Una rampa para personas con discapacidad es una estructura esencial que facilita el acceso a edificaciones y espacios, tanto públicos como privados, para individuos que utilizan silla de ruedas o que presentan movilidad reducida, ya sea de forma permanente o temporal. La construcción de estas rampas debe adherirse a dimensiones específicas estipuladas en las normativas de cada país, con el objetivo de crear entornos más inclusivos.
Es importante destacar que la Convención Internacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad ha promovido la sustitución del término "discapacitados" por "personas con discapacidad", reconociendo la importancia de las normas de inclusión.
Importancia de las Rampas de Accesibilidad
Las rampas de acceso tienen gran importancia debido a que mejoran la calidad de vida de las personas con problemas temporales o permanentes de movilidad. No solo les proporcionan un acceso físico a diferentes lugares, sino que les brindan la oportunidad de relacionarse con otras personas, recrearse de distintas maneras y gozar de numerosos servicios públicos.
Además, la rampa para personas con discapacidad facilita las labores de cuidado de familiares, amigos, conocidos y enfermeros cuando la persona con discapacidad no puede o se le dificulta desplazarse por sí misma, ya que reduce los esfuerzos realizados por los involucrados al momento de subir o bajar hacia determinado sitio.

Tipos de Rampas para Personas con Discapacidad
Las rampas de accesibilidad se clasifican principalmente a partir de la manera en que se elaboran y la capacidad que tienen o no para transportarse. A continuación, se presentan los tipos de rampas que puedes encontrar, construir o adquirir:
1. Rampas Fijas de Obra
- Se trata de rampas permanentes construidas en los espacios o inmuebles donde se utilizarán.
- Suelen planearse al momento de realizar un proyecto arquitectónico, formando una unidad de diseño.
- También se pueden elaborar en ciertos lugares y edificios tiempo después de su construcción, como en escuelas, para mejorar sus condiciones de acceso.
- Se configuran a base de cemento y pueden contar o no con una barandilla, misma que se fabrica con perfiles de acero comercial.
- Generalmente se fabrican a medida y se integran estéticamente a la fachada de la edificación, formando parte del diseño arquitectónico desde su concepción o siendo añadidas posteriormente.
2. Rampas Fijas Prefabricadas
- Aunque suelen ser permanentes, existen algunas que pueden moverse con cierta facilidad de su sitio si se requiere, ya que no necesariamente se anclan al suelo.
- Se fabrican con lámina antiderrapante u otro material metálico, como la rejilla electroforjada.
- Cuentan con tramos cortos o muy largos.
- Son una alternativa atractiva, especialmente en sitios donde no se planificó su instalación inicial. Suelen ser desmontables y se fabrican de acero o madera por su facilidad de manipulación y resistencia.
3. Rampas Plegables
- Son rampas prefabricadas con distintas configuraciones, cuya característica principal es que se doblan, almacenan y transportan con facilidad.
- Esto brinda la posibilidad de usarlas en gran diversidad de espacios, aunque por lo general no están diseñadas para salvar desniveles muy altos.
4. Rampas Telescópicas
- Se trata de elementos prefabricados formados generalmente de dos carriles independientes y ajustables, lo que permite variar las dimensiones de la rampa tanto longitudinal como transversalmente.
- Gracias a ello, se pueden salvar desniveles con distintas alturas, así como adecuar la pendiente de una rampa para personas con discapacidad según se necesite.
- Ofrecen gran versatilidad al permitir ajustar la inclinación y altura según los requerimientos del usuario, similar a las rampas plegables en movilidad.
5. Rampas para Camionetas
- Es común que muchas personas opten por tener alguna rampa plegable o telescópica para su vehículo particular.
- Existen camionetas u otros medios de transporte especialmente diseñados con un sistema de rampa que posibilita la subida y bajada de sillas de ruedas de manera sencilla, ya que además cuentan con espacios amplios para realizar las maniobras.
Normativa de Accesibilidad en México

En México, la construcción de rampas para personas con discapacidad se rige por la Norma de Accesibilidad de la Secretaría de Gobernación y otras regulaciones. Estas normativas están diseñadas para garantizar un acceso cómodo y seguro para personas con impedimentos físicos. La normativa vinculada a una rampa para personas con discapacidad se encuentra dentro de reglamentaciones más amplias, las cuales, a grandes rasgos, contemplan la accesibilidad a diversos espacios de las personas con problemas de movilidad y otras discapacidades.
Los lineamientos más importantes se basan en la Norma Oficial Mexicana y el Manual de Normas Técnicas de Accesibilidad de la Ciudad de México, que señalan aspectos como la forma, disposición y medidas de las rampas para personas con discapacidad.
Norma Oficial Mexicana (NOM-030-SSA3-2013)
La Norma Oficial Mexicana NOM-030-SSA3-2013 establece las características arquitectónicas que facilitan el acceso, tránsito, uso y permanencia de las personas con discapacidad en establecimientos para la atención médica ambulatoria y hospitalaria del Sistema Nacional de Salud. A continuación, se comparte el reglamento de rampa para personas con discapacidad, respetando la sistematización de la publicación original.
5. Características arquitectónicas generales de la rampa para personas con discapacidad
- 5.2 Los establecimientos para la atención médica ambulatoria y hospitalaria deben contar con rutas accesibles o rampas para personas con discapacidad que les permitan llegar, desde los accesos principales, hasta las áreas donde se brindan los servicios de atención médica.
- 5.3 El equipamiento urbano y otro tipo de elementos colgantes sobresalientes de los paramentos, así como el follaje de árboles que se encuentren en las rutas accesibles, deberán mantenerse a una altura mínima de 2.20 m desde el nivel del piso terminado.
- 5.4 Las rutas accesibles deben estar señalizadas con el símbolo internacional de accesibilidad, excepto cuando coincida con las rutas naturales de desplazamiento de todos los demás usuarios.
- 5.5 Las rutas accesibles o rampa para personas con discapacidad en el exterior e interior del establecimiento deberán tener como mínimo 1.20 m de ancho libre.
- 5.6 La superficie de los pisos y pavimentos de las rutas accesibles, en el exterior e interior del establecimiento, deben tener un acabado firme y antiderrapante.
- 5.8 Los establecimientos para la atención médica ambulatoria y hospitalaria, que cuenten con dos o más pisos, deben tener escaleras, además de rampas y elementos mecánicos destinados a posibilitar la circulación vertical de las personas con discapacidad.
- 5.9 Se deberá colocar señalización específica para personas con discapacidad con la finalidad de identificar: accesos, estacionamientos, rutas accesibles, rutas de evacuación y servicios, así como lo referente a seguridad y prevención, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.
- 5.10 Para indicar la proximidad de desniveles en el piso, al inicio y al final de la rampa para personas con discapacidad y escaleras, así como en la proximidad de las puertas de los elevadores, debe existir una franja con cambio de textura y color contrastante, respecto del predominante de 0.30 m de ancho por una longitud igual a la de los elementos y dicha franja estar colocada a 0.30 m antes del cambio de nivel.
6. Características arquitectónicas específicas
6.1 Espacios para las circulaciones horizontales
6.1.1 Rampa para personas con discapacidad en estacionamientos:
- 6.1.1.2 Los cajones reservados deben estar ubicados lo más cerca posible de la entrada al establecimiento, así como vinculados a una ruta accesible.
6.1.2 Banquetas:
- 6.1.2.1 En circulaciones exteriores, las banquetas deben contar con una rampa para personas con discapacidad, ubicadas en cruces peatonales, mismas que deberán cumplir con las características señaladas en el numeral 6.2.1.3 de esta norma.
- 6.1.2.2 Las rampas deberán contar con señalamientos para su localización cuando se requieran, por necesidades constructivas o del diseño.
6.2 Elementos para las circulaciones verticales
6.2.1 La rampa para personas con discapacidad debe tener las siguientes características:
- 6.2.1.1 Deberán colocarse pasamanos en ambos lados y cumplir con lo especificado en los numerales 6.3.4.1, 6.3.4.2, 6.3.4.3 y 6.3.4.4 de esta norma.
- 6.2.1.2 El ancho libre mínimo entre pasamanos debe ser como lo señala el numeral 5.5 de esta norma.
- 6.2.1.3 Pendiente no mayor de: 8.0% para desniveles de 0.16 m y de 6.0% para desniveles de 0.32 m o mayores.
- 6.2.1.4 La longitud máxima de una rampa entre descansos debe ser de 6.00 m y pendiente no mayor del 6.0%; los descansos deben tener una longitud mínima de 1.50 m.
- 6.2.1.5 Al inicio y al final de la rampa, se deberá disponer de un área de aproximación libre de obstáculos de 1.20 m. Al igual que en el apartado anterior, respetamos la enumeración y jerarquía de la publicación original.
7. Especificaciones de diseño de una rampa para personas con discapacidad
7.1 Ruta accesible RA 01
En el espacio público y el espacio al exterior:
La ruta accesible está conformada por la combinación de diversos elementos, tales como banquetas, cruces peatonales, calles peatonales, pasos a desnivel, andaderos, senderos, rampas o cualquier dispositivo mecánico para salvar las diferencias de nivel.
En edificaciones:
Una ruta accesible es una serie interconectada de diferentes elementos como un corredor, pasillo, andadero, puertas, vanos, rampas o cualquier dispositivo mecánico para salvar las diferencias de nivel.

7.1.1 Circulación peatonal RA 02
RA 02 (2.3.2 Circulaciones peatonales en espacios exteriores-NTCPA del RCDF)
- d) Una rampa para personas con discapacidad puede ser un corredor, pasillo o andador, puertas y vanos; o bien una serie interconectada de los mismos y contar con rampas o dispositivos mecánicos accesibles para salvar las diferencias de cota vertical.
- e) La pendiente máxima para la circulación horizontal es de 4% y un ancho mínimo de 120 cm, libre de cualquier obstáculo hasta una altura mínima de 220 cm.
- h) Los desniveles hasta de 0.30 m y pendiente menor o igual al 4% pueden ser salvados con rampas sin pasamanos. Los demás casos deben ser considerados rampas, de acuerdo a lo indicado en el apartado de rampas de esta norma.
- i) Debe estar señalizada con el símbolo internacional de accesibilidad, siempre y cuando no sea la ruta natural de desplazamiento de todas las personas.
- j) Deben contar con pavimentos táctiles.
RA 04 (2.3.11 Pavimentos en rampas-NTCPA del RCDF)
- Todos los pavimentos, tanto interiores como exteriores, deben tener una superficie firme, plana y antiderrapante.
RA 04 (2.3.12 Alfombras en rampas-NTCPA del RCDF)
- Deben ser de un espesor máximo, considerando el bajo-alfombra, de 1.3 cm. El tejido debe ser bajo, firme y nivelado. Deben estar fijas adecuadamente. Los bordes expuestos deben tener ribetes los cuales deben ser achaflanados.
7.1.3.1 Pavimento táctil RA 05
- Presente en el área de aproximación o descansos, a lo ancho de la escalera o rampa, al menos que esté unida a una guía de dirección.
7.2.4 Rampa ER 04
Especificaciones de una rampa para personas con discapacidad ER 04:
- Cumplir con especificaciones de ruta accesible. Ver apartado RA 01.
- En el área de aproximación y descansos, la longitud debe tener mínimo 150 cm en descansos con cambio de dirección mayor a 10º medidos al centro.
- En el caso de que los lados de la rampa tengan cambios de nivel, debe cumplir con las especificaciones del apartado RA 02.
- Cumplir con especificaciones de pasamanos y barandal (AC 01).
- Para señalizar una ruta táctil, la unión entre la guía de dirección y la franja de advertencia debe estar colocada cerca de un extremo con pasamanos a una separación de entre 15 y 45 cm al centro de la guía. Sobre la rampa no es necesario la guía de dirección, siempre y cuando el pasamanos sea continuo con respecto a la franja de advertencia.
- En rampas menores al 5% no es necesario colocar franja de advertencia táctil en los cambios de nivel; la guía de dirección debe continuar su ruta sobre la pendiente de la rampa.
ER 04 (4.1.4 fracciones I al XIII Rampas-NTCPA del RCDF)
Las rampas peatonales que se proyecten en las edificaciones deben cumplir con las siguientes condiciones de diseño:
- Los pasillos con desniveles hasta de 0.30 m y pendiente menor o igual al 4% no deben ser considerados rampas.
- Los anchos de las rampas deberán respetar las condiciones de diseño que se establecen en el numeral 4.1.2, teniendo en todos los casos un ancho libre mínimo de 1.00 m entre pasamanos.
- La longitud máxima de una rampa entre descansos será en relación a las siguientes pendientes máximas: 6% en una longitud entre 6.00 a 10.00 m, 8% en una longitud entre 3.00 a 5.99 y con una pendiente transversal máxima del 2%.
- Contar con pasamanos en ambos lados y cumplir con el numeral 2.3.9 de pasamanos y barandales.
- Cuando la pendiente sea mayor al 5% se debe contar con pavimento táctil de advertencia al principio y al final de un tramo de rampa, con una longitud mínima de 0.30 m por todo el ancho colocado a 0.30 m antes del cambio de nivel del arranque y la llegada de la rampa.
- Cuando existan rampas con longitud mayor de 1.20 m con alguno de sus lados abierto, se debe contar con una protección lateral de por lo menos 0.10 m de altura a todo lo largo de la rampa incluyendo los descansos.
- El ancho de los descansos entre tramos de rampas debe ser cuando menos igual al ancho de la rampa por mínimo 1.20 m de longitud.
- Al principio y final de un tramo de rampa se contará con un espacio horizontal de cuando menos el ancho de la rampa por mínimo 1.20 m de longitud; en este espacio no se colocará ningún elemento que obstaculice su uso.
- Cualquier cambio en la dirección del recorrido deberá hacerse solamente en los descansos.
- Los materiales utilizados para su construcción deben ser antiderrapantes.
- En rampas con circulación bajo éstas, se colocará una protección horizontal a una altura mínima de 0.10 m perimetralmente o en los lados abiertos bajo la rampa, a partir de una altura menor a 1.90 m del lecho bajo de dicha rampa.
- Las rampas que se encuentren en rutas de evacuación, deberán ser de construcción fija permanente.
- Las rampas y descansos exteriores deberán diseñarse para evitar la acumulación de agua en su superficie.
7.3 Accesorios
7.3.1 Pasamanos y barandal AC 01
AC 01 (2.3.9 Pasamanos y barandales-NTCPA del RCDF)
- Los pasamanos se colocarán a una altura de 0.90 m. En ocupaciones educativas, guarderías, sanitarias y de reuniones públicas, se contará con dos pasamanos, en escaleras y rampas, uno superior a una altura de 0.90 m y el inferior a 0.75 m del nivel de piso.
- Los pasamanos deben estar libres de elementos que los obstruyan.
Pendiente de las Rampas
La pendiente de una rampa se define como la relación entre la altura a cubrir (h) y la longitud del tramo en el plano horizontal (d), expresada en porcentaje. Los estándares varían entre exteriores e interiores:
Rampas Exteriores
- Para una altura máxima de 20 cm, la pendiente debe oscilar entre el 10% y el 12%.
- En recorridos de hasta 1.5 metros, la pendiente máxima permitida es del 12%.
- Para distancias de hasta 3 metros, la pendiente no debe exceder el 10%.
Rampas Interiores
- Para alturas de hasta 30 cm, se recomienda una pendiente del 10%.
- En distancias de hasta 3 metros en el plano horizontal, la pendiente debe ser menor al 10%.
- Para longitudes intermedias de entre 3 y 6 metros, la pendiente debe mantenerse por debajo del 8%.
- En recorridos de 6 a 9 metros, la pendiente debe ser inferior al 6%.

Ancho de las Rampas
El ancho de una rampa es determinado por las normativas locales. En México, el ancho mínimo requerido es de 120 cm. Sin embargo, algunas normativas internacionales establecen un ancho libre de 120 cm, superando requisitos como los del Ministerio de Vivienda en Perú, que indica un mínimo de 90 cm.
Características de los Accesos y Puertas
Las rampas para personas con discapacidad suelen integrarse en dos tipos de accesos principales en las edificaciones, los cuales deben ser adaptados para asegurar un tránsito libre y seguro:
Puertas
- Deben contar con un ancho de vano mínimo de 120 cm libres y abrir hacia afuera.
- Las manijas tipo palanca deben estar ubicadas a una altura de 90 cm del nivel del piso.
- Las puertas de vidrio deben ser de seguridad (templado, conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-146-SCFI) y estar señalizadas o protegidas para evitar choques.
- Se requiere un cambio de textura o pavimento táctil de 30 cm de ancho antes y después de la puerta en los pisos de acceso principal.
Puntos de Ascenso y Descenso
- Requieren un diámetro mínimo de 1.5 metros.
- El suelo debe ser completamente plano, sin coladeras o rejillas, facilitando la maniobra de las sillas de ruedas.
Lineamientos Internacionales y Consideraciones Adicionales
A pesar de las diferencias en los criterios de desarrollo urbano de cada país, existen lineamientos internacionales que buscan estandarizar las características de las rampas para beneficio de los usuarios. Es fundamental procurar que los descansos y accesos mantengan un eje recto.
Tanto en exteriores como en interiores, los barandales y pasamanos son elementos de seguridad indispensables, ubicados en ambos costados de la rampa. Las recomendaciones internacionales sugieren un doble pasamanos a cada lado, con alturas entre 90 y 105 cm para el superior y entre 70 y 85 cm para el inferior. Los pasamanos adosados a paredes deben mantener una separación mínima de 3.5 cm.
Los bordes de pisos transitables con desniveles superiores a 30 cm deben contar con parapetos o barandas de seguridad de al menos 80 cm de altura, incluyendo un elemento horizontal de protección a 15 cm. La sección de los pasamanos debe ser uniforme y permitir una sujeción segura.
Las pendientes pronunciadas pueden ser un obstáculo insalvable para una silla de ruedas. Además, para algunas personas, las escaleras con pasamanos pueden resultar más cómodas que recorrer tramos de rampa más largos.
Accesibilidad Universal rampa 10%
Materiales y Consideraciones para la Adquisición de Rampas
La elección del tipo de rampa y los materiales de construcción dependen de las características del espacio y las necesidades específicas de los usuarios. Al adquirir una rampa, se deben considerar factores como la altura a librar, la distancia longitudinal, los materiales y el peso que soportará. Las superficies deben ser duras y antideslizantes, resistiendo condiciones de humedad. En el inicio y final de la rampa, se deben incluir superficies de diferente color y podotáctiles para advertir a personas con discapacidad visual.
Construcción de una Rampa (Ejemplo Básico)
Para la elaboración de una rampa de una sola vía y sin descanso en una vivienda de un piso, se pueden seguir los siguientes pasos, adaptados a un terreno de concreto:
- Preparar el terreno: Picando la superficie de concreto para lograr una textura irregular que mejore la adherencia de la mezcla de cemento.
- Cortar y colocar las tablas: Para formar la cimbra, asegurándolas entre sí con clavos o pijas.
- Ubicar un tramo de varilla: En los extremos de la cimbra para mantener su estabilidad durante el vertido del concreto.
- Verter la mezcla de concreto: Dentro de la cimbra, asegurando la correcta colocación de la malla electrosoldada sobre calzas.
- Dejar fraguar el concreto: Por al menos una hora.
- Montar el barandal: Preferiblemente con tubería de acero inoxidable, en cada lado de la estructura.

Procedimientos para la Construcción en Espacios Públicos
La solicitud de construcción de rampas en banquetas u otros espacios públicos comúnmente se realiza ante el ayuntamiento. El procedimiento específico varía según la localidad. En la Ciudad de México, por ejemplo, se puede gestionar a través de los Centros de Servicios y Atención Ciudadana (CESAC), con tiempos de respuesta variables según evaluaciones técnicas, programación y demanda.
La implementación de rampas accesibles es una manifestación de la accesibilidad universal.
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