La posibilidad de una jubilación anticipada es un tema de gran relevancia para los trabajadores portuarios, dadas las exigencias inherentes a sus labores. Diversos actores, desde sindicatos hasta organismos estatales, han abordado y establecido normativas para facilitar este beneficio, buscando reconocer la naturaleza específica de su trabajo.
Negociaciones Sindicales para la Reducción de la Edad de Jubilación
El sindicato de Coordinadora de Autoridades Portuarias (CAP) mantiene conversaciones desde hace varios años con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para reducir la edad de jubilación de la Policía Portuaria. El objetivo de esta petición por parte del sindicato CAP es la aplicación de un coeficiente reductor que permita una jubilación anticipada de la Policía Portuaria y, de este modo, reivindicar una solución política para la situación. Son varios los sindicatos que han entablado un diálogo con el Ministerio de Trabajo, entre los cuales figura el de Coordinadora de Autoridades Portuarias. El sindicato CAP registrará una petición formal ante Puertos del Estado, ente superior del que dependen orgánicamente, para que tomen cartas sobre el asunto.

Requisitos y Beneficios de la Jubilación Anticipada en Chile
Para optar a la pensión anticipada, los trabajadores portuarios deben cumplir con ciertos requisitos y procesos específicos en Chile, los cuales consideran la naturaleza de su labor.
Rebaja de Edad y Aportes
- Tendrás una rebaja de edad de un año por cada cinco trabajados en la labor calificada, con un tope de cinco años.
- El mismo porcentaje que cotizas, debe ser aportado por tu empleador.
Condiciones para Imponentes del IPS
Es importante destacar que si eres imponente de los regímenes administrados por el Instituto de Previsión Social (IPS), y las labores que realizaste son reconocidas por esta institución o la Comisión Ergonómica Nacional, igualmente tendrás derecho a la rebaja de edad, sin importar si cotizaste adicionalmente como normalmente se exige.
Requisitos Fundamentales
Para ser beneficiario de la jubilación temprana, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Ser imponente de cualquier régimen administrado por el IPS, registrando 1.200 semanas de imposiciones como mínimo (equivalente a 23 años).
- Haber realizado una labor que se encuentre calificada como trabajo pesado por al menos cinco años, ya sea por el IPS o por la Comisión Ergonómica Nacional.

Proceso de Solicitud y Gestión de la Pensión
La pensión puede ser solicitada durante todo el año a través de diferentes canales, facilitando el acceso a los trabajadores.
Canales de Solicitud
- Ingresa a nuestro sitio web de ChileAtiende y revisa con tu RUN si eres una persona beneficiaria. Si cumples con los requisitos, deberás acceder con tu ClaveÚnica para iniciar la solicitud.
- También, podrás gestionar la pensión anticipada en una sucursal ChileAtiende con tu cédula de identidad.
Representación y Contacto
- Si el trámite lo realiza tu apoderada o apoderado, debe presentar un poder notarial con tu autorización y su cédula de identidad.
- Si tienes dudas, puedes llamar al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si estás en el extranjero).
Dictámenes y Criterios de Calificación para Trabajadores Portuarios
La calificación de "trabajador portuario" y "trabajo pesado" es crucial para acceder a estos beneficios, y está sujeta a dictámenes y ordinarios específicos de la Dirección del Trabajo.
Dictamen Destacado: ORD. N°221 (09-feb-2023)
Según el dictamen ORD. N°221, los trabajadores que realizan las labores de mecánicos al interior de la empresa Terminal Pacífico Sur Valparaíso S.A. no pueden ser calificados como trabajadores portuarios fundamentalmente para ser considerados como tales de acuerdo a la doctrina institucional precitada.
Ampliación de Criterios de Reclamación
El reciente Dictamen emitido por la Dirección del Trabajo permitirá ampliar los criterios de análisis de las reclamaciones, especialmente a aquellas que han sido observadas por funciones específicas, tales como mecánicos, eléctricos, almaceneros, frigoristas pañoleros, y otros. Lo anterior significará implementar un procedimiento interno en la revisión de las reclamaciones que considere las particularidades de cada puerto.

Documentos Relacionados
Existen diversos dictámenes y ordinarios que regulan la calificación y condiciones de los trabajadores portuarios, entre ellos:
- ORD. N°583/8 (27/01/2016): Trabajador Portuario; Calificación; Faenas propias de la actividad portuaria; Sentido y Alcance.
- ORD. N°4915 (05/12/2014): Trabajadores portuarios; Emparejadores y empacadores.
- ORD. N°4236 (20/08/2015): Trabajadores Portuarios; Comité Paritario de Higiene y Seguridad; Constitución.
- ORD. N°2235 (18/06/2019): Trabajadores Portuarios; Sistema Control del Cumplimiento de la Normativa Laboral Portuaria; Jornada de Trabajo; Amarradores.
- ORD. N°2231 (14/09/2021): Trabajadores Portuarios.
- ORD. N°221 (09/02/2023): Trabajadores Portuarios.
- ORD. N°2125 (06/06/2014): Trabajadores Portuarios; Pensión de Gracia; Organización Sindical; Socio.
- ORD. N°2118 (14/07/2020): Trabajadores portuarios; Subcontratación.
- ORD. N°1874 (08/04/2016): Trabajadores Portuarios; Relación Laboral; Eventuales o Transitorios; Fuero Comité Paritario.
- ORD. N°1861 (25/10/2022): Trabajadores Portuarios; Permiso seguridad del trabajador portuario; Vigencia; Competencia Dirección del Trabajo; Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante.
- ORD. N°1700 (23/06/2021): Trabajadores Portuarios.
- ORD. N°1681 (16/06/2021): Trabajadores Portuarios.
- ORD. N°1147 (06/07/2022): Trabajadores Portuarios; Recinto Portuario.
Proceso de Reclamación y Atención a Trabajadores
Los trabajadores que no estén conformes con la calificación de sus turnos o con los resultados del proceso de oficio, tienen derecho a iniciar un proceso de reclamación.
Resolución de Reclamaciones
Las reclamaciones son resueltas atendiendo a las fechas de presentación de estas. Se pueden dar dos escenarios principales:
- Acoge: se acogen turnos y pasan automáticamente a proceso de pago.
- Acoge con diligencia: se acoge una cantidad de turnos y se solicita diligencia para verificar si puede acreditar una mayor cantidad de turnos. En este caso, el trabajador puede desistirse de la diligencia aceptando solo los turnos otorgados, para lo cual solo se requiere de una carta simple dónde él manifiesta la voluntad de desistir.
Continuidad del Proceso de Pago
Se continuará con el Proceso de Pago respecto de las personas que vayan renunciando a la reclamación, en la medida que se vaya presentando dicha documentación. El proceso de oficio se encuentra concluido con el envío de los pagos a la Tesorería General de la República.
Atención de la Secretaría Permanente
La Secretaría Permanente ha comenzado la atención a diferentes sindicatos portuarios, con el fin de orientarlos en esta nueva etapa del proceso en forma presencial. Esta Secretaría es la encargada de velar por el proceso de aceptación, postulación y atención de dirigentes y trabajadores/as portuarios/as. Está ubicada en Pasaje Doctor Eduardo Cruz Coke N° 376 - 378, Santiago.
El horario de atención es de lunes a jueves, desde las 10:00 a 13:30 hrs. y de 15:00 a 17:30 hrs, y los días viernes, desde las 10:00 a 13:30 hrs. y de 15:00 a 16:00 hrs.
Cómo Realizar una Reclamación
En el caso de que el/la trabajador/a no esté de acuerdo con el resultado, cuenta con 60 días hábiles para realizar Reclamación, enviando una carta explicativa con mayores antecedentes a CASILLA 14.935 de Correos de Chile, sucursal Moneda, Santiago.
Procedimiento de recaudación
Condiciones Adicionales
Finalmente, una condición importante establecida es que los beneficiarios deben haberse encontrado con vida al 25 de enero de 2014 para calificar.
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