La calificación como inválido y el grado de invalidez deben ser definidos por una Comisión Médica, la cual depende de la Superintendencia de Pensiones. Una persona puede ser calificada con un grado de invalidez parcial o total. Sin embargo, es importante tener presente que si una Comisión Médica emite la declaración de invalidez de una cotizante o un cotizante, esa declaración no implica que se le haya otorgado o que se le otorgue una pensión de invalidez a la persona.
Tipos de Invalidez
Invalidez Parcial
Corresponde a una pérdida de capacidad de trabajo igual o mayor al 50% e inferior al 66,6%.
Invalidez Total
Para personas afiliadas con una pérdida de, al menos, dos tercios de su capacidad de trabajo. En este caso, la invalidez será definitiva.
Proceso de Solicitud y Evaluación de la Pensión de Invalidez
Inicio del Proceso
Las personas afiliadas menores de 65 años, sean hombres o mujeres (las mujeres deben haber optado a continuar cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), quienes a consecuencia de enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo, pueden iniciar este proceso. Si una persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante, al momento de firmar la solicitud de pensión de invalidez puede presentar esos documentos en la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que se encuentra afiliada, pero no es obligación.
Evaluación por la Comisión Médica Regional (CMR)
La Comisión Médica Regional (CMR) pedirá a un médico que se encuentre en el Registro Público de Asesores que revise los antecedentes y señale si la solicitud de pensión de invalidez se considera fundada. Si se considera fundada, la CMR designará a un médico que asesore a la afiliada o el afiliado en el proceso de evaluación y calificación de invalidez, proceso que no tiene costo para las personas. Para agilizar su trámite, si cuenta con antecedentes médicos que necesita que sean evaluados en la Comisión Médica Regional, puede enviarlos directamente al correo electrónico de la comisión médica correspondiente a su domicilio.
Cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada, la respectiva Comisión Médica Regional (CMR) cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le hace entrega de las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, de acuerdo con los impedimentos que la afiliada o el afiliado declare.
Una vez que tiene en antecedente los resultados de los exámenes e interconsultas médicas correspondientes, la CMR determina si el impedimento o enfermedad que invoca la afiliada o el afiliado es:
- Objetivo.
- Demostrable.
- Que se encuentren agotadas las terapias médicas o quirúrgicas accesibles.
- Que se ha cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.
Primer Dictamen y Pensión Provisoria
Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una primera pensión de invalidez que puede ser total o parcial. El primer dictamen de Pensión de Invalidez es de carácter transitorio y dura 3 años. Este es el tiempo durante el cual se otorga la pensión transitoria.
Reevaluación y Pensión Definitiva
Al terminar este periodo, se efectúa una reevaluación de la invalidez que afecta al trabajador, pudiendo ser confirmada, pasando a ser definitiva. Transcurridos los tres años desde que se emitió el primer dictamen, la persona afiliada es citada por su Administradora a reevaluación, donde:
- Si en la reevaluación se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado pasa a ser activo.
- Si se acepta la invalidez en forma total o parcial, la AFP entregará al pensionado el Certificado de Saldo, para que ejerza el derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez suscribiendo la Selección de Modalidad.
Apelación de Dictamen
Las personas pueden presentar el reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro del plazo de 15 días hábiles desde su notificación. El plazo para presentar la apelación ante la CMC es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen. A su vez, la CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.
Reevaluación por Progresión de Impedimentos (Invalidez Parcial)
Sin embargo, la legislación también precisa que si se trata de una invalidez parcial, posteriormente, con el paso del tiempo, la pensionada o el pensionado tiene derecho a solicitar otra reevaluación de su invalidez si es que sus impedimentos han progresado. En esa reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial y, de acuerdo con esa revisión, en un nuevo y segundo dictamen resolverá si confirma o rechaza la invalidez.
Financiamiento de la Pensión de Invalidez
El financiamiento de esta pensión depende de si el afiliado tiene derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), es decir:
- Si tiene cobertura: la pensión es pagada por la AFP, con cargo a la Compañía de Seguros que contrató con este fin.
El Instituto de Previsión Social (IPS) interviene en el caso de las personas solicitantes de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI). En este último caso, los exámenes serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan.
Compatibilidad con el Trabajo
Sí, una persona que ha sido declarada con invalidez puede seguir trabajando.
Beneficios Solidarios y Ajustes Recientes
¡CAMBIOS HISTÓRICOS en las Pensiones por Discapacidad! NUEVA LEY 2025 EXPLICADA
La situación de aquellas personas que se encuentran pensionadas por invalidez y reciben beneficios del Sistema Solidario es otro de los frentes que abordó la Ley de Reforma Previsional, aprobada por el Congreso Nacional en enero pasado. De acuerdo con la nueva legislación, a partir del próximo 1 de septiembre para las y los pensionados de PBSI y APSI también aplicará el aumento a $ 250.000 en lo que respecta al proceso de ajuste que se realiza sobre el monto de su pensión de invalidez percibida, lo que les permitirá acceder a un monto mayor de beneficios solidarios.
El mismo criterio se aplicará para el ajuste de las pensiones que reciben las y los beneficiarios de subsidio por discapacidad mental (SDM). Dado lo anterior, según la propuesta normativa de la SP, a partir de septiembre próximo para el cálculo y pago del Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) se deberá considerar la diferencia entre la pensión percibida y el nuevo monto de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) ascendente a $ 250.000.
Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)
Según los datos de la Superintendencia de Pensiones, hasta febrero pasado había 201.052 personas beneficiarias PBSI, de las cuales el 55,4% eran mujeres. Los y las titulares de PBSI pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan los requisitos para ser causantes del sistema. Recibirás la pensión hasta el último día del mes en que cumplas 65 años.
Cómo solicitar la PBSI
Solicita la PBSI en el sitio web, por videoatención y en las sucursales ChileAtiende. Para solicitar la pensión no necesitas tener declarada tu invalidez ante una comisión médica.
Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI)
En tanto, las y los beneficiarios de APSI llegaban a 100.760 personas, siendo un 48% mujeres.
Contacto y Dudas
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