Invalidez del Finiquito Laboral: Derechos y Procedimientos en Chile

La obtención de una pensión de invalidez, ya sea parcial o total, genera importantes dudas respecto a la continuidad laboral y los derechos derivados de la terminación del contrato de trabajo, especialmente en lo que concierne al finiquito. Este artículo detalla los aspectos clave de la invalidez y su relación con el finiquito laboral en Chile, basándose en la legislación y jurisprudencia administrativa.

Definición y Validez del Finiquito Laboral

El finiquito laboral es un documento legal de carácter obligatorio, conforme a lo dispuesto en el artículo 177 del Código del Trabajo. Este tiene plena validez siempre que cumpla con las formalidades que exige la ley. Para que el finiquito sea válido, debe ser ratificado ante un ministro de fe.

Documento legal de un finiquito de trabajo sellado por un notario.

Formalidades del Finiquito Electrónico y Presencial

La Dirección del Trabajo ha establecido modalidades para la entrega y firma del finiquito:

  • Modalidad Presencial: El trabajador es informado que su finiquito estará disponible en una fecha y notaría específica, indicando dirección y comuna.
  • Modalidad Electrónica: Se informa al trabajador que el finiquito estará disponible en la página web de la Dirección del Trabajo (dt.gob.cl) a la que podrá acceder con su Clave Única. Es fundamental indicar expresamente que la modalidad electrónica es opcional y que siempre podrá optar por la opción presencial.

El pago se realizará a través de la Tesorería General de la República, quienes efectuarán el pago a más tardar 5 días después de suscrito el finiquito.

Invalidez y la Continuidad de la Relación Laboral

La obtención de una pensión de invalidez no es una causal de terminación de contrato de trabajo. La Dirección del Trabajo, en su jurisprudencia administrativa (entre otras, dictamen 3458/178 de 21.10.2002), ha señalado que el trabajador pensionado de invalidez que continúe laborando está obligado a asistir al trabajo y el empleador al pago de la remuneración convenida, pudiendo emplear su capacidad residual de trabajo. Si el trabajador no asiste a trabajar, el empleador tampoco está obligado a remunerarlo.

Capacidad Residual de Trabajo

La legislación reconoce la posibilidad de que un trabajador con pensión de invalidez conserve una capacidad residual de trabajo. Esto significa que puede seguir desempeñando funciones compatibles con su condición, y el empleador debe seguir pagando la remuneración acordada mientras el trabajador asista y cumpla con sus labores.

Causales de Término de Contrato Relevantes

Si bien la invalidez no es una causal directa de término de contrato, la relación laboral puede finalizar por otras razones establecidas en el Código del Trabajo:

  • Necesidades de la empresa, establecimiento o servicio (Artículo 161): Causales como racionalización, modernización, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores. En este caso, el empleador debe dar un aviso con al menos 30 días de anticipación, con copia a la Inspección del Trabajo.
  • Desahucio escrito del empleador: Aplicable a trabajadores con facultades generales de administración (gerentes, subgerentes, agentes o apoderados) y trabajadoras de casa particular.
  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato.
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
  • Procedimiento concursal de liquidación de bienes del empleador: La invocación corresponde efectuarla al liquidador designado.

Obligaciones del Empleador al Término del Contrato

El artículo 162 del Código del Trabajo establece las obligaciones del empleador al poner término a un contrato de trabajo:

  • Aviso escrito: Cuando la terminación se basa en las causales de los números 4, 5 o 6 del artículo 159, o algunas del artículo 160, el empleador debe informar al trabajador por escrito, entregando la carta de forma presencial o enviándola por carta certificada al domicilio, indicando las causales invocadas y los hechos que las fundamentan.
  • Estado de cotizaciones: El empleador debe informar por escrito al trabajador el estado de pago de sus cotizaciones previsionales hasta el último día del mes anterior al despido, junto con los comprobantes que lo acrediten.

Indemnizaciones y Montos en el Finiquito

El finiquito debe incluir el pago de diversos conceptos, algunos de los cuales constituyen indemnizaciones:

  • Remuneraciones pendientes: El sueldo correspondiente a los días trabajados hasta la fecha de desvinculación.
  • Indemnización sustitutiva de aviso previo: Si el empleador no da el aviso con 30 días de anticipación cuando corresponde (Art. 161). La base de cálculo corresponde a la última remuneración mensual, excluyendo horas extras, asignaciones familiares y estipendios esporádicos. La remuneración mensual no podrá exceder de 90 unidades de fomento.
  • Indemnización por años de servicio: Se calcula con la misma base que la indemnización sustitutiva de aviso previo.
  • Feriado anual y proporcional: El feriado establecido en el artículo 67 del Código del Trabajo en general no puede compensarse en dinero. Si el contrato de trabajo termina antes de cumplir un año de servicio, la indemnización se debe calcular en forma proporcional al tiempo que hay entre la contratación o la fecha de cumplimiento del último año de trabajo y el término de los servicios. El saldo de días hábiles de vacaciones (lunes a viernes) debe contarse en el calendario a partir del día siguiente a la fecha de terminación del contrato, para luego sumar los días sábados, domingos y festivos incluidos en ese período. En el caso de trabajadores con remuneraciones variables, la remuneración íntegra será el promedio de lo ganado en los últimos tres meses trabajados.

Descuento de Aporte Empleador AFC

Según el artículo 13 de la Ley 19.728, si el trabajador fue despedido bajo las causales del artículo 161 (necesidades de la empresa o desahucio), el empleador puede descontar de la indemnización por años de servicio la parte correspondiente al 1,6% que él ha depositado en la cuenta individual del trabajador en la AFC.

Plazo para el Pago del Finiquito

El finiquito debe ser otorgado por el empleador y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de diez días hábiles, contados desde la separación del trabajador. Las partes podrán pactar el pago en cuotas de conformidad con los artículos 63 bis y 169.

Reserva de Derechos en el Finiquito

El trabajador tiene la facultad de formular reserva de derechos, acorde al artículo 162 del Código del Trabajo. Esta cláusula permite al trabajador dejar constancia de aspectos sobre los cuales tiene diferencias con el empleador y que serán materia de un reclamo posterior. La formulación de reserva de derechos no impedirá la recepción de los montos ya establecidos y acordados en el finiquito.

Persona firmando un documento, con un detalle del área donde se podría añadir una reserva de derechos.

El Proceso de Calificación de Invalidez

La calificación de invalidez es un proceso riguroso que determina el grado de incapacidad de una persona y su relación con el trabajo.

Diferencia entre Accidente Laboral y Enfermedad Profesional

  • Accidente Laboral: Toda lesión producida por el trabajo que cause incapacidad o muerte.
  • Enfermedad Profesional: Para ser considerada como tal, debe existir una relación causal entre el quehacer laboral y la patología que provoca la invalidez o la muerte.

La Comisión Central de Evaluación de Incapacidades (para accidentes) y el COMPIN (para enfermedad profesional) se basan en el Decreto Supremo 109 para determinar el grado de incapacidad.

Trámite de Solicitud de Pensión de Invalidez

Cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada, la respectiva Comisión Médica Regional (CMR) cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le hace entrega de las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas. Posteriormente, la CMR determina si el impedimento o enfermedad es objetivo, demostrable, si se han agotado las terapias médicas o quirúrgicas accesibles y si se ha cumplido el período de observación. Con esta determinación, la CMR emite un primer dictamen que otorga una pensión de invalidez total o parcial.

Diagrama de flujo del proceso de evaluación de invalidez médica.

Indemnización por Accidente o Enfermedad Laboral

Esta es un monto de dinero que se paga por una sola vez al trabajador que haya sufrido un accidente o enfermedad laboral, con pérdida de su capacidad de ganancia en un porcentaje igual o superior al 15% e inferior a 40%, según lo resuelto por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN).

Las declaraciones de incapacidad emitidas por el COMPIN son revisables por agravación, mejoría o error en el diagnóstico, lo cual puede significar que se concede o termina el derecho al pago de la indemnización, o se aumenta o disminuye su monto.

Pensión de Gran Invalidez

Corresponde a una incapacidad igual o mayor a 70%, con el agravante de que el trabajador requiere del auxilio de terceras personas para realizar los actos elementales de su vida. Los montos de las pensiones de invalidez se aumentarán en un 5% por cada uno de los hijos que le causen Asignación Familiar al pensionado, a partir del tercer hijo autorizado como carga familiar.

Funcionarios Públicos y Pensión de Invalidez

Los funcionarios públicos que obtengan una pensión de invalidez deben retirarse de la administración pública.

Documentos para Solicitar Indemnización por Accidente o Enfermedad Laboral

En caso de Accidente Laboral:

  1. Resolución emitida por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) informando el grado de invalidez.
  2. Resolución de la Comisión Médica de Reclamos (COMERE) y/o dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), si existen.
  3. Denuncia Individual de Accidente del Trabajo (DIAT).
  4. Copia del Contrato de Trabajo y/o Finiquito correspondientes al empleador bajo cuya dependencia acontece el accidente.
  5. Certificado histórico de cotizaciones de la AFP respectiva (por todo el periodo de su historia laboral).
  6. Poder Notarial, si el trámite lo realiza un tercero.
  7. Copia de las liquidaciones de sueldo de los seis meses anteriores a la fecha del accidente laboral.

En caso de Enfermedad Profesional:

  1. Resolución emitida por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) informando el grado de invalidez.
  2. Resolución de la Comisión Médica de Reclamos (COMERE) y/o dictamen de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), si existen.
  3. Denuncia Individual de Enfermedad Profesional (DIEP).
  4. Copia del Contrato de Trabajo y/o Finiquito correspondientes al empleador bajo cuya dependencia se declara la enfermedad profesional.
  5. Certificado histórico de cotizaciones previsionales de la AFP respectiva.
  6. Historia laboral del trabajador (contratos, finiquitos, avisos de cesación de servicios y/o certificados de empleadores desde el 1 de mayo de 1968 o desde el inicio de la actividad laboral).
  7. Certificado de rentas emitido por el empleador para funcionario, correspondientes a los últimos seis meses anteriores a la fecha en que se decreta la enfermedad profesional, debidamente desglosadas en cada una de sus leyes y bonificaciones.

AFP: ¿Cómo Jubilar por Invalidez en Chile?

Consideraciones Tributarias de las Indemnizaciones

Para el tratamiento tributario de las indemnizaciones, se debe considerar que son voluntarias todas aquellas que superen los montos de las indemnizaciones legales. Para aplicar el beneficio de “no renta”, se deben sumar las indemnizaciones legales y las voluntarias (todas), para aplicar lo indicado en el artículo que indica que “Las asignaciones familiares, los beneficios previsionales y la indemnización por desahucio hasta un máximo de un mes de remuneración por cada año de servicio o fracción superior a seis meses” no constituyen renta. Adicionalmente, los conceptos de sumas voluntarias que la empresa acuerde entregar a sus trabajadores pueden rebajarse como gastos, siempre que se paguen o abonen en cuenta y se retengan los impuestos aplicables.

tags: #invalidez #del #finiquito #de #trabajo