.090
- Capitán (grado 9): $2.450.137
- Mayor (grado 8): $3.443.528
- Teniente Coronel (grado 7): $3.885.704
- Coronel (grado 5): $4.221.892
- General (grado 3): $4.905.198
- General Inspector (grado 2): $5.101.800
- General Director (grado 1): $5.298.354

Factores No Considerados en el Sueldo Base
Es importante destacar que en estos cálculos salariales no se contemplan las contraprestaciones eventuales y accidentales, ni aquellas afectas a fines determinados. Entre estas se incluyen:
- Asignación familiar
- Aguinaldos
- Horas extraordinarias (cuando no son habituales y permanentes)
- Ciertos derechos estatutarios que constituyen beneficios indemnizatorios, como los viáticos y el bono de escolaridad.
Tampoco se incluyen las contraprestaciones que corresponden a la situación personal de cada funcionario, como los trienios, que reflejan la antigüedad.
Sistema de Jubilación y Beneficios Previsionales
La pensión de jubilación del personal de Carabineros se basa en el sueldo que percibían como activos, ajustada por los factores que rigen el sistema de pensiones de las Fuerzas de Orden y Seguridad.
Jubilación de Suboficiales Mayores
Si bien no se proporciona una cifra exacta para el sueldo de un suboficial mayor jubilado, se puede inferir que su pensión estará basada en el sueldo que percibía como activo, que en 2025 es de $2.266.887. La pensión generalmente se calcula como un porcentaje del último sueldo imponible o del promedio de los sueldos de los últimos años de servicio, además de considerar los años de cotización.
Beneficios y Aumentos Remuneracionales Específicos
- Mayor Sueldo: Cuando un funcionario ha cumplido el tiempo necesario para el ascenso y no se contemplan las vacantes en los grados superiores, en forma compensatoria se pueden otorgar dos mayores sueldos y excepcionalmente hasta un tercero (Art. 43 del DFL).
- El oficial de fila y de los servicios que se hallare gozando de la renta del grado 2 y acredite 32 años de servicios computables, tendrá derecho al grado 1 (Art. 44 del DFL).
- Asignación de Suboficial Mayor: Equivalente a un 25%, que le corresponde percibir al personal de la Policía de Investigaciones que invista el grado 11 y entere 30 años de servicios efectivos computables (se entiende que son tiempos trabajados con imposiciones en cualquier caja) (Art. 46 letra k) del DFL).
- Beneficio Previsional PDI: Es el beneficio previsional que adquiere el personal de la Policía de Investigaciones al cumplir 20 años de servicios efectivos (Art. Nº 82 DFL. 1ra. 2da. 3ra.).
- Especialidad al grado efectivo: Monto fijo de acuerdo al grado jerárquico respectivo, en conformidad al Decreto N° 3551, de 1980, y sus modificaciones posteriores.
Desafíos y Ética: Trabajos Adicionales de Uniformados
La preocupación por las remuneraciones en la institución ha reabierto el debate sobre los uniformados que realizan trabajos adicionales para aumentar sus ingresos, a pesar de que está estrictamente prohibido y se exponen a sanciones.
Casos Recientes de Carabineros con Dobles Funciones
- Un suboficial de Carabineros que conducía un taxi resultó herido de gravedad tras chocar en avenida La Florida.
- En agosto de 2024, Carabineros dio de baja a varios funcionarios que se desempeñaron como vigilantes privados en un evento en el Teatro Caupolicán, donde un sargento segundo murió al recibir un balazo de otro carabinero que también trabajaba de guardia.
- En septiembre, un sargento segundo fue baleado mientras trabajaba de taxista en su día de franco en Puente Alto, motivado por deudas.
Sobrecarga laboral, sueldos bajos y alto riesgo: Experto explica ¿por qué no hay Carabineros?
La Normativa del Código de Ética
El artículo 21 del Código de Ética de Carabineros es taxativo al señalar que los uniformados deben “dedicar su quehacer profesional únicamente al cumplimiento de su misión”. Estos incidentes ponen de manifiesto las presiones económicas que algunos miembros de la institución pueden enfrentar y el conflicto con las regulaciones internas.
Requisitos de Ingreso a la Escuela de Suboficiales
Para aquellos interesados en la carrera dentro de Carabineros, la Escuela de Suboficiales de Carabineros (Esfocar) tiene requisitos específicos:
- Tener entre 18 y 30 años al 1 de febrero del año de ingreso.
- Estatura mínima sin calzado: 1,50 m para mujeres y 1,60 m para hombres.
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