Guía Completa sobre la Pensión de Invalidez: Trámite y Recepción

La pensión de invalidez es un beneficio fundamental diseñado para proteger a aquellos trabajadores que, a consecuencia de una enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufren un menoscabo permanente en su capacidad de trabajo. Este beneficio se entrega hasta que el trabajador cumpla con la edad legal de jubilación.

¿Quiénes pueden Solicitar una Pensión de Invalidez?

Pueden solicitar una pensión de invalidez las personas afiliadas menores de 65 años, sean hombres o mujeres (las mujeres deben haber optado a continuar cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), quienes sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo.

También puede optar a este beneficio el trabajador independiente o afiliado voluntario que haya cotizado en el mes calendario anterior al siniestro.

Tipos de Pensiones de Invalidez

Una persona puede ser calificada con un grado de invalidez parcial o total, lo que determinará el tipo de pensión a recibir. Las definiciones varían ligeramente según la entidad:

Según el Grado de Incapacidad (ACHS)

  • Pensión por Incapacidad Permanente Parcial: Se otorga cuando el trabajador queda con una incapacidad permanente, igual o superior al 40% e inferior al 70%. Esta pensión es igual al 35% de su sueldo base.
  • Pensión por Incapacidad Permanente Total: Se otorga cuando un trabajador queda con una incapacidad permanente total, esto es, igual o superior a un 70% de incapacidad.

Según el Sistema de Pensiones (AFP)

  • Pensión de Invalidez Parcial: Corresponde a una pérdida de capacidad de trabajo igual o superior al 50% e inferior a dos tercios (66,6%). Este dictamen será de carácter transitorio por 3 años. Durante este periodo, si eres declarado Inválido Parcial, recibirás una Pensión mensual equivalente al 50% de tu ingreso base.
  • Pensión de Invalidez Total: Para personas afiliadas con una pérdida de, al menos, dos tercios (66,6%) de su capacidad de trabajo. En este caso, la invalidez será definitiva.
Diagrama de grados de invalidez (parcial y total) y sus porcentajes de pérdida de capacidad de trabajo

Proceso de Calificación y Dictamen de Invalidez

La calificación como inválido y el grado de invalidez deberá ser definido por una Comisión Médica, la cual depende de la Superintendencia de Pensiones.

Comisión Médica Regional (CMR)

La Comisión Médica Regional (CMR) es la primera instancia en el proceso de evaluación:

  • La CMR pedirá a un médico que se encuentre en el Registro Público de Asesores que revise los antecedentes y señale si la solicitud de pensión de invalidez se considera fundada.
  • Si la solicitud se considera fundada, la CMR designará a un médico que asesore a la afiliada o el afiliado en el proceso de evaluación y calificación de invalidez, proceso que no tiene costo para las personas.
  • Cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada, la respectiva CMR cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le hace entrega de las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, de acuerdo con los impedimentos que la afiliada o el afiliado declare.
  • Una vez que tiene los resultados de los exámenes e interconsultas médicas correspondientes, la CMR determina si el impedimento o enfermedad que invoca la afiliada o el afiliado es:
    1. Objetivo.
    2. Demostrable.
    3. Que se encuentren agotadas las terapias médicas o quirúrgicas accesibles.
    4. Que se ha cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.
  • Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una primera pensión de invalidez, la cual puede ser total o parcial.

Es importante tener presente que si una Comisión Médica emite la declaración de invalidez de un cotizante, esa declaración no implica que se le haya otorgado o que se le otorgue una pensión de invalidez automáticamente a la persona.

Comisión Médica Central (CMC)

En caso de disconformidad con el dictamen de la CMR, existe la posibilidad de apelación:

  • El plazo para presentar la apelación ante la CMC es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen.
  • Las personas pueden presentar el reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro del plazo de 15 días hábiles desde su notificación. A su vez, la CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.

Documentos Requeridos para la Solicitud de Pensión de Invalidez

Para agilizar el trámite, es crucial reunir la documentación necesaria. Los documentos pueden ser entregados en cualquiera de los centros de la ACHS o en el Hospital del Trabajador de forma presencial. Algunos documentos clave incluyen:

  • Liquidación de sueldo de los 6 meses inmediatamente anteriores al accidente o al diagnóstico de la incapacidad permanente en caso de enfermedad profesional.
  • Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o AFP.
  • Declaración Jurada Simple Previsional.
  • Declaración Jurada Beneficios Anteriores suscrita por Trabajador Social o Ejecutivo ACHS (regiones).
  • Certificado de afiliación ISAPRE o FONASA.
  • Certificado de Reevaluación por Incapacidad Permanente (REIP) que estableció el grado de invalidez del trabajador.
  • Si se es empleado público, debe presentarse un certificado que lo acredite.
  • Datos de tus beneficiarios: nombre completo, RUT y fecha de nacimiento.

Si una persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante, al momento de firmar la solicitud de pensión de invalidez puede presentar esos documentos en la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que se encuentra afiliada, pero no es obligación.

Para agilizar su trámite, si cuenta con antecedentes médicos que necesita que sean evaluados en la Comisión Médica Regional, puede enviarlos directamente al correo electrónico de la comisión médica correspondiente a su domicilio.

Lista de verificación de documentos para solicitud de pensión de invalidez

Financiamiento y Pago de la Pensión de Invalidez

El financiamiento de esta pensión depende de si el afiliado tiene derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

  • Con cobertura de SIS: Si el afiliado tiene cobertura, el costo de los exámenes e interconsultas lo cubre el SIS, y la pensión es pagada por la AFP con cargo a la Compañía de Seguros que contrató con este fin.
  • Sin cobertura de SIS: En caso de invalidez parcial sin cobertura del SIS, el pensionado recibirá pensiones mensuales de los ahorros de su cuenta individual.

Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI)

El Instituto de Previsión Social (IPS) es el encargado en el caso de las personas solicitantes de Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI). En este último caso, los exámenes serán de cargo del IPS en las proporciones que correspondan. Para solicitar la PBSI no necesitas tener declarada tu invalidez ante una comisión médica.

Si tu Pensión es más que la Básica Solidaria, la invalidez aprobada y definitiva te permitirá recibir un "Certificado de Saldo" y solicitar ofertas al SCOMP (Sistema de Consultas de Ofertas y Montos de Pensión).

Reevaluación de la Pensión de Invalidez

La pensión de invalidez, especialmente la parcial, no es siempre definitiva.

  • El primer dictamen de Pensión de Invalidez, si es de carácter parcial, es transitorio y dura 3 años.
  • Al terminar este periodo, se efectúa una reevaluación de la invalidez que afecta al trabajador, pudiendo ser confirmada y pasando a ser definitiva, o modificada.
  • Transcurridos los tres años desde que se emitió el primer dictamen, la persona afiliada es citada por su Administradora a reevaluación.
  • En la reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial y, de acuerdo con esa revisión, en un nuevo y segundo dictamen resolverá si confirma o rechaza la invalidez.
  • Si en la reevaluación se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado pasa a ser activo.
  • Si se acepta la invalidez en forma total o parcial, la AFP entregará al pensionado el Certificado de Saldo, para que ejerza el derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez suscribiendo la Selección de Modalidad.

La legislación también precisa que si se trata de una invalidez parcial, posteriormente, con el paso del tiempo, la pensionada o el pensionado tiene derecho a solicitar otra reevaluación de su invalidez si es que sus impedimentos han progresado.

¿Cómo se evalúa una Pensión de Invalidez? PATRICIO BERNAL ASESOR PREVISIONAL

Compatibilidad de la Pensión de Invalidez con el Trabajo

Sí, una persona que ha sido declarada con invalidez puede seguir trabajando. No existe ningún inconveniente para continuar trabajando si eres declarado Inválido Parcial o Total. Además, si eres pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y trabajas, cotizas como trabajador activo.

¿Dónde Tramitar y Recibir tu Pensión?

Las opciones para tramitar y recibir tu pensión varían según el tipo de beneficio y la entidad involucrada:

Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)

Si cumples con los requisitos, puedes ingresar tu solicitud de pensión de invalidez por videollamada con la ayuda de un ejecutivo de tu AFP. Agenda el día y hora que más te convenga. Completa el formulario y recibirás novedades de tu trámite entre 1 a 5 días hábiles. Si tu cobertura del SIS está en riesgo, debes hacer tu solicitud con urgencia. La Comisión Médica te contactará y te dará el día, la hora y el lugar al que asistirás para evaluarte.

Una vez aprobada y definitiva la invalidez, en 8 días hábiles, recibirás un "Certificado de Ofertas" con los montos de Pensión, teniendo la opción de no aceptar ninguna oferta.

Asociación Chilena de Seguridad (ACHS)

Los documentos para las pensiones por incapacidad permanente pueden ser entregados en cualquiera de los centros ACHS o en el Hospital del Trabajador de forma presencial, en caso de accidentes laborales o enfermedades profesionales.

Instituto de Previsión Social (IPS) y ChileAtiende

Puedes solicitar la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) en el sitio web del IPS, por videoatención y en las sucursales ChileAtiende. Recibirás la pensión hasta el último día del mes en que cumplas 65 años.

Si tienes dudas, puedes llamar al call center ChileAtiende 101 o al +56 4 4236 20 00 (si estás en el extranjero).

Tramitación en el Extranjero

Sí, puedes tramitar y recibir tu Pensión en el extranjero siempre y cuando el país en el que vivas tenga un Convenio Bilateral con Chile en materia de seguridad social.

Pensión de Sobrevivencia por Fallecimiento de Pensionado por Invalidez

Si el pensionado por invalidez fallece antes de la edad legal de Pensión o estando pensionado, generará una Pensión de Sobrevivencia en caso de tener beneficiarios de Pensión.

Beneficiarios y Montos

  • Si existiesen hijos causantes de pensión de orfandad, la pensión corresponderá al 30% de la pensión básica.
  • Los hijos que causen asignación familiar tendrán derecho a una pensión del mismo monto.
  • Si los descendientes del afiliado fallecido carecieren de padre y madre, tendrán derecho a que su pensión se incremente en un 50%.
  • Se consideran hijos causantes de pensión de orfandad los que sean hijos legítimos que le causen asignación familiar.

Documentos Requeridos para Solicitud de Pensión de Sobrevivencia

No deberá entregarse la documentación que ya haya sido presentada por otro beneficiario, pero generalmente se requiere:

  • Formulario Solicitud de Pensión de sobrevivencia.
  • Certificado de afiliación ISAPRE o FONASA del beneficiario.
  • Declaración Jurada Simple Previsional.
  • Liquidación de sueldo de los 6 meses inmediatamente anteriores al accidente o al diagnóstico de la incapacidad permanente en caso de enfermedad profesional (del trabajador fallecido).
  • Certificado Histórico de Cotizaciones del IPS o de la AFP respectiva del trabajador fallecido.

Asignación Familiar

Los titulares de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) pueden ser beneficiarios de Asignación Familiar solo respecto de los descendientes que vivan a su cargo y que cumplan los requisitos para ser causantes del sistema.

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