¿Qué es la Jubilación Flexible?
La jubilación flexible es una modalidad poco conocida dentro de las distintas pensiones de la Seguridad Social, que permite a la persona compatibilizar una actividad laboral por cuenta ajena con el cobro de una parte de su pensión de jubilación. De este modo, el jubilado percibe ingresos por ambos conceptos, manteniendo un equilibrio entre el trabajo y el tiempo libre.
Es estrictamente necesario que la actividad laboral se comience a desempeñar después de que la persona sea declarada pensionista, no antes. Mediante esta modalidad, los legisladores pretenden fomentar la permanencia en el trabajo una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación. El beneficio obtenido al cotizar a media jornada para la jubilación repercute positivamente en las arcas del INSS, que dejan de abonar al jubilado una parte de su pensión, y a su vez, permite al pensionista mejorar su futura cuantía de jubilación.
Un jubilado flexible será aquella persona que, una vez ya jubilada, deja de cobrar un porcentaje de su pensión porque decide emplear una parte de su tiempo en ser trabajador por cuenta ajena.

Requisitos para Acceder a la Jubilación Flexible
Para optar por la jubilación flexible, es fundamental cumplir con una serie de condiciones establecidas por la Seguridad Social española:
- Estar cobrando una pensión de jubilación: El primer requisito indispensable es haber accedido ya a la jubilación ordinaria y estar percibiendo una pensión contributiva de la Seguridad Social. La jubilación flexible no se concede antes, como sí ocurre en la jubilación parcial.
- Tener un contrato de trabajo a tiempo parcial: El trabajador jubilado debe contar con un contrato de trabajo legal y vigente a tiempo parcial.
- Reducción de jornada laboral: La jornada laboral del trabajo que vaya a realizar deberá ser de entre el 50% y el 75% de una jornada de trabajo a tiempo completo, es decir, tendrá que haber una reducción mínima del 25% y máxima del 75% del tiempo de trabajo de un empleo a jornada completa. Conforme a la normativa actual, las horas de trabajo deben reducirse un 25% como mínimo y, como máximo, un 50%. A partir del 1 de abril de 2025, la reducción de jornada se establecerá entre un mínimo del 25% y un máximo del 75%.
Exclusiones
No todas las personas pueden acceder a esta modalidad. La ley excluye a:
- Funcionarios del Estado, personal de las Fuerzas Armadas y trabajadores del servicio de la Administración de Justicia.
- Trabajadores por cuenta propia (autónomos) si vuelven a ejercer como autónomos. Sin embargo, si un ex trabajador autónomo es contratado a tiempo parcial por una empresa, sí podría solicitarla.
- Personas que reciban una pensión de incapacidad permanente.
¿Cómo Funciona la Jubilación Flexible?
La jubilación flexible implica un ajuste en la cuantía de la pensión y en las cotizaciones a la Seguridad Social:
Reducción de Jornada y Cuantía de la Pensión
La cuantía de la pensión de jubilación se reduce de forma proporcional al porcentaje de jornada laboral que se desempeñe. Es decir, si se desarrolla una actividad profesional al 60% del tiempo respecto a lo que sería una jornada completa, se cobrará el 40% de lo que corresponda por jubilación. Si se trabaja el 75% de una jornada, se percibirá el 25% de la pensión.
Compatibilidad y Limitaciones
Durante el tiempo que se perciba la pensión de jubilación flexible, se mantiene la condición de pensionista a efectos de servicios sociales, sanitarios, médicos y farmacéuticos.
No obstante, la jubilación flexible no es compatible con:
- El reconocimiento de una incapacidad permanente que derive del trabajo a jornada reducida que se esté compaginando con la jubilación flexible.
- La prestación contributiva por desempleo.
Por otro lado, la jubilación flexible sí es compatible con la prestación por maternidad o por incapacidad temporal debido al trabajo que se realice a jornada parcial.
Cotizaciones y Recálculo de la Pensión
Mientras se está en situación de jubilación flexible, lo que se cotiza en el empleo compatible sirve para que, después, aumente la pensión de jubilación. No hay que temer acabar percibiendo una cifra menor, porque en ese supuesto se mantendrá la pensión de jubilación que ya se tenía. Una vez finalice el contrato de trabajo, la persona debe solicitar la reactivación del 100% de su pensión, cuya cuantía habrá sido recalculada con el cómputo de las cotizaciones realizadas durante ese período.
El recalculo de la pensión de jubilación se realiza considerando lo siguiente:
- Se calcula la base reguladora según las nuevas bases de cotización y las reglas vigentes en ese momento. Si después de hacer el cálculo la nueva base reguladora es menor a la que se tenía antes de la jubilación flexible, se mantiene la última.
- Se suman las revalorizaciones a la pensión.
- Se modifica el porcentaje que se aplica a la base reguladora en función de los meses que se hayan cotizado con el trabajo a jornada parcial. Como consecuencia, se reduce o elimina el coeficiente reductor que se hubiese aplicado si la persona no hubiese accedido a la jubilación anticipada.
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Proceso de Solicitud
Si un jubilado desea acogerse a la jubilación flexible, debe seguir los siguientes pasos:
- Comunicación previa al INSS: Es fundamental comunicar a la Seguridad Social la intención de comenzar un trabajo a jornada parcial, estando ya jubilado. Es imprescindible que esto se haga antes de empezar a trabajar.
- Formulario de solicitud: Se debe cumplimentar el formulario oficial de solicitud de jubilación. Al rellenarlo, es necesario seleccionar la casilla JUBILACIÓN FLEXIBLE en el punto 2.4: ‘Comunicación de inicio de actividad laboral simultánea a la condición de pensionista’.
- Presentación de documentación: La solicitud y demás documentación (como la acreditación de representación legal si otra persona solicita en su nombre) deben presentarse en las oficinas de la Seguridad Social.
Una vez presentada la solicitud, el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) ajustará la pensión de jubilación a percibir según la jornada laboral parcial indicada.
Jubilación Flexible vs. Otras Modalidades
Es importante diferenciar la jubilación flexible de otras opciones que permiten compatibilizar trabajo y pensión:
Jubilación Activa
La jubilación activa es otra de las pensiones de la Seguridad Social compatibles con el ejercicio del empleo. Las principales diferencias con la jubilación flexible son:
| Característica | Jubilación Activa | Jubilación Flexible |
|---|---|---|
| Amplía la pensión | No | Sí (gracias a nuevas cotizaciones) |
| Autónomos pueden solicitarla | Sí | No (si vuelven como autónomos) |
| Tipo de jornada | Cualquier tipo de jornada (completa también) | Solo a tiempo parcial (reducción 25-75%) |
Jubilación Parcial
Con la jubilación parcial, tampoco se deja de trabajar por completo. Sin embargo, su funcionamiento difiere de la flexible:
- El sistema de cobro de la pensión funciona de manera similar a la jubilación flexible: el porcentaje de tiempo que no se trabaja se percibe en concepto de jubilación.
- La reducción de jornada puede incluso llegar hasta el 75%.
- A diferencia de la jubilación flexible, la jubilación parcial puede concederse antes de haber accedido a la jubilación completa.
Jubilación Reversible (Propuesta de Reforma)
La jubilación reversible es, por ahora, solo una propuesta legislativa en debate. Su objetivo es permitir a las personas jubiladas reincorporarse al mercado laboral de forma más amplia y flexible, con incentivos económicos que refuercen esta opción. Al no estar establecida en ningún marco legal, sus particularidades no están completamente definidas.
En realidad, la jubilación reversible es una nueva denominación que la Seguridad Social ha dado a la jubilación flexible, con ocasión de su propuesta de reforma. El objetivo de esta propuesta es posponer el acceso a la jubilación y aliviar la presión sobre el sistema de pensiones. Se contempla añadir un 10% o 20% de la pensión base al sueldo recibido como incentivo para motivar a los pensionistas a regresar a la vida laboral, por ejemplo, si la jornada de trabajo parcial se sitúa entre un 40% y un 60% del total, a la parte correspondiente de pensión se le añadiría un 10% extra.
