La Pensión de Gracia es un beneficio pecuniario de suma importancia, otorgado por S.E. el Presidente de la República. Su monto es variable y se fija en ingresos mínimos no remuneracionales. Este tipo de pensión puede concederse por un período definido de tiempo o de manera vitalicia, según corresponda a cada caso particular.
Origen Histórico y Marco Legal
Las Pensiones concedidas por Gracia datan de 1836, apareciendo inmediatamente después de las primeras legislaciones chilenas sobre las pensiones de montepíos destinadas a los militares. Inicialmente, estas pensiones fueron otorgadas principalmente a viudas, hijos, nietas y hermanas de autoridades públicas, tanto civiles como militares.
En 1887, se aprobó una Ley que regulaba la tramitación de las solicitudes de Gracia elevadas al Congreso. Posteriormente, la Constitución de 1980 estableció una modificación sustancial en el otorgamiento del beneficio, al establecerlo como una facultad privativa del Presidente de la República. En Octubre de 1981, se dictó la Ley N° 18.056, que no solo establece quiénes podrán solicitar Pensiones de Gracia, sino que también dispone la formación de una Comisión Especial encargada de asesorar al Presidente en el estudio de las solicitudes.
Proceso de Otorgamiento y Requisitos para Postular
Asesoramiento Presidencial y Evaluación de Solicitudes
Para determinar la entrega de una pensión de gracia, así como su monto y el período de tiempo de su duración, S.E. el Presidente de la República es asesorado por una Comisión Especial. Esta comisión fue creada específicamente para estos fines, según el D.S. N°1928 de 1981. Dicha Comisión evalúa caso a caso las solicitudes presentadas, certificando que no existen otras instancias de resolución disponibles para el peticionario.
Procedimiento de Postulación
Para postular a una pensión de gracia, el peticionario debe enviar una carta a S.E. el Presidente de la República. Es fundamental que en esta carta se incluyan sus datos completos (como nombre, cédula de identidad, domicilio, teléfono, etc.) y se exponga claramente el motivo invocado para solicitar este beneficio.

Determinación de la Fecha de Pago de la Pensión de Gracia
La fecha de pago de su pensión dependerá fundamentalmente del convenio internacional mediante el cual recibe este beneficio. Es importante tener en cuenta que, a la fecha de pago informada en el calendario, deberá sumarle aproximadamente unos 10 días hábiles adicionales para la recepción efectiva del monto.

Consulta del Historial de Pagos
Los beneficiarios de una Pensión de Gracia tienen la posibilidad de consultar su historial de pagos de manera sencilla a través de la Sucursal Virtual. Para acceder a este servicio, solo debe ingresar su RUT.
Los pasos para consultar su historial de pagos son los siguientes:
- Ingresa a tu Sucursal Virtual con tu RUT y Clave de Acceso.
- Una vez dentro, podrás visualizar el “Resumen de mi Pensión”.
- Selecciona el menú desplegable que dice “Quiero”.
- De las dos opciones que se mostrarán, elige “Historial de Pagos de Pensión”.
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Contacto para Información Adicional
Si requiere mayor información, asistencia o tiene consultas específicas relacionadas con su Pensión de Gracia, puede comunicarse con nuestro Contact Center. Nuestro equipo está disponible para atenderle en los siguientes horarios:
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