El Pilar Solidario de Vejez, establecido en Chile en 2008 mediante la Ley N° 20.255, representa un componente esencial del sistema de protección social del país. Su propósito primordial es asegurar una pensión digna para aquellos ciudadanos que no poseen la capacidad de autofinanciar su retiro o que cuentan con pensiones consideradas insuficientes. Antes de la implementación del Pilar Solidario de Vejez, la única forma de asistencia estatal era la Pensión Asistencial (PASIS). Este beneficio monetario presentaba limitaciones tanto en su cobertura como en su monto. Para el año 2005, la PASIS ascendía a $44.960 para adultos mayores de 75 años o más, y a $41.119 para aquellos entre 70 y 74 años, y estaba exclusivamente dirigido a personas en situación de extrema pobreza.
El Pilar Solidario de Vejez ha sido un eje central en la transformación del sistema de protección social en Chile. Ha permitido expandir la cobertura de manera significativa. En diciembre de 2008, el número de beneficiarios ascendía a 558.081 personas. Esta cifra experimentó un notable crecimiento en los años subsiguientes, alcanzando los 2.437.259 beneficiarios en diciembre de 2023, lo que se traduce en un incremento superior a cuatro veces.
Este crecimiento no solo ha facilitado la inclusión de un mayor número de personas en el sistema de pensiones, sino que también ha sido determinante en la reducción de la pobreza entre los adultos mayores. Según datos de la Encuesta CASEN, en 2006, el 22,9% de la población mayor de 65 años vivía en condiciones de pobreza. Para 2013, con el Pilar Solidario de Vejez ya consolidado, este porcentaje se redujo al 7,8%. En 2022, la pobreza en la tercera edad disminuyó aún más, situándose en el 2,2%. En conjunto, el Pilar Solidario y la posterior Pensión Garantizada Universal (PGU) han simplificado y ampliado el acceso a la protección social en Chile, garantizando que un mayor número de personas, especialmente aquellas en situaciones de vulnerabilidad, dispongan de ingresos suficientes para afrontar la vejez o la discapacidad.
La Evolución hacia la Pensión Garantizada Universal (PGU)
La creación de la Pensión Garantizada Universal (PGU) en 2022 marcó un avance significativo en el fortalecimiento de la protección social en Chile. Esta evolución implicó la transición desde el Pilar Solidario de Vejez, que incluía las Pensiones Básicas Solidarias (PBS) y el Aporte Previsional Solidario (APS), hacia la PGU. Este cambio logró simplificar el sistema y ampliar su cobertura a grupos familiares, excluyendo únicamente al 10% más rico de la población mayor de 65 años.
La PGU es un beneficio monetario mensual que permite aumentar la pensión si se cumplen los requisitos establecidos. Con la Reforma de Pensiones, desde septiembre de 2025, el Instituto de Previsión Social (IPS) realiza reevaluaciones para calcular el valor de los beneficios y ofrecer la alternativa de mayor monto, en función de la edad del beneficiario.
El Instituto de Previsión Social (IPS) tiene hasta el último día hábil de octubre de 2025, 2026 y 2027 (dependiendo de la edad) para notificar a los beneficiarios de Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) si la PGU resulta más conveniente que su pensión actual. En tales casos, se les informará sobre la opción de renunciar al APSV y solicitar la PGU. El IPS comparará la pensión final actual (pensión base más complemento solidario) con la suma de pensiones recibidas, la PGU y el bono compensatorio (si corresponde).
Si eres beneficiario de APSV y no recibes una pensión vitalicia, puedes solicitar asesoría durante todo el año en una sucursal de ChileAtiende.

¿Quiénes Tienen Derecho a Estos Beneficios?
Tanto mujeres como hombres que hayan cumplido 65 años de edad o que hayan sido declarados con invalidez por las Comisiones Médicas, y que no hayan cotizado en una administradora de fondos de pensiones (AFP) ni posean una pensión en algún régimen previsional, tienen derecho a estos beneficios.
Adicionalmente, pueden solicitar una PBS los pensionados por gracia, los exonerados políticos, y los beneficiarios de la Ley Rettig y la Ley Valech. Estos individuos, además de su pensión actual, pueden percibir otra del Instituto de Previsión Social (IPS) o AFP.
Es fundamental destacar que la PBS de vejez e invalidez se financia íntegramente con recursos fiscales.
Monto del Beneficio y Consideraciones de la Reforma de Pensiones
Las PBS se reajustan anualmente en el mes de julio, en concordancia con el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Con la Reforma de Pensiones, si tienes 82 años o más, el monto máximo de la PGU puede alcanzar los $250.275.
Para acceder al beneficio, es requisito tener 65 años cumplidos. Si recibes una pensión por leyes reparatorias o pensiones de gracia, podrías solicitar el monto completo de la PGU, sujeto a tu edad.
Si ya has solicitado la Pensión Garantizada Universal (PGU), puedes consultar el estado de tu trámite utilizando tu ClaveÚnica.
Casos de Suspensión y Reactivación del Beneficio
La PGU puede suspenderse en los siguientes casos:
- No cobro de la PGU durante 6 meses continuos.
- Fallecimiento del beneficiario o beneficiaria.
- Permanecer fuera de Chile por un período superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año calendario (enero a diciembre).
En caso de no cobro por 6 meses, es posible solicitar la reactivación del beneficio dentro de un plazo de 6 meses desde la emisión de la resolución de suspensión.
Es importante señalar que puedes interponer un reclamo ante el IPS en un plazo de 5 días hábiles (de lunes a viernes) contados desde la notificación del rechazo o suspensión, amparado por la Ley N° 19.880.

Avances en la Reforma de Pensiones y Solicitudes de la PGU
El Instituto de Previsión Social (IPS) informa que los beneficiarios de leyes de reparación y pensiones de gracia que cumplan 82 años o más al 1 de septiembre de 2025 pueden presentar su solicitud de Pensión Garantizada Universal (PGU) desde junio. Esto permite una evaluación anticipada de sus antecedentes, de acuerdo con las directrices de la Superintendencia de Pensiones, para asegurar el pago en septiembre si cumplen los requisitos.
Hasta la fecha, la mayoría de quienes reciben beneficios de reparación no cuentan con la PGU, o solo acceden a una parte de ella si su pensión de reparación es inferior al monto máximo de la PGU. Sin embargo, con la Ley N° 21.735, aquellos que cumplan todos los requisitos podrán recibir el monto completo del beneficio, equivalente a $250.000 mensuales, según un calendario por tramos de edad.
En septiembre, la PGU se incrementará a $250.000 para todas las personas de 82 años o más que ya la estén recibiendo, sin necesidad de realizar una nueva solicitud. Se ha habilitado un servicio de autoconsulta en www.chileatiende.cl, www.ips.gob.cl y a través del Call Center 101, donde las personas pueden verificar desde cuándo pueden solicitar la PGU ingresando su RUN y fecha de nacimiento.
Las personas de 82 años y más con beneficios de reparación o pensiones de gracia que ya reciben un complemento de PGU no necesitan realizar una nueva solicitud.
Requisitos Generales para Acceder a la PGU
Más allá de contar o no con un beneficio de reparación, para obtener la PGU es necesario cumplir con ciertos requisitos:
- Tener 65 años de edad cumplidos.
- No estar en el 10% más rico de la población.
- Acreditar residencia en Chile por al menos 20 años continuos o discontinuos, contados desde los 18 años de edad.
- Acreditar residencia en Chile por al menos 4 años en los últimos 5 años anteriores a la solicitud.
Envejecimiento Saludable y Exitoso (DocMorris)
Política Pública con Enfoque de Género
Una característica distintiva del Pilar Solidario de Vejez y su evolución hacia la PGU es su enfoque de género. Históricamente, las mujeres han enfrentado desventajas en el sistema previsional debido a menores tasas de participación laboral, salarios más bajos y una mayor expectativa de vida. Se han incorporado medidas adicionales, como el bono por hijo vivo, para compensar el impacto de la maternidad en sus carreras laborales y capacidad de cotización.
Esto ha incidido significativamente en la brecha de género. En 2008, el 68% de los beneficiarios del Pilar Solidario de Vejez eran mujeres; en 2023, este porcentaje fue del 59%. La tasa de reemplazo (porcentaje de ingresos previos que una persona recibe como pensión) para las mujeres, que en muchos casos era solo del 12%, ha aumentado en un 59% gracias al Pilar Solidario de Vejez, permitiendo que cuenten con una pensión más acorde a sus necesidades. Para los hombres, la tasa de reemplazo ha aumentado en un 42%, reflejando una mejora sustancial, aunque el impacto ha sido más pronunciado para las mujeres.
Actualmente, se está tramitando un proyecto de ley que busca mejorar aún más el Pilar Solidario, hoy complementado con la PGU, aumentando el beneficio de los actuales $214.296 pesos mensuales a $250.000 pesos.
Para obtener más información:
- Call center ChileAtiende: 101
- Desde el extranjero: +56 4 4236 20 00
- Consulte el horario de atención en el sitio web de ChileAtiende.