El Estado de Chile reconoce la lengua de señas como medio de comunicación natural de la comunidad sorda, garantizando su acceso a la información y a la participación social.
Marco Legal y Políticas Públicas
La Ley N° 20.422, vigente desde el 10 de febrero de 2010, establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad. Esta ley se fundamenta en principios clave como la vida independiente, la accesibilidad universal, el diseño universal, la intersectorialidad, la participación y el diálogo social. Posteriormente, en 2017, la Ley N° 21.015 incentivó la inclusión laboral de personas con discapacidad, actualizando y modificando la Ley N° 20.422. El objetivo de esta nueva ley es promover la inclusión laboral en igualdad de condiciones tanto en organismos estatales como en empresas privadas, prohibiendo cualquier acto discriminatorio basado en la condición de discapacidad.

Inclusión Laboral
La Ley de Inclusión Laboral para personas con discapacidad entró en vigencia el 1 de abril de 2018, afectando a cerca de 7.600 empresas. Es fundamental destacar que las empresas y servicios no pueden discriminar ni privilegiar una discapacidad sobre otra al momento de la contratación. Las personas con discapacidad también tienen derecho a celebrar contratos de aprendizaje contemplados en el Código del Trabajo.
Programas y Beneficios Estatales
El Estado ofrece una red de programas, ayudas y beneficios disponibles para personas con discapacidad, adaptados a sus situaciones y etapas de vida. La red "Chile Cuida" conecta instituciones, programas y servicios para brindar apoyos y cuidados a personas que requieren asistencia en sus actividades diarias, así como a sus cuidadores. El subsistema de protección integral a la infancia tiene como misión acompañar, proteger y apoyar a niños, niñas y adolescentes con discapacidad, junto a sus familias. Otros subsistemas del Sistema de Protección Social promueven que las familias y personas accedan a mejores condiciones de vida, superando la pobreza extrema y vulnerabilidades sociales. Asimismo, existen iniciativas enfocadas en promover hábitos y estilos de vida saludables para mejorar la calidad de vida y el bienestar general.
Programas Sociales para personas con Discapacidad
Derechos Específicos de las Personas con Discapacidad
Reconocimiento y Evaluación de la Discapacidad
Las personas con discapacidad tienen derecho a ser evaluadas médicamente, tanto en el sector público como privado, para obtener la calificación oficial de su discapacidad.
Apoyo a la Vivienda
Existen subsidios especiales otorgados por el Ministerio de Vivienda destinados a facilitar la adquisición de viviendas que serán habitadas permanentemente por personas con discapacidad.
Participación Electoral
Se establecen sanciones penales para quienes impidan, obstaculicen o dificulten maliciosamente el voto de un elector con discapacidad, garantizando así su derecho a sufragio sin presiones.
Accesibilidad en Edificios
Los usuarios de sillas de ruedas tienen derecho al fácil acceso y tránsito en edificios de uso público o que presten servicios a la comunidad, asegurando la movilidad y la autonomía.
Acceso a la Educación
Las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a establecimientos públicos y privados de enseñanza regular o de educación especial que reciban subvenciones del Estado. Los establecimientos de educación parvularia, básica y media deben contar con planes específicos para alumnos con necesidades especiales, y los de enseñanza regular deben implementar adecuaciones curriculares, de infraestructura y materiales de apoyo para facilitar la inclusión.
Prevención y Rehabilitación
Las personas con discapacidad tienen derecho a acceder a programas estatales y a prestaciones en la salud pública orientadas a su rehabilitación, promoviendo su recuperación y bienestar.
Protección de Fichas Clínicas
Las personas con discapacidad psíquica o intelectual tienen derecho a que se resguarde la reserva y confidencialidad de su ficha clínica.
Circulares y Dictámenes Relevantes
Licencias Médicas y Subsidios
Diversas circulares y dictámenes abordan aspectos relacionados con licencias médicas y subsidios para personas con discapacidad. La Circular 3721 actualiza instrucciones para la resolución de licencias médicas tipo 4 por alergia a la proteína de leche de vaca, dejando sin efecto la Circular 3190. La Circular 3731 complementa la Circular N°3.722, de 2022, sobre el subsidio para personas con discapacidad mental y física o sensorial severa menores de 18 años, a que se refiere el artículo 35 de la Ley N°20.255. La Circular 3828 instruye sobre los criterios para determinar la base de cálculo del subsidio para personas que utilizan licencia médica por enfermedad grave de niño menor de un año, y los efectos del rechazo de licencias por causales jurídicas administrativas, además del traspaso del permiso. La Circular 3718 modifica el título I del libro V de la Ley N°16.744, referente al programa de seguimiento de trabajadores con enfermedad profesional de carácter crónico. La Circular 3713 modifica el título IV del libro III del compendio de normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, relativo al rechazo de licencia médica o reposo médico por calificación de origen común o laboral, aplicando el artículo 77 bis de la Ley N°16.744. La Circular 3722 deroga la Circular N°2.863, de 2012, sobre el subsidio para personas con discapacidad mental y física o sensorial severa menores de 18 años.

Cálculo de Base de Licencias Médicas
El Dictamen 4327-2022 aclara que los tres meses calendarios anteriores más próximos al inicio del permiso, considerados para el cálculo del subsidio de la Ley SANNA, pueden buscarse hasta 6 meses atrás. Si no hay días trabajados o subsidios en un mes (incluso si las licencias médicas fueron rechazadas), no corresponde utilizar ese período, sino el siguiente mes más próximo, completando así los 3 meses necesarios dentro de los 6 meses previos al inicio del permiso.
Cobertura del Seguro Escolar y Accidentes Laborales
El Dictamen 4121-2022 aborda la cobertura del Seguro Escolar durante giras de estudio. El Dictamen 164165-2022, sobre la Ley N° 16.744, establece que el cumplimiento de una necesidad fisiológica, como desayunar o tomar una bebida durante la jornada laboral, no rompe la relación laboral a efectos de protección. El Dictamen 4665-2022 complementa instrucciones sobre la vigencia del nuevo cuestionario de evaluación de riesgo psicosocial CEAL-SM/SUSESO y los límites temporales del cuestionario SUSESO/ISTAS21.
Tramitación de Licencias Médicas y Créditos Sociales
El Dictamen 159298-2022 señala que el atraso en la tramitación electrónica de una licencia médica por parte del trabajador podría configurar un caso fortuito o fuerza mayor, si el profesional médico no advirtió la no adscripción del empleador al sistema de licencias médicas electrónicas, lo que impidió al interesado actuar oportunamente. El Dictamen 4670-2022 se refiere a las operaciones de crédito de dinero en el contexto de la Ley No21.389, que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, en relación con los créditos sociales de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF).