La Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca) ha sido objeto de una investigación que reveló el pago de pensiones a personas jubiladas de Carabineros, Gendarmería y la Policía de Investigaciones sin tener certeza de su estado de vida o muerte. Esta situación fue confirmada por una investigación de CIPER y ratificada en una entrevista por el propio director de la institución, Carlos Capurro.
Orígenes de la Alerta y Auditorías
Las primeras señales de alerta surgieron el 29 de diciembre de 2021, cuando la Contraloría General de la República (CGR) emitió su Informe Final 371. Este documento, que consta de 1.153 páginas, detalló una serie de irregularidades. Entre ellas, detectó inconsistencias contables entre los rubros de activos, pasivos y patrimonio por $115 millones. A pesar de los compromisos suscritos, la situación no pudo ser resuelta por completo hasta la fecha.
Adicionalmente, un informe de Auditoría Interna de Dipreca, emitido el 18 de diciembre de 2024 y al que tuvo acceso CIPER, reconoció que a esa fecha aún persistía la “falta de normas y procedimientos en el funcionamiento del proceso de pagos de pensiones y montepíos”. Este documento reveló, además, asimetrías contables sin aclarar en los descuentos aplicados a las personas beneficiadas con pensiones y montepíos.
Suspensión de Pagos y Hallazgos Clave
Ante las múltiples irregularidades, en diciembre último Dipreca resolvió suspender los pagos de pensiones a 182 beneficiarios que figuraban con más de 100 años, de los cuales la entidad no tenía certeza de si seguían con vida. En un esfuerzo por normalizar la situación, las autoridades revisaron el estado de estos pensionados.

Resultados de la Revisión
- La Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca) aclaró el pago de pensiones a jubilados de quienes no tenían seguridad si seguían vivos, según reveló un reportaje de Ciper.
- Tras una auditoría interna en 2024 que revisó a pensionados mayores de 100 años, hoy ya se constató que 138 estaban correctamente pagados.
- En 44 casos se solicitó certificado de supervivencia.
- De estos 44, 15 acreditaron vivir a solicitud de Dipreca, por lo que les restituyó el pago de pensión que se les había suspendido.
- Se confirmaron 11 casos de fallecimiento, sin que hasta ahora se sepa quién cobraba ese dinero.
- Otras 18 personas no pudieron ser contactadas y no demostraron supervivencia ni defunción, por lo que sus pensiones fueron dadas de baja. Entre ellas, hay tres que habrían cumplido 110 años.
- Cuatro de los beneficiarios tenían su registro de defunción en el Registro Civil, como consignó un Informe Final de Auditoría interna.
- Otro de los hallazgos fue que los RUT de 44 de estas personas no aparecían en el Registro Civil.
El director de Dipreca, Carlos Capurro, confirmó a CIPER que hasta hoy no saben si siguen transfiriendo dinero a nombre de personas que podrían haber fallecido. Respecto a las pensiones abonadas en las cuentas bancarias de las personas fallecidas, reconoció: “No sabemos si alguien las retiró o no”.
Desafíos y Acciones Legales Pendientes
Sobre las debilidades de control, Capurro justificó que “en Chile no hay cómo saber si alguien falleció en el extranjero” y si otra persona sigue cobrando los dineros abonados en su cuenta nacional. El director de Dipreca reconoció a CIPER que aún no han iniciado querellas para recuperar el dinero que fue mal pagado. “Estamos viendo donde presentamos acciones legales. Si [los eventuales partícipes de esta situación] están en el extranjero, ¿dónde lo hacemos?”, se preguntó.
Malversación y Fraude al Fisco
Cuestionamientos a la Transparencia
En este contexto, el autor de esta investigación periodística pidió a Dipreca, a través de la Ley de Transparencia, que entregara información sobre estos hechos. Frente a esa respuesta negativa, el caso fue presentado al Consejo para la Transparencia (CPLT). Los motivos expuestos por Dipreca ante el CPLT para justificar su respuesta negativa no se fundaron en las razones contempladas en la Ley de Transparencia para mantener bajo reserva un documento (que son los únicos argumentos por los que se puede negar el acceso a información pública), sino en razones de índole comunicacional y de contexto político (vea el artículo 21 de la Ley de Transparencia).
El CPLT desestimó estos argumentos y dio cinco días hábiles a Dipreca para entregar la información. Dado que esta respuesta contradecía los informes de Contraloría y de la propia Dipreca a los que esta investigación periodística había tenido acceso, CIPER pidió una entrevista al director de la institución, Carlos Capurro. En ella, el funcionario admitió la veracidad de las conclusiones de los informes de la Contraloría y de su propia entidad.
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