La Incapacidad para Testar: Definición, Requisitos y Consecuencias

La capacidad para testar es un principio fundamental en el derecho sucesorio. Permite a una persona expresar su última voluntad y disponer de sus bienes después de su fallecimiento. Sin embargo, existen situaciones en las que esta capacidad se ve limitada, conocidas como incapacidades para testar. Comprender su definición, los requisitos para su apreciación y las consecuencias legales es crucial para la validez de un testamento.

¿Qué es la Incapacidad para Testar?

El Código Civil establece que pueden testar todos aquellos a quienes la ley no lo prohíba expresamente. Es decir, que enuncia la capacidad a través de una regla general y de manera excepcional regula la incapacidad, sin que a estos efectos tengan aplicación las limitaciones y especificaciones de la capacidad general de obrar que se refieren a los negocios inter vivos ni otras normas especiales. La regla general es la amplitud, restringiéndose solo en contados casos, por lo que las incapacidades son la excepción. La finalidad de poder testar es disponer de sus bienes y conseguir lo que se quiere, siempre que las cláusulas del testamento estén dentro de la legalidad.

¿Quiénes están incapacitados para testar?

El artículo 663 de este mismo texto legal indica que están incapacitados para testar:

  • Los menores de catorce años.
  • El que habitual o accidentalmente no se encuentre capacitado. Esto puede darse por razón de su edad, de su estado civil o de otras circunstancias que afecten su juicio, como una psicosis, siempre que impida formar y expresar su voluntad de manera libre y consciente.
Esquema de las causas de incapacidad para testar según la legislación civil

Requisitos para la Validez del Testamento: La Apreciación de la Capacidad

La capacidad del testador es una condición indispensable para la validez del testamento. Para apreciar esta capacidad, se atenderá únicamente al estado en el que se halle el sujeto al tiempo de otorgar el testamento. De este modo, por ejemplo, aquel que hizo testamento antes de la enajenación mental lo hizo válidamente. Además, la capacidad deberá tenerse durante todo el tiempo del otorgamiento del testamento, es decir, el testador debía tenerla al momento de hacerlo.

La capacidad se presume siempre, mientras que la incapacidad ha de ser acreditada. Una vez firmado el testamento, se presume que la persona tenía la capacidad para otorgarlo, a menos que se demuestre lo contrario de manera clara y completa. Serán otros herederos quienes deban probar que la incapacidad existía en el momento de la firma.

El notario juega un papel crucial en este proceso. Uno de los datos más importantes que el notario certifica en el momento de firmar un testamento es la capacidad del testador. Él utiliza su juicio profesional para evaluar la capacidad del testador en el momento exacto de otorgar el testamento. La capacidad condiciona la validez del testamento, por lo que el notario deberá asegurarse de que, a su juicio, el testador tiene la capacidad legal para testar o bien asegurarse con la declaración de los testigos. De hecho, es necesaria la presencia de testigos, salvo en casos determinados. El testamento debe redactarse por escrito, ser firmado por él y debe ponerse la fecha (año, mes y día), elementos que también corroboran la capacidad en ese instante.

OTORGAMIENTO DE TESTAMENTO

La Incapacidad en el Contexto Actual: Discapacidad y Expresión de la Voluntad

La legislación moderna ha evolucionado para garantizar el derecho a testar a personas con discapacidad. La ley actual permite que estas personas puedan otorgar testamento, siempre y cuando puedan comprender y expresar su voluntad, aunque sea usando los apoyos necesarios. La ley permite el uso de medios técnicos y humanos para ayudar a las personas con discapacidad a expresar su voluntad.

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo (STS 1640/2024, 10 de diciembre de 2024) afirma que es válido el testamento otorgado por una persona, incluso si tiene limitada su capacidad de disposición y administración. Lo fundamental es que debe establecerse específicamente la incapacidad para testar para declarar nulo un testamento, lo que subraya la importancia de una evaluación individualizada y no generalizada de la capacidad.

Consecuencias de la Incapacidad para Testar

La principal consecuencia de que el testador sea declarado incapaz es la nulidad del testamento. Si se demuestra que la persona carecía de la capacidad legal en el momento de otorgarlo, o que esta no se mantuvo durante todo el proceso, el testamento será nulo. Esta nulidad implica que las disposiciones de última voluntad no tendrán efecto legal, y la sucesión se regirá por las normas de la sucesión intestada (sin testamento), a menos que exista un testamento anterior válido. La ausencia de capacidad compromete la legalidad de las cláusulas y, por ende, la validez integral del documento.

Distinción entre Capacidad para Testar y Capacidad para Suceder

Es importante diferenciar la capacidad para testar de la capacidad para suceder por causa de muerte. Aunque relacionadas, son conceptos distintos.

Por regla general, todas las personas son capaces para suceder, tanto en la sucesión testamentaria como intestada. La incapacidad para recibir asignaciones por causa de muerte es de carácter excepcional. Un ejemplo de esto es cuando una persona es declarada indigna o incapaz de recibir la sucesión.

Existen excepciones a la capacidad para suceder, como es el caso de una criatura que aún no ha nacido. Para que tenga capacidad para suceder, debe estar concebida para ello y el nacimiento debe efectuarse, ya que la existencia legal de la criatura es un evento esencial para que adquiera en definitiva la capacidad. En el testamento, es fundamental respetar las legítimas a las que se hace referencia en la ley, que son las porciones de la herencia que obligatoriamente deben ir a ciertos herederos forzosos.

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