¿Es un buen momento para jubilarse en este momento? Información clave y reformas previsionales

La decisión de jubilarse es un hito importante en la vida de cualquier persona, influenciada por factores económicos, personales y la legislación vigente. En Chile, el sistema de pensiones ha experimentado diversas reformas que buscan mejorar las condiciones de los futuros pensionados. Analizar estas novedades y los aspectos clave del sistema actual es fundamental para tomar una decisión informada.

Edad legal y beneficios actuales

En Chile, para acceder a la jubilación por vejez, los hombres deben tener al menos 65 años y las mujeres 60 años. Sin embargo, el momento óptimo para jubilarse puede variar significativamente según los gastos individuales, las expectativas de vida y las otras fuentes de ingresos disponibles. Además, es fundamental considerar el impacto de la inflación en los ahorros acumulados.

Pensión Garantizada Universal (PGU)

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un pilar fundamental de la seguridad social en Chile, diseñada para apoyar a los adultos mayores. Personas pensionadas por Leyes de Reparación (Exonerados, Rettig y Valech) y beneficiarios de pensiones de gracia también podrán acceder a la PGU si cumplen los requisitos. Si la persona ya recibe el complemento de PGU (porque su pensión de reparación era menor al monto máximo de la PGU), a partir de septiembre de la fecha en que cumpla la edad establecida en el calendario, su monto se ajustará de forma automática al nuevo valor máximo de la PGU ($250.000). Si ya recibes la PGU, el ajuste es automático según el calendario.

Esquema de requisitos y montos de la PGU

Beneficio por Años Cotizados (BAC)

El Beneficio por Años Cotizados (BAC) es un aporte mensual expresado en Unidades de Fomento (UF) para personas de 65 años o más que reciben una pensión de vejez o de invalidez en AFP o compañía de seguros y cumplan con los requisitos. Este beneficio entrega 0,1 UF por cada 12 meses cotizados.

Requisitos para acceder al BAC:

  • Tener más de 65 años.
  • Si es hombre, debe tener al menos 20 años (240 meses) cotizados en AFP.
  • Si es mujer, debe tener al menos 10 años (120 meses) cotizados en AFP.

Este requisito para mujeres irá aumentando; a partir de enero de 2028, se exigirá un mínimo de 11 años. El Beneficio por Años Cotizados (BAC) puede extinguirse en caso de fallecimiento.

Impacto de la Reforma Previsional

La Reforma Previsional en curso introduce cambios significativos que buscan fortalecer el sistema y mejorar las pensiones. A partir de las remuneraciones de agosto de 2025, los empleadores comenzaron a pagar un 1% adicional que se irá incrementando gradualmente hasta alcanzar un 7%. Este monto adicional contribuirá al Seguro Social.

Nuevas cotizaciones del empleador y su distribución

A partir de las remuneraciones de agosto 2025, los empleadores comenzaron a pagar un 1% adicional. Este es un nuevo beneficio de la Reforma Previsional que comenzó a regir el 1 de mayo de 2025. Se propone un incentivo a la cotización.

¿Cómo se distribuye la nueva cotización?

  • El 1,5% aportará el empleador para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), el cual pasará a ser una de las prestaciones del Seguro Social a contar de agosto de 2027.
  • Se establece un aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) a $250.000 para pensionados de 82 años o más.
  • Inicia el pago de los beneficios del nuevo Seguro Social, incluyendo la Compensación por Años Cotizados y el Bono a mujeres por expectativas de vida.

Para cumplir esta función, el IPS realizará la recaudación a través de un proveedor especializado, a través del cual los empleadores deberán efectuar dichos pagos. El empleador o entidad pagadora de subsidios debe declarar y pagar las cotizaciones hasta el día 10 del mes siguiente a aquel en que se devengaron las remuneraciones, o se autorizó la licencia médica. Cuando el empleador realice la declaración y el pago de las cotizaciones por medio electrónico, el plazo de pago se extenderá hasta el día 13 de cada mes, incluso si fuera sábado, domingo o festivo. Si el empleador no realiza la declaración, tendrá hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar ante el Instituto de Previsión Social (IPS) que su obligación se extinguió. Transcurrido ese plazo adicional, y agotadas las gestiones aclaratorias por parte del IPS sin que el empleador haya acreditado la extinción de la obligación, se presumirá que las respectivas cotizaciones están declaradas y no pagadas y se constituirá una deuda previsional efectiva.

Reforma previsional: ¿cómo funcionaría el 6% de cotización extra con cargo al empleador?

Ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales

La reforma amplía el Seguro de Lagunas Previsionales, que permitirá cubrir cotizaciones en periodos de cesantía. Este nuevo beneficio permite que todas las personas que reciban el Seguro de Cesantía, sin importar el tipo de fondo (Cuenta Individual o Fondo Solidario), tengan cubiertas sus cotizaciones previsionales mientras estén desempleadas. Antes, solo las personas que usaban el Fondo de Cesantía Solidario tenían cotizaciones previsionales cubiertas. Desde mayo de 2025, se incluye también a quienes usan su Cuenta Individual. Así, todos los beneficiarios del Seguro de Cesantía tienen este respaldo.

  • Desde mayo a julio de 2025, se cotiza el 10% del pago mensual del Seguro de Cesantía.
  • Desde agosto, sube a 10,10%, y en agosto de 2027 a 10,25%.

Es decir, mes a mes se deposita ese porcentaje en la AFP del trabajador o trabajadora mientras esté cesante. Esto aplica mientras la persona esté recibiendo pagos del Seguro de Cesantía. Si se terminan los giros (no posee más fondos en su cuenta individual), o encuentra trabajo, también finaliza este beneficio automáticamente. Se estima que el número de personas beneficiadas se triplicará: de 395 mil a más de 1,4 millones al año. Esto significa una gran mejora en la protección previsional para quienes atraviesan períodos de desempleo. El dinero no sale del bolsillo del trabajador. Las cotizaciones son financiadas por el Fondo de Cesantía Solidario, que se forma con aportes del Estado y de los empleadores. No se usan los fondos individuales ni se descuenta del monto del seguro que recibe el trabajador.

Bono a mujeres por expectativas de vida

Este beneficio, dirigido a mujeres, busca corregir las brechas de género en el sistema de pensiones dada su mayor expectativa de vida. La Compensación a mujeres por mayor expectativa de vida es parte de los beneficios del nuevo Seguro Social.

Simplificación y formalidad de cotizaciones

Se han simplificado los mecanismos de cotización para independientes, permitiendo pagos automáticos desde cuentas bancarias o la posibilidad de que familiares directos puedan contribuir en nombre del afiliado. Además, la reforma promueve la formalidad al vincular los beneficios a la cotización.

Cambios en el sistema de AFP

La reforma también introduce modificaciones en el funcionamiento de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) para fomentar la competencia y mejorar la rentabilidad de los fondos.

Licitación y entrada de nuevos operadores

Se licitará el 10% de los afiliados. Cada dos años, el 10% de los afiliados actuales serán licitados y asignados al administrador que ofrezca la menor comisión. Esto permitirá reducir los costos para los afiliados y fomentar una competencia más justa en el mercado. Se promueve la entrada de nuevos operadores para diversificar el mercado y reducir la concentración. Además, se centralizará la cobranza previsional y se implementará un sistema de licitación cada dos años para el 10% de los afiliados, favoreciendo la competencia y la disminución de comisiones.

Fondos Generacionales y comisiones variables

El sistema de multifondos será reemplazado por fondos generacionales, que ajustarán su perfil de inversión según la edad del afiliado, reduciendo el riesgo a medida que se aproxima la jubilación y aumentando la seguridad del ahorro. Con este mecanismo se busca maximizar rentabilidades y reducir los riesgos de pérdidas significativas para quienes están cerca de jubilarse.

Las comisiones serán variables y estarán vinculadas al rendimiento del fondo. Si el fondo genera pérdidas, las comisiones disminuirán, y si obtiene ganancias, aumentarán en un porcentaje limitado, alineando los incentivos con el bienestar de los afiliados. Las comisiones ya no serán fijas, sino que dependerán del rendimiento del fondo de pensiones. Si el fondo pierde valor, la comisión disminuirá un 15%. Por el contrario, si el fondo gana, la comisión puede aumentar hasta en un 15%. Esto asegura que las administradoras busquen maximizar el beneficio para los afiliados. Se establecen límites cuando las AFP invierten a través de terceros. Así, no podrán pagarse con cargo a los fondos comisiones a vehículos de inversión o mandatarios que inviertan más de un 10% en emisores nacionales transables en mercados públicos, a excepción de inversiones de baja o mediana capitalización.

Jubilación anticipada y postergación

La jubilación anticipada puede ser una buena opción si se cumplen los requisitos establecidos y si, además, es una alternativa viable económicamente. En ese sentido, al momento legal de jubilar, la renta vitalicia asoma como una alternativa muy atractiva. Una de sus características más sólidas es que los fondos no se agotan, incluso si el beneficiario supera la esperanza de vida promedio.

Ventajas de postergar la jubilación

Postergar la edad a la que te retiras es una decisión que muchas personas que pueden seguir trabajando eligen para mejorar el monto de su pensión. En lugar de retirarse al cumplir la edad legal (60 años para mujeres y 65 años para hombres), puedes decidir seguir trabajando y acumulando ahorro previsional.

  • Mayor ahorro acumulado: Cada mes que continúas trabajando y cotizando, aumentas tu saldo previsional, lo que incrementa el monto disponible para financiar tu pensión.
  • Más rentabilidad: Mientras no te hayas pensionado, todo el ahorro en tu cuenta sigue creciendo gracias a la rentabilidad. El impacto de postergar tu jubilación dependerá de tu ahorro acumulado y de la rentabilidad que obtengan tus fondos.

Consideraciones al postergar la jubilación sin cotizar

Si ya cumpliste la edad legal para pensionarte (60 años en mujeres y 65 en hombres), puedes seguir trabajando y optar por no cotizar en tu AFP.

  • No aumentarás tu saldo previsional con tus cotizaciones: Al no cotizar, ya no aportarás nuevos ahorros a tu Cuenta de Capitalización Individual. Sin embargo, si estás pensionado por Retiro Programado, el saldo que aún mantienes en tu cuenta seguirá generando rentabilidad.
  • Pérdida de cobertura del SIS si aún no te pensionas: El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) cubre a trabajadores dependientes que cotizan activamente. Si decides no cotizar y aún no te pensionas, perderás esta protección.
Gráfico comparativo de beneficios al postergar la jubilación

Obligaciones del empleador con las cotizaciones

La normativa indica que los empleadores deben cotizar al Seguro Social Previsional (SSP) por todos sus trabajadores, incluyendo aquellos que laboran en jornadas parciales o part time. Este dato cobra especial importancia porque permite llevar un registro adecuado de los periodos cotizados en jornada parcial, lo que será clave para que, en el futuro, esas cotizaciones puedan ser computadas en el historial previsional del trabajador. La obligación de enterar cotizaciones de cargo del empleador al Seguro Social Previsional se extingue de pleno derecho en el momento en que el trabajador se pensione por vejez o invalidez total.

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