La Discriminación por Discapacidad en Paraguay: Marco Legal, Desafíos y Avances

La discriminación por discapacidad sigue siendo un desafío persistente en Paraguay, a pesar de los significativos avances en el marco legal y el compromiso de la sociedad civil. Este artículo explora el panorama actual, desde los fundamentos constitucionales y los compromisos internacionales hasta las recientes innovaciones legislativas, los desafíos estructurales y el papel fundamental de las organizaciones que luchan por la inclusión plena.

Fundamentos Constitucionales y Compromisos Internacionales

Reconocimiento Constitucional de Derechos

La Constitución de Paraguay consagra el derecho fundamental a la no discriminación en su artículo 46, estableciendo que “Todos los habitantes de la República son iguales en dignidad y derechos. No se admiten discriminaciones. El Estado removerá los obstáculos e impedirá los factores que las mantengan o las propicien”. Además, el artículo 58 está dedicado a los derechos de las personas con discapacidad, denominadas por la Constitución como “personas excepcionales”. Este artículo establece que se les reconocerá el disfrute de los derechos que esta Constitución otorga a todos los habitantes de la República, en igualdad de oportunidades, a fin de compensar sus desventajas, y se les garantizará la atención de su salud, de su educación, de su recreación y de su formación profesional para una plena integración social.

Ratificación de Instrumentos Internacionales

Paraguay ha demostrado su compromiso con los derechos de las personas con discapacidad a través de la ratificación de varios instrumentos internacionales clave:

  • Aprobó la Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo por la Ley Nº 3.540/08.
  • Aprobó la Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad por la Ley N° 1.925/02.
  • Aprobó el Convenio nº 159 de la OIT sobre Rehabilitación Profesional y Empleo (Personas con Discapacidad) por la Ley Nº 36/90.

Marco Normativo y Desarrollo Institucional

Leyes Clave en Protección de Derechos

Desde 2008, el país ha logrado un amplio progreso en la armonización legislativa con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, adoptando una veintena de leyes y decretos específicos. La Ley 4720/2012 crea la Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las personas con discapacidad (SENADIS), encomendando a los poderes públicos el deber de impulsar la adopción de decisiones políticas encaminadas al cumplimiento efectivo de los derechos humanos de las personas con discapacidad. Para ello, promueve acciones que favorezcan la igualdad de oportunidades, la inclusión social, la participación y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Otros instrumentos legales importantes incluyen:

  • La Ley de Educación Inclusiva (Ley 5136/13).
  • La Ley de Accesibilidad al Medio Físico (Ley 4934/12).
  • La Ley que establece la obligatoriedad del lenguaje de señas en los informativos o noticieros de los medios de comunicación audiovisual (Ley 4336/11).
  • La modificatoria a la Ley que establece la obligatoriedad de la incorporación de personas con discapacidad en las instituciones públicas (Ley 3585/08).

El Código del Trabajo vigente (Ley 213/1993) establece normas para regular las relaciones laborales. En su artículo 9, declara que el trabajo es un derecho y un deber social y goza de la protección del Estado, exigiendo respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta. El artículo 16 de este Código establece que el Estado se encargará de brindar educación profesional y técnica a trabajadores para perfeccionar sus aptitudes y obtener mejores ingresos.

Instituciones Dedicadas a la Discapacidad

La SENADIS, creada por la Ley nº 4720/2012, es el ente rector encargado de transversalizar la temática del área de la discapacidad, velando por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con la protección de los derechos humanos de las personas con discapacidad. La SENADIS deberá realizar consultas con las personas con discapacidad y las organizaciones que las representan.

La Comisión Nacional por los Derechos de las Personas con Discapacidad (CONADIS) fue creada por el Decreto 10.514, que reglamenta la Ley 4720/2012.

El Ministerio de Justicia y Trabajo tiene la misión de coordinar las relaciones del Poder Ejecutivo con el Sistema de Administración de Justicia, promover la efectiva vigencia de los Derechos Humanos, y velar por el estricto cumplimiento del Régimen Laboral y de los Derechos Individuales y Colectivos de los Trabajadores.

En el ámbito de la formación laboral, el Servicio Nacional de Promoción Profesional (SNPP), organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Trabajo creado por la Ley 1253/1971, dirige sus actividades a la política ocupacional del gobierno, promoviendo la capacitación para el trabajo. Asimismo, SINAFOCAL coordina, controla y financia la formación laboral, mediante la contratación de institutos privados, generando una gestión mixta entre el Estado y el sector privado, donde los beneficiarios adquieren conocimientos gratuitamente.

Esquema de las instituciones clave y su interrelación en la protección de los derechos de las personas con discapacidad en Paraguay

Avances Legislativos Recientes: Ley N° 7.371/2025

El 24 de julio de 2025 fue promulgada la Ley N° 7.371/2025, que garantiza los derechos de las personas con discapacidad en Paraguay. Esta norma introduce modificaciones sustanciales al Código Civil y al Código de Organización Judicial, estableciendo un marco integral para la protección, inclusión y ejercicio de la capacidad jurídica de estas personas.

Igualdad y no discriminación en el empleo

La Ley fortalece la igualdad de oportunidades y no discriminación en el empleo de las personas con discapacidad. La nueva normativa enumera de manera enunciativa - no limitativa - los derechos con los que gozan las personas con discapacidad. Entre ellos, se destacan:

  • No ser discriminado por motivos de discapacidad en ningún ámbito: político, económico, social, cultural, civil o de otra índole, incluyendo otras formas de discriminación tales como la denegación de ajustes razonables para su plena inclusión social, educativa, laboral o aquellas que sean necesarias para su participación en la comunidad.
  • Gozar de igualdad de oportunidades, eliminando barreras que limiten sus derechos.
  • Acceso a todos los espacios físicos, con las adaptaciones necesarias que requieran tal derecho, incluyendo los de movilidad vial e ingreso a los establecimientos públicos y privados, para el pleno ejercicio de sus derechos.
  • Obtener empleo, conservarlo y ejercer una ocupación remunerada y no ser despedido por razón de discapacidad.
  • Capacitarse y optar por la generación de su propia fuente de ingreso.

Licencia especial para responsables de menores con discapacidad

El artículo 17 de la Ley introduce una licencia especial: la madre, el padre o la persona responsable de un menor de edad con discapacidad tiene derecho a permisos con goce de sueldo de hasta el 50 % de la jornada laboral mensual total para asistir a las consultas, procedimientos, intervenciones, clases de apoyo o sesiones que resulten necesarias conforme a la discapacidad.

Formación y capacitación laboral

La Ley reconoce el derecho de las personas con discapacidad a acceder a formación y capacitación laboral pertinente. Para ello:

  • Los centros de formación profesional, públicos y privados, deberán adaptar sus programas e incluir un porcentaje de vacantes para personas con discapacidad.
  • Se coordina con las normas ya vigentes sobre cuotas y beneficios de contratación (Leyes N.º 2479/2004, 3585/2008 y 4962/2013).
  • La SENADIS actuará como ente rector, encargado de difundir información sobre programas de capacitación, becas y otras políticas activas al respecto.

El Contexto Socioeconómico de la Discapacidad en Paraguay

Transición Democrática y Desigualdad

Paraguay inició un período de transición democrática en 1989, tras décadas de dictaduras militares. A pesar de un crecimiento económico sostenido en la última década y de indicadores macroeconómicos favorables, el país ha sido catalogado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) como uno de los países con más desigualdad de América Latina. Esta situación se debe al alto nivel de exclusión y de empleo informal. En 2013, la CEPAL estimó que la pobreza alcanzaba al 40,7% de la población, con un 19,2% en la indigencia. La desigualdad en el acceso a las tierras es también una fuente importante de tensión social.

Infografía: Datos clave sobre la desigualdad y la pobreza en Paraguay

Datos Demográficos y Pobreza

Aunque se desconoce con precisión el número de personas con discapacidad, datos preliminares del Censo Nacional de Población y Vivienda de 2012 estimaron que las personas con discapacidad eran 514.635, lo que representa un 7,5% de la población nacional. De esta cifra, 275.271 eran mujeres y 239.364 varones. Los resultados de este censo, que por primera vez incluyó preguntas del Grupo de Washington sobre Estadísticas de la Discapacidad, aún no han sido publicados.

En cuanto a la población indígena, según los resultados finales del III Censo Nacional de Población y Viviendas para Pueblos Indígenas de 2012, viven 117.150 personas indígenas en Paraguay (aproximadamente el 1,8% de la población total), de las cuales el 11,3% tienen alguna discapacidad. La presencia de personas con discapacidad se registró en la totalidad de las 711 comunidades indígenas del país.

Desafíos y Recomendaciones de la Relatora Especial de la ONU

Visita de la Relatora Especial y Metodología

La Relatora Especial sobre los derechos de las personas con discapacidad realizó una visita oficial a Paraguay del 18 al 28 de noviembre de 2015. El objetivo fue evaluar el disfrute de los derechos de las personas con discapacidad según los estándares internacionales, identificar buenas prácticas y desafíos, y ofrecer recomendaciones al Estado. La visita incluyó reuniones técnicas en Asunción y Villarrica con autoridades estatales, departamentales y municipales, organizaciones de personas con discapacidad, actores de la sociedad civil, la comunidad de donantes y organismos de las Naciones Unidas. También se realizaron visitas a instituciones como el Hospital Psiquiátrico de Asunción y hogares de abrigo, así como a una escuela inclusiva.

Armonización Legislativa Pendiente

A pesar de los esfuerzos mencionados, el proceso de armonización legislativa dista de ser completo. Es preciso aún modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas discriminatorias contra las personas con discapacidad y eliminar terminología peyorativa. Por ejemplo, es necesario reformar el texto del artículo 58 de la Constitución, que se refiere a las «personas excepcionales». También está pendiente una reforma a las disposiciones del Código Civil y del Código Procesal Civil que limitan el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas con discapacidad, además del Código Penal y el Código Procesal Penal en cuanto a medidas de mejoramiento. Asimismo, es necesario revisar los artículos del Código Electoral que estipulan restricciones al derecho al voto de las personas con discapacidad intelectual o psicosocial y las personas «sordomudas». Un análisis y revisión constante de la efectividad de estas reformas legales respecto a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad es crucial.

Paraguay es uno de los pocos países latinoamericanos que no cuentan con una legislación general de protección contra la discriminación, una normativa de vital importancia para la promoción de sociedades inclusivas. En este sentido, la adopción de un proyecto de ley general contra toda forma de discriminación es fundamental.

Áreas Clave de Atención y Obstáculos

El informe de la Relatora Especial de la ONU destacó diversas áreas donde persisten desafíos significativos para el disfrute pleno de los derechos de las personas con discapacidad:

  • Accesibilidad al entorno físico: Barreras arquitectónicas y de transporte limitan la participación plena.
  • Acceso a la información y a la comunicación: Falta de formatos accesibles y de servicios de apoyo.
  • Formas múltiples y agravadas de discriminación: Especialmente para mujeres y niñas con discapacidad, y personas indígenas con discapacidad.
  • Participación en la toma de decisiones y política: Obstáculos para la participación efectiva en la vida pública.
  • Educación: Persistencia de modelos segregados y falta de recursos para la educación inclusiva.
  • Protección social: Insuficiencia de programas que garanticen una vida digna e independiente.
  • Salud: Dificultades en el acceso a servicios de salud adecuados y accesibles.
  • Capacidad jurídica: Restricciones legales que impiden el ejercicio autónomo de la capacidad jurídica.
  • Institucionalización y privación de libertad: Persistencia de instituciones donde las personas con discapacidad son recluidas.
  • Acceso a la justicia: Barreras procesales y de comprensión que dificultan el acceso equitativo.
  • Trabajo: Altas tasas de desempleo y empleo informal, y falta de oportunidades inclusivas.
  • Situaciones de riesgo o emergencia: Falta de planes y protocolos adaptados para personas con discapacidad.
  • Previsión presupuestaria y cooperación internacional: Necesidad de mayores recursos y una mejor coordinación para la implementación de políticas.

Conclusiones sobre la Construcción de un Paraguay Inclusivo

Según la Relatora Especial, la construcción de un Paraguay inclusivo requiere, entre otras cosas, que se tomen en cuenta las condiciones estructurales de desigualdad que limitan el disfrute de los derechos de las personas con discapacidad. El Estado debe reconocer la deuda social existente con las personas con discapacidad, generada por la falta de accesibilidad, oportunidades y acceso a los servicios públicos, así como la importancia fundamental del derecho a la protección social para garantizar la participación, la inclusión y la vida independiente.

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Rol de la Sociedad Civil y el Activismo

La Red contra toda forma de discriminación (RCFTD)

La sociedad civil juega un papel crucial en la promoción de los derechos y la lucha contra la discriminación. Un ejemplo es la experiencia de Álvaro Martínez Gómez, quien descubrió el mundo del activismo durante una pasantía laboral en una organización de derechos de la infancia. Desde entonces, ha expandido su compromiso colaborando con organizaciones que trabajan a favor de las personas con discapacidad.

Álvaro encontró en la Red contra toda forma de discriminación (RCFTD) un espacio para capacitarse y unirse a una causa común. Desde el año 2007, esta red, compuesta por más de 25 organizaciones sociales, instituciones y personas, trabaja por un Paraguay más justo, impulsando la aprobación del Proyecto de ley “Julio Fretes” contra toda forma de discriminación y generando contenidos para la reflexión y el debate, con el fin de aportar a una corriente de opinión y acción favorables hacia la no discriminación en el país.

Álvaro, como parte del equipo de coordinación de la RCFTD, ha representado a la Red ante el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU como miembro de la delegación de la sociedad civil, experiencia que consideró sumamente enriquecedora y que le ayudó a comprobar que “la colaboración es un elemento indispensable en cualquier proceso, incluyendo el de la conquista de los derechos”.

El Proyecto de Ley "Julio Fretes"

El Proyecto de ley “Julio Fretes” contra toda forma de discriminación busca reglamentar el artículo 46 de la Constitución Nacional, que prohíbe toda discriminación, dado que Paraguay no cuenta con un mecanismo ni con una ley que prevenga y sancione este delito, a pesar de las reiteradas recomendaciones internacionales. La propuesta de ley tiene un enfoque educativo antes que punitivo, aplicando medidas de concienciación y educación como talleres sobre discriminación y acciones ciudadanas que apoyen la no discriminación.

Álvaro reconoce que el camino hacia la erradicación de la discriminación es largo y complejo, y considera fundamental adoptar una perspectiva interseccional en todo análisis, ya que esta permite comprender la multiplicidad de experiencias discriminatorias y diseñar soluciones más efectivas. Organismos como el UNFPA también trabajan en la prevención y reducción de la violencia de género y otras prácticas nocivas como la discriminación, que está muy arraigada en la sociedad y afecta a diversas personas.

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