La protección de la niñez y adolescencia en Chile ha sido un tema de constante preocupación y evolución, especialmente en el contexto del Servicio Nacional de Menores (SENAME) y la transición hacia nuevas estructuras de resguardo. Este artículo detalla hallazgos críticos de una misión de observación, la creación de un nuevo servicio especializado y las iniciativas del Ministerio de Educación (Mineduc) para abordar desafíos en la admisión escolar y la educación en centros de privación de libertad.
Radiografía de la Protección a la Niñez: Informe INDH sobre Centros SENAME (2017)
Contexto y Metodología de la Misión de Observación
Entre enero y abril de 2017, un equipo de más de 60 profesionales del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) llevó a cabo una exhaustiva misión de observación. Visitaron 171 centros en todas las regiones del país con los objetivos de evaluar las condiciones de cumplimiento de los derechos humanos al interior de los centros, analizar las condiciones laborales del personal y recabar información sobre posibles vulneraciones de derechos a niños, niñas y adolescentes (NNA) residentes.
Para ello, se realizaron entrevistas a los directores de los establecimientos, se encuestó a los trabajadores y se entrevistó a 401 NNA mediante un cuestionario estructurado aplicado por psicólogas clínicas. Esta muestra, de una población total de 2.688 NNA institucionalizados entre 8 y 17 años en Chile, tuvo un porcentaje de error del 4,5%. Adicionalmente, se documentó el estado de la infraestructura y equipamiento de los centros a través de una ficha de observación.
Es importante destacar que, de los 250 centros existentes en Chile, solo 11 correspondían a Centros de Reparación Especializada de Administración Directa (CREAD) gestionados por el SENAME, mientras que el 95,6% restante era administrado por organizaciones colaboradoras acreditadas.

Perfil de los Niños, Niñas y Adolescentes (NNA) y del Personal
A partir de la muestra de 401 NNA entrevistados, se desprende que la población de estos centros es fundamentalmente femenina, con un 63,5% de niñas y adolescentes mujeres. De este grupo, el 60% tiene entre 8 y 13 años de edad, siendo las niñas de 8 a 13 años el grupo predominante, representando un 37,8% del total.
En cuanto al personal, la mayor parte de los trabajadores entrevistados son mujeres, con un 87,9%, lo que evidencia una marcada feminización del personal en los centros del SENAME.
Condiciones de Vida y Cuidado en los Centros
El informe señala que las necesidades básicas de infraestructura e instalaciones, como la disponibilidad de camas y el acceso a baños, comedor y cocina, están generalmente satisfechas. Sin embargo, se observa que la calidad de estas instalaciones no siempre es óptima, no proveyendo una adecuada calefacción, recreación, espacios comunes ni condiciones para el resguardo de la identidad y privacidad de los NNA.
Un aspecto preocupante es que en cerca del 20% de los casos, adolescentes y niños/as de menor edad conviven en el mismo dormitorio, o no se les separa por sexo. Además, el 21% de los centros presenta sobrecupo, llegando al 50% en el 12,5% de estos casos y superando el 75% en un 3%.
En materia de alimentación, resulta crítico que en un 1,6% de los establecimientos, los NNA reciben solo entre 1 y 2 comidas diarias, situación que se agrava en el 3% de los centros que acogen a lactantes y preescolares. Un 16% de los niños y niñas entrevistados declara pasar hambre en el establecimiento.
Respecto al trato, el 22% de los NNA considera que el personal a cargo de su cuidado no siempre les da un trato respetuoso y cariñoso, y el 34% declara la existencia de trato discriminatorio (por género, apariencia física u otras características de personalidad) por parte de los funcionarios hacia ellos o sus compañeros.
Vinculación con el Medio, Educación y Derechos Familiares
El informe reveló deficiencias en la vinculación con el sistema judicial y familiar. En un 4% de los centros, los NNA no estaban autorizados para hablar directamente con el juez si lo requerían. Aunque el 72% de los centros reportó que los NNA pudieron hablar con los jueces de familia en su última visita, solo el 32% de los NNA confirmó haber tenido esa posibilidad.
En educación, si bien el 93% de los niños y niñas asiste a un establecimiento educacional, solo el 88% de los NNA entre 14 y 17 años lo hace, un 8% por debajo del promedio nacional. El 20% presenta retraso escolar y solo el 78% recibe apoyo en sus tareas.
Respecto a la participación familiar, solo el 77% de los centros declara "autorizar" a los padres a participar en las reuniones de apoderados. Esto, sumado a la vulneración de derechos por las medidas de protección, se acompaña de la falta de garantías sobre su derecho a acceder y progresar en el sistema educativo.
En cuanto a la relación familiar, el 40% de los centros estudiados impone restricciones a los horarios de visita de la familia, y el 30% no admite más de dos visitas a la semana. El 57% de los centros se encuentra fuera de la comuna de origen familiar, lo que potencia el desarraigo, la soledad y la posible "pérdida de identidad" o "abandono progresivo" de la familia.
Es alarmante que el 16% de los centros utiliza el retraso al ingreso de visitas como sanción, y el 13% reporta suspender las visitas por el mal comportamiento del niño o niña. El INDH enfatiza que el marco del SENAME en estas materias es muy amplio, discrecional e impreciso, posibilitando prácticas diversas en el ejercicio de los derechos de los NNA.
Salud Mental de los NNA
Un 69% de los NNA de 14 años o más presenta sintomatología de cuadro depresivo. De ellos, el 45% de quienes presentan al menos uno de estos síntomas señala no haber podido acceder a un psicólogo o psiquiatra dentro o fuera del centro. Adicionalmente, el 70% de los NNA con al menos un síntoma de depresión indica no encontrarse en tratamiento.

Violencia dentro de los Centros
Violencia Institucionalizada por el Personal
Ocho de cada diez NNA encuestados declararon haber recibido algún tipo de castigo por parte de miembros del personal durante los últimos 12 meses. Esto incluye la privación de contacto familiar (15%), ser dejado sin comida (7%), ser encerrado (7%) y ser "contenido físicamente" (12%).
El 46% de los NNA reportó haber sido victimizado por maltrato psicológico por parte del personal, mientras que el 12% fue agredido físicamente de manera leve y el 6% de manera grave (patadas o quemaduras de cigarro).
Violencia entre Pares
El 48% de los NNA entrevistados indicó haber sido objeto reiterado de maltrato físico y/o psicológico. Esta violencia afecta por igual a niños y niñas, y con independencia de su edad. Un 46% fue violentado psicológicamente y un 13% físicamente de manera reiterada. Críticamente, al menos un 19% de los centros no cuenta con protocolos para atender estas situaciones.
Abuso Sexual
El estudio arrojó que, de los NNA entrevistados, se reportaron 23 casos de abuso sexual durante los últimos 12 meses, lo que corresponde a una prevalencia del 6,4%. Se identificaron además otros 4 casos ocurridos en el centro actual o anterior, y 5 casos adicionales anteriores al periodo considerado.
Es lamentable que 8 de cada 10 abusos sexuales son experimentados por niñas, lo que subraya una feminización de las víctimas. En el 78% de los casos, el abuso sería cometido por otro menor de edad, y en un 7% por un adulto del centro. Un 69% de las víctimas sigue en contacto con el presunto abusador, y el 52% declara haber sufrido abusos en reiteradas oportunidades. El 66% de los NNA que reportaron abusos los experimentaron cuando tenían menos de 14 años.
Prevención de maltrato y abuso sexual infantil - Decir ¡NO! - Filipón
Conclusiones y Recomendaciones del INDH para la Protección de NNA
Las conclusiones del estudio del INDH son numerosas y abarcan diversas áreas:
- Toda prohibición de relación entre un familiar y el niño/a bajo protección del Estado debe estar fundada en una resolución judicial, basada en la realización del interés superior del NNA.
- El Estado debe establecer criterios uniformes para las residencias en la regulación de días, horarios y frecuencias de visitas de familiares u otros adultos significativos, así como de las actividades y su supervisión.
- No se debe establecer como sanción la prohibición de visitas o la comunicación con familiares por mala conducta del residente o atrasos de los familiares.
- Se deben desarrollar medidas para preservar la identidad de los NNA residentes, como un "libro de vida" que permita la reconstrucción de su pasado y el registro de su experiencia en el centro.
- Es crucial atender la estabilidad emocional de los cuidadores y profesionales para que puedan cumplir su función de sostén y contención.
- Se debe promover el conocimiento y observancia de los protocolos existentes del SENAME y la Ley N° 21.013, que sanciona el maltrato, por parte de los trabajadores.
- Para garantizar el derecho de los NNA a ser oídos y denunciar abusos sexuales, es imprescindible generar condiciones que permitan su ejercicio efectivo, considerando que una única pregunta podría no ser suficiente.
- Los trabajadores de las residencias deben estar capacitados para una escucha efectiva y para identificar situaciones de riesgo o abusos sexuales consumados.
El Nuevo Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia
Naturaleza, Objeto y Principios Fundamentales
El nuevo Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia es un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, bajo la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Este ministerio garantizará el cumplimiento de las normas que rigen la labor del Servicio y sus colaboradores acreditados.
El Servicio tiene como objeto garantizar la protección especializada de niños, niñas y adolescentes gravemente amenazados o vulnerados en sus derechos. Deberá asegurar la provisión y ejecución de programas especializados para casos de mediana y alta complejidad, y garantizar el pleno respeto a los NNA como sujetos de derechos de especial protección. Esto incluye respetar y hacer respetar sus derechos fundamentales reconocidos en la Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales vigentes. El Servicio actuará acorde a la Política Nacional de Niñez y Adolescencia y garantizará el derecho de acceso a la justicia de forma independiente. Operará con un enfoque de derechos, concordante con la dignidad humana.
Sus principios rectores incluyen el interés superior del niño, niña o adolescente, la igualdad y no discriminación arbitraria, la autonomía progresiva, la perspectiva de género, la inclusión, la protección social y la participación efectiva.

Estructura y Funcionamiento
El Servicio será dirigido por un Director o Directora Nacional con un mandato de cinco años, renovable una sola vez, y contará con direcciones regionales en cada región del país. Tanto el Director Nacional como los directores regionales serán nombrados mediante el Sistema de Alta Dirección Pública. También existirá un Consejo de Expertos, conformado por cinco miembros con experiencia y trayectoria reconocida en áreas ligadas a la niñez, con un mandato de tres años, renovable una vez.
El Servicio proveerá las prestaciones correspondientes, asegurando la oferta pública en todas las regiones del país, ya sea directamente o a través de terceros. En caso de que NNA resulten dañados por falta de servicio, la indemnización por daño moral será fijada por el juez, considerando la gravedad del daño y la modificación de las condiciones de existencia del afectado.
Sujetos de Atención y Líneas de Acción
El Servicio dirigirá su acción a niños, niñas y adolescentes. Sin embargo, también serán sujetos de atención quienes tengan dieciocho años o más, siempre que se encuentren bajo cuidado alternativo y cursando estudios, hasta el 31 de diciembre del año en que cumplan veinticuatro años.
Las líneas de acción o modalidades de atención especializada del Servicio son:
- Diagnóstico clínico especializado y seguimiento de casos, y pericia.
- Intervenciones ambulatorias de reparación.
- Fortalecimiento y vinculación.
- Cuidado alternativo.
- Adopción.
La línea de acción de adopción comprenderá toda actividad tendiente a procurar al niño, niña o adolescente una familia (cualquiera sea su composición) que le brinde afecto y cuidados, cuando su familia de origen no pueda proporcionárselos, conforme a la normativa vigente.
Marco Normativo, Fiscalización y Sanciones
Las funciones del Servicio incluyen elaborar normativa técnica y administrativa, colaborar con órganos del Estado, generar procedimientos para recabar la opinión de NNA y sus familias, velar por el respeto de los derechos humanos, diseñar capacitaciones, solicitar información a otros órganos, y ejercer acciones para recuperar recursos mal utilizados. Los programas de protección especializada se diseñarán en base a evidencia técnica y territorial, y evaluaciones anteriores.
El Servicio deberá contar con una unidad de fiscalización para supervisar y controlar a los colaboradores acreditados, aplicando sanciones en casos calificados. Las personas jurídicas podrán ser colaboradores acreditados si implementan modelos para prevenir delitos que afecten la vida, salud, integridad, libertad e indemnidad sexual de NNA, así como el uso correcto de recursos públicos.
Para infracciones graves, el Servicio buscará que la sanción sea idónea para los fines de protección especializada. Una infracción gravísima, como la ocurrencia de delitos contra NNA o el uso indebido de recursos públicos, podrá ser sancionada hasta con el término de la acreditación.
Políticas de Personal y Coordinación
El Servicio deberá contar con personal capacitado e idóneo para el ejercicio de sus funciones. Los NNA sujetos de atención, junto a sus familias, deberán ser atendidos prioritariamente en el marco de los programas de la Administración del Estado. Los NNA respecto de quienes se determine una medida de protección serán derivados a los programas de protección especializada por los tribunales o las Oficinas Locales de la Niñez.
Iniciativas del Ministerio de Educación (Mineduc) en el Contexto de la Niñez Vulnerable
Propuesta "Admisión Justa" y el Sistema Escolar
El gobierno ha manifestado su disposición y decisión de mejorar el funcionamiento del Sistema de Admisión Escolar. Se ha identificado que en establecimientos educacionales con más postulantes que vacantes, solo un 51,0% de los estudiantes quedó en su primera preferencia. La propuesta "Admisión Justa" busca permitir la selección por mérito en liceos de alta exigencia académica a partir de 7º Básico. Esta medida aseguraría una admisión mínima del 30% de alumnos prioritarios y un 20% de alumnos preferentes, sumando un total del 50% de alumnos vulnerables.
Esta propuesta también replica lo establecido en el texto original de Admisión Justa en relación con las correcciones de las preferencias, la incorporación del 30% por proyecto educativo, y la autorización de entrevistas durante el proceso de admisión.
Prevención de maltrato y abuso sexual infantil - Decir ¡NO! - Filipón
Fortalecimiento de la Educación en Centros de Privación de Libertad del SENAME
En mayo, se realizó una Jornada Nacional de establecimientos educacionales ubicados en los Centros Privativos de Libertad de SENAME, incluyendo los Centros de Internación Provisoria (CIP) y los Centros de Régimen Cerrado (CRC), en Santiago. Los propósitos específicos de esta jornada fueron la identificación de los requerimientos para el trabajo mancomunado entre los ministerios de Justicia y Educación, el diagnóstico de las relaciones de colaboración entre los establecimientos educacionales y los centros privativos de libertad, y el análisis de la segunda propuesta de trabajo de la Coordinación Nacional de la EPJA para el período 2016-2018.
Participaron directores y jefes técnicos de establecimientos educativos en contextos de encierro, coordinadores regionales de Justicia Juvenil, jefes técnicos y coordinadores formativos de los Centros Privativos de Libertad de SENAME, coordinadores regionales de la EPJA y profesionales de nivel nacional de SENAME y de la Coordinación Nacional de la EPJA.
En cuanto al fortalecimiento de los centros educativos, se destacó la necesidad de revaluar el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y reelaborar el Manual de Convivencia con la participación de profesionales del SENAME y la EPJA, quienes aportarían su conocimiento y experiencia en educación en contextos de encierro. Asimismo, se consideró necesario contar con Reglamentos Internos de Evaluación adaptados a las problemáticas de estos establecimientos.
El diagnóstico institucional reveló problemas estructurales como el escaso financiamiento, producto de la subvención por asistencia media en un ambiente con matrícula reducida, alta inasistencia y rotación de estudiantes debido al fin de sus períodos de internación o cumplimiento de condena. Se programó una jornada de seguimiento en noviembre para los compromisos adquiridos por ambos ministerios.
