En Chile, el sistema de pensiones ofrece diversas modalidades para asegurar el sustento de los trabajadores y sus familias en diferentes etapas de la vida. Es fundamental conocer las características de cada una, especialmente la jubilación regular (también conocida como pensión de vejez) y la jubilación por invalidez, ya que sus requisitos, procesos y objetivos son distintos.

Tipos de Pensiones en Chile: Un Panorama General
Si estás cerca de jubilar, es recomendable que conozcas cuáles son los tipos de pensiones en Chile. El derecho que tienes como afiliado es acceder a una pensión financiada con los ahorros de tu cuenta individual acumulados en tu AFP. Además de la pensión de vejez y la de invalidez, existe la Pensión de Sobrevivencia, que se entrega a tus beneficiarios legales en el caso de que fallezcas, ya sea que estuvieses activo o pensionado.
La Jubilación Regular (Pensión de Vejez)
Requisitos y Financiamiento
La jubilación regular es el derecho que tienen los afiliados de acceder a una pensión cuando han cumplido la edad legal. En Chile, la edad legal para jubilar es de 60 años para mujeres y 65 años para hombres. Esta pensión se financia principalmente con los ahorros de la cuenta individual del afiliado acumulados en su Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
Modalidades de Pensión
Existen distintas modalidades para recibir la pensión de vejez. Por ejemplo, si al jubilarte tu pensión no será tu única fuente de ingresos o no le temes a las variaciones del mercado, puedes optar por el Retiro Programado. Esta modalidad permite al afiliado definir el monto de su pensión periódica, sujeta a la rentabilidad de sus fondos y su expectativa de vida.
La Jubilación por Invalidez
La jubilación por invalidez es una pensión destinada a personas afiliadas menores de 65 años (hombres y mujeres, quienes estas últimas deben haber optado a continuar cotizando el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia), quienes a consecuencia de enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo.
¿Qué es la Pensión de Invalidez?
La pensión de invalidez busca proteger a aquellos trabajadores que, debido a una condición médica, ven disminuida su capacidad para generar ingresos. Esta pensión se entrega hasta que el trabajador cumpla con la edad legal de jubilación (65 años), momento en el cual su pensión de invalidez se convierte en una pensión de vejez, con los mismos montos y modalidades.
Tipos de Invalidez: Parcial y Total
Una persona puede ser calificada con un grado de invalidez parcial o total, dependiendo del menoscabo de su capacidad de trabajo:
- Pensión de Invalidez Parcial: Se otorga cuando el afiliado presenta una pérdida de su capacidad de trabajo igual o superior al 50% e inferior a dos tercios (es decir, menor al 66.6%).
- Pensión de Invalidez Total: Se concede a las personas afiliadas con una pérdida de, al menos, dos tercios (igual o superior al 66.6% o 70%) de su capacidad de trabajo. En este caso, la invalidez es definitiva.
Invalidez Parcial Transitoria
La pensión de invalidez parcial, que se otorga en un primer dictamen, tendrá un carácter transitorio, ya que se otorga por un período de tres años. Durante estos tres años, si la persona es declarada Inválida Parcial, recibirá una Pensión mensual equivalente al 50% de su ingreso base. Al recibir el dictamen, deberá continuar su trámite de acuerdo con lo que este indique.

Proceso de Calificación de Invalidez
La calificación como inválido y el grado de invalidez deberá ser definido por una Comisión Médica, la cual depende de la Superintendencia de Pensiones. El proceso incluye varios pasos:
Solicitud y Evaluación Médica
Los trabajadores y trabajadoras pueden ingresar la solicitud a través del Instituto de Previsión Social (IPS) o directamente en la AFP a la que están afiliados. Si una persona cuenta con exámenes o informes de su médico tratante, al momento de firmar la solicitud de pensión de invalidez puede presentar esos documentos en la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que se encuentra afiliada, aunque no es obligación.
Cuando una solicitud de pensión de invalidez se considera fundada, la respectiva Comisión Médica Regional (CMR) cita a la persona solicitante a una entrevista preliminar y le hace entrega de las órdenes para los exámenes e interconsultas médicas de las especialidades que correspondan, de acuerdo con los impedimentos que el afiliado declare. Una vez que la CMR tiene los resultados de los exámenes e interconsultas médicas correspondientes, determina si el impedimento o enfermedad que invoca el afiliado es objetivo, demostrable, si se encuentran agotadas las terapias médicas o quirúrgicas accesibles, y si se ha cumplido el período de observación post tratamiento indicado en las Normas de Evaluación.
Dictamen de la Comisión Médica
Con la determinación del grado de invalidez, la CMR emite un primer dictamen que otorga una pensión de invalidez que puede ser total o parcial. Es importante tener presente que si una Comisión Médica emite la declaración de invalidez de un cotizante, esa declaración no implica que se le haya otorgado o que se le otorgue una pensión de invalidez automáticamente. El plazo para presentar la apelación ante la Comisión Médica Central (CMC) es de hasta cinco días hábiles desde la notificación de la resolución que contiene el dictamen. Las personas pueden presentar el reclamo ante la Comisión Médica Central (CMC) dentro del plazo de 15 días hábiles desde su notificación. A su vez, la CMC debe pronunciarse dentro de un plazo de 10 días hábiles desde la recepción del reclamo.
Si la respuesta al requerimiento es favorable, la AFP entregará al afiliado el certificado de saldo para que escoja la modalidad de pago. Invalidez aprobada y definitiva: se emitirá un Certificado de Saldo. Si tu Pensión es más que la Básica Solidaria, solicita ofertas al SCOMP (Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión).
Reevaluación de la Invalidez Parcial
Transcurridos los tres años desde que se emitió el primer dictamen de invalidez parcial, la persona afiliada es citada por su Administradora a reevaluación. En esa reevaluación, la comisión médica revisará la evolución de los impedimentos que originaron la pensión de invalidez parcial y, de acuerdo con esa revisión, en un nuevo y segundo dictamen resolverá si confirma o rechaza la invalidez.
- Si en la reevaluación se determina que el pensionado presenta una pérdida de capacidad de trabajo menor al 50%, el afiliado pasa a ser activo.
- Si se acepta la invalidez en forma total o parcial, la AFP entregará al pensionado el Certificado de Saldo para que ejerza el derecho a optar por la modalidad de su Pensión Definitiva de Invalidez, suscribiendo la Selección de Modalidad.
Importante: las personas afiliadas que obtienen una pensión de invalidez total o absoluta no requieren ser reevaluados por la comisión.
📝 Requisitos por PENSIÓN por INVALIDEZ en CHILE 💼
Financiamiento de la Pensión de Invalidez
El financiamiento de esta pensión depende de si el afiliado tiene derecho al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS). Si el afiliado tiene cobertura del SIS, la pensión es pagada por la AFP con cargo a la Compañía de Seguros que contrató con este fin. En este caso, el costo de los exámenes e interconsultas también lo cubre el SIS. Si la persona afiliada no tiene cobertura del SIS, recibirá pensiones mensuales de los ahorros de su cuenta individual.
Trabajar siendo Pensionado por Invalidez
Si eres declarado Inválido Parcial o Total, no existe ningún inconveniente para continuar trabajando. Sí, una persona que ha sido declarada con invalidez puede seguir trabajando. Si eres pensionado por Invalidez Parcial Transitoria y trabajas, cotizas como trabajador activo.
Diferencias Clave entre Jubilación Regular y por Invalidez
La principal diferencia radica en el criterio de acceso y el objetivo de cada pensión:
- La jubilación regular se basa en el cumplimiento de una edad legal preestablecida (60/65 años) y busca proporcionar un ingreso tras una vida laboral activa.
- La jubilación por invalidez se basa en la pérdida de capacidad de trabajo debido a una enfermedad o debilitamiento físico/intelectual, sin importar la edad del afiliado (siempre que sea menor de 65 años), y busca proteger al trabajador ante la imposibilidad o dificultad de seguir generando ingresos.
Además, la pensión de invalidez puede tener un carácter transitorio y requerir reevaluaciones, especialmente en el caso de invalidez parcial, lo cual no ocurre con la jubilación regular una vez concedida.
Otras Pensiones en Chile: Pensión de Sobrevivencia
Al hablar sobre los tipos de pensiones en Chile, también debemos agregar la Pensión de Sobrevivencia, que se entrega a tus beneficiarios legales en el caso de que fallezcas, ya sea que estuvieses activo o pensionado. Si mueres antes de la edad legal de Pensión o estando pensionado, generarás una Pensión de Sobrevivencia en el caso que tengas beneficiarios de Pensión.
tags: #diferencia #jubilacion #con #invalidez